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El consejo es el órgano de gobierno del departamento.

 

Competencias del consejo de departamento:

a) Elaborar, aprobar y modificar el proyecto de reglamento de régimen interno del departamento.

b) Elegir el director o la directora y los miembros de la junta permanente del departamento.

c) Elegir los representantes del departamento en comisiones del centro o de la Universitat.

d) Crear, en su caso, las unidades docentes del departamento y elegir a sus coordinadores o coordinadoras.

e) Proponer al Consejo de Gobierno la creación de las secciones departamentales de centro y elegir a sus directores o  directoras.

f) Exigir responsabilidades a los cargos o representantes que elija y, en su caso, revocarlos.

g) Emitir informe sobre las propuestas de planes de estudios en lo referente a las enseñanzas adscritas al departamento, como también solicitar su modificación.

h)  Aplicar las directrices de la Universitat de València sobre política lingüística.

i)  Emitir informe sobre las propuestas de organización del curso académico elaboradas por los centros.

j)  Asignar al profesorado sus responsabilidades docentes en cada curso académico.

k) Formular la petición a la Universitat de València de los medios personales y materiales necesarios para la ejecución del plan de actividades del departamento.

l) Supervisar, con el respeto debido a la libertad de cátedra, que los programas de las enseñanzas impartidas por el departamento se adecuen a lo establecido en los planes de estudios respectivos.

m) Distribuir la asignación presupuestaria del departamento.

n) Elaborar la memoria anual del departamento.

o) Dirimir los conflictos que puedan producirse en el seno del departamento, sin perjuicio de ulteriores recursos.

p) Nombrar las comisiones de departamento que considere necesarias para que le asistan para el mejor ejercicio de sus competencias.

q) Elaborar la ficha técnica o las líneas generales del programa de cada una de las asignaturas que se impartan en el departamento.

r) Todas aquellas que le reserven los Estatutos y el reglamento  del departamento.

En cualquier caso, para la aprobación de lo que se establece en los apartados a) y f) será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta del consejo de departamento, y para la aprobacion de lo que establecen los apartados j), l) y p) será necesario la mayoría de votos, siempre que esta mayoría supere el 25% del consejo.

El consejo de departamento se reunirá al menos dos veces en el curso académico.