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Como requisito general de acceso deberán estar en alguno de los supuestos del artículo 6 del RD 99/2011 o de la disposición adicional segunda de dicho Real Decreto.


REQUISITOS/CRITERIOS DE ADMISIÓN:


Como requisito específico deberá cumplirse:
(a) Estudios previos
(a.1) Deberán haber cursado el máster de Biodiversidad o el máster de Biología Evolutiva Integrativa de la Universitat de València asociados a este programa de doctorado. En caso de estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados
(DEA), obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el RD 778/98 o de haber alcanzado la Suficiencia Investigadora según lo regulado por el RD 185/85, deberán haberlo cursado en programas de Doctorado afines a éste.


(a.2) También podrán ser admitidos quienes hayan cursado otros estudios másteres o de nivel semejante si se procede de sistemas de educación superior que no contemplen la titulación de máster-- con contenidos afines en los que las materias en el campo de la biología y sus metodologías represente al menos 30 créditos.
(b) Recomendación.
Aunque no se requieren cartas de recomendación, se recomienda que el candidato a ser admitido haya establecido un contacto previo con alguno/a de los profesores del programa de cara a una futura dirección o codirección de la tesis doctoral.
(c) Lenguas
El aspirante deberá demostrar un conocimiento de inglés equivalente al nivel B1 (clasificación europea).
Si el aspirante no contase con una acreditación de ello y no fuese su lengua materna, podrá sometérsele a un examen ad hoc. Para éste, si el aspirante tuviese alguna discapacidad, se solicitará el consejo de la Unitat per a la Integració de Persones amb Discapacitat de la UVEG con el fin de garantizar la idoneidad de la prueba. Los estudiantes que cumplan con los requisitos anteriores podrán acceder al programa de doctorado siendo la Comisión Académica del programa de doctorado la encargada de verificar el cumplimiento de los requisitos anteriores para la admisión del doctorando.


Como criterios de admisión.
ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES:
Por lo que respecta a los sistemas y procedimientos de admisión adaptados a los estudiantes con necesidades educativas especiales, la Universitat de València dispone de la Unitat per a la Integració de Persones amb Discapacitat (UPD), que vela por el respeto al principio de igualdad de oportunidades y la no discriminación y que presta apoyo al colectivo de estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de una condición de discapacidad. La “Carta de Servicios” de esta unidad ( http://upd.uv.es/index.php/cartaservicio.html), informa de los compromisos de calidad y derechos y deberes de los usuarios.
Asimismo, y de acuerdo con el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas se reservará un 5 por 100 de las plazas disponibles para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, así como para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que durante su escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa.