Información sobre la autorización de estudios. Documentos y procedimiento de solicitud

Tipos de situaciones

  1. Estudiantes de movilidad o intercambio y de programas de cooperación de la Universitat de València
  2. Estudiantes de movilidad de nacionalidad no comunitaria procedentes de Universidades de países de la Unión Europea
  3. Estudiantes extranjeros que cursan estudios oficiales de la Universitat de València
  4. Estudiantes de  movilidad de nacionalidad no comunitaria que vienen a la Universitat de València con su pasaporte y sin visado de estudios

 

1. Estudiantes de movilidad o intercambio y de programas de cooperación de la Universitat de València

Una vez en España,

  • Inicial:

-si tu estancia va a ser superior a 180 días, tu visado será de 90 días, y dentro del primer mes en España, deberás SOLICITAR CITA en la Comisaría de Policía con la que tramitarás tu TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjeros);

-si, por el contrario, tu estancia/visado es de 180 días, no deberás realizar ningún procedimiento al respecto.

  • Otros:

Estudiantes con beca de programas de cooperación i/o  de máster de 2 años: ampliación de  la fecha de caducidad de la estancia por estudios en España (AES)

  • Si tienes una beca de un programa de cooperación de la UV, y la duración del programa es superior a un año, debes acudir a este Servicio de Relaciones Internacionales ANTES de solicitar la cita en la comisaría de policía para la obtención del TIE, y presentar las copias de:

1.         Pasaporte en vigor, con la filiación y las fechas de vigencia.  Generalmente suele estar en una hoja formada por dos partes cosidas por la mitad y que son indivisibles.

2.         Visado de Estudiante, que le autoriza a entrar en España, con el sello de entrada (debería estar estampado en el visado, pero en muchas ocasiones está en otra página)

Renovación de estancias por estudios

1.         Solicitud en solicitud modelo EX00 debidamente cumplimentada y firmada por el interesado.

2.         Tasa pagada del  modelo 790, código 052 –entregar el ejemplar para la Administración. Selecciona la opción “1.3 Prórroga de la autorización de estancia por estudios”.

3.         Copia del TIE cuya renovación se desea realizar

4.         Del pasaporte en vigor,

- copia de la hoja en la que figure la filiación y las fechas de vigencia  (en general suele estar en una hoja -que está formada por dos partes cosidas por la mitad y que son indivisibles)

- copia de la hoja del visado de entrada con el sello de entrada en España (en el caso de que sea tu primera renovación)

5.         Empadronamiento, si ha cambiado de domicilio

6.         Certificado de Matrícula

7.         Certificado de aprovechamiento del curso anterior (puede ser el certificado de notas, o un certificado firmado por el director o directora del programa de postgrado)

8.         Medios Económicos:

  • Certificado de Beca, indicando el periodo a cubrir, cantidad económica y, en su caso, gastos de bolsillo.
  • Certificado Bancario de titularidad, incluyendo las transferencias recibidas durante el curso anterior, haciendo constar el remitente, y saldo medio.
  • Acta notarial de asunción de responsabilidades económicas, alojamiento y manutención, actualizada y cuantificada. En ésta, el o la notaria deberá certificar que el interesado cuenta con medios económicos suficientes para hacerse cargo de la cantidad comprometida.  En caso de proceder del extranjero deberá estar traducida (traductor/a jurado/a y apostillada.

Si quien asume las citadas responsabilidades reside en España, podrá presentar un acta notarial o realizar una declaración de dicha asunción de responsabilidades ante funcionario público.  En ambos casos, deberá autorizar expresamente a la Administración, para poder realizar las consultas administrativas necesarias a fin de verificar sus medios económicos.

9.         Certificado del Seguro Médico Público o Privado, que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles, sin límites, copagos ni carencias.  A este propósito, los seguros de viaje no son válidos.

Si eres estudiante Erasmus o de Programa Internacional con plaza semestral, y tu visado inicial de 180 días, pero deseas solicitar una prórroga para completar el año académico, además de la documentación anterior deberás aportar también:

  • Certificado médico que mencione explícitamente que no padece ninguna de las enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves. No puede tener una antigüedad superior a tres meses.
  • Certificado de antecedentes penales del país de residencia legal en los últimos cinoc años. Debe estar legalizado o apostillado según sea el caso y –en su caso- traducido por traductor jurado. No puede tener una antigüedad superior a tres meses.

Estudiantes Erasmus Nacionales de la Unión Europea

Los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein), que vayan a permanecer en España por más de tres meses para hacer una estancia Erasmus están obligados a solicitar personalmente su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Dicha solicitud deberá presentarse en la Comisaria de Bailen (C/ Bailen, 9 – Valencia),en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España, siéndole expedido de forma inmediata un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad y domicilio de la persona registrada, su número de identidad de extranjero, y la fecha de registro.

Más información en el siguiente enlace

Acceso al Formulario de solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros_Residencia ciudadano de la UE (RD 240/2007)

Acceso a la Tasa modelo 790. Código 012 Después de rellenar los apartados correspondientes a los datos personales, seleccionar la casilla: "Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión" -dentro del apartado "Tarjetas de identidad de extranjeros (TIE) y certificados de registro de residentes comunitarios"

 


2. Estudiantes de movilidad de nacionalidad no comunitaria procedentes de Universidades de países de la Unión Europea

Si tienes un Permiso de residencia para estudios o visado para estudios en un país de la UE, no tendrás que solicitar visado.

Antes de tu llegada a España, debes enviarnos a nuestra dirección de correo electrónico. visados@uv.es, los siguientes documentos:

- Copia de tu pasaporte (debe ser válido durante todo el tiempo de tu estancia en España)

- Copia del permiso de residencia / visado para estudios (debe ser válido durante todo el tiempo de tu estancia en España)

- Acreditación de estar realizando parte de tus estudios en el marco de un programa de la UE ( carta de nombramiento emitida por tu universidad de origen)

-Carta de aceptación de la  Universitat de València (puede sacarse por internet a través de entreu)

-Rellenar solo el apartado DATOS DEL ESTUDIANTE del siguiente enlace formulario

En caso de que no los hayas enviado con anticipación, deberás remitirnos los documentos como máximo en el plazo de un mes desde tu llegada a Valencia.

Enviaremos los documentos a la Oficina de Extranjería y te informaremos una vez estén registrados.

Debes tener en cuenta que si tu Permiso de Residencia no es para estudios, debes comunicarte con la Embajada de España para confirmar si tienes que solicitar visado.

Encontrarás más información en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Busca la web de la embajada española en tu país.


3. Estudiantes extranjeros que cursan estudios oficiales de la Universitat de València

Una vez en España,

  • Inicial:

-si tu estancia va a ser superior a 180 días, tu visado será de 90 días, y dentro del primer mes en España, deberás SOLICITAR CITA en la Comisaría de Policía con la que tramitarás tu TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjeros);

-si, por el contrario, tu estancia/visado es de 180 días, no deberás realizar ningún procedimiento al respecto.

  • Información sobre renovación de estancias por estudios. Documentación:

Si no eres un estudiantes de intercambio con un programa gestionado por el Servei de Relacions internacionals i Cooperació o si no eres un/a estudiante beneficiario/a de una beca de cooperación Luis Vives deberás hacer el trámite directamente por tu cuenta y presentar dichos documentos por uno de los siguientes medios: formas de presentar la solicitud

1.         Solicitud en solicitud modelo EX-00 debidamente cumplimentada y firmada por el interesado.

2.         Tasa pagada del  modelo 790, código 052–entregar el ejemplar para la Administración. Selecciona la opción “1.3 Prórroga de la autorización de estancia por estudios”.

3.         Una copia del TIE cuya renovación se desea realizar

4.         Copia del pasaporte en vigor, completo (todas sus hojas)

5.         Empadronamiento, si ha cambiado de domicilio

6.         Certificado de Matrícula

7.         Certificado de aprovechamiento del curso anterior (puede ser el certificado de notas, o un certificado firmado por el director o directora del programa de postgrado)

8.         Medios Económicos:

  • Certificado de Beca, indicando el periodo a cubrir, cantidad económica y, en su caso, gastos de bolsillo.
  • Certificado Bancario de titularidad, incluyendo las transferencias recibidas durante el curso anterior, haciendo constar el remitente, y saldo medio.
  • Acta notarial de asunción de responsabilidades económicas, alojamiento y manutención, actualizada y cuantificada. En ésta, el o la notaria deberá certificar que el interesado cuenta con medios económicos suficientes para hacerse cargo de la cantidad comprometida.  En caso de que el Acta Notarial proceda del extranjero deberá estar, en su caso, traducida por traductor/a jurado/a, y apostillada.

Si quien asume las citadas responsabilidades reside en España, podrá presentar un acta notarial o realizar una declaración de dicha asunción de responsabilidades ante funcionario público.  En ambos casos, deberá autorizar expresamente a la Administración para poder realizar las consultas administrativas necesarias a fin de verificar sus medios económicos.

