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Resolución del 18 de abril de 2011, del Delegado de Estudiantes de la Universitat de València por la que se hace requerimiento a los interesados para que subsanen los expedientes de la Convocatoria de Bolsas de Viaje para estudiantes del Master en Cooperación al Desarrollo de la Universitat de València, año 2011.


El Delegado de Estudiantes de la Universitat de València, haciendo uso de las funciones delegadas en la resolución de 25 de enero de 2011 del Rectorado de la Universitat de València (DOGV 01/02/211), por la que se aprueba la delegación de funciones en los vicerrectores y las vicerrectoras, la secretaria general, el gerente y otros órganos de esta Universita; vistas las bases de la convocatòria de Ayudas a Bolsas de Viaje para estudiantes del Máster en Cooperación al Desarrollo de la Universitat de València para el año 2011 convocadas por resolución de fecha 29 de marzo de 2011; vistas las solicitudes presentadas, de acuerdo con la Ley 30/1992, de Regimén Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su artículo 71, relativo a la subsanación y mejora de solicitudes, y 58, 59 y 60 relativo al procedimiento de notificación: atendiendo a aquello que indican los puntos 3 y 8.2 de la indicada convocatoria en relación con exclusiones, incompatibilidades y solicitudes presentadas que no cumplen los requisitos señalados en la convocatoria,

RESUELVE:


Primero:

Requerir a las pesonas que se indican en el annexo único de ésta resolución para que, en el plazo de diez días hábiles contadores desde la publicación en el tablón de notificaciones del CADE previsto en el punto 8.2 de las bases de la convocatoria de Ayudas de Bolsa de Viaje para estudiantes del Máster en Cooperación al Desarrollo de la Universitat de València 2011, subsanen la falta o adjunten el documento que sea perceptivo, con la advertencia que, si no cumplen el requerimiento, se entenderá que los solicitantes desisten de su solicitud de acuerdo con lo que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.



Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, delante del mismo órgano que dicta la resolución, o un recurso contencioso administrativo delante de los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

València 13 de abril de 2011
Por delegación del Rector (DOGV 01/02/2011)


Daniel González Serisola
Delegado de Estudiantes

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