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Qué es y en qué consiste el Estado de Emergencia Económica

El pasado  15  de enero el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, anunció el Estado de Emergencia Económico. Esta medida, decretada el viernes pasado,  tiene como finalidad “proteger y garantizar el buen vivir de los derechos de los venezolanos”, según su ministro de economía Luis Salas.

18 de enero de 2016

Los regímenes de excepción alteran enormement la política económica de un país y su economía pública. Son medidas  que cualquier nación puede poner en marcha pero siempre se llevan a cabo en situaciones muy determinadas ya que su organización económica varía en gran medida. 

En Venezuela, los factores que han llevado a este punto al país son de sobra conocidos. La caída del precio del barril de petróleo unido a su la inflación del país son los principales motivos. La paralización de su aparato productivo  y la falta de divisas también juegan un papel muy relevante.


Estas son algunas de las características que definen esta medida.


Control total. El Estado de Emergencia económico permite al país que lo instaure, regular todo tipo de aspecto incluso con carácter retroactivo. Esto afecta, principalmente, a los presupuestos generales. El resto de batería de medidas que se pueden emprender están dirigidas a evitar la evasión fiscal, revisar los requisitos cambiarios, aumentar la producción del país e importar productos del país con mayor rapidez. 


Una de las medidas que más puedan preocupar es la posibilidad de instaurar un corralito, es decir, restringir  las transacciones económicas y financieras. Esta medida ya ocurrió en Argentina (2001), Chipre (2013) o Grecia (2015). 


Durabilidad. Como medida excepcional, su permanencia en el tiempo no puede ser infinita. El Estado de Emergencia Económico, entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta oficial, dura 60 días. Un tiempo que , a priori, debe ser suficiente para que el Gobierno de la Nación pueda reconducir su situación económica. Esta característica esta recogida en el artículo 9 de esta figura legislativa.   


Idiosincrasia de cada país. El de Venezuela es el último y, por tanto, más conocido estado de excepción. Existen, otros países que también tienen la facultad para poder poner en marcha esta medida. Sin ir más lejos, en España, existe también una regulación al respecto. El artículo 116 de la Constitución recoge la posibilidad de establecer tres regímenes de excepción: estado de alarma, estado de excepción y estado de sitio. Su regulación está recogida en la   Ley Orgánica 4/1981.


También existen otros países como Colombia, donde se conoce como  “Desastre Nacional” o Perú, que tiene una medida con similar durabilidad similar a la de Venezuela.  


No todo es dinero.  Los regímenes de excepción no tienen siempre ligada a él factores económicos. En 2014 en Estados Unidos, Obama renovó el estado de emergencia nacional declarada en 1995 para hacer frente al tráfico de drogas en Colombia. 


El ejemplo más cercano y reciente quizás sea el instaurado en Francia tras los atentados de París. Fue entonces cuando el ejecutivo del país galo instauró el estado de emergencia que le habilitaba, entre otros, a  aplicar la jurisdicción militar, ordenar registros domiciliarios y limitar la circulación de personas y vehículos