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Código de Jurisdição Administrativa

Ricardo Perlingeiro Mendes da Silva

+ INFO

 

A importância do presente livro reside em diversas razões; contém a tradução do Código Alemão de Jurisdição Administrativa (VwGO) para a língua portuguesa, bem como uma apresentação da jurisdição alemã, sua formação e colaboração para o direito europeu. É, ainda, fruto da cooperação que durante anos teve lugar entre cientistas brasileiros e alemães, bem como entre estudiosos das Ciências da Administração Pública em geral e da jurisdição administrativa em particular; um diálogo ativo, iniciado e fomentado pela Universidade Federal Fluminense, pela Universidade de Ciências da Administração Pública de Speyer e pela Universidade de Erfurt.

Com efeito, embora as referidas instituições sejam importantes no ámbito organizacional, foi graças ao envolvimento direto de algumas pessoas que esse diálogo se tornou viável e enriquecido, cabendo destacar, especialmente, o Prof. Perlingeiro, da Universidade Federal Fluminense, em Niterói, o Prof. Sommermann, da Universidade das Ciências da Administração Pública de Speyer, e o Prof. Blanke, da Universidade de Erfurt, cuja iniciativa e esforço viabilizaram o intercâmbio de idéias que resultou neste livro.

Não obstante, o diálogo alemão-brasileiro aqui esboçado possui uma importância que vai muito além desta obra; trata-se de um projeto de construir normas/modelos que, frente ao fenômeno da globalização, possam valer como best practice para a Administração Pública de um Estado de Direito e para a tutela jurisdicional do cidadão em face do Estado. E, considerando um diálogo bem sucedido como aquele caracterizado pelo proveito intelectual que seus participantes obtêm, sou grato por ter sido incluído nessa discussão periodicamente.

É fato que o sistema jurídico alemão, de um modo geral, funciona satisfatoriamente (embora somente na Alemanha). Todavia, uma transferência pouco refletida desse sistema para outros países e culturas seria inviável, razão pela qual, busca-se elaborar normas de qualidade, considerando as características culturais e históricas que, num passo seguinte, podem ser diferenciadas para cada país.

Nós, europeus, tivemos a oportunidade de acumular experiências especiais, pois os sistemas de direito dos países membros da União Européia foram (e continuam sendo) bem diferentes. Não há quem deseje uma igualdade total, sendo necessária uma base comum que seja aceita por todos, e essa base pode ser resumida na maneira como um litígio entre o Estado e o cidadão deve ser resolvido num processo justo.

A tutela judicial administrativa é um tema sensível, pois envolve o litígio entre o Estado e o cidadão, em uma relação de forças que parece ser muito desigual, uma vez que, frente ao poderoso Estado está um simples indivíduo.

Nesse caso, para que o processo seja bem sucedido, é mister que a lide seja resolvida frente a uma corte realmente independente e que exista paridade de armas entre as partes. Isso se torna claro quando fazemos uma analogía esportiva: se um time de futebol com melhor condicionamento físico e psíquico ainda levasse vantagem pelas regras do jogo e fosse beneficiado pelo juiz, ninguém iria chamar isso de um jogo justo, mas de manipulação.

Nesse panorama, foram desenvolvidos, na Europa, com a colaboração das

ciências administrativas e da prática judicial da Corte Européia de Direitos Humanos, em Estrasburgo, e do Tribunal de Justiça da União Européia, em Luxemburgo, os seguintes princípios, que devem ser cumpridos como acquis communautaire de todos os países-membro e candidatos à União Européia:

 

- Tutela judicial abrangente: cada ato ou omissão de ato do Poder Executivo que possa ferir direitos ou interesses dos cidadãos é

passível de controle por um tribunal independente.

 

- Tutela judicial efetiva: o tribunal deve decidir sobre o litígio em um período de tempo razoável.

- Tutela judicial cautelar: deve ser garantido um processo urgente quando necessário à garantia do direito.

