PROPUESTA DE SISTEMA SELECTIVO PARA LA OPOSICION
LIBRE DEL GRUPOS D, ESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVA.-
1.- El sistema de selección de los aspirantes
será el de concurso-oposición libre.
A) Fase de oposición:
Constará de tres ejercicios dos
obligatorios y eliminatorios y uno voluntario y de méritos
A.1. El primer ejercicio: Constará de
dos partes
1º Parte
Consistirá en un cuestionario de 100 preguntas
con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la
correcta, sobre el programa que figura en el anexo I de esta convocatoria.
Para la realización de este ejercicio se dispondrá
de un tiempo máximo de 1 hora. El ejercicio se calificará
de 0 a 10 puntos. Las respuestas erróneas penalizarán
de acuerdo con las siguiente formula:
E
A- ---------
d-1
N= ------------ x 10
n
Donde:
N= nota resultante
A= número de aciertos
E= número de errores
d= número de opciones por pregunta
n= número de preguntas
Las respuestas en blanco no penalizan
2ª parte
Constará de la resolución de un supuesto
practico a elegir entre tres propuestos por el Tribunal relacionados
con el temario que figura en el Anexo
de esta convocatoria.
Los supuestos constarán de 10 preguntas cada uno de ellos
que deberán ser contestadas por el opositor. Se valorará
de 0 a 10 puntos .El tiempo de realización será
fijado por el Tribunal con la suficiente antelación.
La valoración total del primer ejercicio que
es eliminatorio será la suma de los puntos obtenidos en
la primera y la segunda parte del ejercicio. Para superar el ejercicio
será necesario haber obtenido al menos 10 puntos y no haber
sido valorado con cero en ninguna de las dos partes que lo componen.
Solo quienes hayan superado el primer ejercicio podrán
realizar el segundo.
A.2. El segundo ejercicio
consistirá en una prueba de carácter informático,
consistente en la aplicación de conocimientos sobre tratamiento
de textos Word ,7 para Windows, Hoja de calculo Excel y base da
datos Acces.
El tiempo será fijado por el tribunal con
la suficiente antelación una vez decido el contenido del
ejercicio.
Será valorado de 0 a 10 puntos, siendo necesario
para aprobar haber obtenido al menos 5 puntos. Quien no supere
este ejercicio no podrá realizar el voluntario y de méritos.
A.3 Ejercicio voluntario y de méritos
Consistirá en una prueba de conocimiento de
valenciano que constará de dos partes:
A.3.1 Primera parte: Traducción
al castellano de un texto en valenciano, sin diccionario. Se valorará
de 0 a 1'5 puntos.
A.3.2. Segunda parte: Redacción de
un oficio, memoria, resolución etc. es decir, un documento
de carácter administrativo a propuesta del Tribunal. Se
valorará de 0 a 1'5 puntos.
Para obtener puntuación en este ejercicio
será necesario no haber sacado 0 puntos en ninguna de las
dos partes. La nota del ejercicio será la suma de las obtenidas
en cada una de las partes.
El tiempo para la realización de ambas partes
será fijado por el tribunal con la suficiente antelación.
Una vez superados los dos ejercicios obligatorios
y el voluntario y de méritos, en su caso, la puntuación
final de la fase de oposición será la resultante
de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a
la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. De
persistir el empate se atenderá a la mayor puntuación
obtenida en el primer ejercicio. De persistir el empate se decidirá
a favor del candidato de mayor edad.
La fase de oposición podrá ser superada
por un numero mayor de aspirantes que de plazas convocadas. Finalizada
la fase el Tribunal hará publica la lista de aspirantes
que la han superado, en los tablones de la Gerencia y en el lugar
de realización del último ejercicio obligatorio,
con indicación de la puntuación obtenida en la fase
de oposición.
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de diez dias naturales, a partir
del siguiente a la publicación de las listas de aprobados
en esta fase, para aportar la documentación acreditativa
de los méritos alegados
Fase de concurso.
En esta fase, que solo se aplicará a los
que hayan superado la fase de oposición, se valorara hasta
un máximo de 10 puntos, los siguientes méritos que
deberán poseerse en la fecha de publicación de la
presente convocatoria.
A) Servicios prestados en la Universitat de Valencia,
con vinculo de carácter temporal o interino, de acuerdo
con la siguiente escala de progresión:
Un año: 2 puntos
Dos años: 4 puntos
Tres años: 6 puntos
Cuatro o más años: 8 puntos.
La valoración de los servicios prestados solo
se realizará a aquellos aspirantes que en el momento de
solicitud de participación en las pruebas selectivas tuvieran
la condición de funcionarios interinos del Grupo D, Escala
Auxiliar Administrativa, en función de plaza vacante,
es decir, que no estén cubriendo un puesto de trabajo con
reserva legal a favor de su titular.
Los servicios prestados se valorarán teniendo
en cuenta los años completos de servicio, con arreglo a
la siguiente circunstancia:
El tiempo total de servicios prestados será
la suma del obtenido en ambas situaciones.
Una vez valorados los méritos con los criterios
señalados , el tribunal los hará públicos
de forma provisional, en los tablones de Gerencia dando 10 días
de plazo para que los interesados puedan alegar las rectificaciones
oportunas a la fase de concurso.
El orden definitivo del proceso selectivo vendrá
dado por la suma de la puntuación obtenida en la fase de
oposición y la fase de concurso. En caso de empate el orden
se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1º La mayor puntuación en la fase de oposición
2º la mayor puntuación en el 2º ejercicio de la fase de oposición
3º La mayor puntuación en el 1º ejercicio de la fase de oposición
4º La mayor puntuación en la fase de concurso
5º la mayor puntuación alcanzada en
el mérito de tiempo de servicios prestados
En ningún caso la puntuación obtenida
en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los
ejercicios de la fase de oposición.
Finalizado el proceso selectivo el tribunal hará
publica, en los tablones de la Gerencia de la Universidad, la
lista definitiva de aspirantes que lo hayan superado, por el orden
de la puntuación definitiva alcanzada obtenida de la suma
de las dos fases. El numero de aspirantes aprobados en esta relación
no podrá, en ningún caso, superar el número
de plazas convocadas.
No se podrá declarar que han aprobado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.