Las
presentes normas técnicas han ido recogidas y reeditadas y forman
parte de la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos
relativos a la utilización de equipos con Pantallas de visualización
elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo.-->Ir
Empleo
de normas técnicas
Las presentes normas
técnicas no son de obligado cumplimiento, pero pueden resultar
de gran ayuda para interpretar los aspectos técnicos del Real
Drecreto 488/1997 icación.
A continuación
se proporciona información adicional, basada esencialmente en
las citadas normas, sobre los aspectos más relevantes recogidos
en el Anexo del Reglamento.

La
pantalla
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REAL DECRETO 488/1997
1. EQUIPO
Observación general.
La utilización en sí misma del
equipo no debe ser una fuente de riesgo para los trabajadores.
Pantalla.
Los caracteres de la pantalla deberán
estar bien definidos y configurados de forma clara, y tener
una dimensión suficiente, disponiendo de un espacio adecuado
entre los caracteres y los renglones.
La imagen de la pantalla deberá ser
estable, sin fenómenos de destellos, centelleos u otras
formas de inestabilidad.
El usuario de terminales con pantalla deberá
poder ajustar fácilmente la luminosidad y el contraste
entre los caracteres y el fondo de la pantalla, y adaptarlos
fácilmente a las condiciones del entorno.
La pantalla deberá ser orientable e
inclinable a voluntad, con facilidad para adaptarse a las necesidades
del usuario.
Podrá utilizarse un pedestal independiente
o una mesa regulable para la pantalla.
La pantalla no deberá tener reflejos
ni reverberaciones que puedan molestar al usuario.
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Pantalla
Fácilmente orientable e inclinable a voluntad
Como es sabido,
en las pantallas de ordenador las imágenes se suceden varias
decenas de veces por segundo y cada una de ellas se forma mediante una
trama de líneas y puntos controlados por la electrónica
del equipo. Este sistema de representación puede dar lugar a
parpadeos y otras formas de inestabilidad en la imagen, con las consiguientes
molestias visuales para el usuario.
Por otro lado,
no se ha conseguido aún en estos dispositivos la resolución
que puede lograrse en los soportes impresos tradicionales. Todo ello
limita el grado de legibilidad que puede obtenerse para la información
alfanumérica representada en pantalla; si bien, es preciso considerar
la existencia de monitores que ofrecen diferentes grados de calidad
de representación.
La norma técnica
UNE-EN29241.3 proporciona una serie de recomendaciones para las pantallas
de ordenador, algunos de cuyos requisitos no son directamente
verificables por el usuario, quien, sin embargo, podría contrastarlos
a través de las especificaciones del fabricante.
En lo que concierne
a la configuración y definición de los caracteres alfanuméricos
se recomienda lo siguiente:
La matriz
de representación de los caracteres de la pantalla debe estar
constituida por un mínimo de 5 x 7 "pixeles" (los
elementos más pequeños de la pantalla, direccionables,
que forman la trama de la imagen).
No obstante,
cuando se requiera una lectura frecuente de la pantalla, o sea importante
garantizar la legibilidad del texto, la matriz de representación
de los caracteres debe tener al menos 7 x 9 "pixeles". (Ver
Fig. 1). Este requisito lo cumplen sobradamente las actuales pantallas
de ordenador tipo VGA o SVGA.
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Figura 1
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En todo caso,
se recomienda que el tamaño y resolución de las pantallas
se adecuen al tipo de tarea que se realice. En la práctica, contando
con el progreso técnico alcanzado actualmente en la fabricación
de monitores de pantalla se recomiendan las siguientes características
mínimas:
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TRABAJO PRINCIPAL
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TAMAÑO (DIAGONAL)
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RESOLUCIÓN ("PÍXELES")
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FRECUENCIA DE IMAGEN
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OFICINA
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35 cm (14")
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640 x 480
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70 Hz
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GRÁFICOS
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42 cm (17")
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800 x 600
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70 Hz
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PROYECTO
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50 cm (20")
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1024 x 768
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70 Hz
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El tamaño
requerido para los caracteres alfanuméricos representados en
pantalla depende de la distancia de visión. Para la mayoría
de las tareas se recomienda que la altura de los caracteres subtienda
al menos un ángulo de 22 minutos de arco, mientras que la distancia
de visión no debe ser inferior a 400 mm. En la práctica,
esto supone la utilización de caracteres cuya altura sea superior
a 3 mm para una distancia de la pantalla de unos 500 mm.
