Articulos sobre empleo publicados en prensa

Castilla la Mancha. CLM Innovacion.

http://www.clminnovacion.com/

Capital semilla, aportaciones de los socios, reservas, emisión de deuda mediante títulos, capital riesgo, Sociedad de Desarrollo Industrial de Castilla La Mancha DODICAMAN, salida a bolsa, subvenciones de capital, préstamos bancarios, créditos bancarios, condiciones de pago a proveedores, descuento bancario, factoring, confirming, forfaiting, renting, leasing, lease back.

FUENTES DE FINANCIACION

 

CAPITAL SEMILLA:

 

Capital de Semilla se asocia a la cantidad de dinero necesaria para implementar una empresa. Constituye la inversión necesaria para cubrir los costos de creación de la empresa, compra de activos y capital de trabajo hasta alcanzar el punto de equilibrio, es decir, el momento a partir del cual la empresa ya genera suficientes ingresos como para cubrir sus costos.


Generalmente esta inversión se utiliza para adquirir equipos, como capital de trabajo, desarrollar prototipos, lanzar un producto o servicio al mercado, proteger una innovación, etc. No se utiliza para cancelar deudas ni para comprar acciones de los socios fundadores.


Hemos extendido el concepto de capital semilla a la primera inversión externa que recibe una empresa pues también consideramos oportunidades de inversión en empresas ya establecidas que requieran de nuevos aportes de capital para generar un alto crecimiento, en forma de patrimonio o participación.


 

APORTACIONES DE LOS SOCIOS:

 

Son las cantidades entregadas por los socios a cambio de una participación en la empresa, representada en acciones o participaciones, que suponen una fuente de financiación primaria de la empresa, que se verá retribuida vía distribución de beneficios.

 

RESERVAS:

 

Son las cantidades obtenidas por la empresa en el ejercicio de sus actividades y que no han sido distribuidas a los socios, vía dividendos, permitiendo que la empresa no se descapitalice y pueda financiar nuevas inversiones o actividades.

 

EMISIÓN DE DEUDA MEDIANTE TÍTULOS:

 

Este tipo de emisiones se realiza mediante bonos, obligaciones o pagarés, pero sus altos costes y la dificultad de encontrar suscriptores lo hacen enormemente complicado.

 

CAPITAL RIESGO:

 

Consiste en la aportación de capital, generalmente en forma de acciones de la empresa, con carácter minoritario y de forma temporal, pudiendo llegar a ser una fuente de financiación muy adecuada para empresas que opera en sectores innovadores y unas perspectivas de elevada rentabilidad o de gran crecimiento.

 

El capital riesgo no requiere garantías ni avales personales de los accionistas de las empresas en las que se invierte, sino que supone tener un socio más en la empresa, lo que conlleva una presencia y participación activa en los consejos de administración y en el seguimiento de las empresas participadas.

 

Normalmente, las fases a seguir hasta obtener la financiación serán:


- Elaboración de un plan de empresa completo y detallado por parte del emprendedor.


-Firma del contrato de confidencialidad, para el estudio del proyecto por parte de la sociedad de capital riesgo.


- Valoración de la empresa y presentación el proyecto al comité de inversiones.

 

Se trata de un proceso largo, que sin embargo, aporta solvencia, credibilidad frente a terceros, solidez en el balance de la empresa y potencial de crecimiento.

 

La desinversión normalmente se produce de una de las siguientes formas:


a) Venta de las acciones al resto de socios o a la propia empresa.


b) Venta a un tercero de una parte o de toda la empresa.


c) Salida a bolsa.

 

SOCIEDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL DE CLM, DODICAMAN:

 

La Sociedades de Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha, SODICAMAN, tiene por objetivo contribuir al fortalecimiento  del tejido empresarial de la Región, a través de sus actividades de sociedad de capital riesgos, concesión de préstamos, operaciones complejas de financiación y análisis de planes de negocio.

 

De esta forma, SODICMAN participa de forma minoritaria en el capital social de empresas de nueva creación o en funcionamiento, con un máximo del 45% del capital, sin que se supere el 30% de la inversión y por un periodo máximo de 10 años.

 

SALIDA A BOLSA:

 

Se trata de una medida adoptada generalmente por grandes empresas.

 

SUBVENCIONES DE CAPITAL:

 

Las subvenciones se definen como cantidades a fondo perdido, de carácter no regular, que tienen carácter no reembolsable, y que se pueden obtener a fondo perdido, en forma de reducción de tipos de interés o de ayuda directa.

 

Las subvenciones ayudan a mejorar la posición competitiva de las empresas, al facilitar los procesos de inversión, promoción o contratación.

 

Hay que tener en cuenta que son ingresos computables a efectos de los impuestos, IRPF, IS e IVA, y que pueden tardar en llegar, lo que puede originar desfases de tesorería.

 

PRÉSTAMOS BANCARIOS:

 

Son cantidades entregadas al cliente de la entidad a cambio de un compromiso de devolución y el pago de intereses, de forma periódica, intereses que pueden otorgar o no periodos de carencia, tener cuotas constantes o crecientes, y gastos de apertura, estudio y cancelación anticipada.

