Medidas excepcionales y adicionales en el ámbito de la Comunitat Valenciana como consecuencia del agravamiento de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Anunciamos el cierre de instalaciones y la suspensión de las actividades ofertas desde el Servei d’Esports de la Universitat de València, en base a la resolución de 19 de enero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen medidas excepcionales y adicionales en el ámbito de la Comunitat Valenciana como consecuencia del agravamiento de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. [2021/530]. La presente resolución producirá efectos por un periodo de catorce días naturales hasta el 31 de enero a contar desde las 00.00 horas del día 21 de enero de 2021.
Medidas en deportes, actividad física e instalaciones deportivas
a) Se podrá practicar actividad física y deportiva, al aire libre y fuera de instalaciones deportivas, sin contacto físico y en las modalidades individuales y aquellas que se practican por parejas solo en caso de convivientes. El número máximo de personas que se podrán juntar para la realización de actividad física al aire libre/modalidades individuales (senderismo, ciclismo, running o grupos de entrenamiento de modalidades individuales al aire libre) será el establecido para la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, que se establece por decreto de Presidencia de la Generalitat.
b) Se suspenden todas las competiciones, actividades y acontecimientos deportivos de ámbito autonómico o inferior, organizados por entidades públicas o privadas, en todas las categorías y modalidades deportivas, incluidos los entrenamientos.
c) Se procede al cierre de las instalaciones y de los centros deportivos, abiertos o cerrados, con la excepción de aquellos necesarios para el desarrollo de competiciones internacionales o estatales de deporte profesional y los respectivos entrenamientos, y los necesarios para el desarrollo de competiciones oficiales federadas de ámbito internacional o estatal y de carácter no profesional y los respectivos entrenamientos. Sin perjuicio de las excepciones contempladas en el párrafo anterior, no se podrá realizar actividad física en instalaciones o centros deportivos abiertos o cerrados, incluyendo clubes, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos deportivos, pabellones, boleras, pistas para carreras, centros de pilates, yoga y similares.
SE PUEDE:
- Practicar Actividad física y deporte al aire libre
- Aquellas modalidades individuales o por parejas (solo convivientes)
- Sincontacto
- Nº de personas: 6 personas
- Competiciones internacionales/estatales y respectivos entrenamientos (*)
- deporte profesional
- deporte no profesional, oficiales federadas
NO SE PUEDE (QUEDA CERRADO O SUSPENDIDO)
- Competiciones, actividades y acontecimientos deportivos de ámbito autonómico o inferior
- organizados por entidades públicas o privadas
- en todas las categorías y modalidades deportivas, incluidos los entrenamientos.
- Se cierran todas las instalaciones deportivas y los centros deportivos,
- abiertos o cerrados
- con las excepciones anteriormente mencionadas (*)
- incluyendo clubes, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos deportivos, pabellones, boleras, pistas para carreras, centros de pilates, yoga y similares.