NORMAS DE PUBLICACIÓN.
PLANTILLA PARA PUBLICAR
1.
Originalidad y carácter
inédito
El contenido de los trabajos será necesariamente
original e inédito y habrá de reunir alguna de las
características generales que
definen a la RIPJ:
a) Implicar desarrollo de nuevas perspectivas de la
ciencia de la jurisdicción, acción y proceso.
b) Suponer aportaciones originales sobre la
evolución histórica, social o cultural de las normas procesales.
c) Aportar propuestas lege ferenda fundadas
y relevantes en la mejora del sistema procesal español o internacional.
d) Aportar conocimientos e instrumentos
conceptuales y analíticos para mejorar la eficacia de las normas
jurídicas procesales y el cumplimiento de sus objetivos.
e) Aportar conocimientos e instrumentos
conceptuales y analíticos para mejorar la eficacia de las instituciones
e instrumentos encargados del diseño, interpretación, aplicación y
eficacia de las normas procesales.
f) Ofrecer soluciones a problemas de
interpretación, lagunas y contradicciones en las normas e instituciones
jurídico-procesales.
2. Carácter de los trabajos
Se publicarán principalmente artículos de
investigación, de una extensión suficiente, originales y/o técnicos.
También podrán publicarse ponencias y comunicaciones en congresos,
coloquios y jornadas. Con carácter accesorio, también se publicarán
comentarios de sentencias o reseñas, recensiones y noticias sobre
bibliografía procesal y de otras disciplinas. Asimismo, se habilitará un
foro o sección de cartas al director para los comentarios breves.
3. Sistema de selección de los trabajos
Los objetivos de excelencia y calidad que persigue
la RIPJ se garantizan a través de un riguroso sistema de selección de
los trabajos.
Los trabajos serán revisados y aprobados mediante
un sistema de doble anonimato, en el que se recurrirá a
evaluadores externos a la entidad editora, designados para tal
efecto por el comité editorial de la RIPJ.
Conforme al resultado de la evaluación, la RIPJ se
reserva el derecho de aceptar o rechazar la publicación del trabajo, así
como, en caso de que sea necesario, de sugerir al autor o autores los
cambios que considere oportuno en orden al cumplimiento de los
requisitos de calidad exigidos para la publicación.
En los trabajos publicados se hará constar la fecha
de recepción así como la fecha de aceptación de los trabajos.
4.
Identificación de los autores
Los trabajos irán firmados por el autor o autores
con nombre y apellidos (los dos apellidos de tenerlos). Se hará constar
necesariamente la profesión así como la entidad o institución a la que
esté inscrito el autor.
A tal efecto, salvo que se trate de personal
docente e investigador funcionario de las universidades españolas en
cuyo caso se considera innecesario, los autores acompañarán al trabajo
un breve extracto de su curriculum vitae, donde conste
esquemáticamente tanto su experiencia profesional como, en su caso,
docente e investigadora.
4.
Formato
Los trabajos se remitirán en formato word
para windows, en cualquier caso, compatible con Microsoft Word
2003.
Los trabajos se ajustarán a las reglas de formato y
estilo que se especifican en esta página y que constan en la
plantilla de documento
-que puede
ser descargada desde aquí- y que se
denomina:
PlantillaRIPJ.dot
5.
Resumen, abstract y palabras clave
Los trabajos contendrán un resumen breve (máximo 10
líneas) del
contenido o abstract en español y también, preferentemente, en
inglés.
En el resumen o abstract se hará constar la
cuestión que se plantea, la solución que se aporta, y se justificará la publicación del trabajo
atendida la aportación o avance
científico que implica.
A continuación se incluirán cinco palabras clave
tanto en
castellano como en inglés.
6. Referencias bibliográficas
(Adaptamos las normas del
Coloquio de la Asociación
Internacional de Derecho Procesal)
La primera vez en que una obra sea citada se hará
una cita completa, con arreglo a los siguientes formatos:
Identificación del autor o autores:
apellido (en su caso, apellidos) y nombre del autor, en versalita; por
ejemplo: Cappelleti, M.; Fairén
Guillén, V.
Libro: título del libro en cursiva, seguido
de la localidad de edición y del año de la misma; por ejemplo:
Grunsky, W.,
Grundzüge des Zwangsvollstreckungs- und
Konkursrechts, Tübingen, 1979.
Artículo en publicación
periódica (revista): título del artículo
entre comillas, título de la revista en cursiva -y, si se cita por sus
siglas, se hará constar también el título completo para incluir las
siglas en un índice-, volumen, número y, en todo caso, año de edición;
por ejemplo: Leipold, D.,
“Strukturfragen des einstweiligen Rechtsschutzes”, ZZP
(Zeitschrift für Zivilprozess), 1977.
Capítulo en colección de
escritos de varios autores: título del capítulo o aportación escrita
entre comillas, título de la obra de conjunto en cursiva, mención –en su
caso- del nombre del coordinador, director o editor de la obra
conjunta, y, a continuación, mención de la localidad y del año de
edición; por ejemplo:
Ramos Méndez, F.,
“Medidas provisionales en relación con las personas”, Las medidas
cautelares en el proceso civil, con
Serra Domínguez,
M., Barcelona, 1974.
Obra en co-autoría: los
autores serán mencionados por el orden en el que figuren en el libro o
artículo u otro tipo de escrito; por ejemplo:
Schönke, A., Baur, F.,
Zwangsvollstreckungs- Konkurs- und Vergleichsrecht, Heidelberg -
Karlsruhe, 1978.
Capítulo en colección de
escritos de un solo autor: título del capítulo entre comillas,
título de la obra en su conjunto en cursiva, seguido de la localidad y
del año de edición; por ejemplo:
Prieto-Castro Ferrándiz, L.,
“Acumulación de acciones”, Trabajos y
orientaciones de Derecho procesal, Madrid, 1964.
Las posteriores citas de la misma obra:
serán abreviadas, mencionándose, únicamente, el apellido (los apellidos,
en su caso), del autor o de los autores, y un abreviatura del título de
la obra, con indicación de que ya ha sido citada; por ejemplo:
Leipold, “Strukturfragen”,
cit.; Schönke, Baur,
Zwangsvollstreckungs, cit.;
Ramos Méndez,
“Medidas provisionales”, cit.
Modo de indicar
las páginas de la obra a las que se refiere la cita: se hará constar
tras la abreviatura “p.” el número de la página; por ejemplo: p. 32. Si
el número es superior a mil la cifra irá sin puntos; por ejemplo: p.
1120. En caso de ser varias páginas, tras la abreviatura “pp.” se citará
la primera y última página separadas con un guión; por ejemplo: pp.
345-350.
7.
Remisión de los trabajos
Los trabajos se remitirán como adjunto a la
dirección electrónica siguiente:
contactar@ripj.com
Subsidiariamente, podrán ser remitidos mediante
correo ordinario, tanto en en papel como en soporte digital (diskette,
CD, DVD, etc.), a la siguiente dirección:
REVISTA INTERNAUTA DE PRÀCTICA JURÍDICA
C/ Conde Altea, núm. 46-7ª
46005 VALENCIA (España)
8.
Cesión de los trabajos
Los
autores de
los trabajos publicados,
en todo caso,
ceden a la
RIPJ
y a las entidades
a las que
eventualmente
le
encargue
su
publicación, los derechos de explotación de sus
trabajos,
y, en particular, los derechos de reproducción, distribución y
comunicación pública de la misma, para cualquier modalidad de
explotación en repertorios, revistas, publicaciones -periódicas o no-,
así como en refundiciones periódicas, sola o junto a otras
colaboraciones de distintos autores. La cesión alcanza a la edición en
papel, la edición en soporte electrónico, en bases de datos contenidas
en disco óptico, CD-Rom o DVD, monousuario o en red, así como el acceso
a las mismas por medio de telecomunicación, en la medida adecuada a las
necesidades de la explotación de la obra. El autor renuncia a la
percepción de toda remuneración económica por la cesión de los derechos
de explotación sobre su obra y para todas las modalidades de explotación
anteriormente apuntadas. La
RIPJ
respetará escrupulosamente los derechos de autor de contenido no
patrimonial y se compromete,
si se diera la eventualidad,
a no percibir otros ingresos por la publicación más que aquéllos que
deban destinarse al pago del coste de producción
y distribución
del medio de publicación.
9.
Responsabilida exclusiva de los autores sobre sus opiniones
La RIPJ no comparte necesariamente las opiniones
vertidas por los autores, que son responsables únicos de las mismas.