- Os fatos e as questões jurídicas serão verificadas/comprovadas, no mínimo, por uma primeira instância, e o tribunal deverá averiguar, de ofício, os fatos relevantes para a decisão (regra da Amtsermittlung);

- O tribunal deve considerar, na decisão, somente os fatos acerca dos quais as partes puderam se pronunciar (direito de ser ouvido).

- O tribunal, a princípio, somente decide depois de uma audiência oral e aberta ao público.

- Uma decisão contra o Poder Executivo deve ter a possibilidade/oportunidade de execução eficiente.

- O Poder Executivo atua discricionariamente e o tribunal verifica se os limites legais da discricionariedade estão sendo cumpridos.

Como conclusão do mencionado diálogo brasileiro-alemão, verifica-se que os referidos princípios são o senso comum também no Brasil e no territorio sul-americano, reforçando, portanto, a esperança de que no futuro esse diálogo fértil resulte na criação/elaboração de um direito processual administrativo para esse continente.

 

Berlim,

Dr. h.c. Eckart Hien

Ex-Presidente do Supremo Tribunal Federal Administrativo

 

LA PRUEBA EN EL PROCESO CIVIL

José Bonet Navarro

Difusión Jurídica

 

El tema de la prueba es uno de los clásicos del Derecho Procesal y, sobre todo, tiene gran trascendencia práctica puesto que el éxito de las pretensiones de las partes dependerá generalmente de la acreditación de los hechos en los que se fundan sus pretensiones.

En el presente trabajo se ofrece una visión de conjunto de los aspectos generales de la prueba conforme a su regulación en la LEC 1/2000 (principalmente arts. 217, 281 a 298, 429.1.II y 435). Se reflexiona sobre algunas cuestiones fundamentales y se incide especialmente en los principales problemas de aplicación de la regulación general probatoria, con ánimo de contribuir a enriquecer en alguna medida el debate científico con aportes en la resolución de algunos problemas de aplicación práctica. Tras la consulta de un copioso material bibliográfico y jurisprudencial, se realiza una somera referencia a aspectos conceptuales y dogmáticos, con especial atención a los poderes

judiciales en relación con la prueba y se estudia el objeto de la misma. A continuación se resaltan los aspectos más relevantes del procedimiento, sobre todo poniendo en evidencia las dificultades que presenta el encaje de la regulación en el contexto de un juicio verbal exento de previsiones específicas. Asimismo, en sede de valoración, se crítica el abuso jurisprudencial de la valoración conjunta de la prueba y se formulan consideraciones sobre el control a través de los recursos. El trabajo concluye con un capítulo acerca de la regulación relativa a la anticipación y aseguramiento de la prueba"

SANCIONES A ABOGADOS Y PROCURADORES CON OCASIÓN DE SU ACTUACIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Ricardo Juan Sánchez

Editorial Tirant lo Blanch

En el caso de su actuación ante los Tribunales de Justicia los Abogados y Procuradores siempre han estado sujetos al régimen sancionador previsto en la LOPJ. Actualmente además pesa sobre ellos la posibilidad de incurrir en prácticas que los Tribunales consideren contrarias a la buena fe procesal. En este libro se clasifican las sanciones a que se exponen éstos profesiones, se contrastan sus regímenes, se conviene que no existen diferencias entre ellas y que además son compatibles, en su caso, con la responsabilidad disciplinaria colegial. Además se presta especial atención a su naturaleza jurídica y el régimen de impugnaciones de las mismas con vistas a rebatir los criterios de la jurisprudencia, que no tiene presentes los cambios legislativos introducidos en esta materia.

 

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NOVEDAD

GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.

Joaquín Ivars Ruiz

Editorial Tirant lo Blanch

2008

El tiempo pasa muy deprisa y los pronunciamientos y la doctrina se suceden rápidamente. Con estilo ágil y claro el autor realiza un estudio detallado sobre la custodia compartida y los problemas jurídicos que la cercan, coleccionando las voces más autorizadas y las resoluciones más representativas sobre esta institución. Ofreciendo la mejor perspectiva y analizando críticamente la materia desde su vertiente procesal y sustantiva, sirviendo de instrumento útil y atrayente para todos aquellos que se enfrenten a tan moderno debate.

