I.S.S.N.: 1138-9877

Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho. núm. 2-1999


DEMOCRACIA, PREFERENCIAS Y NEGOCIACIÓN

Juan Ramón de Páramo Argüelles

Universidad de Castilla-La Mancha.





INDICE


1. Hobbes, Macbeth y el negociador.
2. Las ventajas de la justicia y la justicia de las ventajas.&nbsp
3. La política como racionalización negociada del autointerés&nbsp: el mercado competitivo como metáfora de la democracia.
4. Democracia, preferencias y constitución.
5. El uso estratégico de la argumentación y la fuerza civilizadora de la
hipocresía.


1. Hobbes , Macbeth y el negociador.

Existen dos grandes problemas que afectan a nuestra convivencia social y que están determinados por los dos conceptos de orden social que conocemos&nbsp: el primero se refiere a la estabilidad, regularidad y previsión de nuestras conductas y está expresado, como desorden, en la visión de la vida que tiene Macbeth, esto es, la vida concebida como " ...una sombra que pasa, un pobre cómico que se pavonea y agita una hora sobre la escena....un cuento narrado por un idiota con gran aparato, y que nada significa". El segundo se refiere al desorden concebido como falta de cooperación, expresado en la visión de la vida que tiene Hobbes en el estado de naturaleza, "....solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta"1. La imposibilidad de predecir y la falta de cooperación ( sus contrarios son denominados por los economistas equilibrio y optimalidad de Pareto) son los dos problemas del orden social que ponen en peligro su integración y estabilidad. Pues bien, la negociación tiene que ver con este segundo problema.

Hay muchas razones para cooperar. El propio interés racional de los individuos puede llevarles a conducirse de maneras que son colectivamente desastrosas. Para salvar esta situación las personas pueden ceder su poder en medios coercitivos, como el Estado, necesario para ejercer de modo legítimo la capacidad de violencia, o pueden llegar a la cooperación valiéndose de medios descentralizados, como el mercado. Uno de estos últimos medios es la negociación2. Conviene recordar aquí que para que se de tal situación han de presentarse tres rasgos característicos&nbsp: el primero es la interdependencia, elemento clave que identifica las situaciones de negociación. La mayoría de las decisiones que tomamos para satisfacer los objetivos que perseguimos son decisiones que no dependen exclusivamente de nosotros mismos, sino que se ven influidas y a su vez influyen en las decisiones que toman otros individuos  por ejemplo, la forma en la que el sujeto piensa que los demás piensan , lo que los demás piensan que él piensa, lo que el sujeto nuevamente piensa que los demás piensan de cómo piensa, y así sucesivamente3.

En segundo lugar se tiene que dar una percepción de un posible conflicto de intereses4

. En un extremo se localizan aquellas situaciones puramente competitivas o de distribución en las que las partes que intervienen tienen intereses estrictamente opuestos&nbsp: una mayor recompensa para uno implica una menor recompensa para el otro. Si uno gana, el otro pierde. En el otro extremo se encuentran aquellas situaciones puramente cooperativas o de coordinación donde las partes tienen intereses estrictamente idénticos&nbsp: ganan o pierden conjuntamente. Estas dos situaciones extremas han sido caracterizadas como juegos de suma cero. Entre ellas hay una serie de situaciones mixtas de conflicto y cooperación, juegos de no- suma cero, que es el segmento en el que se localizan la mayoría de los procesos de negociación y el que presenta los verdaderos dilemas que tiene que resolver el negociador.

El tercer rasgo es la posibilidad de acuerdo&nbsp: ambas partes pueden encontrar un resultado más satisfactorio mediante un proceso de negociación que sin llevarlo a cabo. Su acción conjunta les depara un resultado mejor que el que podrían obtener de otra manera.

De modo que un juego es una situación de interdependencia estratégica&nbsp: el resultado de sus decisiones, esto es, su estrategias, dependen de lo que elija el otro o los otros jugadores que también actúan con un propósito. Se ha visto que en algunos juegos los intereses de los jugadores pueden estar en estricto conflicto&nbsp: lo que una persona gana es siempre lo que la otra pierde. Pero, afortunadamente, aparte de estas situaciones de suma-cero existen otras mixtas de intereses comunes y en conflicto, pudiendo haber combinaciones de estrategias que sean beneficiosas o mutuamente perjudiciales. A pesar de todo, siempre se hace referencia a los otros jugadores como nuestros adversarios.

También se tendría que tener en cuenta que en algunos juegos las jugadas son consecutivas, mientras que en otros son simultáneas. En el juego de turnos consecutivos se aplica un razonamiento lineal&nbsp: si yo hago esto, mi adversario puede hacer aquello, lo que yo a mi vez puedo responder de otra manera...Estos juegos se pueden estudiar dibujando un árbol de juego, y las mejores jugadas se pueden encontrar aplicando la siguiente regla&nbsp: mire hacia delante y razone hacia atrás5. Cada jugador tiene que mirar hacia adelante y prever las respuestas futuras del contrincante para razonar hacia atrás y decidir su propia jugada presente. Uno de los mejores ejemplos de este tipo de juegos es el ajedrez  el razonamiento estratégico en este juego consiste, precisamente, en mirar hacia adelante para prever las consecuencias de la jugada en curso.

Pero en los juegos de turno simultáneo ninguno de los jugadores puede observar la jugada completa de su adversario antes de hacer la suya propia. Aquí no se puede averiguar la estrategia del adversario, sino tan sólo se puede desvelar de forma interactiva. Frente al razonamiento lineal de los juegos consecutivos, aquí predomina el razonamiento circular&nbsp: yo creo que él piensa que yo creo...Hay que cuadrar este círculo intentando penetrar en el pensamiento del adversario, aunque uno no puede conocerlo en el momento de realizar la jugada6. Para ganar este juego conviene construir una tabla que muestre los resultados correspondientes a todas las combinaciones concebibles de decisiones, y después proceder siguiendo una serie de pasos y reglas, basadas éstas en dos ideas muy sencillas&nbsp: la estrategia dominante y el equilibrio. Vislumbrar si uno mismo o el adversario tiene una estrategia dominante - una estrategia que es la mejor en determinadas circunstancias y en ningún caso es peor que las demás - conduce a la regla que ordena seguir siempre la estrategia dominante. Si uno no la tiene pero sí su contrincante, hay que contar con que la utilizará, eligiendo la mejor respuesta a esta estrategia. Si ninguno de los dos jugadores tiene una estrategia dominante, hay que examinar si alguno tiene una estrategia dominada, esto es, la peor estrategia de todas las que dispone ese jugador  esto conduce a otra regla, a saber, la necesidad de no tener en cuenta toda estrategia dominada. Por último, si no hay ni estrategias dominantes ni dominadas, hay que buscar una estrategia de equilibrio, esto es, un par de estrategias en las que la acción de cada jugador es la mejor respuesta a la jugada del otro7.

Definida así la negociación, parece que es uno de los instrumentos idóneos del mercado . La teoría de la negociación ha desplegado un conjunto de estrategias de interacción competitiva y cooperativa que no es posible analizar aquí, ni es mi propósito8. Mi objetivo es otro&nbsp: definida así la negociación y viendo su importancia en las situaciones de cooperación y conflicto, ¿ tiene que ver con la argumentación imparcial que necesitamos para justificar decisiones&nbsp? La negociación, recurso argumentativo del mercado, ¿lo es también de la política&nbsp? ¿Tiene la negociación algún papel relevante con la idea de justicia, o se trata, como el aceite y el agua, algo que no puede mezclarse, o, incluso, como la gasolina y el fuego, una combinación de efectos perversos&nbsp?¿Es la democracia un ámbito idóneo para desplegar el arsenal negociador, o debe ajustarse a otros modelos de razonamiento más limitados por su respeto a ciertas reglas y procedimientos?


