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Programa de Doctorado en Lógica y Filosofía de la Ciencia

1. Los requisitos para el acceso a los programas de doctorado vienen establecidos por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, que establece que, para acceder a las mismas, será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
También puede accederse a ellas si se cumple alguno de estos otros requisitos:
‐ Estar en posesión de un título oficial español, o equivalente, y haber obtenido la Suficiencia Investigadora (regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero).
‐ Estar en posesión de un título oficial español, o equivalente, y haber obtenido Diploma de Estudios Avanzados (de acuerdo al Real Decreto 778/1998, de 30 de abril).
‐ Estar en posesión de otro título español de Doctor.
2. Los estudiantes que estén en posesión de un título de educación superior extranjero y pretendan cursar en España estudios de Doctorado podrán acceder a estos previa homologación de aquel al título español que habilite para dicho acceso, de conformidad con el procedimiento previsto en la normativa vigente al respecto. No obstante lo anterior, las universidades podrán admitir a titulados conforme a sistemas educativos extranjeros sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles de Grado y de Máster y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título extranjero de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar los estudios de Doctorado.
3. Los estudiantes podrán acceder a cualquier programa oficial de Doctorado relacionado o no científicamente con su currículum universitario, y en cualquier universidad, previa admisión efectuada por el órgano responsable del indicado programa, conforme a los requisitos de admisión específicos y criterios de valoración de méritos que, en su caso, establezca la universidad.
En el caso de alumnos extranjeros cuya lengua materna no sea ninguna de las del PD (español e inglés) se podrá pedir que demuestren un conocimiento adecuado de dichas lenguas.
Los alumnos de cualquiera de las universidades participantes deberán realizar en su universidad una solicitud de inscripción en el PD. Las solicitudes serán remitidas a la Comisión de Coordinación del PD e irán acompañadas de un currículum, del expediente académico y de una carta del interesado explicando sus motivaciones. Asimismo, cuando se trate de universidades que no formen parte del PD, de dos cartas de presentación.

a) Acreditar mediante certificado oficial el rendimiento académico en el Grado o Licenciatura y en el Máster de procedencia.
b) Presentar ante la Comisión Académica una breve memoria (de extensión máxima de tres páginas) sobre el proyecto de investigación que se quiere desarrollar en cualquiera de las áreas de competencia del PD.
Requisitos para los estudiantes que provienen del otro PD que se extingue:
Conforme al CALENDARIO DE EXTINCIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DE DOCTORADO REGULADAS POR EL R.D. 778/1998 IMPARTIDAS EN LA UVa (Acuerdo de la Comisión de Doctorado de 13 de enero de 2012 adaptando el aprobado el 15 de junio de 2009), Los alumnos que en cursos anteriores hayan iniciado susestudios de doctorado según el R. D. 778/1998, podrán: Matricularse de la Tutela Académica por la inscripción de la Tesis Doctoral ,Presentar y defender la
Tesis Doctoral. Se admitirán alumnos procedentes de traslados en la Tutela por inscripción de Tesis Doctoral
El documento de actividades del doctorando será sustituido por un certificado de actividades realizadas en el Programa de Doctorado cursado, emitido porel servicio administrativo responsable de doctorado, en el que se incluya, en su caso, el periodo formativo, si el programa lo contemplara.