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LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

Joaquín Ivars Ruiz y Rafael Manzana Laguarda

Editorial Tirnat lo Blanch

El derecho disciplinario es un instrumento coercitivo y de control en manos de la Administración frente a conductas ajenas a los principios rectores de la función pública, o vulneradoras de los derechos ciudadanos; pero, constituye también un conjunto de trámites garantistas para el propio empleado público, al marcar los límites de la actividad sancionadora de la Administración. Nos hallamos ante una obra de marcada orientación práctica, en la que se abordan, con las modificaciones introducidas por el Estatuto Básico del Empleado Público, todas las perspectivas de la responsabilidad disciplinaria funcionarial, tanto desde el punto de vista material, analizando las distintas infracciones y sanciones, como en sus aspectos procedi-mentales, abordando cada una de las fases y trámites del expediente disciplinario, con amplio aporte doctrinal y jurisprudencial.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

LA OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN Y LA IMPUGNACIÓN DE ACTOS EJECUTIVOS CONCRETOS

José Martín Pastor

Editorial La Ley

I. Contenido de la obra

El proceso de ejecución constituye una unidad compleja en la que tienen cabida actuaciones procesales de distinta naturaleza y eficacia. El legislador ha previsto la circunstancia de que el proceso de ejecución en su conjunto o alguna actividad ejecutiva concreta puedan realizarse ilícitamente o infringiendo la ley o el propio título ejecutivo, y ha configurado diferentes instrumentos para que el órgano jurisdiccional o el sujeto perjudicado o gravado puedan reaccionar contra las ilicitudes y las infracciones que se produzcan en la ejecución forzosa.

En el Capítulo IV del Título III del Libro III ¾dedicado a la oposición a la ejecución y a la impugnación de actos de ejecución contrarios a la ley o al título ejecutivo el legislador ha concretado determinados motivos o causas de oposición y de impugnación, y ha establecido diversos cauces procesales para que las partes de la ejecución puedan alegar o denunciar la concurrencia de dichos motivos o causas que, de ser estimados, determinarán la ilicitud de la ejecución en su conjunto o de una actividad ejecutiva concreta.

La correlación entre los motivos o las causas de oposición y de impugnación y los instrumentos procesales descritos es la siguiente:

a) La ausencia de los requisitos y de los presupuestos procesales del proceso de ejecución ¾a excepción de los relativos a la falta de jurisdicción y de competencia que se deben denunciar por medio de la declinatoria¾ puede hacerla valer el ejecutado a través del incidente de oposición por defectos procesales (art. 559 LEC).

b) La inexistencia o la no subsistencia del derecho y del correspondiente deber de prestación que consta en el título ejecutivo podrá ser denunciada por medio del incidente de oposición a la ejecución por motivos de fondo, siempre que se invoque alguno de los motivos de oposición taxativamente previstos por la ley (arts. 556 a 558, 560 y 561 LEC). De esta forma, no todo hecho o acto que fundamente la ausencia del deber de prestación que consta en el título ejecutivo va a poder ser alegado en el propio proceso de ejecución, sino solamente aquéllos que se puedan subsumir en los motivos legalmente tasados.

Ahora bien, cuando la defensa jurídica del ejecutado esté fundada en hechos y actos no comprendidos en las causas de oposición a la ejecución, la eficacia jurídica de estos hechos o actos podrá hacerse valer en el proceso declarativo que corresponda (art. 564 LEC).