2. Las ventajas de la justicia y la justicia de las ventajas.

En La República, Platón discutió dos importantes teorías de la justicia9. Una de ellas es del propio Platón, una noción jerárquica de acuerdo con la cual una sociedad justa está diseñada sobre un alma humana en buena disposición. Creo que tal teoría no es muy afortunada, y no me detendré en ella. Pero la teoría que Platón opone a la suya y quiere criticar continúa hoy siendo una concepción interesante y es una de las dos teorías que voy a tratar de exponer. Hobbes y Hume se encargaron de su desarrollo durante los siglos XVII y XVIII, y en los últimos cuarenta años, con el surgimiento de la teoría de juegos y su aplicación a los problemas de la teoría de la justicia, ha tenido buena acogida entre los filósofos, entre los cuales David Gauthier ha aprovechado el sofisticado arsenal técnico del que ahora disponemos para construir su propio modelo10

La teoría en cuestión es la que Glaucón introduce en La República:

"Se dice que es un bien en sí cometer la injusticia y un mal el padecerla. Pero resulta mayor mal en padecerla que bien en cometerla. Los hombres cometieron y sufrieron la injusticia alternativamente  experimentaron ambas cosas, y habiéndose dañado por mucho tiempo los unos a los otros, no pudiendo los más débiles evitar los ataques de los más fuertes, ni atacarlos a su vez, creyeron que era un interés común impedir que se hiciese y que se recibiese daño alguno. De aquí nacieron las leyes y las convenciones. Se llamó justo y legítimo lo que fue ordenado por la ley. Tal es el origen y tal es la esencia de la justicia, la cual ocupa un término medio entre el más grande bien, que consiste en poder ser injusto impunemente, y el más grande mal, que es el no poder vengarse de la injuria que se ha recibido. Y se ha llegado a amar la justicia, no porque sea un bien en sí misma, sino en razón de la imposibilidad en que nos coloca de dañar a los demás. Porque el que puede ser injusto y es verdaderamente hombre, no se cuida de someterse a semejante convención, y sería de su parte una locura. He aquí Sócrates, cuál es la naturaleza de la justicia, y he aquí en donde se pretende que tiene su origen11

Esta idea se presenta después de que Trasímaco se ha retirado de la discusión y puede identificarse como una variedad de su concepción de que la justicia es lo que beneficia al más fuerte. Sostiene que el elemento central de la justicia está fundado en la ventaja, pero argumenta que en las condiciones reales de la vida humana se pueden proteger mejor los intereses cooperando con los otros miembros de la sociedad y no mediante un conflicto extremo con ellos. La paz es mejor para todos que una guerra de todos contra todos. La justicia es aquí simplemente una acción racional prudente ejercida en contextos donde la cooperación - o al menos su abstención - de los demás es una condición para obtener lo que se desea. Justicia es el nombre que se da a las restricciones sobre sí mismos que los individuos racionales autointeresados acordarían como el precio mínimo que deben pagar para obtener la cooperación de los demás. La justicia no es otra cosa que un acuerdo de mutua ventaja que surge cuando hay un conflicto de intereses entre personas o grupos diferentes, convenio que refleja obligaciones que surgen de la apelación al autointerés para comportarse de manera justa.

El segundo enfoque, aunque comparte la idea de que la justicia es algo sobre lo que podría alcanzarse un acuerdo racional, no se ve restringido por la exigencia de que cada uno encuentre que ser justo es ventajoso para él. Los defensores de este segundo enfoque sostienen que tiene que haber alguna razón para comportarse de manera justa que no puede verse limitada por la persecución del autointerés. Por consiguiente, ambos enfoques hacen referencia a algún tipo de contrato social, aunque esta fórmula no es necesaria y, de hecho, ambas versiones han sido desarrolladas alguna vez bajo presupuestos no contractuales.

¿En qué se diferencian estos dos modelos&nbsp? ¿Responden a distintos modos de justificación de nuestras decisiones&nbsp? ¿Cabría establecer una relación de correspondencia entre el primero y los mecanismos de negociación del mercado y el segundo y los mecanismos de argumentación de la política&nbsp? ¿No se ha producido, en los últimos tiempos, una transgresión de sus fronteras y se ha ofrecido una visión de la política como un simple mecanismo de negociación, como un mero ajuste de intereses guiado por encuestas y sondeos de opinión&nbsp? ¿Responde esto a lo que razonablemente debemos esperar del foro políticode la democracia como mecanismo de participación cívica&nbsp?

El primer modelo permite que el acuerdo refleje el hecho de la desigualdad de poder en la negociación ya que apela al autointerés como el motivo para comportarse de manera justa&nbsp: si el acuerdo no reflejara el poder desigual de negociación, los que tuvieran una situación de ventaja tendrían un incentivo para violarlo. El segundo separa la idea de justicia del poder de negociación, pero ha de encontrar una motivación alternativa para comportarse de manera justa. Aquí la justicia debería ser el contenido de un acuerdo al que llegarían los individuos racionales bajo condiciones que no permiten que el poder de negociación se traduzca en ventajas. No es el objeto de esta lección analizar las múltiples variantes de este modelo - cuyo punto de referencia inexcusable sería John Rawls -  aquí sólo quiero subrayar que " de acuerdo con la segunda teoría un estado de cosas justo es uno que la gente puede aceptar no meramente en el sentido de que no pueden razonablemente esperar obtener más, sino en el sentido más fuerte de que no pueden razonablemente pretender más"12. Desde esta perspectiva, el motivo para comportarse de manera justa no es otro que el deseo de actuar en concordancia con principios que razonablemente no podrían ser rechazados por quienes buscaran un acuerdo con otros, bajo unas condiciones libres de ventajas y desventajas negociadoras moralmente irrelevantes. Si al primer enfoque se le ha denominado justicia como ventaja mutua, al segundo, en contraste con aquél, se le ha denominado justicia como imparcialidad. Ambos han desarrollado modelos muy sofisticados que no es posible analizar en este ensayo. Pero dan cuenta de una idea general equivocada que me servirá a continuación y que no es otra cosa que presentar la política como un simple mecanismo negociador de ventaja mutua, sin ningún tipo de apelación al interés general de manera imparcial.



3. La política como racionalización negociada del autointerés&nbsp: el mercado competitivo como metáfora de la democracia.

Presentaré tres versiones generales de la política y de los sistemas democráticos de modo más específico13. El primero sostiene la concepción de que el proceso político es un mecanismo instrumental y no un fin en sí mismo  según este punto de vista la acción política decisiva es una acción privada más que una conducta pública y se manifiesta simbólicamente en el voto secreto e individual. Esta concepción sugiere la idea de que el objetivo de la política es el compromiso óptimo entre intereses privados, opuestos e irreductibles.

Los otros dos puntos de vista niegan el carácter privado y la naturaleza instrumental de la política14. Para el segundo, el objetivo de la política sería más bien el acuerdo racional que el simple compromiso negociado de preferencias irreductibles, y la acción política decisiva sería el debate público comprometido del que surge un consenso deliberado. Para los defensores de la tercera versión, el objetivo de la política es un fin en sí mismo, a saber, la transformación y educación de sus participantes. Los tres modelos pueden ser identificados con el nombre de alguno de sus más conspicuos representantes, como Schumpeter, Habermas y J.S. Mill. Me detendré en el primer modelo porque representa muy bien el enfoque negociador de la justicia y además porque posee una gran capacidad explicativa del funcionamiento real de las democracias. Esto no quiere decir que supere el test de racionalidad y responda al papel que la sociedad debe asignar al debate político. Para ello será necesario acudir a los otros dos modelos, aunque también presentan algunas debilidades conceptuales15.

La versión de Schumpeter16 explica el funcionamiento del juego democrático como el del propio mercado competitivo la democracia representativa es un procedimiento para la selección y recambio de las élites gobernantes que compiten por el voto de manera análoga a como los productores compiten en el mercado, de manera que ofrecen o venden sus programas políticos como si fueran mercancías. Los partidos compiten entre ellos, los electores, como los consumidores, eligen entre las opciones que se les presentan. La lucha política es presentada como una libre competencia entre líderes para conseguir los votos del electorado. Para Schumpeter esta versión no trata de ofrecer una visión cínica o frívola de la política&nbsp: por el contrario, lo que es frívolo o cínico es la pretensión de que la democracia pueda convertirse en una comunidad autorregulada guiada únicamente por el bien común cuando se sabe que siempre servirá a los intereses de los que ocupan realmente el poder. La democracia, entendida como un mecanismo de selección de líderes, proporciona una garantía contra tales pretensiones , así como las condiciones mínimas necesarias para mantener a los responsables bajo control. Esta versión tecnocrática de la democracia pone de manifiesto muchas características reconocibles en las modernas democracias occidentales, como la lucha competitiva por el poder político entre los partidos, el importante papel de las burocracias públicas, el sentido del liderazgo político, la relación entre la política moderna y las técnicas publicitarias, etc. , pero la evidencia empírica sobre la naturaleza de las democracias contemporáneas no puede tomarse como base para refutar los ideales normativos que encierran los modelos clásicos, como son las ideas de igualdad política y participativa.

Otro desarrollo de este modelo se debe a Robert A. Dahl17, cuyos análisis tienden a presentar la democracia norteamericana como volcada constantemente hacia el compromiso entre diferentes centros de poder que se neutralizan mutuamente, sin llegar a imponerse ninguno de ellos de un modo dominante. La apatía del electorado es explicada también según un cálculo racional entre el coste ( el tiempo y energías dedicadas a recoger información, elegir y votar) y los beneficios esperados de la participación. También Anthony Downs 18 parte de la hipótesis básica del egoísmo como móvil de las acciones humanas y del comportamiento racional. Para este autor, los partidos políticos no buscan la ejecución de determinadas políticas según un interés general, sino que son equipos de individuos que tratan de controlar el gobierno ganando el poder mediante las elecciones. Sus miembros están motivados por su deseo personal de la renta, el prestigio y el poder que proporcionan los cargos públicos&nbsp: el cumplimiento de su función social constituye un medio para conseguir sus ambiciones privadas. De ahí que todas sus acciones se dirijan a maximizar el número de votos en su favor y que la política sólo interese como simple medio para este fin. Para ello, los partidos utilizan las ideologías como mercancías, y cuando estén en el gobierno aumentarán o disminuirán los gastos públicos según las ganancias de votos que puedan conseguir con ellos y su relación con las pérdidas de votos derivadas de los impuestos necesarios para su financiación. Por otro lado, también el votante adoptará un comportamiento racional como si se tratara de un consumidor, formando sus preferencias por uno u otro partido según un cálculo de la renta de utilidad que pueda proporcionarle el voto en relación con el coste de la información necesaria para elegir.

