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UNA APROXIMACIÓ A LA VIOLÈNCIA DOMÈSTICA
Des del començament del any 2000 fins a octubre del mateix, al voltant de seixanta dones han mort víctimes de la violencia domèstica, però altres continuen patint tot tipus d’agressions. Dos millons i mig han estat víctimes dels maltractaments físics o psicològics.
L’escriptora L . Etxebarria all seu
últim treball destaca que la violencia domèstica es una condició
apresa. Els homens peguen a les dones per dues raons que son la mateixa:
perque hoo ham vist a la seua casa, perque els han enseyat que les dones
son diferents a ells, per això inferiors i menspreables. Explica
que el maltractador pega per fugir de les seues fustracions en una
societat que l’exigeix ser dur, fort i viril, la qual cosa no pot sostenir,
donç l’home té les mateixes necessitats que la dona : ser
afectiu , comunicar emocions i sentiments.
Els metges forenses Miguel i José A. Llorente Acosta afirmen que els rols socials atribueixen a l’home el poder i el domini, i a la dona la submissió. Quan l’home creu que está perdent el control sobre la dona s’incrementen les tensions.
Al voltant dels assassinats de dones,
S. Faludi desensa que la majoria de dones assassinades per els seus
marits o companys ocurreixen inmediatament després de declarar la
seua independència personal, iniciant els tràmits de divorci
i abandonament de la llar.
PERFIL DEL MALTRACTADOR
El 50% dels homes europeus maltractadors creguen que elles s’ho mereixien, després demanaven perdó per tot, encara que en el fons no se penedien.
Conclueix Miguel Llorente que el maltractador controla molt bé els sentiments de la dona consegeix obtenir el seu objetiu que es mantenir la submissió de la dona i amb escases repercusions negatives, donç no sempre es denunciat.
Generalment, pega a la dona en regions del cos on no es veuen las marques, per a que quan aquesta eixca al carrer no puga mostrar signes de violencia.
DONA MALTRACTADA
La violència domèstica no sols la reben dones amb baix nivell cultural i dependents econòmicament, sino també dones universitàries i de classe mitjana i alta.
Totes elles viuen una bogeria, es senten culpables, inútils, acaben creguent-se allò que el maltractador vol. Les diuguen jo soc el millor de la teua vida, mira la teua mare, mira la teua germana, no fan res per tú, però jo soc açí, sols ell fa alguna cosa bona per tú. De fet, tot es redueix a ell , donç perden les xarxes socials : familia i amistats.
La majoria d’elles suporten durant
anys maltractaments brutals, troben qualsevol argument per justificar a
la seua parella, fins que diuen “No aguante més i he de acabar
amb aquesta situació”. I ho fan quan la seus vida està en
perill, aleshores han d’eixir de casa i començar de nou. Les arriba
el vertigen pel futur incert, por a les amenaces i la soletat . Perque
son elles les que se’n van , el maltractador segueix vivint en la casa.
Elles han d’acudir a una de les 140 cases d’acogida que hi ha a Espanya.
LA JUSTÍCIA : DUNÚNCIES I SENTÈNCIES
Què falla? Per a Inmaculada Campos, advocada, el que falla és “que no s’adopten mesures provisionalísimes, com ara l’ús de la vivenda per la dona”.
Quan arriben per posar la denúncia no troben el suport de la policia. Posen la denuncia i dies més tard van a retirar-la perque els seus companys les han promés que van a canviar, que van a fer teràpia i consideren que han de donar-los una altra oportunitat, per acabar tornant més endavant a denunciar.
Què passa amb les sentències? Com que les denúncies es retiren , les sentències acaben siguent absolutories. Pel que fa als jutges i la seua aplicació de la llegislació, les majors crítiques les reben les jutges que en major part dels casos imposen les penes mínimes. Així les víctimes de maltrctaments prefereixen que el seu cas siga jutgat per un home i no per una dona, perque les jutges, per a no ser acusades de feminisme, en general son mes blanes en les sentències del agressor.
Per altra banda, el Govern es nega
a crear una fiscalia especialitzada en maltractaments a la dona i alguns
jutges con A. Garcia Paredes, president de l’Audiencia de Madrid es queixen
de la falta de noves tecnologies, de medis per posar en marcha el procés.
QUÈ DEMANEM LES DONES
En definitiva, que s’acabe amb la violencia envers la dona, eixir d’aquest cercle viciós , amb ajuda de l’oponió pública, medis de comunicació i canvis en l’educació.
