VALENCIÀ
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Gabinet de Premsa

Fecha de publicación: 10-01-2022

MISIÓN


MISIÓN

El Gabinet de Premsa es un servicio general de la Universitat de València que tiene como misión informar a la comunidad universitaria y a la sociedad en general sobre las notícias de naturaleza periodística que se generan en el seno de la universidad y la divulgación de actividades que se desarrollan y son difundidas por medios convencionales y electrónicos.


VIGENCIA

Esta Carta de Servicios fue aprobada por Joaquín Aldás-Manzano, Vicerrector de Estrategia, Calidad y Tecnologías de la Información, en fecha 13 de octubre de 2021.

La vigencia de la carta será de 4 años a partir del día 1 de enero de 2022.


SERVICIOS Y COMPROMISOS


NOTICIAS EN LA PÁGINA WEB INSTITUCIONAL

Servicio 1:
Redactar, editar y publicar las noticias que figuran en la web de noticias de la Universitat de València y actualizarlas.
Compromiso 1: Publicar las noticias que genera la Universidad, en tiempo real, mediante la página web institucional, incluyendo los enlaces y recursos audiovisuales disponibles (vídeos, fotografías…), para ofrecer una panorámica completa de la actividad de la institución.
Indicador 1: Desfase de días entre la publicación de la noticia y el hecho.

MEDIACIÓN CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Servicio 2: Poner en contacto a los órganos de gobierno, PDI, personal investigador, PAS y representantes del estudiantado con los periodistas de los medios de comunicación, para facilitar entrevistas, declaraciones, opiniones… y asegurar la presencia de la institución en diarios, radios, televisiones, agencias, medios electrónicos… y convocar conferencias de prensa.
Compromiso 2: Aumentar la presencia institucional de portavoces, expertas y expertos y miembros de la Universitat de València en los medios de comunicación.
Indicador 2: Número de inserciones en los medios de comunicación anualmente.

ACTIVIDADES DE INTERÉS PERIODÍSTICO

Servicio 3: Elaborar notas de prensa, que se difunden en los medios de comunicación (prensa, radio, televisión, agencias e Internet), sobre las actividades de interés periodístico, como por ejemplo los resultados de las investigaciones realizadas en el seno de la institución, los actos académicos, culturales y cívicos organizados por el alumnado y el profesorado, y la información institucional generada por miembros de la Universitat de València.
Compromiso 3: Remitir notas de prensa de calidad (veracidad, contraste, impacto, interés…) a los medios de comunicación, para difundir las actividades de interés periodístico que generan los y las portavoces, expertas y expertos y miembros de la Universitat de València.
Indicador 3: Número de noticias publicadas en el Dosier de Prensa anualmente.

DOSIER DE PRENSA

Servicio 4: Elaborar y editar elDosier de Prensa diariamente, con el objetivo de documentar, para la comunidad universitaria, la información publicada en una decena de medios escritos.
Compromiso 4: Actualizar diariamente el Dosier de Prensa de la Universidad de forma que contenga toda la información publicada en una decena de medios escritos.
Indicador 4: Número de inserciones diarias en el Dosier de Prensa.

GUÍA DE EXPERTOS

Servicio 5: Gestionar una Guía de Expertos (base de datos de investigadores e investigadoras por especialidades) que tiene el objetivo de poner en contacto a los expertos y expertas de la Universitat de València con periodistas para organizar entrevistas, participar en programas de radio o televisión, elaborar artículos de opinión…
Compromiso 5: Aumentar el número de nuestros expertos y expertas incluidos en la Guía de Expertos.
Indicador 5: Número de expertos y expertas incorporados en la Guía de Expertos anualmente.


INDICADORES

Indicador Fórmula Descripción meta Unidades
1 Desfase de días entre la publicación de la noticia y el hecho. Diferencia (fecha de actualización de la noticia - la fecha del hecho) 3 días como máximo. días
2 Número de inserciones en los medios de comunicación anualmente. Contar las inserciones en los medios de comunicación (Dosier de Prensa) Evolución positiva inserciones
3 Número de noticias publicadas en el Dosier de Prensa anualmente. Contar el número de noticias publicadas en el Dosier de Prensa Evolución positiva noticias
4 Número de inserciones diarias en el Dosier de Prensa. Contar el número de inserciones diarias en el Recull Evolución positiva inserciones
5 Número de expertos y expertas incorporados en la Guía de Expertos anualmente. Contar el número de contactos incorporados a la Guía de Expertos Incorporar 300 expertos y expertas en la Guía anualmente contactos