El espacio entre
caracteres debe ser al menos igual a la anchura del trazo, la distancia
entre palabras debe ser al menos igual a la anchura de un carácter
y la distancia entre las líneas del texto debe ser al menos igual
al espacio correspondiente a un "pixel".
En relación
con la estabilidad de la imagen, la pantalla se debería ver libre
de parpadeos por al menos el 90%
de los usuarios. Si bien la percepción del parpadeo depende de
numerosos factores, en la práctica se requiere el empleo de pantallas
con una "frecuencia de refresco" de la imagen de 70 Hz. como
mínimo para cumplir con dicha recomendación.
Asimismo, la
imagen debe tener suficiente estabilidad espacial; la máxima
oscilación admisible para cualquier punto de la imagen debe ser
menor que el 0,02% de la distancia nominal de visión.
Por lo que se
refiere a los aspectos concernientes a la luminancia y al contraste
de los caracteres, la pantalla debe ser capaz de proporcionar al menos
una luminancia de 35 Cd/m2
(para los caracteres, en polaridad negativa, o para el fondo de pantalla,
en polaridad positiva), si bien el nivel preferido es de 100
Cd/m2.
Por otra parte,
el usuario ha de poder ajustar el contraste de luminancias entre los
caracteres y el fondo de pantalla. Dicho ajuste debe permitir que la
relación de contraste alcance, al menos, el valor 3:1,
(relación entre la luminancia de los caracteres y la del fondo
de pantalla).
Otro aspecto
de interés lo constituye la polaridad de la imagen. Existen dos
formas de representar los caracteres alfanuméricos en las pantallas
de visualización: con polaridad positiva (caracteres oscuros
sobre fondo claro) y con polaridad negativa (caracteres brillantes sobre
fondo oscuro).
Cada forma de
polaridad tiene sus ventajas y limitaciones. Con polaridad negativa
el parpadeo es menos perceptible y la legibilidad es mejor para las
personas con menor agudeza visual, mientras que con polaridad positiva
los reflejos son menos perceptibles y se obtiene más fácilmente
el equilibrio de luminancias entre la pantalla y otras partes de la
tarea (especialmente con respecto a los documentos).
En la práctica,
las ventajas se inclinan a favor del empleo de pantallas con polaridad
positiva, que emulan la forma de representación habitual de los
impresos.
El control de los reflejos
La naturaleza
reflectante de la superficie de vidrio de la mayoría de las pantallas
hace que sean muy susceptibles a la generación de reflejos. Existen
dos formas de controlar estos reflejos:
Mediante el
acondicionamiento del entorno medioambiental donde se ubica la pantalla;
evitando la presencia de fuentes de luz susceptibles de reflejarse en
ella (esto se puede complementar con los dispositivos de inclinación
y giro de la pantalla).
Mediante la
intervención en la propia pantalla; bien sea mediante la elección
de modelos con tratamiento antirreflejo y capacidad de proporcionar
buenos niveles de contraste, o bien mediante la incorporación
de filtros antirreflejo apropiados.
La colocación de la pantalla
Finalmente,
en lo que concierne a la colocación de la pantalla, se recomienda
situarla a una distancia superior a 400 mm. respecto a los ojos del
usuario y a una altura tal que pueda ser visualizada dentro del espacio
comprendido entre la línea de visión horizontal y la trazada
a 60¼ bajo la horizontal. (Ver Fig.2).
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REAL DECRETO 488/1997
Teclado.
El teclado deberá ser inclinable e independiente
de la pantalla para permitir que el trabajador adopte una postura
cómoda que no provoque cansancio en los brazos o las
manos.
Tendrá que haber espacio suficiente
delante del teclado para que el usuario pueda apoyar los brazos
y las manos.
La superficie del teclado deberá ser
mate para evitar los reflejos.
La disposición del teclado y las características
de las teclas deberán tender a facilitar su utilización.
Los símbolos de las teclas deberán
resaltar suficientemente y ser legibles desde la posición
normal de trabajo.
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Pantalla
y Teclado independientes para poder ajustarse
El teclado continúa
siendo actualmente el principal dispositivo de introducción de
datos. El requisito de movilidad e independencia respecto al resto del
equipo resulta necesario para poder reubicarlo conforme a los cambios
de postura del usuario.

Teclado
Inclinable
Algunas características
del teclado, como su altura, grosor e inclinación, pueden influir
en la adopción de posturas incorrectas y originar trastornos
en los usuarios. Para prevenir estos riesgos, el diseño del teclado
debería cumplir, al menos, los siguientes requisitos:
El cuerpo
del teclado debe ser suficientemente plano; se recomienda que la altura
de la 3ª fila de teclas (fila central) no exceda de 30 mm respecto
a la base de apoyo del teclado y la inclinación de éste
debería estar comprendida entre 0º y 25º respecto
a la horizontal.
Si el diseño
incluye un soporte para las manos, su profundidad debe ser al menos
de 10 cm. Si no existe dicho soporte se debe habilitar un espacio
similar en la mesa delante del teclado.
Este reposamanos
es muy importante para reducir la tensión estática en
los brazos y la espalda del usuario.
Otros requisitos para el teclado
Con el fin de
asegurar la legibilidad de los símbolos de las teclas se recomienda
la impresión de caracteres oscuros sobre fondo claro. Asimismo,
las superficies visibles del teclado no deberían ser reflectantes.
Por otro lado,
se recomienda que las principales secciones del teclado (bloque alfanumérico,
bloque numérico, teclas de cursor y teclas de función)
estén claramente delimitados y separados entre sí por
una distancia de, al menos, la mitad de la anchura de una tecla.
Así mismo,
la forma, tamaño y fuerza de accionamiento de las teclas, deben
ser adecuados para permitir un accionamiento cómodo y preciso.
Finalmente,
los teclados deberán incluir la letra ñ y los demás
caracteres del idioma castellano, de acuerdo con lo establecido en el
Real Decreto 564/1993, de 16 de abril. (Ver Fig .3).
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Figura 3
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Mesa
o Superficie de Trabajo
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REAL DECRETO 488/1997
Mesa o superficie de trabajo.
La mesa o superficie de trabajo deberán
ser poco reflectantes, tener dimensiones suficientes y permitir
una colocación flexible de la pantalla, del teclado,
de los documentos y del material accesorio.
El soporte de los documentos deberá
ser estable y regulable y estará colocado de tal modo
que se reduzcan al mínimo los movimientos incómodos
de la cabeza y los ojos.
El espacio deberá ser suficiente para
permitir a los trabajadores una posición cómoda.
Asiento de trabajo.
El asiento de trabajo deberá ser estable,
proporcionando al usuario libertad de movimiento y procurándole
una postura confortable.
La altura del mismo deberá ser regulable.
El respaldo deberá ser reclinable y
su altura ajustable.
Se pondrá un reposapiés a disposición
de quienes lo deseen.
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Las superficies
de trabajo, la silla y el resto del mobiliario están muy directamente
relacionados con los problemas posturales.

Eespacio
suficiente para apoyar las manos
y/o antebrazos delante del teclado
Muchas de las
actividades realizadas con pantallas de visualización se caracterizan
por el mantenimiento de posturas estáticas prolongadas, lo cual
es negativo desde el punto de vista fisiológico. Ahora bien,
los efectos de una postura estática prolongada se agravan si
se adoptan posturas incorrectas, en ocasiones propiciadas por un diseño
inadecuado del puesto.
La mesa o superficie de trabajo
Las dimensiones
de la mesa deben ser suficientes para que el usuario pueda colocar con
holgura los elementos de trabajo y, más concretamente, para que
pueda situar la pantalla a la distancia adecuada (a 400 mm como mínimo)
y el teclado de manera que exista un espacio suficiente delante del
mismo para apoyar las manos y los brazos.