Demanem, sobretot major atenció social per part dels poders públics, comprensió per part de la policia i aplicació rigurosa de la llei per part dels jutges i tot aço necessita de la prevenció mitjançant l’educació, acabar amb els models de home i dona que no assumeixen las relacions d’igualtat, Combatre amb la ideologia feminista que en part naix com a resposta a aquesta violencia.
Falta solucionar els conflictes , convèncer-nos
homes i dones de que hi ha que aprendre a negociar, a pactar.
FEM FEMINISME: DICCIONARI IDEOLOGIC FEMINISTA
A continuació resumim alguns termes , relacionats amb la violència de gènere, que apareixen al llibre de Victoria Sau, Diccionario Ideológico feminista.
Agresividad: “...afecta de modo
diferente a los dos sexos. Se afirma que la agresividad masculina es una
característica propia del varón, y como todooo lo masculino
es realzado en la sociedad sexista, también la agresividad es justificada
primero y valorada después como motor del progreso humano...
...el hombre es más agresivo
que la mujer ...pero no por razones biológicas u hormonales ...
sino históricas y sociales...
...En las relaciones hombre-mujer
esto se traduce en una agresividad real del primero sobre la segunda, a
través de los siglos, variable únicamente en la forma pero
no en el fondo.
... cada hombre agrede sistemáticamente
a toda mujer por el hecho de esperar de ella que sea y se comporte como
un ser dominado, ostentando las “cualidades” que le exige el colectivo
de varones: juventud, belleza, entrega sexual, obediencia, lealtad, falta
de resentimiento y otras. ...
...La agresividad se amnifiesta asimismo
en la relación sexual, bien porque ésta se imponga a la mujer
(violación fuera o dentro del matrimonio) bien porque se le imponga
la forma de llevarla a cabo. La agresividad continua cuando se le impone
la maternidad y cuando se prohibe la maternidad; cuando se le impide abortar
, y cuando se le exige que aborte; cuando se le niegan los anticonceptivos
y cuando se la obliga a la esterilización. La agresividad se manifiesta
todavía en la apropiación que el padre hace de los hijos
de la madre, a la que sólo le permite ser su nodriza y educadora.La
agresividad más sofisticada es la que está presente en las
mujeres a quienes los hombres han conseguido aterrorizar hasta tal punto
de que se identifiquen con ellos, piensen como ellos y actúen como
ellos. La obra perfecta de la agresividad es conseguir que la víctima
admire al verdugo.”
Clitoridectomía : “Operación
por la que se extirpa una parte del clítoris, el clítoris
entero y a menudo también los labios menores e incluso parte de
los
mayores del aparato genital femenino en niñas cuya edad oscila de
la infancia a la pubertad. ...
...Dónde y cúando se
lleva a cabo esta práctica. En el Oeste de Africa, inmediatamente
después del nacimiento. En Abisinia, ocho días después.Pocas
semanas después del nacimiento, los árabes modernos. Entre
los 3 y 4 años, los somalies; entre 3 y 10 años, los somalíes;
entre 3 y 10 años, en Alto Egipto, Sudán, Chuncho (Perú),Distrito
mandingo del Sudán Francés; antes de la pubertad, en Mara
(Australia) e Islas Célebes ; más de 14 años, en Australia
en general; después del casamiento, los Masai de Africa....no hay
barreras cuando se trata de someter a las mujeres. Cuando la operación
no tiene lugar en un hospital (casi nunca debido a la baja extracción
social de la gente) corre a cargo de mujeres “comadronas” que, por otra
parte, se sienten muy felices de llevar a cabo tales amputaciones...
... A la vista de tanto dolor y sufrimiento
(inútil) se hace necesario preguntarse el porqué del mismo.
De una parte, sabemos que el clítoris es el órgano más
importante del placer sexual de la mujer; su eliminación, por sí
misma, supone una grave reducción cuando no eliminación de
la fuente de este placer. La experiencia traumática de la operación,
por otra parte, producirá siempre la asociación sexo-dolor.
Si en la operación ha habido algún fallo, el dolor ante el
contacto físico puede subsistir durante toda la vida...”
Infibulación : “La infibulación
es la más cruel de las mutilaciones genitales femeninas y consiste
en clitoridectomía seguida por el cierre vaginal mediante sutura.
