Article 56 Cap treballador no podrà
ser discriminat per raó de la seva afiliació sindical i tots
podran
Article 57 Tots els treballadors podran
ser electors i elegibles per tenir càrrecs sindicals, sempre que
Article 58. Tots els treballadors podran
disposar de vint hores laborables a l'any com a permís retribuït
per
Article 59 Sense perjudici del que disposen
els articles 77 al 81 de l'Estatut dels Treballadors, podrà ser
Article 60. Tindran dret a reunir-se en
un local de la Universitat facilitat per la gerència, sense presència
Article 61 En cas d'estar-se negociant
un Conveni Col·lectiu, els treballadors es podran reunir dins de
Article 62 Els Delegats de Personal, els
membres del Comitè d'Empresa i els Delegats de Seccions
Article 63. Delegats Sindicals. Es reconeix el dret de les Centrals
Sindicals a ser representades per Delegats a la Universitat
Els Sindicats que al·leguin
aquest dret cal que l'acreditin de manera fefaent davant la
Article 64. Els delegats sindicals tindran
els drets que els reconegui la Llei Orgànica 11/1985, de Llibertat
Dret a la lliure difusió
a la Universitat de les seves publicacions, avisos o opinions, que puguin
Dret de reunió als locals
de la Universitat en les mateixes condicions que s'assenyalen per a
Dret a ser informats dels assumptes
de la Universitat en els termes fixats pels Delegats de
Article 65. Els Delegats de les Seccions
Sindicals tindran les mateixes garanties, en cas d'Expedient de
Article 66. A totes les Universitats i també
als centres amb una plantilla superior a 100 treballadors, es
Article 67. Les Universitats descomptaran
en la nòmina mensual dels treballadors afiliats a les Centrals
La universitat, en el marc dels
seus pressupostos, haurà de preveure el suport econòmic del
|
Artículo 66.- Derechos de los trabajadores y trabajadoras. 1.- Ningún trabajador
o trabajadora podrá ser discriminado en razón de su afiliación
sindical y
2.- Realización de Asambleas
en las Universidades previa comunicación a las Gerencias en un
3.- Las Secciones Sindicales
dispondrán de veinte horas anuales siempre que alcancen el diez
Estas horas se reducirán
a diez anuales en el caso de que el índice de afiliación
sea inferior al
4.- En todo momento se garantizará
el mantenimiento de servicios mínimos que hayan de
5.- Los trabajadores o trabajadoras
tendrán derecho, si así lo solicitan, a que se les descuente
(ÍNDICE) Artículo 67.- Derechos de los Comités de Empresa. Los Comités de Empresa tendrán como mínimo los siguientes derechos: 1.- Los miembros de los Comités
de Empresa dispondrán de tiempo retribuido para realizar las
- Universidad de doscientos cincuenta y uno a quinientos trabajadores o trabajadoras: 50 horas. - Universidad de más de quinientos trabajadores o trabajadoras: 75 horas. Cuando la Universidad tenga
centros de trabajo en distintas localidades, el crédito horario
2.- Cuando por las funciones
desempeñadas por los representantes, requiera una sustitución
en
3.- Los Comités de Empresa
podrán acordar la acumulación de todas o parte de las horas
4.- No se incluirá en
el cómputo de horas el empleado en actuaciones y reuniones llevadas
a
5.- Los miembros de los Comités
de Empresa gozarán de una protección que se extiende en el
6.- Se pondrá a disposición
de los Comités de Empresa un local adecuado provisto de teléfono,
7.- Se facilitará a cada
Comité de Empresa tablones de anuncios para que bajo su
8.- Los gastos de desplazamiento
de los miembros del Comité de Empresa motivados por actos
(ÍNDICE) Artículo 68.- Derechos de las Centrales Sindicales y Afiliados. 1.- Cada organización
sindical firmante del presente Convenio, podrá solicitar, mediante