Por otro lado,
el acabado de las superficies de trabajo deberían tener aspecto
mate, con el fin de minimizar los reflejos y su color no debería
ser excesivamente claro u oscuro. Asimismo, las superficies del mobiliario
con las que pueda entrar en contacto el usuario deben ser de baja transmisión
térmica y carecer de esquinas o aristas agudas.
El portadocumento o atril
Cuando sea necesario
trabajar de manera habitual con documentos impresos, se recomienda la
utilización de un atril. Este dispositivo permite la colocación
del documento a una altura y distancia similares a las de la pantalla,
reduciendo así los esfuerzos de acomodación visual y los
movimientos de giro de la cabeza.
Las características
que debe reunir son las siguientes:
Ser ajustable
en altura, inclinación y distancia.
El soporte
donde descansa el documento debe ser opaco y con una superficie de
baja reflectancia.
Tener resistencia
suficiente para soportar el peso de los documentos sin oscilaciones.

La
silla de trabajo
Las sillas destinadas
a los puestos de trabajo con pantallas de visualización deberían
cumplir los siguientes requisitos de diseño:
Altura del
asiento ajustable en el rango necesario para la población de
usuarios.
Respaldo con
una suave prominencia para dar apoyo a la zona lumbar y con dispositivos
para poder ajustar su altura e inclinación.
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La
inclinación resulta incomoda
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Profundidad
del asiento regulable, de tal forma que el usuario pueda utilizar
el respaldo sin que el borde del asiento le presione las piernas.

La
espalda no apoya completamente en el respaldo sin que el borde del
asiento le presione la parte posterior de las piernas
Mecanismos
de ajuste fácilmente manejables en posición sentado
y construidos a prueba de cambios no intencionados.
Se recomienda
la utilización de sillas dotadas de 5 apoyos para el suelo.
También
deberían incluir ruedas, especialmente cuando se trabaje sobre
superficies muy amplias. Las ruedas deben ser adecuadas al tipo de suelo
existente, con el fin de evitar desplazamientos involuntarios en suelos
lisos y con actividades de tecleo intensivo.
El reposapiés
se hace necesario en los casos donde no se puede regular la altura de
la mesa y la altura del asiento no permite al usuario descansar sus
pies en el suelo.
Cuando sea utilizado
debe reunir las siguientes características:
Inclinación
ajustable entre 0º y 15º sobre el plano horizontal.
Dimensiones
mínimas de 45 cm de ancho por 35 cm de profundidad.
Tener superficies
antideslizantes, tanto en la zona superior para los pies como en sus
apoyos para el suelo.

Entorno:
Espacio
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REAL DECRETO 488/1997
2. ENTORNO
Espacio.
El puesto de trabajo deberá tener una
dimensión suficiente y estar acondicionado de tal manera
que haya espacio suficiente para permitir los cambios de postura
y movimientos de trabajo.
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La configuración
del puesto de trabajo debe considerar la variabilidad de las dimensiones
antropométricas de los posibles usuarios. Para el trabajo en
posición sentado, debe habilitarse el suficiente espacio para
alojar los miembros inferiores y para permitir los cambios de postura
en el transcurso de la actividad
Si el mobiliario
dispone de tableros ajustables en altura, el rango de regulación
debe permitir su adaptación a la mayoría del colectivo
de usuarios, es decir, a las personas comprendidas entre la menor y
la mayor talla (o al menos las comprendidas entre el 5 y el 95 percentil).
Si dichos tableros no son ajustables, el espacio previsto para los miembros
inferiores debe alcanzar al 95 percentil (individuos de mayor talla).
Por otra parte,
en el entorno del puesto debe existir suficiente espacio para permitir
el acceso del usuario al mismo sin dificultad, así como para
que pueda tomar asiento y levantarse con facilidad.

Iluminación
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REAL DECRETO 488/1997
Iluminación.
La iluminación general y la iluminación
especial (lámparas de trabajo), cuando sea necesaria,
deberán garantizar unos niveles adecuados de iluminación
y unas relaciones adecuadas de luminancias entre la pantalla
y su entorno, habida cuenta del carácter del trabajo,
de las necesidades visuales del usuario y del tipo de pantalla
utilizado.
