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Plan de Investigación (Estudiantes del Real Decreto 99/2011)

  • 24 junio de 2015
Estudiantes de postgrau

Plan de Investigación (Real Decreto 99/2011)

Con anterioridad a que finalice el primer año el doctorando o doctoranda elaborará un plan de investigación, avalado por el tutor o tutora y el director o directa, este plan deberá incluir la metodología y los objetivos, los medios y la planificación temporal, así como el informe favorable de la Comisión de Ética en Investigación Experimental de la Universitat de Valencia, en los casos señalados.

 

Informe anual - Plan de Investigación

Anualmente la Comisión Académica del Programa evaluará el plan de investigación y el documento de actividades junto con los informes que deberá de emitir el tutor o tutora y el director o directora. La evaluación positiva será requisito para poder continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que deberá ser motivada, el doctorando o doctoranda deberá ser nuevamente evaluado en el plazo de seis meses, para lo que se deberá elaborar un nuevo plan de investigación. Si se produce una nueva evaluación negativa, se dará de baja definitivamente al doctorando o doctoranda. Ante estas resoluciones que no agotan la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada, que se resolverá, previo informe de la Comisión de Estudios de Postgrado, el Rector o persona en quien delega

 

Lista de enlaces: