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Esta normativa regula las condiciones de permanencia de los estudiantes matriculados en estudios conducentes a títulos oficiales.

Número máximo de convocatorias

Los/las estudiantes disponen de seis convocatorias para superar cada asignatura.
Se considerará que la condición de no presentado en el acta no consume convocatoria.
A los/las estudiantes con  15% o menos pendiente para finalizar la titulación no se les aplicará la limitación de convocatorias.

Excepciones

Quedan exentos de las limitaciones anteriores los que justifiquen circunstancias de fuerza mayor que puedan haber influido en el rendimento académico.

Será competencia del decano o decana y del director o directora del centro la decisión sobre cada caso.

Traslados

A los/las estudiantes que provienen de otras universidades, se les aplicará el mismo trato que a los/las estudiantes de la Universidad de Valencia.

A los/las estudiantes que obtengan el traslado de expediente a la Universidad, se les computarán les convocatorias utilizadas.

Normativa aplicable