Solamente se deja una pequeña abertura para la emisión de
orina y descarga de la sangre menstrual. Después del matrimonio
la vulva es abierta por laceración, lo que a menudo vuelve a ocurrir
en ocasión del parto.”
Miedo : “Las mujeres tienen
razones suficientes para sentir miedo del hombre o ante el hombre. Véanse
algunas de ellas:
- Miedo a tener que hacer el amor
contra su voluntad debido a las diversas presiones que puedenn utilizarse
para ello.
- Miedo a que el varón la deje
embarazada sin ella quererlo, pero a los que “cedera”.
- Miedo a ser violada...
- Miedo a ser detenida, juzgada y
considerada culpable por haber interrumpido un embarazo que venia a obstaculizar
su libertad como persona.
- Miedo a los malos tratos, psíquicos
y físicos, de los que son víctimas las mujeres de forma específica...
- Miedo a tener que elegir entre el
matrimonio y la realización profesional.
- Miedo a la doble jornada de trabajo
cuando tiene un empleop remunerado fuera del hogar.
- Miedo a que su palabra no sea debidamente
escuchada y/o valorada.
- Miedo psicológico de quien
se sabe en condiciones de inferioridad ante quien ostenta el poder.
El miedo de la mujer al hombre, sea
en singular y/o colectivamente, es racional y coherente con la estructura
social que lo fomenta. En una palabra, es lógico.
ESTUDI
EN LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA :SUICIDI Y VIOLÈNCIA
CONTRA LA DONA
Maltratadas hasta la muerte
Cuando ya no pueden soportar más los
golpes físicos, ni los insultos, ni el desprecio de su compañero
o su marido, muchas de ellas deciden acabar con su vida. Son muertes en
silencio que no trascienden a estadísticas. Varias investigaciones
han dado a conocer que la incedencia de conductas suicidas -consumadas
o en grado de tentativa- entre mujeres maltratadas es ocho veces superior
a la observada en el resto de la población.
Un reciente trabajo de un médico
forense, un profesor de medicina legal y una química de la Universitat
de Valéncia señala que esta conducta autoagresiva es un importante
problema de salud.
"No echo a nadie la culpa de esto; la culpa es sólo mia". Estas fueron las palabras con las que L., una española de 40 años, madre de dos hijos y separada judicialmente desde el año 94, escribió en la nota que dejó antes de ahorcarse en la escalera de su casa, el 22 de noviembre de 1999, tres jornadas antes del dia internacional contra la violencia doméstica.
La ruptura matrimonial de L. se produjo después de una larga trayectoria de violencia psíquica y física, aunque hasta un año después de su separación no constan sus denuncias.
El caso de esta mujer ha sido analizado por tres especialistas de la Universitat de València, M. Fenollosa Gonzalez, médico forense; A. Castelló Ponce, doctor en Ciencias Químicas, y A. Verdú Pascual, profesor titular de medicina legal y forense, en el trabajo titulado Suicidio y violencia contra la mujer: a propósito de ¿un caso?, que se publicó en julio de este año en Cuadernos de Medicina Forense.
Los autores destacan que la violencia contra las mujeres constituye un importante problema de salud y han analizado la repercusión que el maltrato doméstico tiene en la conducta suicida de las ciudadanas. Los expertos llaman la atención sobre la falta de datos que existen respecto al número de personas que deciden terminar con su vida para no tener que seguir soportando la violencia que les rodea. El caso de L. es un claro exponente de esta latente violencia de género.
Los partes de lesiones
En su informe, Fenollosa, Castelló y Verdú describen, a modo de ejemplo, el caso de L., quien después de la separación no pudo poner fin al infierno de agresiones que le infligía su exmarido. De hecho, a partir de ese momento, L. acudió al juzgado en sucesivas ocasiones.
En la clínica médico forense,donde
fue asistida cada vez que se incoaba un expediente judicial, se apreciaron
las lesiones típicas: <Impronta digital en muñecas y antebrazos,
hemitorax derecho, cuello y región dorsal>, <epístaxis
y herida labial>, <erosiones en el cuello>, <equinosis y erosiones
varias en cara y cuello>, <asistencia psiquiátrica por síndrome
depresivo>, <erosiones en cara y cuello y equinosis en mano izquierda>...
Los autores señalan que aunque las lesiones no son de gran trascendencia
clínica, <si indican ese grado de continua violencia menor que,
sin duda, puede llegar a hacerse insoportable>.