El acondicionamiento del lugar de trabajo y
del puesto de trabajo, así como la situación y
las características técnicas de las fuentes de
luz artificial, deberán coordinarse de tal manera que
se eviten los deslumbramientos y los reflejos molestos en la
pantalla u otras partes del equipo.
Reflejos y deslumbramientos.
Los puestos de trabajo deberán instalarse
de tal forma que las fuentes de luz, tales como ventanas y otras
aberturas, los tabiques transparentes o translúcidos
y los equipos o tabiques de color claro no provoquen deslumbramiento
directo ni produzcan reflejos molestos en la pantalla.
Las ventanas deberán ir equipadas con
un dispositivo de cobertura adecuado y regulable para atenuar
la luz del día que ilumine el puesto de trabajo.
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Ventanas
en parte lateral (sin reflejos)
En el recinto
donde se ubiquen los puestos de trabajo con pantallas de visualización
debe existir una iluminación general. Si se utilizan fuentes
de iluminación individual complementaria, éstas no deberían
ser usadas en las cercanías de la pantalla en el caso de que
produzcan deslumbramiento directo o reflexiones.
Tampoco deben
ser usadas en el caso de que produzcan desequilibrios de luminancia
que perturben al propio usuario o a los operadores del entorno.
En todo caso,
el nivel de iluminación debe ser suficiente para el tipo de tarea
que se realice en el puesto (por ejemplo, lectura de documentos), pero
no debe alcanzar valores que reduzcan el contraste de la pantalla por
debajo de lo tolerable.
La pérdida
de contraste originada por la iluminación general en las antiguas
pantallas de visualización hacía difícil alcanzar
el nivel de luz necesario para compatibilizar la lectura de la pantalla
con otras tareas. La mayoría de las actuales pantallas de visualización,
con tratamiento antirreflejo y mayor rango de regulación del
contraste, permiten utilizar un nivel de iluminación de 500 lux,
que es el mínimo recomendable para la lectura y escritura de
impresos y otras tareas habituales de oficina.
Control del deslumbramiento
Con el fin de
limitar el deslumbramiento directo producido por las luminarias instaladas
en el techo, no se debería sobrepasar el límite de 500
Cd/m2 para las que son vistas bajo un ángulo
inferior a 45º sobre el plano
horizontal, siendo recomendable no sobrepasar las 200
Cd/m2.
Distribución de luminancias
Con el fin de
asegurar un equilibrio adecuado de luminancias en el campo visual del
usuario, se recomienda que entre los componentes de la tarea la relación
de luminancias no sea superior a 10:1
(por ejemplo, entre pantalla y documento). La relación de luminancias
entre la tarea y el entorno alejado se considera un aspecto menos crítico
(se podrían presentar problemas con relaciones de luminancia
del orden de 100:1).
Ubicación del puesto y la pantalla
Se recomienda
que el puesto de trabajo se oriente adecuadamente respecto a las ventanas,
con el fin de evitar los reflejos que se originarían si la pantalla
se orientara hacia ellas, o el deslumbramiento que sufriría el
usuario, si fuera éste quien se situara frente a las mismas.
Estas medidas
pueden ser complementadas mediante la utilización de cortinas
o persianas que amortigüen la luz, o mediante mamparas en las salas
que dispongan de ventanas en más de una pared.

Ruido
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REAL DECRETO 488/1997
Ruido.
El ruido producido por los equipos instalados
en el puesto de trabajo deberá tenerse en cuenta al diseñar
el mismo, en especial para que no se perturbe la atención
ni la palabra.
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Como es sabido,
aparte de la pérdida progresiva de audición que puede
ser causada por altos niveles sonoros, es preciso considerar también
los efectos indeseables producidos por los ruidos de un nivel más
moderado, entre los que se encuentran las perturbaciones de la atención
y de la comunicación. Estas perturbaciones pueden llegar a ser
inadmisibles en muchas de las actividades realizadas con pantallas de
visualización. Se recomienda que el nivel sonoro en los puestos
de trabajo con pantallas de visualización sea lo más bajo
posible. Para ello, es preciso utilizar equipos con una emisión
sonora mínima, unido al acondicionamiento de la acústica
del local.
