Es función de la Comisión de Impugnación de Calificaciones: Ser competente para resolver sobre las impugnaciones de calificaciones, de acuerdo con lo regulado en los estatutos de la Universidad de Valencia y la normativa aprobada por el Consejo de Gobierno.
Composición
Article 20. Comisión de Impugnación de Calificaciones
1.La Junta de Centro nombrará los miembros de una comisión de impugnación de calificaciones, que será la competente para resolverlas. Excepcionalmente, para estudios de màster adscritos al Servei d’Estudiants, el órgano competente para su nombramiento serà el vicerector con competencias en estudios de postgrado.
2.La Comisión puede renovarse anualmente y ha de estar compuesta, como mínimo, por tres profesores y un estudiante. El presidente de la Comisión es el decano o director del centro, o la persona en quien delegue. En ningún caso puede formar parte de esta comisión el profesor cuya calificación sea objeto de impugnación
Nombre | Categoría | Contacto | |
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Pérez Soriano, Pedro | PDI | Presidente | 96 386 43 39 pedro.perez-soriano@uv.es |
Molina Alventosa, Juan Pedro | PDI | Secretario | 96 386 43 49 juan.p.molina@uv.es |
Pérez Samaniego, Victor | PDI | Vocal | 96 386 43 73 victor.m.perez@uv.es |
Gómez Cabrera, Carmen | PDI | Vocal |
963983266 |
Montero, Natalia Giselle | Estudiante | Vocal |