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De acuerdo con el artículo 178 de los Estatutos de la Universitat de València,

1. Son funciones de la Asamblea General de Estudiantes:

  1. Acordar y proponer las medidas que considere oportunas para la mejor defensa de los derechos e intereses de los y las estudiantes.
  2. Proponer al Consejo de Gobierno, para su aprobación, un proyecto de reglamento que regule su constitución y funcionamiento.
  3. Elegir la Mesa de Coordinación, que de acuerdo con el reglamento, velará por el cumplimiento de los acuerdos tomados por la Asamblea.
  4. Coordinar las iniciativas que surjan de las asambleas de centro.
  5. Proponer la distribución de la asignación presupuestaria que, en el ámbito de la Universitat de València, se dedique a actividades deportivas y culturales de los y las estudiantes.
  6. Elegir y, en su caso, revocar representantes de estudiantes en comisiones de universidad.
  7. Elaborar y elevar propuestas al Consejo de Gobierno y al Claustro.
  8. Participar en las comisiones encargadas de la distribución de becas, ayudas y créditos destinados a los y las estudiantes de la Universitat de València, así como en la fijación de los criterios para su concesión.
  9. Llevar a cabo todas las tareas que le sean encomendadas por el Claustro o el Consejo de Gobierno y, en general, aquellas que se deriven de estos Estatutos.

2. Son funciones de la Mesa de Coordinación:

  1. Convocar y moderar las reuniones de acuerdo con el reglamento de la Asamblea.
  2. Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General de Estudiantes.
  3. Tramitar las propuestas de la Asamblea General de Estudiantes al Consejo de Gobierno y al Claustro.
  4. Representar a los y las estudiantes de la Universitat de València.
  5. Ejercer de portavoz de la Asamblea General de Estudiantes.
  6. Todas aquellas que le sean atribuidas en estos Estatutos y en el reglamento de la Asamblea.