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PREGUNTAS FRECUENTES
¿Cómo se van a estructurar las enseñanzas universitarias?
Las enseñanzas universitarias se van a estructurar en tres ciclos:
GRADO
Posgrado: MASTER, DOCTORADO
Como ocurría en el sistema anterior, la superación de un ciclo dará acceso al siguiente. La diferencia fundamental es que a partir de ahora, la superación de un ciclo permitirá siempre obtener un título oficial. El grado comprende enseñanzas básicas y de formación general junto con otras orientadas al ejercicio de actividades profesionales. Tendrá 240 créditos. El MASTER comprende enseñanzas avanzadas o especializadas. Tendrá entre 60 y 120 créditos. El DOCTORADO comprende la formación en técnicas de investigación.

Los estudios de posgrado, ¿tendrán precios públicos?
Todos los estudios conducentes a títulos oficiales se regirán, en las universidades públicas, por el sistema de precios públicos establecidos por las CCAA dentro de los límites establecidos por el Consejo de Coordinación Universitaria.
¿Cómo se accede al posgrado?
Desde un título español
Hay que estar en posesión de un título de grado o un título universitario obtenido por sistemas anteriores. Excepcionalmente, las universidades podrán admitir a estudiantes que, sin estar en posesión del grado, acrediten haber superado al menos 180 créditos de las enseñanzas de primer ciclo, siempre y cuando entre éstos esté comprendida la totalidad de los contenidos formativos comunes de un título de grado.
Desde un título extranjero
Para acceder a los distintos ciclos se requiere haber superado, en el país extranjero, los requisitos equivalentes a los españoles, y la homologación o el reconocimiento de los estudios extranjeros previos. Excepcionalmente, mediante la autorización de la universidad, se podrá acceder a los estudios de posgrado sin la previa homologación del título. En este caso, el título de master o doctor obtenido tendrá plena validez en España, pero no implicará el reconocimiento de los títulos previos.
¿Cualquier grado da acceso a cualquier master?
Sí, pero esto no implica la admisión automática, que corre a cargo del responsable del programa de posgrado.
Homologación de títulos extranjeros
La homologación a títulos del Catálogo de títulos universitarios oficiales, a los futuros títulos de Máster para los que el Gobierno apruebe directrices generales propias, a los actuales grados académicos de Diplomado y Licenciado y al futuro grado académico correspondiente a los estudios de Grado es competencia del Ministerio de Educación y Ciencia.
La homologación a títulos y grados académicos de Posgrado (excepto los futuros títulos de Máster para los que el Gobierno apruebe directrices generales propias) es competencia de los Rectores de las Universidades españolas.
Más información en la web del MEC
¿Qué va a pasar con los títulos actuales (licenciaturas, diplomaturas, ingenierías, etc.)?
La normativa respecto a los nuevos títulos no afectará a los títulos actualmente vigentes. Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a sistemas anteriores darán acceso a los nuevos programas oficiales de posgrado.
¿Qué son las materias básicas y cuales son las ramas?
La propuesta actual consta de una lista de materias básicas dividida en 5 Ramas de Conocimiento: a. Artes y Humanidades; b. Ciencias; c. Ciencias de la Salud; d. Ciencias Sociales y Jurídicas; e. Ingeniería y Arquitectura. Los títulos deberán tener partes comunes que proporcionen formación en competencias básicas dentro de cada rama de conocimiento. Esta parte común deberá ser desarrollada al inicio de cada título y alcanzar al menos 60 créditos, diseñados a partir cualquiera de las materias básicas contenidas en el listado general (de las 5 ramas propuestas). Estas materias básicas se podrán concretar en asignaturas que deberán tener una extensión mínima de 6 créditos ECTS cada una. De esos 60 créditos, al menos 36 créditos ECTS deberán pertenecer a una de las ramas. Un título se considerará de la rama de las materias básicas seleccionadas.