Todas las denuncias concluyeron con sentencias
condenatorias para su pareja que consistieron en simples multas. En ningún
momento -reseñan los expertos- se adoptaron medidas cautelares como
alejamiento de la persona agredida, prohibición de residir en una
determinada zona..., etcétera, porque los hechos se calificaron
como falta.
L. tuvo que someterse a tratamiento psiquiátrico y a pesar de la enorme presión que sufria iba sola al juzgado y a la clínica forense.Ella manifestaba que luchaba tanto por ella como por sus hijos, de 11 y 18 años. Sin embargo, y a pesar de no haber experiementado ninguna tentativa autodestructiva previa, decidió ahorcarse.
Los autores señalan que este final <parece el colofón a una progresiva degradación de la autoestima, y la mujer, que hasta el último momento luchaba por hacer frente a la adversidad, acabó por convencerse de que ella misma era la culpable y responsable de sus desgracias y dirigió su castigo hacia sí misma>.
Estudios realizados por Bergman y Brismar
revelan que < la incidencia de conductas suicidas, consumadas o en grado
de tentativa, entre mujeres maltratadas es ocho veces superior a la población
aleatoria>.
(Pilar G. del Burgo, El Levante, Domingo, 5 de noviembre de 2000)
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Nº orden | Medio | Fecha | Nombre de la víctima | Edad | Ciudad | Parentesco del agresor | Hechos |
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1 | El Mundo | 05-ene-99 | Rosa | 45 | Girona | Compañero | Jesús María P.V. asestó un puñalada mortal a su compañera sentimental con un cuchillo de mesa con una hoja de 10 centímetros. El agresor fue detenido y se confesó autor de los hechos. |
2 | Europa Press | 12-ene-99 | Francisca Castell | 44 | Córdoba | Marido | Efectivos del Cuerpo Nacional de Policía han detenido a un ex policía de 44 años identificado como F.J.M., como presunto autor del asesinato de su esposa a la que mató ayer de varias puñaladas. La pareja se encontraba en trámites de separación. |
3 | El País | 30-ene-99 | Trinidad F.G. | 0 | Valencia | Compañero | |
4 | Europa Press | 09-feb-99 | Elena Madrid | 42 | Valencia | Ex marido | Los
hechos se sucedieron a media tarde en la peluquería propiedad de
Elena cuando llegó su ex marido, Antonio M.G., de 43 años
y le asestó tres puñaladas. La mujer quedó tendida
en el suelo mientras su ex marido se dio a la fuga.
La mortal agresión se produjo en el domicilio de la madre de la víctima en Massamagrell, donde había instalado su negocio. Allí se había trasladado la mujer después de haberse separado de su marido, hacía entre cinco y seis años, y había rehecho su vida sentimental. |
5 | ABC | 01-mar-99 | Mª Dolores Castro | 0 | Cuenca | Ex novio | Apuñalada por su exnovio. |
6 | El País | 03-mar-99 | 62 | Ciudad Real | Marido | Asesinada a golpes por su marido, estando en trámites de separación | |
7 | El Mundo | 26-mar-99 | N.N. | 0 | Lugo | Marido | Muerta a tiros por su marido, hallándose en trámites de separación. |
8 | El País | 01-abr-99 | Mercedes Navarro | Albacete | Marido | Asesinada por su marido a martillazos. | |
9 | El País | 04-abr-99 | Rosario Sánchez | 35 | Murcia | Marido | Asesinada por su marido Victoriano, de 40 años, a cuchilladas en presencia de sus dos hijos de 10 y 6 años. La víctima vivía desde hacía 15 días en casa de su madre, en Cartagena, a la que se había trasladado en espera de resolver los trámites de separación por ella iniciados. |
10 | El País | 08-abr-99 | M.J.T.H. | 0 | Logroño | Marido | Murió a consecuencias de las quemaduras que le causó su marido, que afectaron al 50% de su cuerpo. Había llegado a presentar 4 denuncias por malos tratos de su marido. |
11 | El País | 09-abr-99 | Andrea Heredia Orta | 25 | Mallorca | Compañero | Andrea de 25 años de edad, tenía tres hijos de entre 1 a 6 años de edad, murió fulminada por un disparo en la cabeza y otro en el corazón que le propinó su compañero, el padre de los niños, ante la negativa de la víctima a reanudar la conviviencia. El asesino, José García Coronado, de 34 años, pactó su entrega a la policía después de haberse dado a la fuga. |
