El preámbulo de la propuesta sobre reducción de Jornada habla de "
una
distribución de esfuerzos razonable entre empresarios, trabajadores y
la sociedad". Pero posteriormente especifica que "
La jornada reducida
conlleva una disminución equivalente del salario", aunque ello sea
compensado parcialmente con el subsidio de desempleo.
En estas condiciones, no se ve dónde está la "
distribución de
esfuerzos" con los empresarios, dado que el esfuerzo lo aportan
únicamente los trabajadores y "la sociedad" a través de fondos
públicos. Para que hubiera también "esfuerzo" de los empresarios, sería
imprescindible que la disminución del salario fuera inferior a la
reducción de jornada.
Por otra parte, hay que tener en cuenta que, propiamente hablando, el
salario no paga el "trabajo" ni las horas de trabajo, sino la fuerza de
trabajo, es decir, debe atender a la manutención y a las necesidades
básicas del trabajador (o trabajadora), las cuáles no disminuyen, o en
todo caso no proporcionalmente, con la reducción de la jornada de
trabajo. Únicamente se produciría disminuación en caso de disminuir las
cargas familiares, en particular en caso de que miembros de la unidad
familiar en paro a cargo del trabajador (o trabajadora) encontraran
trabajo propio.
Y ello nos lleva a lo que debería ser la finalidad de la reducción de
jornada: combatir el paro, propiciando nuevas contrataciones.
Ciertamente ello puede resultar complicado en una fase recesiva, pero
si precisamente ahora se nos está diciendo que se está saliendo de la
recesión, sí debería resultar viable. No podemos resignarnos a lo que
Lawrence Summers llamaba la histéresis del paro (que los puestos de
trabajo perdidos en la fase recesiva no se recuperen plenamente en la
fase expansiva,
Blanchard,
Olivier J. and
Summers,
Lawrence
H., Hysteresis and the European Unemployment Problem (January 1987).
NBER Working Paper Series, Vol. w1950, pp. -, 1987. Available at SSRN:
http://ssrn.com/abstract=227081 ). Y resulta además imprescindible con
una cifra de casi 4 millones de parados: no podemos conformarnos con
que el paro no siga creciendo, sino que es imprescindible su
disminución.
Para ello, sería necesario operar sobre la masa salarial de cada
empresa. El principio debería ser que la masa salarial no disminuyera,
y que por lo tanto la disminución de salario individual comportara un
aumento inversamente proporcional del número de trabajadores, que sería
la única forma de que se pudiera hablar propiamente de "reparto del
tiempo de trabajo". Sólo en caso de dificultades económicas
objetivables y demostrables (que no pueden consistir en disminución de
los beneficios, sino en la necesidad de evitar pérdidas) sería
admisible que el incremento del número de trabajadores fuera inferior,
es decir, que hubiera una cierta disminución de la masa salarial, que
en todo caso debería ser inferior a la proporción correspondiente a la
reducción de jornada.