2.- Las Centrales Sindicales
podrán constituir Secciones Sindicales en la Universidad cuando
a) Disponer de un local cuando el índice de afiliación exceda del 10%. b) Nombrar un Delegado cuando
el índice de afiliación exceda del 10%. Los Delegados podrán
c) Disponer de un tablón
de anuncios en sitio adecuado que garantice la información para
todos
3.- Serán funciones de
los Delegados Sindicales, que ceñirán sus tareas a la realización
de las
a) Representar y defender los
intereses del sindicato a quien representan y de los afiliados al
sindicato y las Universidades b) Asistir a las reuniones del
Comité de Empresa y del Comité de Seguridad e Higiene, con
voz
c) Tendrán acceso a la
misma información y documentación a los que tenga el Comité
de
d) Serán oídos
por la empresa en el tratamiento de aquellos problemas que afecten a los
e) Serán informados y oídos por la Universidad con carácter previo: - Sobre los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al sindicato. - En materia de reestructuración
de plantilla, regulaciones de empleo, traslado de trabajadores
- La implantación o revisión
de sistemas de organización del trabajo y cualquiera de sus
4.- Los gastos de desplazamiento
de los miembros de las Centrales Sindicales por actos de
|
UNIVERSIDADES MADRID
TÍTULO XIV DERECHOS SINDICALES Artículo 77. De los Delegados de Personal y Comité de Empresa Los Delegados de Personal y
Comités de Empresa, sin perjuicio de las competencias,
1º) Los miembros de los
Comités de Empresa y Delegados de Personal, dispondrán
Universidad de hasta 250 trabajadores
Los Comités de empresa
y Delegados de Personal controlarán el mejor ejercicio del
2º) Los miembros de los
Comités de Empresa y Delegados de Personal tendrán
De no realizarse la sustitución,
en ningún caso quedará limitado el derecho del
3º) Conocer y consultar
el registro de accidentes de trabajo y las causas de los
4º) Se pondrá a
disposición de los comités de empresa y Delegados de Personal
un
5º) Derecho a la utilización
de fotocopiadora, multicopista y demás aparatos de
6º) Se facilitarán
a los Comités de Empresa y Delegados de Personal los tablones de
7º) Los Comités
de Empresa y Delegados de Personal podrán acordar la acumulación
Cuando la acumulación
de horas sindicales en uno o varios miembros del Comité, sin
8º) Los miembros del Comité
de Empresa y Delegados de Personal, tendrán además
9º) Los Comités
de Empresa y Delegados de Personal recibirán puntualmente y por
10º) Realización de Asambleas: a) Realización de asambleas fuera de la jornada de trabajo.
Cuando en determinados casos, por la existencia de varios turnos
b) Realización de asambleas dentro de la jornada de trabajo.
Los Comités de empresa y Delegados de Personal dispondrán
de
En todo momento se garantizará por los convocantes el
Las asambleas se celebrarán en locales facilitados por la empresa
En Ambos supuestos el preaviso habrá de hacerse ante la Gerencia
Artículo 78. De los sindicatos
con mayor nivel de implantación, sus secciones
1. De los sindicatos con mayor nivel de implantación. En el ámbito de aplicación
del presente Convenio Colectivo tendrán la consideración
Gozarán también
del carácter de sindicatos con mayor nivel de implantación
aquellos
Sin perjuicio de lo dispuesto
en la LOLS, los mencionados sindicatos con mayor nivel
1º A la dispensa total
de asistencia al trabajo por parte de la Dirección General de
A) Número de dispensas
totales correspondientes a los tres sectores, P.D.I., PAS.
NIVEL DE IMPLANTACIÓN
(*) Al menos 12 del total de 63, serán P.D.I. B) Máximo de dispensas
por Universidad y mínimos reservados a P.D.I.
U.C.M.
C) Máximo de licencias por Sindicato y Universidad correspondientes al P.A.S.:
Nivel de
Las Universidades se comprometen
a crear un fondo compensatorio con el fin de
Los trabajadores dispensados
de asistencia al trabajo a que se refiere el párrafo
2º Los sindicatos con mayor
nivel de implantación atendiendo a criterios de
La mencionada bolsa de horas
sindicales será gestionada por cada sindicato, que
Las notificaciones deberán
recoger el nombre y apellidos del trabajador, identificar el
Habida cuenta que la jornada
de trabajo con carácter general es de 1470 horas
3º En el supuesto de negociación
colectiva y siempre que exista continuidad en la
Quedará en suspenso esta
dispensa cuando exista discontinuidad en la negociación,
4º Los sindicatos a los
que se alude en este artículo tendrán en todas las
2. De las secciones sindicales
pertenecientes a sindicatos con mayor nivel de
Sin perjuicio de lo dispuesto
en la LOLS, las secciones sindicales pertenecientes a un
a) Ampliación del número
de delegados sindicales previstos en el artículo 10.2 de la
De 1 a 50 trabajadores
Se entiende incluido en este
apartado lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley
b) A disponer de un local sindical
provisto de teléfono, mobiliario y del material de
c) Realización de Asambleas: Realización
de asambleas fuera de la jornada de trabajo en los mismos términos
Realización
de asambleas dentro de la jornada de trabajo, en los mismos
3. De los Delegados Sindicales
pertenecientes a Sindicatos con mayor nivel de
Los Delegados Sindicales a que
se refiere el apartado a) del punto anterior, tendrán,
a) Al mismo crédito horario
señalado para los miembros del Comité de Empresa y
Caso de que en un Delegado Sindical
concurra también la condición de miembro de un
El crédito horario de
los miembros de las Secciones Sindicales y Comités de Empresa
b) A representar a los afiliados
y a la Sección Sindical en todas las gestiones
c) A ser informados y oídos por la Empresa con carácter previo: Acerca
de los despidos del personal laboral, así como de las sanciones
que
En
materia de reestructuración de plantillas, regulaciones de empleo,
traslado de
La implantación o revisión de sistemas de organización del trabajo. d) Tendrán derecho a
recibir la misma información y documentación que la
e) Poseerán las mismas
garantías, competencias y derechos reconocidos por la Ley e
4. De los afiliados a Sindicatos con mayor nivel de implantación. Los afiliados a un sindicato
de los contemplados en el punto 1 de este artículo tendrán
a) A obtener
excedencia durante el tiempo que pasen a ocupar puestos de
b) Un 10
por 100 de los afiliados a una de estas Secciones sindicales
Que exista la comunicación previa por parte del Comité Ejecutivo
Que no supere los 20 días al año por afiliado ni los 200
anuales para el
A que se les descuente de su nómina el importe de la cuota sindical
del
Art. 79 Acción sindical
de los sindicatos con especial audiencia en los órganos
1º De los Sindicatos: Los Sindicatos que obtengan,
al menos, el 10 por 100 de los miembros de los
a) A la dispensa
total de asistencia al trabajo por parte de la Dirección
b) En caso
de negociación colectiva y siempre que exista continuidad en la
Quedará en suspensión
esta liberación cuando exista discontinuidad en la negociación
c) Los Sindicatos
que alude el apartado a), tendrán en todas las
2º. De las Secciones Sindicales: Sin perjuicio de lo dispuesto
en la Ley Orgánica de Libertad Sindical las Secciones
a) Ampliación del número
de Delegados Sindicales previstos en el artículo 10.2 de la
De 50 a 750 trabajadores ..................................................................... 1. De 751 a 2.000 trabajadores ................................................................ 2. De 2.001 a 5.000 trabajadores ............................................................. 3. De más de 5.000 trabajadores ............................................................. 4. Se entiende
incluido en este párrafo lo dispuesto en el artículo 10.2
de la Ley
b) A disponer de un local sindical
provisto de teléfono, mobiliario y del material de
En los Centros
de trabajo de menos de 50 trabajadores, estas Secciones
c) Realización de asambleas: a.- Realización
de asambleas fuera de la jornada de trabajo en los mismos
b.- Realización
de asambleas dentro de la jornada de trabajo, en los mismos
3.º De los Delegados Sindicales: Los Delegados Sindicales a que
se refiere el apartado a) del punto anterior, tendrán,
a) Al mismo
crédito horario señalado en el artículo 78 del presente
acuerdo
Caso de que
en un Delegado Sindical concurra también la condición de
El crédito
horario de los miembros de las Secciones Sindicales y Comités de
b) A representar
a los afiliados y a la Sección sindical en todas las gestiones
c) A ser informados y oídos por la Empresa con carácter previo:
Acerca de los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al
En materia de reestructuración de plantilla, regulaciones de empleo,
La implantación o revisión de sistemas de organización del trabajo. d) Tendrán
acceso a la misma información y documentación que la Empresa
e) Poseerán
las mismas garantías y derechos reconocidos por la Ley y
4.º De los afiliados: Los afiliados a una Sección
Sindical que reúnan los requisitos establecidos en el
a) A obtener
excedencia durante el tiempo que pasen a ocupar puestos de
b) Un 10
por 100 de los afiliados a una de estas Secciones Sindicales
Que exista la comunicación previa por parte del comité Ejecutivo
Que no supere los 20 días al año por afiliado ni los 200
anuales para el
c) A que
se les descuente de su nómina el importe de la cuota sindical del
5.º Lo dispuesto en este
artículo no será de aplicación a los Sindicatos con
mayor
|
Articulo 77. Derechos de los trabajadores. 1. Ningún trabajador
podrá ser discriminado por razón de su afiliación
sindical y todos
2. Los trabajadores tendrán
derecho a la realización de Asambleas en las Universidades
Artículo 78. Electores y elegibles. Todo trabajador podrá
ser elector y elegible para ostentar cargos sindicales, siempre que
Artículo 79. Derecho de reunión. Los trabajadores tendrán
derecho a reunirse en un local de la Universidad facilitado por la
Artículo 80. Derecho de reunión en negociación de Convenio En el caso de estarse negociando
un Convenio Colectivo los trabajadores podrán reunirse
Artículo 81. Acumulación de horas del Comité de Empresa. Los Comités de Empresa,
sin perjuicio de lo establecido en el art. 68 del Estatuto de los
Artículo 82. Derechos de los Comités de Empresa. Los Comités de Empresa tendrán como mínimo los siguientes derechos: 1. Los miembros de los Comités
de Empresa dispondrán de tiempo retribuido para realizar
- de 251 a 500 trabajadores: 35 horas. - de 501 trabajadores en adelante: 40 horas. 2. Cuando por las funciones
desempeñadas por los representantes se requiera una
3. No se incluirá en
el cómputo de horas el empleado en actuaciones y reuniones llevadas
a
4. Cada Comité de Empresa,
previo acuerdo por mayoría absoluta, tendrá derecho a que
5. Los miembros de los Comités
de Empresa gozarán de una protección que se extiende en
6. Se pondrá a disposición
de los Comités de Empresa un local adecuado provisto de los
Asimismo, se dispondrá
de tablones de anuncios reservados a la libre comunicación sindical
7. Los gastos de desplazamiento
de los miembros del Comité de Empresa motivados por
Articulo 83. Derechos de las Secciones Sindicales y Afiliados. 1. Los sindicatos firmantes
del Convenio Colectivo, tendrán derecho a liberar a tiempo
Las Universidades tienen la
obligación de sustituir a los liberados, permaneciendo estos
2. Las Secciones Sindicales
constituidas legalmente como tales, tendrán como mínimo los
a) Disponer cada Sección Sindical de un local adecuado, en el que
puedan
b) El número de Delegados Sindicales por cada Sección Sindical
de los Sindicatos
De 250 a 750 1 De 751 a 2.000 2 De 2.001 a 5.000 3 De 5.001 en adelante 4
Las Secciones Sindicales de aquellos sindicatos que no hayan obtenido el
10% de
c) Disponer en cada centro de trabajo de un tablón de anuncios,
en sitio visible y
d) Los trabajadores tendrán derecho si así lo solicitan,
a que se les descuente de
e) Las Secciones Sindicales dispondrán de veinte horas anuales dentro
de la
3. Los Delegados Sindicales tendrán, como mínimo, las siguientes funciones y derecho
a) En el supuesto de que no formen parte del Comité de Empresa,
a las mismas
b) Tener acceso a la misma información y documentación que
la empresa ponga a
c) Asistir a las reuniones del Comité de Empresa y de los órganos
internos, de la
d) Ser oídos por la empresa previamente a la adopción de
medidas de carácter
|
UNIVERSIDAD SALAMANCA....
TITULO XV: Derechos de representación sindical
Artículo sesenta y cuatro.
Artículo sesenta y cinco.
Artículo sesenta y seis.
Artículo sesenta y siete.
Artículo sesenta y ocho.
Artículo sesenta y nueve.
Artículo setenta.
Artículo setenta y uno. Delegados Sindicales.
Artículo setenta y dos.
- A la libre difusión en la Universidad de sus publicaciones,
Artículo setenta y tres.
Artículo setenta y cuatro.