Las críticas a esta versión han sido abundantes y justificadas, como la ya señalada de la incoherencia en criticar ideales normativos con presuntas evidencias empíricas. La democracia pluralista es deficiente porque descansa en ficciones como la del libre mercado y la presunta libertad e igualdad de los sujetos negociadores. Además,el modelo parte de unos presupuestos verosímiles pero tal vez no los únicos posibles, como el de considerar a la democracia únicamente como forma de gobierno - o, en sentido estricto, como mecanismo de selección de las élites - y no como un principio de organización de otras relaciones sociales capaz de generar un pensamiento y unos fines públicos. En segundo lugar, presenta a la política como una simple confrontación de intereses, sin que los valores aparezcan como un factor de formación de unas y otras preferencias&nbsp( sobre esto volveré más adelante), de lo que se desprende una visión pesimista de la condición humana y de la sociedad cuya debilidad reside no en su frágil concepción moral, sino en su inconsistencia explicativa de la historia y la civilización.

Esta concepción de la política - bajo la cual subyace una teoría de la elección social que trata de resolver el problema de determinar cómo se llega a resultados socialmente óptimos en virtud de un conjunto de preferencias determinadas  en particular, introduce en la política la idea de que la búsqueda de los intereses privados conduce inevitablemente al bien público - confunde, básicamente, el tipo de comportamiento que es apropiado para la esfera del mercado respecto del que lo es para la esfera del foro político. La noción de soberanía del consumidor es aceptable porque el consumidor escoge entre cursos de acción que difieren solamente en la medida que le afectan personalmente19. Sin embargo, en las situaciones en las que se producen elecciones o decisiones políticas, el ciudadano es consultado para responder y expresar sus preferencias sobre estados de cosas que también se diferencian en la medida que afectan a otras personas. El ciudadano no sólo manifiesta preferencias personales, sino también preferencias externas sobre los demás. Esto significa que no existe una justificación similar para la noción correspondiente de soberanía ciudadana, ya que las personas pueden objetar la elección social que se produce en virtud de las preferencias que se manifiestan en el ámbito político. Un mecanismo de elección social que determine cómo se llega a resultados socialmente óptimos en virtud de preferencias individuales dadas, es capaz de resolver los fallos del mercado que se pudieran derivar de una descomedida soberanía del consumidor, pero es inadecuada como medio de redistribución del bienestar.

Si la política consistiera tan sólo en "impedir que los individuos se hagan la zancadilla los unos a los otros o que arrojen su propia basura en la casa del vecino" el mecanismo que subyace a la teoría de la elección social podría ser suficiente20. Pero la tarea de la política no consiste solamente en eliminar la ineficiencia, sino en producir justicia, un propósito al que la simple agregación de preferencias no contribuye de manera plausible. La acción política no consiste simplemente en la suma neta de preferencias e intereses individuales , sino que además tiene que identificar valores públicos capaces de justificar medidas políticas concretas. Un sistema democrático no es simplemente un recipiente en el que se acumulan las preferencias privadas, sino que también posee filtros y mecanismos de decisión basados en criterios objetivos capaces de seleccionar y transformar las preferencias mediante procesos de deliberación y debate21. Si el modelo del mercado como metáfora de la democracia se ajusta a la idea de la justicia como ventaja mutua, la consideración de la política como una manifestación colectiva de solidaridad tiene su cauce en la idea de la justicia como imparcialidad.

La presunta soberanía del consumidor no es el mejor ejemplo para explicar la soberanía del ciudadano.22

La actividad del consumo se interesa por el resultado, no por la forma de obtener el resultado. Desde esta perspectiva, la actividad política se contempla como una ocupación costosa que despliega filtros y escollos entre las preferencias y su satisfacción. El problema no es el mercado, sino la pretensión de que el mercado, por sí solo, puede responder a cada necesidad humana y puede proveer soluciones a todos nuestros problemas. Existe hoy día una desastrosa confusión entre la interpretación, moderada y básicamente bien fundamentada, de que los mercados regulados con flexibilidad se convierten en los instrumentos más eficientes de la productividad económica y de la acumulación de riqueza y entre la interpretación de que los mercados completamente desregulados son el único medio mediante el que podemos producir y distribuir todo los que nos concierne, desde productos perecederos a valores espirituales, desde el desarrollo del capital hasta la justicia social. Pero los mercados no están diseñados para hacer lo que las sociedades democráticas pueden hacer. Nos proporcionan modos de discursos privados y nos invitan a la negociación, pero no promueven el debate público argumentativo en condiciones de igualdad e imparcialidad. Nos permiten como consumidores comunicarles a los productores lo que queremos - o bien les permiten a los productores mediante la publicidad y la persuasión mediática decirnos lo que queremos - pero nos impiden hablar como ciudadanos sobre las consecuencias sociales de nuestras elecciones privadas de consumo. No obstante, si se reconoce que la política es una forma inevitable de expresar y satisfacer ciertas demandas que escapan al mercado o que son inevitables para su funcionamiento como lo sería la existencia de una mínima infraestructura legal debe retribuirse como si de una actividad profesional se tratase: "Hay que coordinar intereses y pactar reglas y eso, que lleva tiempo, requiere profesionales de los negocios públicos. Si la política es un costo, debe ser retribuída. Frente al ciudadano-consumidor está el político oferente, el profesional de la política, y los dos constituyen el marcado político: el votante expresa sus demandas y el político compite por satisfacerlas"23 Es obvio que esta limitada visión de la política promueve la indiferencia ciudadana ante los asuntos públicos, y la propia actividad política es contemplada con desconfianza y resignación.

Ahora bien, sabido es que en nuestras sociedades complejas y plurales es difícil tratar de fundamentar un interés generalizable o el predominio unívoco de un determinado valor mediante un discurso racional. El discurso de la negociación, como se ha visto antes, no puede neutralizar las relaciones de poder social, lo que es propio de los discursos racionales23. La negociación, como se ha visto, promueve un convenio que establece un equilibrio entre intereses contrapuestos. Mientras que los acuerdos racionalmente motivados se apoyan en razones que tratan de convencer a todas las partes, un compromiso negociado puede ser aceptado por las distintas partes en virtud de razones distintas en cada caso:

"Negociar es embarcarse en una comunicación con el propósito de forzar o inducir al oponente a aceptar la pretensión de uno. Para alcanzar este fin, los negociadores se basan en amenazas y promesas que habrán de ejecutarse fuera de la reunión o asamblea misma. El poder de negociación no deriva del poder del mejor argumento, sino de recursos materiales, de la potencia física, etc. Las afirmaciones que se hacen en un proceso de negociación se hacen con la pretensión de que resulten creíbles, en el sentido de que los negociadores tienen que hacer creer a sus oponentes que las amenazas y promesas pueden de verdad llevarse a efecto"25.

Si se entiende la política como una forma de discusión racional que tiende asegurar un consenso sin coerciones, sólo puede apoyarse en un proceso de negociación si está regulado por procedimientos que aseguren su imparcialidad, esto es, que garanticen a todos los interesados iguales oportunidades de participar en las negociaciones y de ejercer mutuamente influencia unos sobre otros. En todo caso, las negociaciones imparciales presuponen un discurso racional. La voluntad política no puede reducirse a la formación de compromisos.

Además, creo que no es realista la suposición de que todo tipo de comportamiento social puede concebirse como acción estratégica de cálculos egoístas de utilidad. También en el mundo real se da una buena dosis de moralidad, altruismo y sentido del deber. Se ha dicho, y estoy de acuerdo con ello, que si los individuos emprendiesen conductas de tipo oportunista siempre que pudiesen salir adelante con ellas, no existiría la civilización tal como la conocemos. Junto a la acción racional o estratégica orientada a fines, dirigida y regulada en cada caso por las propias preferencias de uno y orientada a obtener resultados, hay un tipo elemental de acción que no puede reducirse a la acción estratégica&nbsp: me refiero a la acción regulada por normas, importante para determinar los procesos de formación de la voluntad política. Piénsese, por ejemplo, en el papel que la constitución debe cumplir en los procesos de negociación política y la tensión subyacente entre constitucionalismo y democracia.26

He sostenido que el proceso político no se agota en una formación regulada por compromisos mediante las negociaciones. Elster introduce las argumentaciones como otro mecanismo para la solución de los problemas de la acción colectiva  para este autor, los argumentos racionales, por un lado, y las amenazas y promesas, por otro, son los dos principales mecanismos que usan las partes para alcanzar un acuerdo. Mientras el primero está sujeto a criterios de validez - el acuerdo ha de basarse en argumentos idénticos que hayan podido convencer de la misma manera a todas las partes, lo que presupone la idea de imparcialidad - el segundo se somete a criterios de credibilidad. Como la tarea de la política no es simplemente la eliminación de regulaciones ineficientes, sino también el establecimiento y garantía de relaciones de convivencia que sean de igual interés para todos, además de la distribución de justicia, la acción regulada por normas constituye algo esencial a la hora de tomar decisiones.