Para tareas
difíciles y complejas (que requieren concentración el
nivel sonoro continuo equivalente, LAeq, que soporte el usuario, no
debería exceder los 55 dB(A).

Calor
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REAL DECRETO 488/1997
Calor.
Los equipos instalados en el puesto de trabajo
no deberán producir un calor adicional que pueda ocasionar
molestias a los trabajadores.
Emisiones.
Toda radiación, excepción hecha
de la parte visible del espectro electromagnético, deberá
reducirse a niveles insignificantes desde el punto de vista
de la protección de la seguridad y de la salud de los
trabajadores.
Humedad.
Deberá crearse y mantenerse una humedad
aceptable.
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Condiciones termohigrométricas
Las condiciones
climáticas de los lugares de trabajo constituyen un factor que
influye directamente en el bienestar y en la ejecución de las
tareas, por lo que deben ser contempladas en el acondicionamiento de
los puestos de trabajo con pantallas de visualización.
Se recomienda
que la temperatura operativa sea mantenida dentro del siguiente rango:
En época
de verano.......23ºC a 26ºC
En época
de invierno.....20ºC a 24ºC
La sequedad
de los ojos y mucosas se puede prevenir manteniendo la humedad relativa
entre el 45% y el 65%, para cualquiera de las temperaturas comprendidas
dentro de dicho rango.
Emisiones electromagnéticas
Entre los diversos
tipos de pantallas de visualización existentes actualmente, las
que emplean tubos de rayos catódicos siguen siendo las más
utilizadas. Es precisamente en este tipo de pantallas donde se plantea
la preocupación acerca de las radiaciones emitidas y sus posibles
efectos sobre los usuarios.
En este tipo
de pantallas se produce una radiación ionizante de baja energía,
que es absorbida casi por completo por la propia pared de vidrio de
la pantalla, de manera que su intensidad raramente supera la radiación
natural de fondo, a la que estamos expuestas todas las personas.
Por lo que se
refiere a las radiaciones ópticas que se producen en el fósforo
de la pantalla (ultravioleta, visible e infrarroja), sus intensidades
son mucho más pequeñas que los límites máximos
considerados seguros por la comunidad científica internacional.
En la misma
situación se encuentran los campos electromagnéticos de
radiofrecuencia producidos por estos dispositivos, en tanto que las
intensidades de los campos eléctricos y magnéticos de
baja frecuencia son similares a los que se producen en los electrodomésticos.
Las investigaciones
realizadas hasta el momento en relación con las pantallas que
funcionan con tubos de rayos catódicos, están de acuerdo
en que los niveles de radiación emitidos se encuentran muy por
debajo de los límites que se consideran seguros. En todo caso,
estas conclusiones siempre están sujetas a la aparición
de nuevos datos derivados de la investigación científica.

Interconexión
ordenador/persona
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REAL DECRETO 488/1997
3. INTERCONEXIÓN ORDENADOR/PERSONA
Para la elaboración, la elección,
la compra y la modificación de programas, así como
para la definición de las tareas que requieran pantallas
de visualización, el empresario tendrá en cuenta
los siguientes factores:
El programa habrá de estar adaptado
a la tarea que deba realizarse.
El programa habrá de ser fácil
de utilizar y deberá, en su caso, poder adaptarse al
nivel de conocimientos y de experiencia del usuario; no deberá
utilizarse ningún dispositivo cuantitativo o cualitativo
de control sin que los trabajadores hayan sido informados y
previa consulta con sus representantes.
Los sistemas deberán proporcionar a
los trabajadores indicaciones sobre su desarrollo.
Los sistemas deberán mostrar la información
en un formato y a un ritmo adaptados a los operadores.
Los principios de ergonomía deberán
aplicarse en particular al tratamiento de la información
por parte de la persona.
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Uno de los requisitos
más importantes exigible a los sistemas de diálogo de
las aplicaciones de "software" es que sean capaces de prestar
asistencia a usuarios con distinto grado de experiencia, es decir, que
sean capaces, de adaptarse a las características y limitaciones
del operador.
