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Introducción. La Negociación Colectiva

Los Convenios Colectivos : Sector | Empresa

 

Introducción. La Negociación Colectiva

Cada vez más, la Negociación Colectiva supone un instrumento decisivo en el desarrollo de las relaciones laborales y de la vida laboral de los trabajadores.
Aunque existen otros marcos de negociación colectiva, el más importante es el Convenio Colectivo, que es la forma habitual de regular las condiciones de trabajo en las empresas.

En el Convenio Colectivo se pueden negociar cuestiones como los incrementos salariales, o elementos de seguimiento de la contratación. También la movilidad geográfica y/o funcional, la flexibilización en los despidos o el establecimiento de reducciones de jornada, mejoras en las condiciones de trabajo y salud laboral, son cuestiones que se pueden abordar en los convenios colectivos.

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Los Convenios Colectivos

Convenios Colectivos de Sector
(Com. Valenciana)
  Convenios Colectivos de Empresa
(Com. Valenciana)

Que son: Los Convenios Colectivos son un pacto entre los empresarios y los reperesentantes de los trabajadores mediante el cual se extablecen las condiciones de trabajo y la productividad. Su ámbito de aplicación es el que acuerden las partes y estén legitimadas para ello.

Los Convenios Colectivos son una normativa obligatoria en el ámbito de su aplicación, que puede ser: la empresa, el Centro de Trabajo, la Comunidad Autónoma, a nivel estatal y/o en el sector de producción correspondiente.

Los Convenios de Empresa Los  Convenios Sectoriales
Se negocian entre la representación unitaria o sindical de la empresa con el empresario o el representante del mismo. La negociación corresponde a los sindicatos más representativos y las Asociaciones Patronales reppresentativas.

Aplicación:Se tienen que aplicar a todos los contratos de trabajo que se realicen en su ámbito de aplicación. En cualquier caso, los contratos individuales solo pueden mejorar el Convenio Colectivo pero nunca perjudicar al trabajador.

Serán nulos los pactos individuales y las decisiones que tome el empresario por su cuenta y que sean discriminatorias por cuestiones de sexo y edad con el empleo, el salario, la jornada de trabajo, y las demás condiciones de trabajo.

El trabajador debe conocer el Convenio Colectivo que se aplica a su empresa. Si no posee un ejemplar del texto, puede solicitarlo a sus representantes sindicales.

En él, se recogen numerosos contenidos que complementan los derechos ya reconocidos en la legislación general, otros que desarrollan determinadas regulaciones abiertas en el Estatuto de los Trabajadores como son la distribución de la jornada y horario, especificaciones en la contratación temporal y para la formación, etc.
También pueden regularse en los Convenios aspectos sociales como la discriminación en las relaciones laborales por razón de edad,sexo, origen, estado civil, raza o condición social, la libertad de opinión, reconocimiento de parejas de hecho, protección del Medio Ambiente, ahorro energético, etc.

Es improtante conocer el Convenio Colectivo que es de aplicación en tu empresa, en él aparecen recogidas las condiciones, los derechos y las obligaciones de tu categoría y puesto laboral.

 

Si la empresa no cuenta con Convenio Colectivo infórmate del que corresponde al sector en el que trabajas

 

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Revisión- JOAQUIN SELVA PEREZ [ Act. 2008 ]