Un problema fundamental que plantea el análisis de las normas sociales es el de saber hasta qué punto las normas tienen un poder motivador independiente y hasta qué punto son meras racionalizaciones del autointerés27. Esta cuestión es importante si queremos defender la idea de que la política es algo más que el resultado de una negociación de preferencias dadas. ¿Llevan las normas las riendas y los hombres son sus meras cabalgaduras&nbsp? ¿O son la materia prima de una manipulación estratégica que reduce las disonancias y disputas&nbsp?

Es cierto que a veces invocamos una norma social para racionalizar el autointerés. Supongamos que mi mujer y yo decidimos invitar a ocho personas a cenar y que seis de ellas ya han sido invitadas. Discutimos sobre la invitación de una determinada pareja para que ocupe los dos últimos lugares y aquí entramos en desacuerdo por razones algo oscuras. A mí me gusta la mujer de aquella pareja y a mi mujer no le gusta que aquélla me guste a mí. Pero no manifestamos aquellas razones ( quizá haya aquí también una norma social que impide hacerlo). Apelamos entonces a las normas sociales. Yo invoco la norma de reciprocidad y digo que como ellos ya nos han invitado a cenar una vez, ahora nos toca invitarlos a nosotros. Mi mujer invoca otra norma&nbsp: como hemos invitado a dos hombres solteros, debemos invitar ahora a dos mujeres para que haya equilibrio.

También se dan estos casos en las negociaciones salariales&nbsp. Por ejemplo, hay una norma social de justa división del excedente entre capital y trabajo. Los empresarios apelarán a esa norma cuando la empresa marche mal, y los trabajadores cuando marche bien. Los grupos que perciben bajos salarios invocarán una norma de igualdad, mientras que los grupos que perciben salarios elevados abogarán por una paga que sea conforme a la productividad. Casos similares se dan en las normas condicionales. Existe la norma general de que quien primero propone algo tiene la responsabilidad especial de que se realice lo propuesto. Esto puede impedir que se hagan distintas sugerencias, aunque todos se beneficien de ello. Una pareja puede compartir el deseo de tener un hijo y sin embargo ninguno de los cónyuges quiere ser el primero en sugerir la idea pues teme verse cargado con la responsabilidad especial de su cuidado. El miembro de un departamento universitario que sugiere un posible tema de discusión se ve a menudo encargado de la tarea de presentarlo. En definitiva, el delicado arte de inducir a los demás a dar el primer paso y de resistir a tales maniobras suministra casos de explotación instrumentalmente racional de una norma social.

Pero no creo que las normas sean simples instrumentos de manipulación usados para revestir el autointerés bajo un ropaje más aceptable. Algunas normas, como la venganza, transcienden el propio interés. Además, un argumento más general contra la opinión cínica de las normas se contradice a sí mismo. No tiene sentido manipular las normas para procurarnos beneficios personales a menos que haya un sentimiento general de respeto hacia ellas. Si mucha gente no creyera en la legitimidad de las normas, ¿ cómo podría usar alguien esas reglas para su propia ventaja?

Hace algún tiempo descubrí el raro mecanismo que algunas veces las normas producen en una colectividad. Sin duda, están más allá de una simple racionalidad instrumental. Nos encontrábamos un numeroso grupo de personas haciendo cola para asistir a un espectáculo muy esperado. Alguien se acercó, y ofreció dinero a cambio de ocupar un lugar. Hubo una persona que estaba dispuesta, en la medida en que evaluó su tiempo y la expectativa de asistir al espectáculo en la cantidad estipulada. Nadie iba a perder su lugar en la cola.... ¡ pero ninguno de los que estaban detrás podía tolerar tal osadía&nbsp! La norma social que rige cómo se guardan las colas mezcla razones, pasiones e intereses, y parece que no les conduce por caminos semejantes.28


4. Formación de preferencias, constituciones y democracia.

He señalado que a menudo se presentan dos modos antagónicos de justificar nuestras decisiones colectivas. Por un lado, una argumentación racional imparcial, preocupada por los derechos individuales o por el bien común, cuyo diseño institucional lo procura la democracia deliberativa.29

Por otro, una negociación agregativa de preferencias exógenas, basada en intereses egoístas, cuyo diseño institucional lo procura la democracia pluralista. Mientras que el primer modelo tiene su anclaje en el foro - en el sentido clásico romano - , el segundo encuentra su asidero en el mercado. Si el primero puede rastrear los fundamentos de su concepción política en la tradición del republicanismo cívico- más que en versiones exageradas del comunitarismo perfeccionista-, el segundo parece que puede hallar en la democracia cosmopolita una elegante vitola para sus pretensiones. Ambos han sido criticados, y se han ofrecido caricaturas de los mismos, intentando demostrar la verdadera naturaleza de ambos&nbsp: mientras que la democracia cosmopolita nos llevaría a una inevitable macdonalización de la sociedad, los republicanismos cívico-patrióticos nos conducirían a una balcanización identitaria localista.

Creo que los casos reales en los que se despliega el arsenal argumentativo se encuentran en una zona intermedia, lo que me lleva a desconfiar de los dos modelos anteriores. El uso estratégico de la argumentación y la llamada función civilizadora de la hipocresía30 ofrecen vías muy interesantes de análisis de los procesos justificativos de las decisiones colectivas y de la fundamentación de los sistemas democráticos. Creo que este camino intermedio merece una especial atención, una especie de zona templada entre la frialdad del cosmopolismo universalista y la calidez del republicanismo cívico.

Los modelos pluralistas de democracia, como antes se ha visto, pueden ser identificados en virtud de su pretensión de resolver los conflictos mediante la negociación y el intercambio de intereses en el ámbito de los mercados libres, gobernados por un contrato social que hace vinculantes las promesas. Tal es la idea que Barber atribuye a esta concepción pluralista de la democracia&nbsp:"...la democracia pluralista descansa en una ciudadanía comprometida y activa que, fragmentada en individuos, grupos y partidos (políticos y de otro tipo), formula y persigue tenazmente el interés individual dentro de un marco de negociación legislativa competitiva...la democracia pluralista resuelve el conflicto público en ausencia de una base independiente mediante la negociación y el intercambio entre individuos y grupos libres e iguales que persiguen sus intereses privados en un escenario de mercado gobernado por el contrato social"31

. El poder forma parte de un interminable proceso de intercambio entre numerosos grupos que representan diferentes intereses, desde las organizaciones empresariales a los sindicatos, los partidos políticos, los grupos étnicos, los estudiantes, los funcionarios de prisiones, las organizaciones feministas y religiosas...a su vez agrupados alrededor de determinados segmentos económicos o culturales, como las clases sociales, la religión o la raza. David Held lo ha descrito muy bien&nbsp:

"...la determinación de las decisiones políticas a nivel nacional o local no refleja (ni puede reflejar) una "marcha majestuosa" del "público" unido en determinadas cuestiones políticas básicas, tal como imaginaban, aunque de forma bastante distinta, Locke, Bentham y Rousseau...Los resultados políticos son el resultado del gobierno y, en último caso, del ejecutivo que trata de mediar y juzgar entre las demandas contrapuestas de los grupos. En este proceso, el sistema político o, el estado, apenas puede distinguirse ya del flujo y reflujo de la negociación, de la presión competitiva de los grupos de interés. De hecho, a veces es mejor considerar a cada uno de los departamentos del gobierno como otro tipo de grupo de interés, ya que también ellos compiten por los recursos escasos. Por lo tanto, la toma de decisiones gubernamentales democráticas implica el intercambio continuo, y el apaciguamiento de las demandas de grupos relativamente pequeños, aunque probablemente en ningún caso todos los intereses serán plenamente satisfechos"32

Las democracias pluralistas que entienden la política como un mecanismo de agregación de preferencias, son individualistas, procedimentales y legalistas, si bien están dotadas de un núcleo constitucional que abarca a toda la ciudadanía. Tienen grandes virtudes, pero fragmentan a la sociedad en cotos vedados33, en trincheras distanciadas. Además, la identificación del liberalismo con normas de procedimiento no resuelve la cuestión del contenido de la vida política. Porque muchos de los defensores de la bondad de un liberalismo neutralista son partidarios - y además, muy militantes - del individualismo posesivo, lo cual desmiente su pretensión de neutralidad&nbsp: defienden una determinada versión del liberalismo, a saber, la defensa de un mercado de bienes poseídos o controlados por propietarios o empresas, guiados por el beneficio y protegidos por un aparato público mínimo.

