Facultat de PsicologiaUniversitat de València Logo del portal

1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto  1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias. 

Además, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 7 del citado real Decreto, en el programa de Doctorado de Psicología de los recursos Humanos, se establecen los siguientes r equisitos específicos del programa
- Haber cursado y superado los 60 créditos ECTS del primer año del Máster oficial en Psicología del Trabajo de las Organizaciones y de los Recursos Humanos y Master oficial Erasmus Mundus en Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y de los Recursos Humanos. En este caso, la actividad  se centrará en la elaboración de la tesis doctoral.
- Haber cursado y superado el Máster Universitario en Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos (perfil investigador), el Máster Universitario en Psicología de las Organizaciones y del Trabajo, y el Máster Universitario de Psicología de la Intervención Social y Comunitaria de la Universidad de Sevilla.
Haber cursado y superado un mínimo de 60 créditos ECTS en otros másters afines tales como los relacionados con la gestión y dirección de recursos humanos o los de prevención de riesgos laborales. En este supuesto, los estudiantes tendrán que realizar durante su primer año del período de investigación 24 créditos ECTS en los módulos que se detallarán en el apartado de Complementos Formativos.