 

Permiten obtener financiación a largo plazo, para acometer inversiones que requieran un importante desembolso, aunque siempre supeditada a la aportación de garantías hipotecarias o personales.

 

CRÉDITOS BANCARIOS:

 

Son cantidades puestas a disposición del cliente hasta un límite establecido o acordado, estableciéndose un compromiso de devolución y pago de intereses según el saldo dispuesto y, a veces, también pueden tener unos gastos mínimos por las cantidades no dispuestas.

 

Requieren de presentación de garantías, pero son una opción muy interesante de financiación para empresas con necesidades puntuales de tesorería o estacionalidad en su facturación.

 

CONDICIONES DE PAGO A PROVEEDORES:

 

Las condiciones de pago que se negocian con los proveedores, pago a 30, 60, 90 o 120 días, pueden ayudar a financiar parte del circulante de la empresa, sin tener un coste financiero adicional, aunque si se pueden peder descuentos por pronto pago.

 

DESCUENTO BANCARIO:

 

Consiste en un avance de fondos que realiza la entidad financiera, sobre el importe de facturas pendientes de cobro, respaldadas por la existencia de letras de cambio, pagarés u otros efectos comerciales, articulándose en muchas ocasiones, a través de pólizas de crédito constituidas a tal efecto.

 

Esto permite a la empresa obtener financiación anticipada para hacer frente a problemas puntuales de tesorería, pero que tiene ciertos costes de gestión, que se acrecientan en caso de en caso de impago y por los gastos de devolución.

 

FACTORING:

 

Esta fórmula permite a la empresa financiarse mediante la cesión de los recibos que ha de cobrar a sus clientes a una empresa de factoring, para que ésta a su vez realice las gestiones de cobro a su vencimiento, o avance una parte del importe de los recibos cedidos. El factoring puede establecerse con o sin recurso, asumiendo en este último caso la entidad financiera el riesgo de impago de los clientes.

 

El factoring permite a las empresas recibir liquidez y simplificar las gestiones de cobro, pero con un coste financiero elevado, previa la calificación del riesgo y de sus clientes por parte de la entidad financiera, que en ocasiones exige un volumen mínimo de operaciones y la entrega en gestión del total de los recibos de sus clientes.

 

CONFIRMING:

 

Es un instrumento muy útil para empresas con grandes volúmenes de compras, consistente en gestionar los pagos de una empresa a sus proveedores, ofreciendo la posibilidad a éstos de adelantar el cobro. En definitiva, es un instrumento que permite al vendedor garantizar el cobro de sus ventas, y al comprador simplificar la gestión de pago de sus compras, otorgando credibilidad a sus proveedores al asegurarles el cobro, lo que podrá aprovechar para negociar mejores condiciones de compra.

 

FORFAITING:

 

Es un instrumento que se suele utilizar en operaciones de exportación de gran volumen, para quiere obtener liquidez y reducir los riesgos de la operación. El acreedor vende un crédito garantizado a una entidad financiera, por un precio inferior a su nominal, cobra el importe de la venta y se libera así del riesgo de cobro, dado que ante cualquier problema, el acreedor queda exento de responsabilidades.

 

Para acceder a esta fórmula, se requieran volúmenes elevados de las operaciones y garantizar los créditos.

 

RENTING:

 

Es un contrato de arrendamiento, por el cual una sociedad de renting compra un bien, poniéndolo a disposición de la empresa, incluyéndose generalmente los gastos de mantenimiento de los bienes, lo que le permite disponer de las inversiones que necesita para el desarrollo de su actividad, sin necesidad de adquirirlas.

 

El renting ofrece las ventajas derivadas de su flexibilidad, en cuanto a los plazos de tiempo, la posibilidad de rescindir el contrato en cualquier momento, la reducción de los costes de obsolescencia técnica y mantenimiento, además de ventajas fiscales, ya que todo lo pagado es es gasto deducible.

 

Por el contrario, supone que el bien no se adquiere, no se transmite la propiedad, no apareciendo en el patrimonio de la sociedad y, en ocasiones, resulta muy costoso.

 

LEASING:

 

El leasing es un contrato de arrendamiento financiero con opción de compra, lo que supone la sustitución de la compra de un bien, por el alquiler, lo que conlleva un alivio financiero.

 

Además, el leasing supone una reducción del riesgo por obsolescencia, aumenta la solvencia financiera de la empresa y un régimen muy favorable de deducciones fiscales, con amortización acelerada de los bienes.

 

Por el contrario, presenta un coste financiero elevado y penalizaciones en caso de cancelación anticipada del contrato de leasing.

 

LEASE-BACK:

 

Consiste en la venta de un activo, normalmente dentro del inmovilizado material, a una entidad especializada, para alquilarlo a continuación con una opción de compra. Por lo tanto, es la combinación de una venta y un leasing.

 

Es una operación recomendable solamente en determinadas situaciones en las que necesitamos liquidez y no nos queremos desprender del activo en cuestión, ya que el propio bien actúa como garantía, con el consiguiente riesgo de perder el bien, y su coste elevado.
 

 

Final articulo

 


 

volver