¿Debe una democracia constitucional tomar en cuenta las preferencias como base de sus decisiones políticas? La teoría pluralista de la democracia ha considerado las preferencias como variables exógenas, y ha sostenido que la democracia constitucional debe tenerlas en cuenta como base de la acción política. Este argumento ha venido respaldado por la moderna teoría económica, dominada por un concepción del bienestar que se fundamenta en la satisfacción de las preferencias reveladas34. Por cierto, como señala Sunstein, es de destacar que los grandes teóricos del liberalismo del siglo XIX y XX siempre rechazaron el punto de vista de que la satisfacción de las preferencias existentes es adecuada para los propósitos de la ética y la política. El mismo Mill señaló las deficiencias de un sistema ético "which does not pretend to aid individuals in the formation of their own character"35

, y su teoría de la democracia tiene también en cuenta la formación cívica de sus participantes como uno de sus principales objetivos. Pero a pesar de estas discrepancias se puede decir que la política, el derecho y la economía contemporánea tiene en cuenta las preferencias reveladas como la base de las decisiones políticas en las modernas democracias constitucionales. Y sin embargo, parece que esto no es una justificación suficiente. Las democracias toman y deben tomar las preferencias privadas como objeto de regulación y control, y, a pesar de los riesgos que esto conlleva, se debe hacer en función del bienestar y la autonomía y no sólo en virtud del principio del daño. Claro está que este proceso está sometido a reglas y constreñido por los derechos, pero esto es una justificación independiente de las preferencias personales exógenas: cuando las preferencias están en función de las reglas jurídicas, las reglas no pueden justificarse por referencia a las preferencias. Sunstein ha criticado la idea de que las democracias deben tener en cuenta las preferencias de sus ciudadanos como algo dado, algo que deber ser satisfecho de modo tan extenso como sea posible.36

En lugar de esta versión subjetivista del bienestar, Sunstein sostiene una concepción republicana de la vida democrática, en la que los ciudadanos participan en los asuntos públicos para mejorar la vida moral de la comunidad. La concepción liberal de la vida política debe entenderse como un mecanismo que sanciona determinadas interferencias en las preferencias privadas de la ciudadanía, en virtud del hecho de que muchas de nuestras preferencias son endógenas, es decir, se generan y se adaptan a un larga lista de factores. Debido a esta interferencia los poderes públicos no sólo son capaces de promover el bienestar de los ciudadanos, sino también su autonomía. Respetar la autonomía no es simplemente respetar las preferencias, cualesquiera que fueran, sino promocionar cierto tipo de preferencias y desalentar e incluso prohibir otras, mediante la regulación y apoyo a instituciones sociales capaces de generar bienes y valores compartidos. Para que los individuos sean responsables de sus propios planes de vida y ejerzan sin trabas su autonomía deben quedar asegurados frente a intervenciones arbitrarias: no se les debe exigir compartir afinidades y afiliaciones, ni siquiera una idea sustantiva del bien. Tal es la idea del ciudadano republicano, muy bien expresada en estas líneas:

"Los ciudadanos republicanos no son mercaderes, dispuestos a convenir un equilibrio de intereses, intereses que como tales son inamovibles; ni unos santos que participan de una comunión en un bien que va más allá de sus felicidades elementales y de una garantía que no depende de previa a sus creencias. Cierto es que quieren disponer de más renta, pero no si ello exige la injusticia, porque la justicia forma parte de lo que les importa, de su reto de vivir. Cierto es que tienen ideas del bien y creen que a los otros les iría mejor si participaran de sus ideas, pero también creen que para que ello sea así, para que les vaya mejor, la adscripción ha de arrancar desde el convencimiento. Ambas circunstancias requieren de una ciudadanía dispuesta a revisar sus juicios a la luz de un mejor argumento. Si no hay una idea de bien sustantiva en la que converger, lo importante es la realización correcta de la vida elegida, el procedimiento. Procedimiento cuya calidad se garantiza colectivamente en el ejercicio del diálogo"37.

Precisamente, uno de los modos más asentados de las modernas democracias de formular preferencias sobre preferencias y, por tanto, de no considerarlas como simples variables exógenas- lo constituyen las constituciones. Decía Rousseau: "Il est absurde que la volonté se donne des chaines pour l´avenir"38. Por su parte, L.Tribe comienza su importante tratado de derecho constitucional con la formulación concisa de la tensión entre la política mayoritaria y las restricciones constitucionales:

"In its most basic form, the question ...is why a nation that rests legality on the consent of the governed would choose to constitute its political life in terms of commitments to an original agreement...deliberately structured so as to be difficult to change"39.

Tribe plantea muy bien la tensión entre las preferencias emitidas como consecuencia de un simple procedimiento mayoritario y las preferencias anteriores en el tiempo revestidas de un halo de autoridad simbólica, una asimetría entre la acción política de los constituyentes y la acción política de las siguientes generaciones. Parece como si las preferencias emitidas en el texto constitucional hubieran sido el resultado de un proceso argumentativo racional e imparcial, y las preferencias emitidas en la política cotidiana la consecuencia de una negociación sesgada por intereses en conflicto. ¿Debe tener la constitución tanto poder sobre nuestra actual voluntad política? ¿Es compatible con el principio de soberanía popular?.

La primacía de la constitución, defendida por Madison en el proceso constitucional norteamericano, se basa en la idea de que es un mecanismo que limita el poder del gobierno, una especie de vacuna institucionalizada de la miopía crónica de los ciudadanos que discapacita las mayoría temporales en virtud de normas obligatorias, una trinchera normativa que protege y reduce las tensiones partidistas de la política ordinaria. Los ciudadanos necesitan una constitución como Ulises necesita ser atado al mástil para no ceder a la seducción del canto de las sirenas. La opinión contraria, como se sabe, fue mantenida por Jefferson, para el que la prohibición de blindar el futuro sostenida por Hume como crítica de la idea del contrato social y posteriormente por Paine como defensa de la autosufiencia de las generaciones y crítica del conservadurismo de Burke debe ser mantenida si no se quiere abdicar de la plena soberanía:

"Each generation is as independent of the one preceding, as that was of all which had gone before. It has then, like them, a right to choose for itself the form of governement it believes most promotive of its own happiness...The dead have no rights."40

 

Lo que me interesa destacar de esta sustanciosa polémica es que la mayor parte de los argumentos que defienden las restricciones constitucionales sobre los resultados de las políticas mayoritarias subrayan el papel de refuerzo de la democracia que tiene la constitución en los procesos de decisiones públicas, el mecanismo de custodia responsable que tienen los votantes cuando limitan la autoridad de sus representantes en sus actividades políticas. Tales argumentos hacen hincapié en la idea de superar la negociación política y el regateo faccionario de la actividad política ordinaria en virtud de las garantías exigidas en la argumentación constitucional, reflejo más cercano a una deliberación racional que a un juego estratégico de intereses. Y esto es lo que hace posible defender contraintuitivamente la vinculatoriedad de deberes y obligaciones de futuras generaciones que no tienen posibilidad de dar su consentimiento.

Es cierto que hay otros argumentos a favor de las restricciones constitucionales - algunos muy discutibles, como la analogía de Hooker entre la identidad individual y la identidad del reino- que no puedo analizar aquí. Señalaré tan sólo la importancia que tiene la organización reglada de nuestra vida como refuerzo de nuestra propia voluntad y la función promocional de la participación pública que se contiene en el núcleo de la defensa del constitucionalismo de Mill: la democracia no es simplemente el recuento de la voluntad de la mayoría, sino la protección reglamentada del desacuerdo y la disidencia pública: la soberanía popular no tiene sentido sin las reglas que organizan y protegen el debate público y permiten las decisiones colectivas. En este sentido, las constituciones son básicamente estrategias indirectas que la comunidad se autoimpone para conseguir acciones colectivas, algo así como los auto-mandatos de Schelling, elemento esencial de los movimientos tácticos que se emplean con el fin de obtener la mayor ventaja posible en una negociación: la clave reside en la restricción voluntaria e irreversible de la libertad de elegir. El poder de persuasión sobre la otra parte negociadora reside en nuestra capacidad de limitarnos a nosotros mismos. Por ello, el compromiso es una acción que deja a la otra parte, de una forma clara y sin lugar a dudas, la última palabra para decidir el resultado. Supone renunciar a toda iniciativa. Los límites no siempre debilitan, también refuerzan.

Es obvio que las democracias son sistemas orientados hacia el cambio y la innovación. Los mismos procesos de racionalidad exigen rectificaciones y cambios. Y una buena manera de proteger las condiciones bajo las cuales se deben llevar a cabo estos procesos de cambio es la existencia de reglas previas que diseñen los mecanismos de evaluación y discusión de las reformas políticas, que garanticen la disidencia y la crítica. Como ha sostenido Stephen Holmes: "The dead should not govern the living; but they can make it easier for the living to govern themselves".41

Pero no es mi propósito solamente señalar la importancia de las preferencias sobre preferencias en los diseños políticos y constitucionales y en la planificación de nuestra vida lo que contradice la analogía de la soberanía del consumidor y del ciudadano sino dudar de la asimetría entre las virtudes de la argumentación constitucional y los defectos de la negociación política. Es cierto que las democracias están reclamando desde hace algún tiempo lo que algún autor ha denominado el imperativo de la sustantividad, la necesidad estructural de que toda posición formalista vaya unida, de hecho, a valoraciones sobre el contenido y la naturaleza de la politeya deseada por quienes abogan por ella. Este imperativo de sustantividad está reclamando nociones como "virtudes cívicas", "ciudadanía", "patriotismo cívico", "lealtad constitucional", etc. , que no deben producir como resultado tribalismos comunitarios la cara opuesta del liberalismo sino una concepción política que, respetando la autonomía del individuo y el fuero de cada comunidad, promueva la naturaleza esencialmente interactiva de toda vida social. Para ello es necesario que una nueva cultura pública de participación ciudadana retorne a los modos de hacer política equidistante de comunidades identitarias y de mercadeos sin principios.