Artículo setenta y cinco.
|
UNIVERSIDD PAIS VASCO
TITULO III: ACCION Y PARTICIPACION SINDICAL Artículo 39.- Condiciones en la que se desarrollará la actividad sindical. 1.- La acción sindical
de las Organizaciones Sindicales del presente Convenio se desarrollará
de conformidad
2.- Los Delegados Sindicales
designados por las Secciones Sindicales legalmente constituidas, en el
supuesto
Artículo 40.- Horas sindicales. Los miembros del Comité
de Empresa y los/as Delegados/as Sindicales de las Organizaciones signatarias
del
Salvo cuando concurran razones
de urgencia o fuerza mayor debidamente acreditadas, los miembros del Comité
Artículo 41.- Fondos para la actividad sindical. La UPV/EHU subvencionará
la actividad sindical con la cantidad de 440.000 pesetas, a repartir entre
las
En el mes siguiente a la terminación
de cada ejercicio presupuestario las Organizaciones Sindicales estarán
Artículo 42.- Locales sindicales. La UPV/EHU destinará
un local en los Campus de Bizkaia, Gipuzkoa y Araba para su utilización
indistinta por
Artículo 43.- Tablones de Anuncios. Con la finalidad de facilitar
la difusión de aquellos avisos que puedan interesar a los/as trabajadores/as,
Artículo 44.- Medios materiales. La UPV/EHU realizará
una suscripción al Boletín Oficial del Estado y al Boletín
Oficial de la Comunidad
Artículo 45.- Liberados/as sindicales. Los/as liberados sindicales
tendrán el mismo tratamiento, a todos los efectos, que el restante
personal en
Los/as liberados/as sindicales
con un ejercicio mínimo continuado de tres años en esta situación,
tendrán
Artículo 46.- Secciones Sindicales. Cada Sección Sindical
legalmente constituida en la UPV/EHU dispondrá de un total de 18
horas anuales para la
1.- Las Secciones Sindicales
tendrán los mismos derechos de información que los reconocidos
al Comité de
2.- La Universidad facilitará
cada diez días a las Secciones Sindicales copia de los contratos
laborales
3.- Cuando su contenido afecte
al personal sujeto al presente Convenio, la Universidad entregará
a las
|
acm
CAPÍTULO XIV. DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN
ARTÍCULO 51. Derecho de reunión. Los/as trabajadores/as gozarán del
derecho de reunión en asambleas según lo previsto en la
ARTÍCULO 52. Derechos de los sindicatos, de las secciones sindicales y de los afiliados. Las sindicatos podrán constituir secciones
sindicales en las universidades. Las secciones
a) Disponer de locales adecuados por cada
sección sindical, cuando haya obtenido el 15%
b) Nombrar un delegado sindical cuando el
número de votos alcance el 10% del total de la
c) Los/as delegados/as podrán dedicar
a sus actividades sindicales las mismas horas de que
ARTÍCULO 53. Funciones de los delegados sindicales. Son funciones de los/las delegados/as sindicales,
las siguientes:
b)Asistir a las reuniones del Comité
de Empresa, de la Junta de Personal y de los Comités
c) Tendrán acceso a la misma información
y documentación que la empresa debe poner a
d) Serán oídos por la empresa
en el tratamiento de aquellos problemas de carácter colectivo
e) Serán, asimismo, informados y oídos
por la empresa con carácter previo en los siguientes
f) Con la finalidad de facilitar la difusión
de aquellos avisos que pudieran interesar a los/as
g)En materia de reuniones, ambas partes, en
cuanto al procedimiento se refiere, ajustarán su
ARTÍCULO 54. Derechos y deberes de
los órganos de representación de los trabajadores
Los órganos de representación
de los trabajadores tendrán como mínimo los siguientes
a) Sus miembros dispondrán de tiempo
retribuido para realizar las funciones conducentes a
Hasta 250 30 horas.
b) Cuando por la función de representación
o tarea sindical, deba ausentarse del puesto de
c) No se incluirá en el cómputo
de horas las actuaciones y reuniones llevadas a cabo por
d) Se facilitará a los órganos
de representación tablones de anuncios para que bajo su
e) Los representantes de los trabajadores
accederán a los modelos TC/1 y TC/2 de las
f) Los/as trabajadores/as tendrán derecho,
si así lo solicitan, a que se les descuente en
g) Los gastos de desplazamiento para la negociación
del acuerdo originados a los
ARTÍCULO 55. Acumulación del crédito horario para actividad sindical. 1. La acumulación de créditos
horarios se realizará de acuerdo con la legislación vigente
o,
2. Los acuerdos que se adopten en cada una de las universidades se remitirán a la CIEV. |
UGT VALENCIA
CAPÍTULO XIV: DE LOS DERECHOS DE
Artículo 60 .- Derecho de reunión.
