Asesoramiento
En la redacción del
artículo del Reglamento de ejecución presupuestaria para este año,
relativo a los principios de gestión de la actividad de control
interno (el artículo 53), hemos querido incluir un apartado, el
octavo, que dice lo siguiente:
"8. En las tareas de evaluación y control de
ejecución presupuestaria, la Oficina de Control Interno también podrá llevar
a término actuaciones de índole consultiva y
asesora que contribuyan a la mejora
en la gestión de los fondos públicos".
Esta previsión se completa con el deseo, expresado en nuestra
propuesta de programa de trabajo para este año, de ejercer, dentro
del que seria un control preventivo, un papel asesor en aquellas
materias de evaluación y control que nos corresponde, sin limitarnos
por lo tanto a tareas meramente
fiscalizadoras en el sentido más
estricto de la expresión.
Queremos, pues,
asistir los miembros de esta
organización en el cumplimiento efectivo de las responsabilidades en
las materias más arriba mencionadas. Mediante este tipo de actividad
pretendemos, además de colaborar en la mejora de la gestión,
establecer un diálogo abierto y constructivo con los órganos y
unidades auditadas, que sea capaz de romper la
praxis tradicional de desconfianza
y lejanía.
Si nos queréis hacer llegar cualquier consulta, escribidnos a
la siguiente dirección de correo
electrónico:
Control.Interno@uv.es