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Conferencia “Las drogodependencias desde el punto de vista de la psicología forense en la justicia de menores” Dr. Miguel Ángel Alcázar. 19 de Noviembre de 2018

  • 23 octubre de 2018
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El Dr. Miguel Ángel Alcázar es psicólogo forense y profesor de la Universidad Autónoma de Madrid.

Bajo la premisa de “romper el marco” nos presentó la actividad del psicólogo en los juzgados de menores. Planteó que la psicología forense es la psicología que se desarrolla en un juzgado, entendiéndose por lo tanto que es toda la psicología que se produce en el contexto legal. Dicho contexto se caracteriza por presentar un marco rígido. La actuación desde la psicología en este marco, conlleva un alto grado de complejidad, también de incertidumbre y responsabilidad. La presencia de estrés es usual así como la aparición de engaño y simulación. Si todo esto es elevado, el tiempo de actuación con el que dispone el psicólogo es escaso.  En su actividad el psicólogo forense debe de tener conocimientos actualizados de evaluación de la personalidad, de psicobiología, de neuropsicología y desde luego del consumo de drogas, del trastorno por uso de sustancias y de la adicción.

El psicólogo forense actúa dentro de un equipo técnico, compuesto por un psicólogo, un educador y un trabajador social. Su misión es realizar un informe en el cual se apoyará el veredicto judicial. En el informe se consideran diferentes aspectos, como la situación familiar, escolar-laboral y psicológica, con esta evaluación el equipo técnico emite una serie de recomendaciones relacionadas con la rehabilitación del menor que ha realizado una infracción. Indicó que la medida adecuada que se considera con prioridad es la terapia, que para ser efectiva debe basarse en la confianza con el menor. En la situación judicial, donde el tiempo es escaso, la actuación del psicólogo es primordial y tiene que iniciarse ya en el primer contacto, enfrentándose en cada ocasión a transcender el esquema rígido del contexto, a utilizar la intuición para romper el esquema existente y a desarrollar la confianza necesaria con el menor para poder realizar el informe de recomendación de medidas.

El informe del equipo técnico no tiene carácter vinculante, si bien es una poderosa influencia para sustentar la acusación del fiscal y motivar la sentencia del juez de menores. Así, la investigación que ha realizado de sus actuaciones desde 2001-2012 en el área de Toledo, ha puesto de relieve que sus recomendaciones han sido las medidas acordadas por el juez en más del 60% de la intervención en menores. Igualmente, sus estudios han informado que la franja de edad en la que se cometen los delitos es entre los 15-18 años, siendo el delito primordial los robos. Señaló que aunque el uso de drogas en los menores que delinquen es habitual, ha observado que principalmente presentan un mayor consumo de cannabis respecto al resto de sustancias de abuso, que se administran con un patrón crónico y severo.

El consumo de drogas es un aspecto a tener presente de manera específica, ya que afecta a la conducta y en ocasiones mediatiza todo el contexto de la evaluación al menor. En estos momentos se considera que la formación especializada del psicólogo judicial en el ámbito de las drogodependencias es primordial y necesaria para realizar una intervención adecuada.

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