9.         Certificado del Seguro Médico Público o Privado, que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles, sin límites, copagos ni carencias.  A este propósito, los seguros de viaje no son válidos.

Si has venido a España con un visado inicial de 180 días, pero deseas solicitar una prórroga para completar el año académico, además de la documentación anterior deberás aportar también:

  • Certificado médico que mencione explícitamente que no padece ninguna de las enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves. No puede tener una antigüedad superior a tres meses.
  • Certificado de antecedentes penales del país de residencia legal en los últimos cinoc años. Debe estar legalizado o apostillado según sea el caso y –en su caso- traducido por traductor jurado. No puede tener una antigüedad superior a tres meses.

4. Estudiantes de movilidad de nacionalidad no comunitaria que vienen a la Universitat de València con su pasaporte y sin visado de estudios

 

  • Para estancias superiores a 3 meses los estudiantes provenientes de un país no UE deberán tramitar un visado de estudios. La tramitación del visado deberá realizarse antes de su llegada en el consulado español correspondiente o bien, si no les es posible obtener dicho visado, solicitar una autorización inicial de estudios a su llegada a España.

 

Para realizar la tramitación a su llegada, los estudiantes deberán asegurarse que son nacionales de un país exento de la obligación de tener un visado para entrar en España

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA SOLICITAR UNA AUTORIZACIÓN INICIAL DE ESTUDIOS DESDE ESPAÑA

1. En caso de presentación desde España: debe rellenar la solicitud modelo EX-00 debidamente cumplimentada y firmada por el interesado.

2. Pasaporte completo (todas las hojas) y en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, con vigencia mínima del periodo para el que se solicita la estancia.

3. Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia. La suficiencia económica se puede probar con:

  1. Certificado de Beca, indicando el período que cubre y la cantidad econòmica.
  2. Certificado Bancario de titularidad que incluya las transferencias recibidas, donde conste el remitente y el saldo medio
  3. Acta notarial de asunción de responsabilidades económicas, alojamiento, manutención actualizada y cuantificada. En esta acta, el notario/a deberá de certificar que el interesado cuenta con los medios económicos suficientes para hacerse cargo de la cantidad comprometida.  En caso de proceder del extranjero será necesario que esté traducida al español (por un traductor/a jurado/a) y apostillada.

Si los documentos que prueban la suficiencia económica se expiden fuera de España deben estar certificados con una firma de una entidad bancaria, legitimados ante notario, apostillados y si no están en español, traducidos por una traductor jurado.

4. Documentación acreditativa de disponer de la tarjeta Global Health Insurance Card si son de Reino Unido o bien de un seguro médico que debe ser sin límites ni carencias ni copagos. Si el seguro se contrata fuera de España y está en una lengua extranjera, debe estar traducido al español. Debe cubrir toda la estancia en España y adjuntar el último recibo del pago.

5. Documentación acreditativa de estar admitido en un centro de enseñanza. (Carta de aceptación o certificado de matrícula)

6. Si la duración de la estancia supera los seis meses:

  •  Certificado médico de buena salud (si está expedido fuera de España, será necesario apostillarlo y traducirlo por un traductor jurado). El certificado no puede ser más antiguo de 3 meses
  •  Si es mayor de edad penal, certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años. (Deben estar apostillados y traducidos por un traductor jurado). El certificado no puede ser más antiguo de 3 meses

Toda esta documentación deberá enviarse escaneada y en un solo documento PDF a nuestra dirección de correo electrónico  visados@uv.es  como máximo durante los 50 días posteriores a la fecha de entrada en España.

IMPORTANTE: Los documentos presentados en lengua extrangera, deben presentarse junto con la traducción en español de un traductor jurado, i si son documentos públicos expedidos en el extranjero, en primer lugar deben de ser apostillados i posteriormente, todas las hojas (incluida la de la apostilla) han de estar traducidas por un traductor jurado inscrito en el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Información para legalizar, apostillar y traducir documentos de la solicitud

PORTAL DE INMIGRACIÓN. Legalización y traducción de documentos para la tramitación de procedimientos en materia de extranjería e inmigración. (inclusion.gob.es)

Proceso de legalitzación y apostilla

Traductores jurados

Si no eres un estudiante de intercambio con un programa gestionado por el Servei de Relacions internacionals o beneficiario/a de una beca de cooperación Luis Vives deberás hacer el trámite por tu cuenta y presentar dichos documentos por uno de los siguientes medios:formas de presentar la solicitud