¿Qué es el Suplemento Europeo al Título? ¿Cuándo empezará a funcionar?
El Suplemento Europeo al Título es el documento que acompaña a cada uno de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, con la información unificada, personalizada para cada titulado universitario, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior. Está regulado por el RD 1044/2003, de 1 de agosto.
¿Cuál es el calendario previsto?
Mayo 2007 |
Propuesta y debate de decretos:
- Enseñanzas de Grado y Postgrado
- Directrices para la elaboración de títulos
- Directrices propias de títulos de profesiones reguladas
- Registro de universidades, centros y titulaciones
- Homologación de títulos
- Estatuto del PDI
- Conferencia General de Política Universitaria
- Consejo de universidades
- Creación de centros y universidades
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Septiembre 2007 |
Aprobación decretos |
Octubre 2007 |
Inicio de la elaboración de los planes de estudio por las universidades |
Hasta abril 2008 (para el curso 08/09) |
Aprobación de las CCAA, informe CU y aprobación por el Consejo de Ministros, e inscripción en el Registro |
Mayo 2008 |
Oferta de plazas nuevos títulos |
Curso 2008-2009 |
Comienzo de los nuevos grados |
Julio 2012 |
Primeros graduados de los nuevos títulos |
¿Qué es el Proceso de Bolonia?
El 25 de mayo de 1998, los Ministros de Educación de Francia, Alemania, Italia y Reino Unido firmaron en la Sorbona una Declaración instando al desarrollo de un "Espacio Europeo de Educación Superior". Ya durante este encuentro, se previó la posibilidad de una reunión de seguimiento en 1999, teniendo en cuenta que la Declaración de la Sorbona era concebida como un primer paso de un proceso político de cambio a largo plazo de la enseñanza superior en Europa. Se llega así a la celebración de una nueva Conferencia, que dará lugar a la Declaración de Bolonia el 19 de junio de 1999. Esta Declaración cuenta con una mayor participación que la anterior, siendo suscrita por 30 Estados europeos.
La Declaración de Bolonia sienta las bases para la construcción de un "Espacio Europeo de Educación Superior", organizado conforme a ciertos principios (calidad, movilidad, diversidad, competitividad) y orientado hacia la consecución entre otros de dos objetivos estratégicos: el incremento del empleo en la Unión Europea y la conversión del sistema Europeo de Formación Superior en un polo de atracción para estudiantes y profesores de otras partes del mundo.
Son seis los objetivos recogidos en la Declaración de Bolonia:
- La adopción de un sistema fácilmente legible y comparable de titulaciones.
- La adopción de un sistema basado, fundamentalmente, en dos ciclos principales.
- El establecimiento de un sistema de créditos, como el sistema ECTS.
- La promoción de la cooperación Europea para asegurar un nivel de calidad para el desarrollo de criterios y metodologías comparables.
- La promoción de una dimensión europea en la educación superior.
- La promoción de la movilidad de estudiantes, profesores y personal administrativo.
- La Declaración de Bolonia tiene carácter político: enuncia una serie de objetivos y unos instrumentos para lograrlos, pero no fija unos deberes jurídicamente exigibles. La Declaración establece un plazo hasta 2010 para la realización del espacio europeo de educación superior, con fases bienales de realización, cada una de las cuales termina mediante la correspondiente Conferencia Ministerial que revisa lo conseguido y establece directrices para el futuro.
Los comunicados de Praga (2001), Berlin (2003), Bergen (2005) y Londres (2007), correspondientes a las sucesivas euniones de ministros hacen balance de los progresos realizados hasta cada fecha, incorporan las conclusiones de los seminarios internacionales realizados y establecen directrices para la continuación del proceso. La próxima reunión tendrá lugar en
Leuven / Louvain-la-Neuve
en 2009.
Más información:
Glosario del EEES: elaborado con la colaboración de las cinco universidades públicas valencianas
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