Sin embargo, mientras tanto, hasta que este modo de hacer política no forme parte de una nueva cultura pública deudora de la tradición del republicanismo cívico, creo que una buena salida intermedia y temporalmente limitada vendría dada por un uso estratégico de la argumentación o una negociación limitada por reglas y principios - . Hace poco D. Held ha sostenido la defensa de un derecho global democrático y cosmopolita como vía para superar el déficit de gobierno mundial. La preocupación de Held no es tanto la guerra, cuanto el hecho de que la democracia siga encerrada en marcos nacionales, mientras que los principales procesos y fuerzas que determinan la economía y la política son ya de carácter global. Pues bien, para este proyecto de modernidad utópica pluralista es indispensable superar ciertos pasos intermedios...




5. El uso estratégico de la argumentación y la fuerza civilizadora de la hipocresía.


Es conocida la distinción de Habermas entre comportamiento estratégico y comunicativo. ¿ No es oportuno establecer vías de comunicación entre los dos modos? ¿No es, acaso, la política, el mejor ejemplo del uso estratégico de la argumentación?

¿Por qué argumentamos? ¿Por qué no podemos adoptar, desde el principio, una defensa directa de nuestros intereses y votamos sin tener que sufrir el proceloso camino de la discusión y deliberación racional sometido a exigencias de verdad, justicia y sinceridad? En realidad, no conocemos muy bien ni las razones ni las consecuencias que se derivan al optar por la estrategia argumentativa, aunque intentaré desbrozar alguna de las respuestas que se han dado42.

Es bien sabido que los argumentos imparciales se usan a menudo de manera estratégica en las campañas electorales. Por ejemplo, los partidos políticos pequeños defienden la representación proporcional en virtud de un mayor respeto por los derechos democráticos y no porque mejora sus expectativas; los grandes partidos defenderán la necesidad de corregir una estricta proporcionalidad en virtud del argumento de la gobernabilidad y la eficiencia, sin hacer mención de sus mejores posibilidades electorales. Pero, ¿por qué tenemos que recurrir a este tipo de razones y no pasamos a defender directamente nuestros propios intereses, por lo demás, muy razonables?

Algunos piensan que argumentar es simplemente exponer los prejuicios bajo formas elegantes del discurso. Por eso consideran que sobran las argumentaciones, y desean pasar a la acción cuanto antes . Desgraciadamente, no es tan extraña esta actitud. Chesterton decía que la principal objeción que puede tener una pelea es que interrumpía una buena discusión. Soy devoto de Chesterton, y creo que en esto también tiene razón. No es un error tener convicciones arraigadas. El error es no tener nada más.

Pues bien, parece que el hecho de argumentar puede producir ciertas consecuencias muy beneficiosas. Si se cree que alguien defiende sus argumentos por razones de principio, se está más dispuesto a hacer algún tipo de concesiones y genera más confianza en quien escucha. Además, el prudente esfuerzo de ocultar intereses particulares bajo la forma de argumentos generales pone límites a nuestra insaciable capacidad de vencer sin convencer. Un ejemplo drástico de lo que puede ser un razonamiento ad baculum nos lo suministra la famosa reunión de Yalta al término de la segunda guerra mundial. Se dice que Churchill informó a los demás que el Papa sugería seguir tal o cual curso de acción. Se afirma que Stalin manifestó su desacuerdo al preguntar: "¿ Y cuántas divisiones dice usted que tiene el Papa para el combate&nbsp?". Sin embargo, a pesar de la visión escéptica de Stalin por la argumentación - en eso sí fue coherente durante toda su vida - el hecho de aducir razones generales puede verdaderamente llegar a convencer a otras personas. Supongamos que los miembros de una asamblea darán su apoyo a un argumento imparcial, si y solo si , sus intereses personales no se ponen en juego. En esa asamblea algunos oradores promueven una propuesta que favorece claramente sus intereses, mientras que otros están al margen. Para convencer a éstos, los primeros deberán sostener su argumentación sobre principios no egoístas, y esto es compatible con el hecho de que el auditorio sabe que se trata de una exclusiva defensa de sus intereses.

Esta fuerza psicológica de la argumentación queda reforzada en el ámbito político por la propia estructura de la deliberación pública sometida a normas. Las reglas de uso del lenguaje legislativo exigen la prudencia en la expresión de lo que simplemente pueden ser transacciones entre intereses rivales. El coste que puede tener una legislación promulgada para favorecer crudamente intereses restringidos es inconmensurable. A pesar de las funciones latentes de una determinada norma, el legislador ha de aplicarse en la justificación manifiesta del texto.

Todas estas razones presuponen la existencia de agentes imparciales en el sistema. No tiene sentido esforzarse en presentar una argumentación imparcial si se cree que todo el mundo opera por motivos egoístas. El esfuerzo sería superfluo. Como sostiene Elster, " la imparcialidad precede, lógicamente, a la tentación de aprovecharse de ella ( o la necesidad de respetarla ) para fines egoístas". Es obvio que la fuerza de la necesidad de imparcialidad variará según los contextos en los que opere&nbsp: será más fuerte en las asambleas constituyentes que en los parlamentos ordinarios, en los debates públicos que en las discusiones a puerta cerrada, en las discusiones parlamentarias que en los mítines electorales, etc.

Pero el efecto más importante del uso imparcial de los argumentos en las discusiones políticas vendría dado por, lo que se ha denominado, la fuerza civilizadora de la hipocresía43. El modo en que Habermas y los defensores de la política como una comunicación ideal de diálogo describen y justifican la democracia, me parece muy meritoria, pero muy alejada de la realidad.44

El comportamiento político real se aleja a menudo de los ideales de verdad, justicia y sinceridad. Y, sin embargo, cometeríamos una gran torpeza si tratáramos de explicar la actividad pública sin hacer referencia a las normas que gobiernan efectivamente el comportamiento comunicativo. Con la defensa estricta de los intereses egoístas se paga un alto precio en la vida política. Y si queremos edulcorar estos intereses bajo el ropaje de una argumentación imparcial, tendremos que hacer concesiones, ya que una equivalencia estricta de sus contenidos también será vista como una defensa parcial de los propios intereses.

La secularización de la política, al negar su origen trascendente, trajo como consecuencia en el pensamiento político moderno otro tipo de trascendentalismo: la postulación de razones, sujetos o comunidades puras, no empíricas, cuya función no consistiría sólo en fundamentar, sino ser la criba juzgadora de la práctica impura. Creo que el pensamiento trascendental no resuelve ni ayuda a comprender los conflictos reales. Los absolutos de la comunidad ideal de diálogo no se llegan a ejecutar nunca. La libertad en sí no es nada si no se cualifica, si no se tiene en cuenta quién la defiende y de qué manera se organiza su defensa, distribución y ejercicio. Los discursos se parecen cada vez más en los fines, pero en la práctica se contradicen y se eliminan unos a otros. Cada vez, por consiguiente, son más importantes los medios, las formas, los procedimientos. Como ha dicho Victoria Camps45," es relativamente fácil ponerse de acuerdo sobre la cuestión de que todas las formas de explotación del hombre por el hombre han de ser abolidas; no es tan fácil, sin embargo, el acuerdo sobre qué entendemos o hay que entender, a qué llamamos o debemos llamar, "explotación". La separación radical entre razones finales e instrumentales ha conducido a monólogos sin sentido.

Una peculiar vía de escape puede ser este camino mixto entre la negociación y la argumentación, la necesidad de buscar compromisos con argumentos de imparcialidad, el tributo que la defensa de nuestros intereses egoístas tenga que conceder a la virtud del bien común. Decía Pascal: "si la justicia no es fuerte, hagamos al menos que la fuerza sea justa". Esto es lo que he querido demostrar. No busquemos el ideal del héroe, pues en ese viaje muchos se han extraviado. El sueño de unos cuantos puede convertirse en la pesadilla de todos. Pero tampoco aceptemos pasivamente la desigualdad de fuerzas y posiciones. Busquemos, en cambio, los mecanismos y controles que sean capaces de racionalizar nuestros intereses mediante reglas e itinerarios imparciales.







NOTAS



1

El modo de presentar estos dos problemas ha sido tomado de J. Elster, The Cement of Society, University of Cambridge, 1989.


2

En términos estrictos, la negociación tiene sentido cuando el conflicto no es resuelto por otros medios, como el mercado y el derecho. Se supone que el mercado competitivo negocia por nosotros y expresa el equilibrio del juego por medio de los precios. Se puede decir que al negociar hacemos explícito un mercado desconocido o incierto, intentando encontrar el equilibrio mediante un acuerdo entre negociadores. Véase A. Font, Negociaciones. Entre la cooperación y el conflicto, Grijalbo, Barcelona,1997. Aprovecho este lugar para agradecer al profesor Font no sólo su disponibilidad para socializar su competencia y sabiduría sobre estos temas, sino por haber sido la causa de mi interés por estos asuntos.


3 La conducta racional se puede distinguir por la índole del medio y por el grado de conocimiento del mismo. Según el primer criterio se puede hablar de medios pasivos o paramétricos ( el resultado de mi decisión no depende de la conducta de los demás) y medios estratégicos. En virtud del segundo criterio se habla de situaciones de certeza, riesgo e incertidumbre. Pues bien, la teoría de la elección racional se ocupa del diseño de estrategias óptimas en situaciones de incertidumbre, entendiendo por óptimas aquellas que combinen una probabilidad máxima del resultado más apetecido con una probabilidad mínima del menos deseado. Una variedad especial de incertidumbre en el razonamiento instrumental del agente es la que viene dada por la existencia de situaciones que encierran una interacción estratégica entre dos o más agentes, de manera que la determinación de la acción instrumentalmente racional para cada uno de ellos depende de cuál sea la acción que realicen los demás. La teoría de juegos trata de orientar la racionalidad instrumental del agente en situaciones de interacción estratégica.

4

La caracterización de este rasgo ha sido tomada de T. Schelling,The strategy of conflict, Harvard University Press, 1980.


5

Véase Dixit/Malebuf, Pensar estratégicamente, A.Bosch editor,Barcelona,1992,p.44 y siguientes. Arbol de juego es el que recoge la secuencia de decisiones en un juego de estrategia, mientras que el término árbol de decisión se reserva para situaciones en las que no hay más que una persona involucrada. Por cierto, la regla formulada para los juegos simultáneos recuerda una de las estrategias de las guerras napoleónicas&nbsp: "reculer por mieux sauter".


6

Sherlock Holmes y el profesor Moriarti eran maestros en este tipo de razonamiento. Como le dijo Holmes a Watson en The final problem&nbsp:

-Todo lo que tengo que decir seguramente ya se le ha pasado a usted por la cabeza - dijo él.

-Entonces, posiblemente mi contestación ya se le ha pasado a usted por la suya - le constesté.

La cita está tomada de Dxit/Malebuf, op.cit. p. 68.


7 No es posible desarrollar aquí la complejidad de todos estos pasos. No obstante, hay que decir que en las situaciones reales, los juegos pueden tener algunas jugadas de turno consecutivo y otras de turno simultáneo, en cuyo caso hay que seguir una combinación de todas estas técnicas para pensar y decidir qué acciones se deben tomar.

8

Véase por todos, H. Raiffa, The Art and Science of Negotiating, Harvard University Press, 1982. En castellano, véase A. Font, op. cit. y Gómez-Pomar, Teoría y técnicas de negociación, Ariel, 1991. La bibliografía sobre estos temas ocupa listas interminables, de las que hay que cribar mucha basura retórica. Los libros de Font y Gómez-Pomar son un ejemplo de lo contrario.


9

El planteamiento de este apartado lo he tomado de B. Barry, Theories of Justice, University of California Press, 1989.


10 D. Gauthier, Morals by agreement, Oxford University Press, 1986. Su objetivo ha consistido en reconciliar la racionalidad con la moralidad, utilizando para ello el instrumental analítico de la teoría de la elección racional  uno de sus argumentos más importantes consiste en que el hombre económico deja de percibir beneficios que podría obtener si estableciera mecanismos de cooperación. La cooperación no surge del altruismo, sino del egoísmo. Si se persiguen los propios intereses, entonces es mejor cooperar que dejar de hacerlo.

11

La República, libro segundo. He citado por la 10 edición de Espasa-Calpe, 1971, p.71.


12

B. Barry, op.cit., p. 8.


13

Tomado de J. Elster, The market and the forum&nbsp: three varieties of political theory, cap. IV de Foundations of Social Choice Theory, Elster/Hylland eds. , Cambridge University Press, 1986. Un desarrollo analítico más completo de los distintos modelos de democracia puede encontrarse en D.Held Modelos de democracia, Alianza Universidad,1991. Held expone de manera muy brillante hasta nueve modelos, y anuncia en su epílogo una propuesta de democracia cosmopolita basada en la autonomía democrática que ha desarrollado posteriormente en La democracia y el orden global, Paidós, 1997. Curiosamente, este modelo llega a ser calificado por Held como socialismo liberal (p. 347, Held, 1991), sin que haga ninguna referencia a su origen en la tradición política europea. El modelo de Schumpeter pertenece a una de las variantes de la democracia protectora (modelo V de la democracia elitista competitiva) y Held lo diferencia de otra variante constituída por el pluralismo de R.Dahl (modelo VI ).


14

Un brillante desarrollo del comportamiento no-instrumental de la política entre la élite gobernante del Imperio Romano y los efectos paradójicos de la racionalidad expresiva puede verse en Veyne, P. (1976), Le pain et le cirque, París, y Elster, J.(1988) Uvas amargas, Península, p. 101 y ss. , en contraposición con Veblen y su teoría de la clase ociosa&nbsp: Veblen no tiene en cuenta que la racionalidad expresiva no producirá el efecto deseado si es demasiado racional.


15 Creo que la principal debilidad de las teorías de la política concebida como un fin en sí misma, como el supremo bien para quienes participan en la búsqueda del bienestar colectivo, es que no se toman en serio las restricciones temporales que acompañan al debate político&nbsp: mientras que la argumentación filosófica puede navegar cómodamente por el sendero del poema de Kavafis ("Ten siempre a Itaca en el pensamiento/tu llegada allí es tu destino./. Mas no apresures nunca el viaje/. Mejor que dure muchos años,/y atracar, viejo ya, en la isla/enriquecido de cuanto ganaste en el camino".), la argumentación política, si bien tiene una naturaleza pública que invita al debate racional, tiene un propósito instrumental de resolución de conflictos  esta restricción nos exige fondear de vez en cuando en puertos intermedios antes de llegar a Itaca. El discurso jurídico también tiene importantes limitaciones temporales, aunque algunas veces parece indicar lo contrario - como ejemplo canónico y literario, véase Bleak House de Charles Dickens, donde la disputa sobre las propiedades de Jarndyce se prolongó tanto que los costes de los abogados fueron superiores al valor de la propiedad íntegra -.
También Dworkin ( Freedom´s Law. The Moral Reading of the American Constitution, Harvard University Press,1996) ha contrastado dos concepciones de la democracia que corresponden, en parte, con las dos concepciones de la justicia y de la política que he señalado. Para la primera concepción, mayoritarista, el ejercicio democrático se concibe como un resultado agregado de la adopción de decisiones por la mayoría. Frente a ella, una concepción constitucional de la democracia sostiene que las decisiones colectivas deben ser tomadas por instituciones políticas cuya estructura, composición y prácticas tratan a todos los miembros de esa comunidad, como individuos, con igual respeto y dotados de igual importancia.

16

Por ejemplo, en su famosa obra Capitalismo, socialismo, democracia, Barcelona, Folio, 1984. Ejemplos de democracia pluralista son las teorías económica y de grupos de interés de la democracia desarrolladas por Anthony Downs y Mancur Olson, el modelo de la poliarquía de Robert Dahl y el pluralismo de la ciencia política norteamericana dominante. La Inglaterra del laissez faire del siglo XIX y la Norteamérica pluralista anterior al New Deal suelen ser los ejemplos de este modelo.


17

Por ejemplo, A preface to Economic Democracy, 1985, Cambridge University Press.


18 Teoría económica de la democracia, Aguilar, 1973.

19

No obstante, esta presunta soberanía del consumidor puede ser puesta en cuestión de modo interno&nbsp: sólo si se dan ciertas condiciones - información perfecta, divisibilidad infinita de los bienes, racionalidad de los agentes económicos - puede hablarse de tal competencia perfecta. Los costes de comunicación, información y control jurídico, así como las externalidades - los efectos positivos o negativos de terceros que no participan en una transacción - , la existencia de bienes públicos y el problema de los free riders no hacen más que desequilibrar tal modelo. Parece que el neoliberalismo mira para otro lado. Sobre las limitaciones del ciudadano liberal entendido como ciudadano-consumidor véase F. Ovejero, Tres ciudadanos y el bienestar, La Política, nº 3, octubre de 1997, p.93-116 y Teorías de la democracia y fundamentaciones de la democracia, Doxa nº 19, p. 309-355.


20

Elster, op.cit., p.111.


21 Véase G. Peces-Barba, Etica, poder y Derecho, Centro de Estudios Constitucionales,1995. Sobre la formación de las preferencias y la democracia volveré, con más detenimiento, en el siguiente capítulo.

22

Sobra la idea de que la soberanía del consumidor está en conflicto con la autonomía de los ciudadanos y, por tanto, no puede servir como una base coherente para guiar la política del Estado, véase E.Anderson, Soberanía del consumidor versus soberanía del ciudadano. Algunos errores en la economía neoclásica del bienestar, Isegoría,nº18, 1998. En este trabajo se plantea que la soberanía del consumidor descansa sobre un conjunto de confusiones conceptuales, de presupuestos empíricamente falsos y de afirmaciones normativamente dudosas.


23 F.Ovejero, Tres ciudadanos...,op.cit.,p. 95.

24

A partir de aquí he seguido en parte a Habermas, Facticidad y validez, Trotta, 1998, p.234 y sig.


25

J.Elster, Arguing and Bargaining in Two Constituent Assemblies, en The Storr Lectures, Yale Law School, manuscrito, 1991. Una edición italiana de este ensayo puede verse en Argomentare e negoziare, Anabasi, Milán, 1993, versión que he utilizado. Además de los aspectos teóricos y conceptuales que Elster propone acerca de la distinción entre argumentación y negociación, también analiza dos situaciones reales: la Convención Federal de Filadelfia y la Asamblea Constituyente del París revolucionario. Agradezco a la profesora Mª José Calvo el haberme facilitado este texto.


26

Sobre la tensión entre constitucionalismo y democracia (¿por qué una sociedad quiere limitar su propio poder soberano? ¿ por qué tiene que haber una prioridad del pasado sobre el presente?) véase Constitutionalism and democracy, J.Elster y R. Slagstad edit., Cambridge University Press, 1988. Para los fines de este escrito véase especialmente los artículos de S.Holmes, Precommitment and the paradox of democracy, nº 7,y C.Sunstein Constitutions and democracies: an epilogue, nº 11. Asimismo véase el apartado Democracy and preferences del volumen colectivo The idea of democracy, D.Copp.J.Hampton y J.Roemer edit., Cambridge University Press,1993, especialmente los artículos de C.Sunstein,Democracy and preferences, y J.Ferejohn, Must preferences be respected in a democracy?.


27

Sigo a Elster, The Cement of Society, op.cit., cap. 3.


28

Quienes hayan visto Indiana Jones y la última cruzada recordarán una de las secuencias finales. En el lugar del Santo Grial coinciden Indiana Jones, su padre y los nazis. Los dos Jones se niegan a ayudar a los nazis a dar el último paso. Los nazis disparan sobre el padre y lo único que puede salvarle de la herida mortal que ha recibido es el poder curativo del Santo Grial. Con este incentivo, Indiana se aviene a dirigir la expedición al Santo Grial, aunque hay un último reto: tiene que elegir entre muchos cálices de los cuales sólo uno es el verdadero, el cual, salva la vida mientras que los demás son letales. El jefe nazi se impacienta, elige el cáliz de oro más deslumbrante y cae fulminado al instante como consecuencia de una elección equivocada. Indiana coge un cáliz de madera el de un carpintero- y exclamando "no hay más que una manera de averiguarlo" sumerge la copa en la pila y bebe. Cuando descubre que ha acertado, le lleva el agua a su padre y el agua sagrada le cura de la mortal herida. Como ha sostenido Dixit/Malebuf ( Pensar estratégicamente, A.Bosch editor, 1992,p.71) aunque esta escena resulte emocionante, da un poco vergüenza que un profesor tan distinguido como el doctor Indiana Jones no tenga en cuenta cuál es su estrategia dominante, esto es, la estrategia mejor en determinadas circunstancias y en ningún caso, peor que las demás: debería haberle dado el agua a su padre sin probarla primero, ya que si la elección era buena, su padre se salvaba igual, pero si era mala, aunque su padre muriera, por lo menos se podría salvar él. Probar la copa antes de dársela a su padre no le ayuda en lo más mínimo, puesto que si Indiana se equivoca, no tiene una segunda oportunidad: Indiana se muere por la copa y su padre por la herida. El error de Indiana se sustenta en el valor que ha concedido a las normas de amor y respeto filial: en la teoría de juegos los actos sólo se miden por sus consecuencias favorecedoras de los intereses, sin tener en cuenta normas de este tipo que van más allá de la racionalidad instrumental.


29

La idea de la democracia deliberativa basada en un procedimiento de toma de decisiones entre ciudadanos libres e iguales debe su reciente importancia en la discusión teórica a Habermas, aunque su origen se remonta a la democracia clásica. Para mis fines, la principal idea de esta concepción consiste en entender la democracia como un proceso de transformación de preferencias más que de un simple recuento o agregaciónde posiciones pre-políticas. Véase Deliberative Democracy, J. Elster edit., Cambridge University Press, 1998.


30

La expresión es de Elster (véase Argomentare...) y la idea original proviene de La Rochefoucald&nbsp: "La hipocresía es el homenaje que el vicio tributa a la virtud".


31

B.Barber, Strong Democracy. Participatory Politics for a New Age. University of California (1984). La cita está tomada de la traducción Un marco conceptual&nbsp: política de la participación, en La democracia en sus textos, R. del Aguila/F.Vallespín y otros, Alianza editorial,1998, p.285. Barber establece una división de las democracias en dos grandes grupos&nbsp: representativas y directas. Entre las primeras estarían las democracias de autorización, jurídicas y pluralistas  entre las segundas, las unitarias y las fuertes. Barber defiende este último modelo, entendido como un sistema que promueve "...un proceso participativo de autolegislación próxima y continua y la creación de una comunidad política capaz de transformar a individuos privados dependientes en ciudadanos libres y los intereses parciales y privados en bienes públicos". Creo que el problema de Barber consiste en equilibrar la tensión entre la autonomía individual y la participación comunitaria de forma descentralizada.


32

David Held, Modelos de democracia, Alianza Universidad, Madrid, 1987, p.229 y 230.


33

La expresión es de E. Garzón Valdés, si bien su principio del coto vedado es utilizado en un sentido diferente al expresado aquí. El coto vedado de Garzón Valdés se refiere a la vigencia plena de los bienes primarios o básicos de una sociedad y a su protección frente a procedimientos de discusión mayoritarios. En realidad, trata de responder a la pregunta sobre si el consenso - fáctico o racional- es el criterio último de justificación moral. Vid. Representación y democracia, en Derecho, Etica y política, C.E.C., Madrid, 1993.


34 Sigo en este punto la exposición de Cass R.Sunstein, Legal Interference with Private Preferences, The University of Chicago Law Review, vol53, nº4,falll 1986 y Preference and Politics, Philosophy and Public Affairs, vol20,nº1, winter,1991. La defensa más explícita de la consideración de las preferencias como variables exógenas puede verse en Gauthier, Morals by Agreement, O.U.P., 1986. Señalaré dos críticas a esta concepción  una, desde el punto de vista económico, A.Sen, Rational Fools&nbsp: A critique of the behavioral foundations of economic theory, Philosophy & Public Affairs 6, nº 4,summer, 1977  la otra, desde el punto de vista político, J.Elster, Sour Grapes, Cambridge University Press, 1983.

35 Mill on Bentham and Coleridge, editor F.R.Leavis, Londres, Chatto & Windus,1950,p.70.

36 Además de los artículos ya citados, véase Cass Sunstein Democracy and shifting preferences, en The idea of democracy I, Cambridge University Press, 1993.

37 F.Ovejero, Tres ciudadanos...,op.cit.,p.107.En los últimos años hay una inflación bibliográfica sobre el republicanismo como tercera vía entre el liberalismo y el comunitarismo. Véase por todos, el excelente resumen de S.Giner, Las razones del republicanismo, CLAVES nº81,p.2-13 y el artículo de Cass Sunstein Beyond the Republican Revival, Yale Law Journal 97 (1988),p. 1539-1589.

38 "Du contrat social", Oeuvres complètes, Gagnebin/Raymond edits., vol.3, Paris, Pléiade,1964,p.368-9.

39 L.Tribe, American Constitutional Law (Mineola, Foundation Press, 1978), p.9.

40 He tomado esta cita del texto de C.Sunstein, Constitutions and democracies: an epilogue, del libro colectivo ya citado, Constitucionalism and democracy, op.cit., p. 327.

41 S.Holmes, op.cit., p. 240.

42 Sigo en este apartado a J.Elster, Argomentare..., op.cit.,p.113 y sig.

43 La expresión es de Elster, y la idea proviene de La Rochefoucauld&nbsp: "La hipocresía es el homenaje que el vicio tributa a la virtud".

44 Sobre la crítica que Elster hace de la irrealidad de las perspectivas deliberativas, Ovejero propone distinguir entre teorías de la democracia y fundamentaciones de la democracia. La crítica que Elster hace de las teorías finalistas de la democracia se basa en la idea de que la autorrealización es un efecto lateral o subproducto de algún resultado instrumental: la democracia será autorrealizadora en la medida en que ayude a tomar decisiones, mientras sirva para algo. Ovejero piensa lo acertado de esta crítica desde el punto de vista teórico, pero no desde el punto de vista normativo o justificatorio: en este sentido no hay ningún problema en apelar a los efectos laterales como la autorrealización- para justificar la democracia. Véase Ovejero, Teorías de la democracia..., op.cit., p.337, nota nº 56.

45 V. Camps, Etica, retórica, política, Alianza Universidad, 1988, p.75.

 

 

CUADERNOS ELECTRONICOS DE FILOSOFIA DEL DERECHO. núm. 2

I.S.S.N.: 1138-9877

Fecha de publicación: marzo de 1999