En definitiva, la ley reserva la denominación de oposición a la ejecución a los casos en que ésta se hace valer en un incidente para el que es competente el mismo tribunal de la ejecución, procedimentalmente vinculado a ésta y que puede afectar al desarrollo de la misma (arts. 556 a 558 y 560 a 561 LEC). No obstante, también considera la posibilidad de que el ejecutado pueda defenderse en un proceso declarativo procedimentalmente no vinculado a la ejecución (art. 564 LEC).

c) La infracción de las normas procesales que regulan los actos concretos del proceso de ejecución puede ser puesta de manifiesto por cualquiera de las partes mediante los recursos de reposición y de apelación ¾si éste está legalmente previsto¾, o por escrito dirigido al órgano jurisdiccional cuando no haya resolución expresa frente a la que recurrir. Cuando la infracción implique nulidad de actuaciones se estará a lo dispuesto por los arts. 225 y ss. LEC (art. 562 de la misma norma).

d) La infracción del título ejecutivo puede ser controlada por la parte perjudicada mediante los recursos de reposición y de apelación (art. 563 LEC).

De lo expuesto, y siguiendo la propia sistemática legal, se puede deducir que el legislador, por una parte, ha configurado una oposición a la ejecución considerada en su conjunto, ya sea por motivos procesales ya sea por motivos de fondo, y, por otra parte, ha regulado la impugnación de actos ejecutivos concretos, bien por ser contrarios a la ley bien por ser contrarios al título ejecutivo.

Para finalizar, el último capítulo está dedicado a la incidencia sobre la ejecución del proceso de rescisión y revisión de la sentencia o del laudo arbitral firme, de otros medios de impugnación de la cosa juzgada, del proceso de anulación del laudo arbitral, del proceso concursal y del proceso penal prejudicial, ya que pueden provocar la suspensión de dicha ejecución

El motivo de referirse a la suspensión de la ejecución (arts. 566 a 569 LEC) en una obra dedicada a la oposición a la ejecución y a la impugnación de actuaciones ejecutivas concretas, se debe a que el legislador, al regular la suspensión de la ejecución, está atendiendo al aspecto más externo del fenómeno -la eficacia suspensiva sobre la ejecución-, cuando en realidad esa suspensión de la ejecución es o puede ser la primera consecuencia de determinados procesos que pueden dar lugar al sobreseimiento de la misma, al privar de eficacia al título ejecutivo.

II. Interés de la obra

Al realizar los comentarios a los arts. 556 a 570 LEC de la obra Proceso Civil Práctico, de la Editorial La Ley, y las sucesivas actualizaciones de los mismos me di cuenta del interés científico y, especialmente, práctico de la materia en cuestión -como lo demuestra la cantidad y la riqueza de la jurisprudencia elaborada para dar respuesta a los múltiples problemas que se plantean-, razón por la cual decidí tratarla monográficamente.

Dichos problemas prácticos en muchas ocasiones son resueltos contradictoriamente por la llamada jurisprudencia menor, a falta de mecanismos de unificación jurisprudencial, ya que contra las resoluciones dictadas en el proceso de ejecución no caben los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal.

De estos problemas prácticos cabe señalar, a título de ejemplo, la admisibilidad o no de la alegación de pluspetición y de compensación en la ejecución fundada en títulos ejecutivos judiciales o arbitrales; la eficacia de cosa juzgada o no del auto que resuelve la oposición por motivos de fondo; la posibilidad de recurrir o no en apelación contra el auto que resuelve la oposición por defectos procesales; la contradictoria interpretación jurisprudencial sobre la posibilidad de impugnar actos de ejecución contrarios a la ley “mediante el recurso de apelación en los casos en que expresamente se prevea en esta Ley”; la posibilidad de impugnar o no actos de ejecución contrarios al título ejecutivo acordados en el propio auto de despacho de ejecución; la determinación de los hechos en que se puede fundar la defensa del ejecutado articulada en un proceso declarativo separado de la ejecución; etc.

La obra recoge el estudio de la doctrina científica publicada sobre la materia y un análisis detallado y exhaustivo de más de 900 resoluciones jurisprudenciales pronunciadas durante estos cinco primeros años de vigencia de la LEC.

