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__ 1º. Los estudiantes extranjeros que hayan homologado sus estudios por los de cualquier Licenciatura de España, pueden solicitar la admisión en el Programa por el que estén interesados, ajustándose a los mismos plazos que los demás estudiantes. 2º.
Sin embargo, existe la posibilidad de que el Rector admita
al estudiante para cursar el Tercer Ciclo sin necesidad de
que efectúe la homologación previa, de acuerdo
con lo señalado en el R.D. 778/1998, de 30 de abril.
Deberán presentar en el período comprendido
entre el 1 de enero y el 15 de junio la documentación
siguiente: •
Título de Licenciado o nivel académico equivalente.
Los documentos que estén sellados con la "Apostilla de la Haya" (Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961) no necesitan legalización por vía diplomática. Una vez resuelta por la Comisión de Doctorado, en caso de aceptación, el interesado deberá solicitar la admisión en el Programa de Doctorado de su elección durante la primera quincena del mes de julio. La solicitud de admisión al departamento deberá someterse a los criterios de valoración de méritos establecidos para todos los estudiantes. Real decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la xpedició y xpedición del titulo de doctor y otros estudios de postgrado. http://www.boe.es/g/es/boe/dias/1998-05-01/seccion1.php#00001 Consultar también la normativa disponible en las páginas web de cada una de las Universidades en las que se imparte el programa (ver sección de tercer ciclo) o dirigirse a los negociados correspondientes en dichas universidades.
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