Los/as trabajadores/as gozarán del
derecho de reunión
En todo momento se garantizará
el mantenimiento de
Artículo 61 .- Derechos de las Centrales
Las Centrales Sindicales podrán constituir
Secciones
a.Disponer de locales adecuados por
cada Sección
b.Nombrar un delegado sindical cuando
el número de
Con referencia al mismo
ámbito, al alcanzar el
c.Los/as Delegados/as podrán
dedicar a sus
Artículo 62 .-Funciones de los/as Delegado/as
Son funciones de los/las Delegados/ad Sindicales,
las
a.Representar y defender los intereses
del Sindicato a
b.Asistir a las reuniones del Comité
de Empresa y de
c.Tendrán acceso a la misma
información y
d.Serán oídos por la
Empresa en el tratamiento de
e.Serán, asimismo, informados
y oídos por la Empresa
e.1. Acerca de los despidos
y demás
e.2. En materia de reestructuración
de plantillas,
f.Con la finalidad de facilitar la
difusión de aquellos
g.En materia de reuniones, ambas partes,
en cuanto
Artículo 63 .- Derechos y deberes del
Comité de
Los Comités de Empresa y Delegados/as
de Personal
a.Los miembros de Comités de
Empresa y
****El número de
horas mensuales
b.Cuando por la función de representación
o tarea
c.No se incluirá en el cómputo
de horas las
d.Se facilitará a cada Comité
de Empresa y/o
e.Los representantes de los trabajadores
accederán a
f.Los/as trabajadores/as tendrán
derecho, si así lo
Artículo 64 .- Acumulación del crédito horario La acumulación de créditos
horarios se realizará de
|
ACTUAL
CAPÍTOL XIV: DELS DRETS DE REPRESENTACIÓ ARTICLE 60. DRET DE REUNIÓ. Els treballadors i les treballadores gaudeixen del dret de reunió
en assemblees, d'acord amb el
En tot moment s'ha de garantir el manteniment dels serveis mínims
que s'hagen de fer durant la
ARTICLE 61. DRETS DE LES CENTRALS SINDICALS, DE LES SECCIONS
Les centrals sindicals poden constituir seccions sindicals a les universitats.
Les seccions
a) Disposar de locals adequats per cada secció sindical, quan
haja obtingut el 15 % dels vots en
b) Nomenar un delegat o una delegada sindical quan el nombre de vots
arribe al 10 % del total
c) Els delegats i les delegades poden dedicar a les seues activitats
sindicals les mateixes hores
ARTICLE 62 . FUNCIONS DELS DELEGATS I DE LES DELEGADES SINDICALS Són funcions dels delegats i de les delegades sindicals les que segueixen: a) Representar i defensar els interessos del sindicat que representen
i dels afiliats i de les
b) Assistir a les reunions del Comitè d'Empresa i dels Comitès
de Seguretat i Salut, amb veu
c) Accedir a la mateixa informació i documentació que
l'empresa ha de posar a la disposició
d) Han de ser oïts per l'empresa en el tractament d'aquells problemes
de caràcter col.lectiu que
e) Així mateix, han de ser informats i oïts per l'empresa
amb caràcter previ en els casos
e.1. Tocant a acomiadaments i altres sancions per faltes greus dels
seus afiliats i de les seues
e.2. En matèria de reestructuració de plantilles, regulacions
d'ocupació, trasllats de treballadors
f) Amb la finalitat de facilitar la difusió d'aquells avisos
que puguen interessar els afiliats o les
g) En matèria de reunions, ambdues parts, quant al procediment
es refereix, han d'ajustar la seua
ARTICLE 63 . DRETS I DEURES DEL COMITÈ D'EMPRESA, DELS DELEGATS
I DE
Els comitès d'empresa i els delegats i les delegades de personal
tenen, com a mínim, els drets
a) Els/Les membres de comitès d'empresa i els delegats i les
delegades de personal han de
Les hores mensuals necessàries per cobrir aquesta necessitat
es fixen d'acord amb l'escala
Fins a 250.......................... 30 hores Més de 250......................... 50 hores b) Quan, per la funció de representació o tasca sindical,
s'haja d'absentar del lloc de treball, ho
c) No s'inclouran en el còmput d'hores les actuacions i reunions
realitzades per iniciativa de
Els representants dels treballadors i de les treballadores que intervinguen
en la negociació del
d) S'han de facilitar a cada Comitè d'Empresa i/o delegats i
delegades de personal taulers
e) Els/Les representants dels treballadors i de les treballadores han
d'accedir als models TC/1 i TC/2 de les cotitzacions a la Seguretat Social,
al calendari laboral, als pressuposts, a un
f) Els treballadors i les treballadores tenen dret, si així ho
sol.liciten, que se'ls descompte en
g) Les despeses de desplaçament a causa de la negociació
del Conveni col.lectiu originats als
ARTICLE 64. ACUMULACIÓ DEL CRÈDIT HORARI L'acumulació de crèdits horaris s'ha de realitzar d'acord
amb la legislació vigent o, si és el cas,
|
ZARAGOZA (PROPUESTA USO??)