12 | El País | 13-abr-99 | Carmen Gil | 70 | Valladolid | Marido | Quedó en coma profundo tras haber sido agredida a cuchilladas por su marido, Isidoro, Insúa Heras, de 63 años. Falleció a consecuencia de las lesiones que le causó su marido en el domicilio conyugal mientras ella dormía la siesta, en Araquines, Valladolid. |
13 | El País | 10-abr-99 | Ana María R.P. | 30 | Cádiz | Marido | Fernando J.A.P. estranguló a su esposa Ana Mª con la que tenía 4 hijos, en su domicilio conyugal en Algeciras. Estaban en trámites de separación. |
14 | El País | 15-abr-99 | Carmen Ordaz Fresneda | 32 | Navarra | Marido | José Domínguez Chávarri, de 31 años estranguló en el domicilio conyugal en Tudela (Navarra) a su esposa; el asesino huyó a Barcelona donde se entregó a la policía. |
15 | El País | 16-abr-99 | Jacinta G.C. | 32 | Málaga | Marido | Muerta de tres tiros de escopeta que le disparó su marido, José D.S., de 34 años, hallándose presente los dos hijos del matrimonio, de 13 y 7 años de edad. Pendientes trámites separatorios. Sucedió en Ronda (Málaga). |
16 | ABC | 16-abr-99 | Ángela Sacristán Arrieta | 69 | Vitoria | Hijo | Muerta a martillazos por su hijo de 36 años, en el domicilio familiar. |
17 | LEVANTE | 21-abr-99 | María Isabel Palomar | 45 | Valencia | Marido | Mª Isabel estaba separada de José Piqueras Bello, funcionario del Ministerio de Defensa, cuando fue asesinada por éste a martillazos y cuchilladas en el piso de los padres de ella. |
18 | EL MUNDO | 26-abr-99 | 4 | Bilbao | Padre | Bilbao, niño de 4 años. Un particular alertó a la Ertzaintza de que un vecino suyo salió a la escalera con los pantalones llenos de sangre diciendo que había matado a su hijo. Al parecer, el asesino, se encerró en una habitación con su hijo de corta edad, al que asestó varias puñaladas. Desplazadas varias patrullas y ambulancias al lugar, procedieron a la detención del autor de los hechos, mientras los servicios sanitarios nada podían hacer ya por la vida del niño. | |
19 | EL PAIS | 06-may-99 | Rosa Pereira | 0 | Madrid | Compañero | Rosa fue degollada por su compañero en el domicilio común, en calle Corregidor Juan Francisco de Luján, Barrio de Moratalaz, Madrid. El homicida trabajaba como percusionista musical. |
20 | EL PAIS | 31-may-99 | 5 | Padre | Niño de 5 años muerto a manos de su padre. | ||
21 | EL PAIS | 04-jun-99 | Encarnación Martín Bravo | 33 | Madrid | Marido | Asesinada por su marido, José Manuel Sánchez, después de ocho meses de casados. Diez puñaladas en el domicilio coyugal, Móstoles, Madrid. Se dio a la fuga, hallándose el cuerpo de la víctima 48 horas después, por la denuncia presentada por sus familiares. Deja un hijo de 11 años. El homicida fue detenido 2 días después en Cáceres, camino de la frontera portuguesa. |
22 | EL MUNDO | 16-jun-99 | María Teresa Arán Zaragoza | 39 | Castellón | Marido | Asesinada por su marido de un tiro junto a su hijo de 12 años; tras suicidarse el homicida, Manuel Flos Comes de 40 años, los perros de la familia devoraron los cadáveres de los tres. Llevaban 10 días muertos cuando los encontraron en su chalet de Vinarós (Castellón). |
23 | EL MUNDO | 16-jun-99 | Joel Flos Zaragoza | 12 | Castellón | Padre | Asesinado por su padre de un tiro junto a su madre; tras suicidarse el homicida, Manuel Flos Comes de 40 años, los perros de la familia devoraron los cadáveres de los tres. Llevaban 10 días muertos cuando los encontraron en su chalet de Vinarós (Castellón). |
24 | EL MUNDO | 24-jun-99 | Concepción Sabao García | 67 | Cádiz | Marido | Asesinada por su marido, José L.O., de 64 años, que le asesto múltiples puñaladas con un cuchillo. A continuación él mismo se hirió con el mismo arma, aunque de carácter leve. Los hechos ocurrieron en San Fernando (Cádiz). |