A la vista de los resultados y del cuidado con el que la he realizado creo que se puede convertir en una obra de referencia sobre la materia y de evidente utilidad práctica para los operadores del Derecho.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EL MINISTERIO FISCAL COMO DIRECTOR DE LA INVESTIGACIÓN OFICIAL EN EL PROCESO PENAL

José Martín Pastor

Publicaciones del Real Colegio de España

I. Contenido de la obra

Con espíritu crítico y con la mayor objetividad posible en esta aportación se ha estudiado el tema de “El Ministerio Fiscal como director de la investigación oficial en el proceso penal”, sabiendo que se trata de una cuestión compleja, pues implica la superación de nuestro actual modelo de Juez instructor, y polémica, como se deduce de las enfrentadas posturas que se pueden encontrar sobre la misma en la doctrina.

Esta aportación se estructura en los siguientes capítulos:

1º) De un procedimiento preliminar exclusivamente judicial a la posibilidad de un procedimiento preliminar del Ministerio Fiscal.

2º) La investigación penal por el Ministerio Fiscal en el Derecho comparado y en el Código Procesal Penal Modelo para Iberoamérica.

3º) Posibilidad constitucional de que el Ministerio Fiscal dirija el procedimiento preliminar.

4º) Oportunidad política de que el Ministerio Fiscal dirija el procedimiento preliminar.

II. Interés de la obra

En gran parte de los estados europeos y sudamericanos se está consolidando progresivamente una tendencia legislativa conducente a la configuración del Ministerio Público como órgano director de la investigación oficial en el proceso penal. Y de ahí la consideración en este trabajo de los ordenamientos procesales penales alemán, italiano, portugués y chileno, no para proponer la recepción, sin más, de la regulación establecida en esos ordenamientos jurídicos extranjeros, pues ese debate se debe efectuar con referencia a un Estado y a un contexto histórico determinado, sino para conocer cómo se resuelven en ellos los problemas que plantea el modelo de Fiscal investigador y analizar críticamente, con posterioridad, si esas soluciones son admisibles y oportunas en nuestro ordenamiento.

En nuestro país el año 2000 se introdujo el modelo de Fiscal investigador en el proceso penal de menores a modo de experimento, como prueba de ensayo.

En el Libro Blanco del Ministerio Fiscal, en el Libro Blanco de la Justicia del Consejo General del Poder Judicial, en las Propuestas para la reforma de la Justicia del Consejo General del Poder Judicial, en el Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia, y en los programas electorales de los partidos políticos para las Elecciones Generales de 14 de marzo de 2004, se ha propuesto la introducción del Ministerio Fiscal como director de la investigación oficial en el proceso penal en sustitución del Juez de Instrucción.

En esta aportación se ha analizado la posibilidad constitucional y la oportunidad política de que el Ministerio Fiscal dirija el procedimiento preliminar, siendo la conclusión afirmativa.

AUTOR JOSÉ BONET NAVARRO    

   

En la presente obra se analizan pormenorizadamente las especialidades procesales previstas por el legislador para los juicios por desahucio, se plantean los problemas interpretativos y de aplicación, y se ofrecen soluciones fundadas con una clara vocación práctica. Se abordan primero aspectos generales como la adecuación procedimental, la cuantificación y las posibilidades de acumulación, así como aspectos generales y comunes para todo juicio de desahucio como la legitimación o competencia, y, sin omitir el estudio del desahucio arbitral o por precario, a continuación se estudia todas las especialidades como, entre otras, la sumaridad cuando se base por falta de pago, la posibilidad de enervación, de condonación y hasta los instrumentos de agilización procedimental. Se concluye con una referencia a las medidas cautelares y al proceso de ejecución. El estudio se completa con unos anexos con la bibliografía más actual y la última jurisprudencia

 

    

    JUAN BAUTISTA LORENZO DE MEMBIELA, JOSÉ BONET NAVARRO, RICARDO JUAN SÁNCHEZ y ALBERT ITUREN I OLIVER. LEY DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. Concordada, con cuadros sinópticos y resúmenes de las instituciones procesales de más uso ante los tribunales, JM BOSCH LEX, Barcelona, 2007, 84-7698-790-0, 2007, 242 páginas.

