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Servicio de Informática

Tratamiento de información personal por parte del profesorado.

1. Introducción

En el desarrollo de su tarea, el Personal Docente e Investigador de la Universitat de València accede a distintos datos de los estudiantes en momentos puntuales. En principio y de manera general se pueden plantear distintos supuestos:

1. Listados de estudiantes en relación con el módulo matriculado.

2. Utilización de la aplicación informática para la generación de actas de evaluación.

3. Publicación de notas en web.

4. Confección de listados de fichas.

En todos estos supuestos es necesario aplicar los principios derivados de lo que dispone la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD)

2. Principios aplicables

La legislación vigente determina la necesidad en cada caso de obtener el consentimiento para tratar los datos (art. 6 LOPD), garantizar su confidencialidad, integridad y disponibilidad (art. 9 LOPD), guardar el secreto respecto de la información personal a la que se pueda acceder (art. 10 LOPD) y no comunicar datos a terceros o publicarlas a no ser que esté previsto en una ley o se tenga el consentimiento del titular.

3. Obligaciones del profesorado en materia de protección de datos

El profesorado como usuario del fichero de estudiantes tendría que seguir las siguientes recomendaciones con respecto a las medidas de seguridad:

3.1 Listados de estudiantes en relación con el módulo matriculado

- El profesor responsable de la asignatura podrá acceder a la relación de los matriculados.

- En las listas que se entregan únicamente podrán constar los datos de identificación del módulo, los nombres y apellidos, y la dirección de correo electrónico de los estudiantes matriculados proporcionada por la UVEG.

- A petición expresa del profesor, debidamente documentada, podrán incluirse las direcciones personales y números de teléfono de todos los estudiantes o, cuando resulte justificado, de algún estudiante determinado.

- El profesor será responsable de la custodia de esta documentación. Finalizado su uso debe destruirla físicamente de forma que la información resulte inaccesible.

3. 2 Utilización de la aplicación informática para la generación de actas de evaluación.

La utilización de recursos y aplicaciones informáticas comporta la adopción de ciertas precauciones:

- El recurso informático utilizado para acceder a la información estará siempre bajo la responsabilidad de algún usuario autorizado. La información no puede ser visible a personas no autorizadas.

- Al abandonar el puesto de trabajo deberá dejarse de forma que impida la visualización de los datos protegidos abandonando la aplicación y reiniciando la sesión al regresar.

- En la bandeja de salida de la impresora no pueden quedar documentos impresos que contengan datos protegidos. Si las impresoras son compartidas con otros usuarios no autorizados deberán retirarse conforme vayan siendo impresos.

- Cada usuario será responsable de la confidencialidad de la contraseña de acceso a la aplicación, que normalmente corresponderá a la de correo electrónico, y, en caso de que la misma sea conocida fortuita o fraudulentamente por personas no autorizadas, deberá notificarse como incidencia y cambiarla posteriormente.

- La documentación en soporte papel que pueda generarse con motivo del uso de la aplicación se utilizará sólo para las finalidades propias de esta. Finalizado su uso debe destruirse de forma que la información resulte inaccesible.

- Cualquier usuario que tenga conocimiento de una incidencia tendrá que comunicarla a través del CAU. Se define como incidencia cualquier acontecimiento que pueda producirse esporádicamente y suponer un peligro para la seguridad del Fichero, entendida bajo sus tres vertientes de confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos. El conocimiento y la no notificación de una incidencia por parte de un usuario será considerado como una falta contra la seguridad del Fichero.

- Los ficheros generados por la aplicación para la generación de actas de evaluación para la impresión de documentos no deben guardarse en el terminal del usuario.

3. 3 Publicación de notas en web

- No se permite la publicación de notas en la página institucional de la Universitat de València, ni en ninguna otra. La publicación de notas en el entorno de Aula Virtual, cuando estas sean visibles para todos los estudiantes del grupo, constituye una comunicación de datos no permitida por la ley.

3. 4 Confección manual de listados o fichas

Los principios de protección de datos se aplican también a los datos tratados en soporte papel. Debe subrayarse que, tanto los datos de identificación de un estudiante como la fotografía que habitualmente se incluye en la ficha tienen la consideración de datos de carácter personal. Aun cuando muchas de las cuestiones que aquí se indican constituyen una práctica habitual, conviene precisarlas para garantizar el respeto a la legislación vigente.

En consecuencia, será necesario:

- Informar al estudiante respecto de los datos que debe incluir y la finalidad de su uso. Si se usa una ficha diseñada por el propio profesor esta información se podría situar al pie de la misma. En cualquier caso podría ser suficiente con informar públicamente de ello en el aula.

- Tratar los datos exclusivamente para las finalidades de las cuales se informó, que, lógicamente, serán académicas.

- Guardar secreto respecto de los datos a los que se acceda.

- No comunicar datos a terceros a no ser que sean solicitados por jueces o tribunales, el Defensor del Pueblo o el Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana o cuando se trate de una urgencia médica o epidemiológica. Podrá, pese a esto, facilitarse internamente información de los estudiantes contenida en una ficha cuando se trate de satisfacer necesidades de gestión académica por parte de la Universitat.

- Custodiar la información personal de los estudiantes de manera adecuada. En este sentido, esta información no tendría que ser accesible a terceros no relacionados con las tareas docentes o administrativas relacionadas con el aula. Por lo tanto, sería perfectamente admisible este acceso por otros profesores cuando se comparte la docencia o se interactúa con ellos (por ejemplo, en módulos teórico-prácticos) y por parte del personal del departamento. Por otra parte, las fichas se situarán en un lugar accesible sólo al profesor, como por ejemplo su despacho cuando este sea individual, o en un armario o cajón que pueda cerrarse.

- Las fichas sólo podrán conservarse mientras subsista la finalidad para la cual fueron recogidas y deberán ser destruidas físicamente cuando esta desaparezca, de forma que la información resulte inaccesible.

Las cuentas de correo de la Universitat de València se publican en el Directorio web de la institución a través del servicio “Buscando personas en la Universitat de València” disponible en http://cuentas.uv.es/cgi-bin/p/ActivaCuenta?buscapub:sp . En este recurso se facilitan al menos los siguientes datos:

 -         Apellidos y nombre del titular de la cuenta de correo.

-         Titulación en la que se encuentra matriculado y si la matrícula está vigente.

-         Dirección de correo electrónico.

-         Otras vinculaciones que habiliten para disponer de cuenta de correo. 

La activación de una cuenta de correo electrónico comporta necesariamente su publicación en el directorio. El titular de la misma puede retirarla mediante el procedimiento previsto en el gestor de correo (http://correo.uv.es),  mediante la desactivación de la instrucción “Mi usuario aparece” a la que se accede siguiendo la ruta: Cuentas de usuario / Mi usuario /Modificar mis datos de localización. El gestor de correo de la Universitat permite ejercer un control total sobre la información que se publica en la web institucional.

 

 

 
 [Última actualización: 04/06/2008]