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DOCUMED 
Base de Datos de Documentación Médica Española
 
Universitat de València

Registro: 332
Autores: NC
Título: España: Informe de Grupo de Expertos sobre información y documentación clínica
Revista: Cuadernos de Bioética
Fuente: 1997;8(32):1564-1567.
Tipo de documento: informe
Idioma: español
Descriptores: DOCUMENTACION CLINICA/ HISTORIA CLINICA/ DERECHO A LA INFORMACION/ACCESIBILIDAD A LA INFORMACION
Clase Principal: La Historia Clínica y sus Documentos
Clase Secundaria: Admisión y Documentación Clínica Hospitalaria
Lugar de Trabajo: NC, NC, NC
Resumen: El paciente puede tener acceso al contenido de la historia clínica (HC) que se refiere a sus datos y el tipo de asistencia prestada. El acceso a la HC será de manera ordenada y según la norma existente al efecto en el centro o área sanitaria. La competencia de la creación o actualización de la HC es del médico que realiza la asistencia sanitaria a la persona, siendo él el único agente que está autorizado para anotar en la HC la recogida y actualización de los datos relativos a la salud que en ella se contienen. El fin principal de la HC es facilitar la asistencia sanitaria del ciudadano, recogiendo toda la información clínica necesaria para asegurar, bajo un criterio médico, el conocimiento veraz, exacto y actualizado de su estado de salud por los sanitarios que le atienden. Cuando la asistencia se realiza por médicos adscritos laboralmente a un centro sanitario, la custodia de la HC y, por tanto, de la información en ella contenida, es responsabilidad de la dirección del centro sanitario donde ésta se realiza. En caso contrario, esta responsabilidad recae directamente sobre el médico que realiza dicha asistencia. La HC debe conservarse al menos durante el tiempo razonablemente necesario para alcanzar el propósito concreto que justificó su recogida.

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