Resumen
del acuerdo de la Comisión Valenciana de Acreditación y Evaluación de la
Calidad (CVAEC) sobre complementos adicionales (Ver
resolución de la Dirección General de Enseñanzas Universitarias en DOGV
11.12.02, pags. 31813-31815).
Proceso
La propuesta de asignación individualizada del complemento retributivo adicional:
• es preparada por el Consejo de Gobierno de la Universitat,
• pasa al interesado para que de su conformidad,
• pasa a la CVAEC para que de su conformidad
• y finalmente es aprobada por el Consejo Social de la Universitat.
Criterios de valoración del componente por méritos de movilidad
Se requiere un tiempo de estancia superior a 180 días a lo largo de los siete últimos años (1996-2002). El tipo de retribución se determina por la tabla
Complemento A |
12 puntos o más |
Complemento B |
desde 9 puntos a 12 puntos |
Complemento C |
menos de 9 puntos |
Los puntos que se asignan a cada mérito son los siguientes:
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Por cada 15 días en un centro Nacional Extranjero |
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Estancias oficiales como profesores en sabático, visitantes, convenios interuniversitarios, etc., por contrato, comisión de servicio a cargo de la Universidad o centro donde se realiza la estancia, invitación por iniciativa de la misma o supuestos similares (con docencia en enseñanzas regladas o participación en proyectos de investigación propios de dichos centros o en cooperación con otros). Y también estancias oficiales derivadas de la concesión de becas, ayudas para estancias y movilidad docente e investigadora por parte de universidades, organismos oficiales u otras entidades. |
0,75 |
1 |
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Estancias relacionadas con la gestión o participación en programas de cooperación o intercambio con fines docentes o investigadores. |
0,25 |
0,50 |
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Otro tipo de estancias valorables a juicio de la Comisión relacionadas con actividades docentes y/o investigadoras |
0,125 |
0,25 |
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