Si bien se han
realizado importantes avances en lo que se conoce como ergonomía
del "software", este tema es todavía objeto de activas
investigaciones.
Aún no
se dispone de un conjunto de normas de diseño para el "software"
suficientemente detalladas y universalmente válidas; pero se
ha logrado establecer una serie de principios generales, y otras especificaciones
aplicables a los sistemas de diálogo usuario/ordenador, que pueden
servir de ayuda para mejorar la eficiencia de la interacción
entre el operador y el sistema informático.
En la norma
UNE-EN-ISO9241.10 se definen siete principios generales aplicables a
cualquiera de las técnicas específicas de diálogo:
Adaptación a la tarea
Un diálogo
se adapta a la tarea en la medida en que asiste al usuario para que
pueda realizarla con eficacia y eficiencia.
En este sentido,
el programa informático debería permitir al usuario realizar
su tarea de manera eficiente, sin presentar obstáculos innecesarios.
Autodescriptividad
Un diálogo
es autodescriptivo cuando cada uno de sus pasos es directamente comprensible
a través de la retroalimentación o las explicaciones proporcionadas
al usuario por el sistema con arreglo a sus necesidades.
Por ejemplo,
el usuario debería ser asistido mediante una información
que le ayude a adquirir una comprensión general del sistema y
le sirva de entrenamiento complementario. Esta información debería
darse empleando una terminología coherente con la utilizada en
el contexto de la tarea.
Así mismo,
cuando de la acción del usuario se puedan derivar consecuencias
graves, el sistema debería proporcionar un mensaje de advertencia
y pedir una confirmación antes de ejecutarla.
Controlabilidad
Un diálogo
es controlable cuando el usuario puede iniciar y controlar la dirección
y el ritmo de la interacción hasta lograr el objetivo.
Por ejemplo,
si la tarea lo permite, es conveniente dar al usuario la posibilidad
de anular las últimas acciones realizadas en el transcurso del
diálogo.
Así mismo,
la velocidad de la interacción debería estar bajo el control
del usuario, no ser impuesta por el sistema.
Conformidad con las expectativas del usuario
Un diálogo
es conforme con las expectativas del usuario cuando se corresponde con
el conocimiento que éste tiene de la tarea, así como con
su formación, experiencia y las convenciones comúnmente
aceptadas.
Por ejemplo,
es conveniente que los diálogos empleados para realizar tareas
parecidas sean similares, de manera que el usuario pueda desarrollar
procedimientos comunes en la ejecución de dichas tareas.
El sistema también
debería satisfacer las expectativas del usuario en relación
con los tiempos de espera.
Tolerancia a los errores
Un diálogo
es tolerante a los errores cuando, a pesar de los errores que se cometan
en la entrada, se puede lograr el resultado que se pretende sin realizar
correcciones o con correcciones mínimas por parte del usuario.
Por ejemplo,
la aplicación debería ayudar al usuario en la detección
de los errores cometidos en la entrada de datos, así como evitar
que la introducción de un dato dé lugar a cambios de estado
no definidos previamente.
Aptitud para la individualización
Un diálogo
tiene capacidad de adaptarse al individuo cuando el sistema de diálogo
puede modificarse de acuerdo con la competencia de cada usuario en relación
con las necesidades de la tarea que realiza.
Por ejemplo,
el sistema de diálogo se debería poder adaptar a la lengua
y cultura del usuario, al sistema de unidades que utilice, a sus capacidades
perceptivas y cognitivas, etc.. También conviene que la extensión
de las explicaciones se pueda modificar en función de los conocimientos
del usuario.
Fácil de aprender
Un sistema de
diálogo facilita su aprendizaje en la medida en que proporciona
medios, guías y estímulos al usuario durante la etapa
de aprendizaje.
Por ejemplo,
las reglas y conceptos fundamentales del diálogo deberían
ser transparentes para el usuario, con el fin de que éste pueda
adquirir fácilmente una visión de conjunto de la estructura
del sistema o aplicación.
Por otro lado,
el sistema podría facilitar el aprendizaje estimulando al usuario
a experimentar con diferentes supuestos y ejemplos.