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Descripción Básica del Puesto.

La LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) establece los principios generales aplicables al conjunto de las relaciones de empleo público con la finalidad de mejorar la calidad de los servicios que el ciudadano recibe de la Administración.

Partiendo del principio constitucional que el régimen general del empleo público en nuestro país es el funcionarial, se evidencia el papel creciente que en el conjunto de la Administración Pública viene desempeñando la contratación de personal laboral para el desempeño de determinadas tareas.

El conjunto de los empleados públicos se clasifica en las siguientes categorías:

  1. Funcionarios de carrera.
  2. Funcionarios interinos
  3. Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
  4. Personal eventual.