 

Nueva metodología expositiva de la LJCA para solventar dudas de modo inmediato.

 

En esta obra se utiliza una nueva metodología expositiva de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ayuda a solventar dudas de modo inmediato. La LJCA se presenta concordada, con cuadros sinópticos y resúmenes de las instituciones procesales de más uso ante los tribunales. Al final del texto, se incluye: índice analítico, sistemático y de esquemas y resúmenes.

 

LA GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA TRAS LA ACTUAL REFORMA DEL CÓDIGO CIVIL.

Joaquín Ivars Ruiz.

Editorial Tirant lo Blanch

Con estilo claro y directo el autor realiza un estudio detallado y práctico sobre el nuevo régimen dispuesto en el Código Civil en materia de guarda y custodia compartida, exponiendo el criterio de la doctrina más representativa sobre esta disciplina, además del suyo propio. Ofreciendo una perspectiva jurisprudencial exhaustiva de la publicada hasta la fecha se analizan los problemas jurídicos más relevantes desde su vertiente procesal y material

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Detención e Internamiento de Extranjeros.
Autor: Vicente Martínez Pardo.

 

Esta obra, que recoge las últimas reformas legales (Ley y Reglamento de Extranjería) y la Jurisprudencia más reciente, pretende aproximarse al régimen jurídico de los extranjeros en España, pero lejos de pretender un estudio exhaustivo del mismo, se centra en dos ámbitos específicos, cuales son la detención y el internamiento de extranjeros con carácter previo a su expulsión del territorio nacional. Se recogen en esta obra temas como los supuestos de detención de extranjeros, con los condicionantes propios de su legislación específica, el estatuto jurídico del detenido, con especial referencia al derecho de asistencia letrada, el Habeas Corpus del extranjero detenido, así como los extranjeros menores de edad.
En cuanto al internamiento de extranjeros en centro no penitenciario se trata la medida restrictiva de libertad, incardinada en el ámbito propio de las medidas preventivas, su régimen jurídico, el procedimiento judicial en la adopción de tal medida y el régimen interno de los Centros de Internamiento.
La obra incluye, con carácter práctico, unos formularios administrativos y procesales. Además incluye un anexo legislativo con las principales disposiciones que afectan a esta materia

 


 

Thomson-Aranzadi

456 páginas,
1ª edición,
marzo 2006,

 

 

 

 

LA RECLAMACIÓN JUDICIAL DE LOS GASTOS DE COMUNIDAD

 

     

 

        José Bonet Navarro. “La reclamación judicial de los gastos de comunidad (Doctrina, jurisprudencia y formularios sobre el proceso monitorio con las especialidades previstas en la Ley de Propiedad Horizontal)”. Edisofer, S. L., Madrid, 1994, 504 páginas.

 

          En la presente obra se ofrece un estudio detallado con doctrina, jurisprudencia y formularios sobre el instrumento procesal que ofrece nuestro derecho para la reclamación de los gastos de comunidad de propietarios. Con una perspectiva marcadamente práctica a la par que con firme sustento dogmático, se analiza minuciosamente la regulación del proceso monitorio regulado en los arts. 812 a 818 LEC y en el artículo 21 LPH, los problemas que plantea sobre todo en los Juzgados y Tribunales y se ofrecen soluciones útiles partiendo de la doctrina científica y jurisprudencia más actual. Todo ello acompañado de un repertorio de formularios de los actos procesales de parte más frecuentes.

La obra está dirigida a todos aquellos estudiosos interesados en la reclamación judicial de los gastos de comunidad. Y resultará especialmente útil no sólo para juzgadores, secretarios judiciales, abogados y procuradores, sino también para administradores de fincas y hasta incluso presidentes o miembros de comunidades de vecinos que deseen conocer con profundidad esta materia.


 

JUICIO CAMBIARIO Y OPOSICIÓN DEL DEUDOR

 

José Bonet Navarro. “Juicio cambiario y oposición del deudor (Doctrina, jurisprudencia y formularios)”. La Ley, Madrid, 2004, 840 páginas.