TITULO XIII
Derechos de representación colectiva del PAS.
De todos los trabajadores
Art. 73.- La Universidad respetará el derecho de todos los trabajadores
a sindicarse libremente,
Art. 74.- Todo trabajador podrá ser elector y elegible para ostentar
cargs sindicales, siempre
Art. 75.- Todo trabajador podrá disponer de treinta horas laborables
al año como permiso
De la asamblea de trabajadores
Art. 76.- Sin perjuicio de lo establecido por los artículos 77
al 81 del Estatuto de los
Art. 77.- La Asamblea tendrá derecho a reunirse en local facilitado
por la Gerencia y sin
Caso de estar negociándose un Convenio Colectivo, así
como sus modificaciones y/o
Representación unitaria.
Art. 78.- La representación unitaria de los trabajadores la ostentan
los delegados de personal,
Art. 79.- Podrá consittuirse un Comité Intercentros mediante
acuerdo de las Centrales sindicales
Art. 80.- Los miembros de los comités de empresa y juntas de
personal, así como los delegados
Centros de hasta 250 trabajadores 40 horas Centros entre 250 y 500 trabajadores 50 horas Centros con más de 500 trabajadores 75 horas
Art. 81.- Cuando por las funciones desempeñadas por los representantes,
se requiera una
Art. 82.- Los comités de empresa, juntas de personal y sus miembros
y los delegados de
Cuando la acumulación de horas sindicales en uno o varios miembros
del comite de empresa o
No se incluirá en el cómputo de horas el empleado en las
actuaciones y reuniones llevadas a
Los representantes de los trabajadores que intervengan en la negociación
del convenio estarán
Art. 83.- Los miembros de los comités de empresa o juntas de
personal, aspi como los
Art. 84.- La Universidad pondrá a disposición de los Comités
de Empresa, Juntas de Personal y
Se facilitará a cada comité de empresa, junta de personal
y delegados de personal tablones de
Art. 85.- Los representantes de los trabajadores tendrán acceso
al cuadro horario del cual
Art. 86.- Los gastos de desplazamientos o indemnización de los
miembros de los comités de
Representación sindical
Art. 87.- Para la constitución de las Secciones Sindicales se
estará a lo dispuesto en la Ley
Art. 88.- Las secciones sindicales constituidas por los trabajadores
afiliados a los sindicatos
a) A la utilización de un tablón de anuncios, que se habrá
de establecer en cada centro y en
b) A la utilización de un local, así como de los medios
materiales necesarios para el ejercicio
c) A la elección por y entre sus miembros de un delegado sindical
por cada 250 trabajadores o
Art. 89.- Las secciones sindicales de los sindicatos que teniendo representación
en el comité de
Art. 90.- Son derechos de los delegados sindicales:
a) Los delegados sindicales dispondrán, para realizar las gestiones
conducentes a la defensa de
b) Representar y defender los intereses de su sindicato y afiliados
así como servir de
c) Asistir a las reuniones del Comité de Empresa, Comité
de Seguridad e Higiene y Comisión
d) Tener acceso a la misma información y documentación
que la empresa aporte a los comités
e) A ser escuchados por la empresa en el tratamiento de aquellos problemas
de caracter
f) A ser informados y escuchados por la empresa con caracter previo acerca de :
1. Los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al sindicato. 2. Las reestructuraciones de plantillas, regulaciones de puestos de
trabajo, traslados de
3. La implantación o modificación de sistemas de organización
del trabajo y cualesquiera de
Art. 91.- Los delegados sindicales poseen las mismos derechos y garantías
reonocidos por la
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