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Programa de Doctorado en Psicología Clinica y de la Salud

CRITERIOS DE ADMISIÓN

El órgano competente para informar y proponer la admisión de alumnos al Programa es la Comisión Académica del Programa de Doctorado. Esta Comisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Estudios de Postgrado de la Universitat de València, aprobado por Acuerdo de su Consejo de Gobierno de fecha 29 de noviembre de 2011:

  1. El órgano responsable académicamente de cada programa de doctorado propone a la Comisión de estudios de postgrado el nombramiento de una comisión académica que es la responsable de organizar, diseñar y coordinar las actividades de formación e investigación del programa de doctorado.
  2. Esta comisión está integrada por cinco doctores y es designada por la comisión de estudios de postgrado a propuesta del órgano responsable del programa.
  3. Excepcionalmente, si la complejidad de la titulación lo requiriese, la comisión de estudios de postgrado puede acordar, de forma motivada, una composición de la comisión de coordinación académica más amplia que la especificada en el segundo punto.
  4. El coordinador del programa de doctorado ha de ser uno de los miembros de la comisión académica. Este coordinador ha de ser un investigador relevante y ha de estar avalado por la dirección previa de un mínimo de dos tesis doctorales y la justificación de la posesión de dos periodos de actividad investigadora reconocidos de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado Universitario. En el caso de que el coordinador propuesto ocupe una posición en la que no le sean aplicables estos criterios debe de acreditar méritos equiparables a los señalados y la comisión de estudios de postgrado informa si procede.
  5. Una vez nombrada la comisión académica del programa de doctorado por la comisión de estudios de postgrado, se procede a elevar la propuesta de nombramiento de coordinador al Rector o Rectora de la Universitat de València. Cuando se trate de programas conjuntos este nombramiento se realiza por acuerdo entre los Rectores y Rectoras, de la manera indicada en el convenio con otras instituciones, cuando se lleve a término un doctorado de colaboración.
  6. Solo se aceptará a aquellos candidatos que cumplan con los requisitos de entrada y que además presenten una carta donde se presente el compromiso de algún director de Tesis Doctoral del Programa de Doctorado Psicología Clínica y de la Salud a dirigir la Tesis Doctoral del solicitante (con la firma correspondiente en dicho documento).

REQUISITOS DE ACCESO

 

Requisito General de acceso:

 

Como requisito general de acceso deberán encontrarse en una de las situaciones contempladas en los diferentes apartados del artículo 6 del RD 99/2011 o de la disposición adicional segunda de dicho Real Decreto.

 

Como criterios/requisitos específicos:

Requisitos específicos:

 

1. Estar en posesión del título de Licenciado/a en Psicología con el nivel 3 del MECES.

 

2. Estar en posesión del título de Graduado/a en Psicología y haber cursado el Máster Universitario en Avances en Investigación y Tratamientos en Psicopatología y Salud o el Máster Universitario en Psicología  en Psicología General Sanitaria.

 

3. Estar en posesión del título de Graduado/a en Psicología y haber cursado un Máster Universitario con contenidos relacionados con los másteres citados en el punto 2.

 

4. Estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados (DEA), obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el RD 778/98 o haber alcanzado la Suficiencia Investigadora según lo regulado por el RD 185/85, siempre que se hubieran obtenido en programas de Doctorado afines al programa de doctorado en Psicología Clínica y de la Salud.