 

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El juicio cambiario es un proceso de enorme importancia, dada la frecuencia con que este tipo de reclamaciones llegan a los Juzgados. En esta obra el autor analiza con rigor y exhaustividad este procedimiento especial, pero además aporta numerosa jurisprudencia que se ha ido dictando en aplicación de la nueva Ley, lo que ayuda a comprender mejor todos los problemas que se han suscitado con la actual regulación. El estudio se complementa con 50 formularios procesales, que dan al libro un reseñable sentido práctico.

    La puesta en vigor, en el año 2001, de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, supuso una auténtica "revolución" en el proceso civil. La anterior normativa, con más de 130 años de historia, era patente que ya no podía regular adecuadamente, y conforme a las nuevas realidades, muchos de los litigios que se suscitaban ante los Tribunales de Justicia, y ello conllevaba, entre otros inconvenientes, un considerable retraso en la administración de la justicia, con graves problemas para los ciudadanos.

    Pero, a la vez, a los operadores jurídicos, la entrada en vigor de dicha Ley les creó una evidente inseguridad, pues a partir de entonces se tenían que enfrentar a una nueva regulación que les era absolutamente desconocida, con los evidentes riesgos que ello conllevaba. Tal necesidad de información quedó evidenciada en la apreciable demanda de productos procesales (baste de ejemplo el éxito de ventas del Proceso Civil Práctico).

    Uno de los propósitos de la nueva norma fue la reducción considerable de procesos especiales que existían en la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil, hasta el punto que casi se podía decir que para cada tipo de acción existía un procedimiento distinto. No obstante, determinados modelos de litigios han permanecido vigentes dadas sus propias peculiaridades. Este es el caso del juicio cambiario, pensado para las reclamaciones sustentadas en letras, cheques o pagarés, materia que es objeto del presente libro.

    Su autor, profesor titular de Derecho Procesal de la Universidad de Valencia y Magistrado suplente, ha sido también el encargado de la obra titulada El proceso cambiario, integrada dentro de la Colección LEC 2000, título del que se hizo una reimpresión, dado que agotó su edición.

    El juicio cambiario es un proceso de enorme importancia, dada la frecuencia con que este tipo de reclamaciones llegan a los Juzgados. El autor, en este nuevo libro, no sólo mejora y actualiza todos los materiales de su anterior obra, sino que además la enriquece con dos aspectos de suma trascendencia: de un lado, aporta numerosa jurisprudencia que se ha ido dictando en aplicación de la nueva Ley, lo que ayuda a comprender mejor todos los problemas que se han suscitado con la actual regulación; de otro, el estudio se complementa con 50 formularios procesales, que dan al libro un reseñable sentido práctico.


 

 

CONSIDERACIONES PRÁCTICAS SOBRE DERECHO, JUSTICIA Y LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.

Edita: Col.lectiu per la Investigació del Dret Pràctic. DISTRIBUYE EDITORIAL EDISOFER S.L.

AUTORES.

Joaquin Ivars Ruiz.

José Bonet Navarro.

José María Llanos Pitarch

 

COLABORACIONES.

Rafael Manzana

Manuel J. Dolz

José M. Guillén

Fernando Alandete,

Virginia Gonzalez

Alejandro Valiño

Mariano García

Fco. Javier Casinos

José Martín

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ABOGADO Y PROCURADOR EN LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.

EDITORIAL ARANZADI.

AUTORES:

Joaquin Ivars Ruiz (Coordinador) , José Bonet Navarro, Ricardo Juan Sánchez,José María Llanos Pitarch.

 

Estudio eminentemente práctico sobre los aspectos más relevantes y problemáticos de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, dirigido a los profesionales del Derecho, especialmente a Abogado y Procurador. Soluciones doctrinales y jurisprudenciales que se revelan como una herramienta útil en el desarrollo cotidiano del derecho procesal y civil, pasados ya unos años desde la entrada en vigor de la Ley.

 

 

               

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