DERECHOS Y DEBERES


DERECHOS Y DEBERES DE LAS PERSONAS USUARIAS

Derechos

Las personas usuarias de los servicios que presta esta unidad tienen los derechos reconocidos en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y especialmente los derechos a:

  • Ser tratados con respeto y deferencia.
  • Recibir un tratamiento no discriminatorio y una atención adaptada a sus condiciones personales, de acuerdo con los recursos disponibles.
  • Utilizar las lenguas oficiales en el territorio de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo que establece el ordenamiento Jurídico.
  • Acceder a la información pública en los términos previstos en la legislación vigente.
  • Presentar las sugerencias, quejas y felicitaciones que estimen oportunas en relación con los servicios prestados por el Gabinet de Premsa en los que sean parte interesada, por las vías establecidas.
  • Cualquier otro derecho que se derive de la legislación vigente.

Deberes

Los usuarios y usuarias de los servicios que presta el Gabinet de Premsa tienen el deber de:

  • Tratar al personal del Gabinet con respeto y deferencia.
  • Presentar la documentación requerida para la elaboración del material periodístico dentro del plazo usual en la actividad periodística.
  • Citar al Gabinet de Premsa de la UV como fuente en cualquier documento que utilice información elaborada por el Gabinet de Premsa.
  • Cualquier otro deber que se derive de la legislación vigente.
  • NORMATIVA


    NORMATIVA GENERAL

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
    • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
    • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
    • Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades y Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley 6/2001.
    • Estatutos de la Universitat de València, aprobados por Decreto 128/2004, de 30 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana y modificados por Decreto 45/2013, de 28 de marzo.
    • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
    • Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunidad Valenciana.
    • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
    • Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
    • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

    NORMATIVA ESPECÍFICA

    • Constitución art. 20:
      "1. Se reconocen y protegen los derechos:
      a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
      b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
      c) A la libertad de cátedra.
      d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
      2. El ejercicio de estos derechos no se puede restringir mediante ningún tipo de censura previa.
      3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
      4. Estas libertades tienen su límite en el respecto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
      5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial."
    • Ley Orgánica 2/1997, de 19 de junio, reguladora de la cláusula de conciencia de los profesionales de la información.
    • Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.
    • Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo de 1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.


    LOCALIZACIÓN


    Localización

    Dirección: Calle Serpis, 29. Edificio Beatriu Civera. 46022 València
    Teléfono: 96 386 41 13
    Dirección electrónica:  
    Web: http://www.uv.es/premsa

    Horario de atención

    Atención personal en las dependencias del Gabinet de Premsa en horario de atención (8:00 a 14:00 h de lunes a viernes).

    Medios de transporte público

    Metro: Líneas 4 y 6 (Tarongers) y línea 5 (Aiora)
    Autobuses: Líneas 31, 40, 71, 81
    Valenbisi: www.valenbisi.es

    PARTICIPACIÓN


    FORMAS DE PARTICIPACIÓN Y COLABORACIÓN

    Para colaborar en la mejora de la prestación de los servicios, los usuarios y las usuarias podrán:

    • Recibir atención relacionada con las necesidades de información, dudas, cuestiones, etc. que se plantean en relación con los servicios que presta la unidad.
    • Dar su opinión sobre la calidad percibida respecto a los servicios que ofrece la unidad.
    • Formular cualquier sugerencia que nos ayude a mejorar.
    • Plantear quejas y reclamaciones si los servicios ofrecidos no resultan satisfactorios.

    Las quejas y las sugerencias recibidas en la unidad se contestarán en un plazo máximo de un mes.

    Vías de comunicación

    Atención telefónica: 96 386 41 13
    Atención postal: Calle Serpis, 29. Edificio Beatriu Civera. 46022 València
    Dirección electrónica:  
    Atención personal: Atención personal en las dependencias del Gabinet de Premsa en horario de atención (8:00 a 14:00 h de lunes a viernes).
    Buzón de sugerencias, quejas y felicitaciones: http://www.uv.es/bustia


    MEDIDAS DE SUBSANACIÓN

    Las personas usuarias que consideren que la unidad incumple los compromisos declarados en la Carta de Servicios pueden formular sus quejas mediante el Buzón de sugerencias, quejas y felicitaciones (http://www.uv.es/bustia) o el Registro General de la Universitat de València.

    En caso de incumplimiento, la unidad informará a la persona usuaria de las causas por las cuales no se ha cumplido el compromiso y de las medidas adoptadas. El incumplimiento de los compromisos contenidos en esta carta no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la administración.