25 | EL MUNDO | 30-jun-99 | Isabel G.T | 47 | Barcelona | Ex marido | Murió a consecuencia de los disparos efectuados por su exmarido, Bartolomé M. H., el cual esperó a la víctima en mitad de la calle y vació el cargador de su Parabelum 9 mm contra ella, rematando a la víctima cuando estaba en el suelo. Hacía cuatro años que no convivían y estaban tramitando el divorcio. El autor de los disparos fue detenido por la Policía local de Viladecans (Barcelona) donde ocurrió el asesinato. |
26 | EL MUNDO | 06-jul-99 | Margarita Izquierdo Pascual | 49 | Salamanca | Marido | Falleció apuñalada por su esposo Vicente Avila de 64 años, en Salamanca. Margarita había denunciado en varias ocasiones a su marido por malos tratos: la última vez una semana antes de morir. El cuerpo de Margarita fue atravesado 12 veces con una navaja de 15 centímetros de hoja, en un bar que estaba vacío y en el que la dueña se encontraba en la cocina en ese momento. A causa de unas obras que se estaban realizando en la calle no oyó los gritos de la víctima. La policía emprendió la búsqueda de Vicente Ávila, dirigiéndose a su domicilio, donde lo detuvieron ya que había acudido a su casa para quitarse la ropa con la que había cometido el asesinato. |
27 | El País | 31-jul-99 | Rosario R.R. | 35 | Ciudad Real | Marido | Murió apuñalada por su marido que la esperó en el portal de su casa, ha muerto en Piedrabuena; la víctima se hallaba separada de su marido desde hacía un año. Tenían dos hijos de 16 y 18 años. |
28 | El País | 06-ago-99 | 46 | Alicante | Marido | Murió a causa de los golpes que le propinó su marido. Residían en un chalet de Aguas Nuevas-Los Olivos de Torrevieja, Alicante. | |
29 | Canarias7 | 05-ago-99 | Susana Socorro | 46 | Las Palmas de Gran Canaria | Conocido | Murió asesinada de cuatro cuchilladas en Arrecife, propinadas por Luis G.B. que venía atosigándola desde hacía varios meses. Susana había denunciado en varias ocasiones las persecuciones de las que era objeto. |
30 | Europa Press | 15-ago-99 | Ana Brígida Ruiz Mateo | 19 | Albacete | ex novio | Ana Brígida regresó a su casa de madrugada después de un concierto, en el portal de su domicilio la esperaba el que había sido su novio durante año y medio, Ramón Agustín Tendero de 23 años, quien la agredió con un machete propiciándole varias puñaladas que le causaron la muerte. |
31 | El Mundo | 24-ago-99 | Isabel H.G. | 35 | Sevilla | Compañero | La policía encontró a Isabel con un hilo de vida y cubierta de sangre el pasado mes de junio cuando Antonio B.B, de 49 años, creyendo cumplido su objetivo, se entregó a la policía. Entonces Antonio anunció que volvería a intentarlo. Y lo consiguió; Isabel ha muerto estrangulada, después le clavó un destornillador en el estómago. Tras perpetrar el anunciado crimen, Antonio, con absoluta frialdad, se dirigió a la policía de Alcalá de Guadaira. |
32 | El País | 24-ago-99 | Gloria | 36 | Girona | Marido | El cadáver de Gloria de nacionalidad cubana fue desenterrado por los agentes de policía autonómica catalana en un zona boscosa de Cassà de la Selva indicada por el homicida, José Luís Cumbreño, de 31 años; el cual estranguló a su mujer dos días antes en su casa. La víctima había denunciado los malos tratos. |
33 | El Mundo | 30-ago-99 | Ivonne Silvia R. | 34 | Málaga | Compañero | José Carlos M.A. de 35 años, arrojó ayer a su compañera sentimental desde el balcón de un noveno piso, tras mantener con ella una acalorada discusión. Los gritos de la víctima y de los vecinos que contemplaron la escena no sirivieron de nada para evitar el fatal desenlace. |
34 | El País | 01-sep-99 | Pilar Soto Garrido | 34 | Pontevedra | Marido | Manuel Soto apuñaló repetidamente a su mujer tras perseguirla por varias calles del centro de Marín (Pontevedra) y acorralarla contra una verja. Después se apoderó a punta de cuchillo de un coche en el que huyó. Estaban en trámites de separación y tenían dos hijos de 16 y 4 años. |
35 | El Mundo | 23-ago-99 | Wi Di Xu | 31 | Mallorca | