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Suspensión del contrato por riesgo

  1. ¿Quién puede solicitarlo?

Trabajadoras de la Universitat de València dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social

  1. ¿Cuándo se debe solicitar?

Cuando del informe realizado por el personal técnico y médico sobre las condiciones laborales de la trabajadora se determine que no resulte posible la adaptación o cambio de puesto la trabajadora, podrá solicitar la suspensión del contrato por riesgo laboral durante el embarazo.

 

  1. ¿Qué trámites se han de realizar?

FASE 1: determinar si existe riesgo laboral

Con la que se inicia el procedimiento y dónde la mutua evaluará la existencia o no de dicho riesgo durante el embarazo.

Documentación a presentar por la trabajadora a la Mutua por correo electrónico, valencia@umivale.es o presencialmente en la oficina Umivale, calle Colón 82 de Valencia:

En caso de dudas relacionadas con la FASE 1 consultar con el S. de Prevención y Medio Ambiente de la UV.

FASE 2: se iniciará únicamente cuando la mutua reconozca la existencia de riesgo durante el embarazo. En esta fase se tramitará la solicitud de la prestación económica.

La fase 2 se iniciará únicamente cuando la mutua comunique a la interesada y al SPMA, por escrito, la existencia de riesgo durante el embarazo.

Documentación a presentar por la Trabajadora en la mutua por correo electrónico, valencia@umivale.es o presencialmente en la oficina Umivale, calle Colón 82 de Valencia:

En caso de dudas relacionadas con la FASE 2 consultar con la Sección de Seguridad Social de la UV.