Economía Social, Cooperativas

e Innovaciones Sociales y Políticas

PRESENTACIÓN

Economía Social

 

Voluntariado - Cooperativas de trabajo asociado - Solidaridad - ONG - Donaciones - Sociedad civil organizada - Asociacionismo - Mutualidades - Democracia económica - Autogestión - Tercer Sector - Fundaciones - Cooperativas agrarias - Filantropía - Economía solidaria - Participación - Iniciativa social - Mecenazgo - Poder popular - Autoayuda - Desarrollo local - Cooperativas sociales - Sociedades laborales - Empresariado social - Responsabilidad social empresarial - Economía alternativa - Economía social - Innovaciones sociales y políticas - Sector no lucrativo - Economía popular - Organizaciones voluntarias - Organizaciones sociales de base - Cooperativas - Asociaciones

      

Esta pluralidad de realidades no casa fácilmente con las dos formas sociales de producción y distribución dominantes, a saber, la privada lucrativa capitalista y la pública tradicional.

 

El concepto de Economía Social pretende integrar todas estas realidades desde una perspectiva positiva y constructiva. Constituye otra forma de hacer economía, ‘más social y humana’, donde el protagonismo a la hora de decidir, de satisfacer demandas, de producir y de distribuir se da a las personas y al factor trabajo.

Desde esta perspectiva, la elección de este término ‘economía social’, tanto desde instancias institucionales, políticas y académicas como de los propios movimientos sociales y cooperativos, ha sido plenamente acertada.

 

La definición y valores de las Cooperativas, un potente pilar de la economía social, confirman esta lectura. En efecto, la Alianza Cooperativa Internacional, organización mundial del movimiento cooperativo, autodefine a las cooperativas como empresas basadas en valores de democracia, de igualdad, de equidad, de solidaridad, de autoayuda, con una clara proyección de transparencia, vocación y responsabilidad social. Pero las cooperativas no son las únicas formas de economía social...

      

Esta función social del cooperativismo y de la economía social ha sido reconocida por numerosos países. Entre ellos, España. La actual Constitución Española de 1978 instaura un mandato en favor de las cooperativas y, en un sentido amplio, a la economía social: su Art. 129.2. es explícito al respecto: "Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción". Dicho precepto se completa con el principio de igualdad social (Art. 9.2) "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social". También la Constitución de la República Española de 1931 concebía a las cooperativas como entidades de utilidad social: Art. 46 ‘(...) la República asegurará a todo trabajador las condiciones de una existencia digna. Su legislación social regulará: (..entre otras) las instituciones de cooperación; (...) la participación de los obreros en la dirección, la administración y los beneficios de las empresas; (..)’ y Art. 47 ‘la República protegerá al campesino y a este fin legislará, entre otras materias, sobre (...) cooperativas de producción y consumo (...). La República protegerá en términos equivalentes a los pescadores’. 

          

El presente Sitio-Web está dedicado a este campo de la Economía Social desde una triple perspectiva: investigadora, docente y divulgativa.



[<] Volver

Copyright © 2007 - Universitat de Valencia - R.Chaves.  Todos los derechos reservados.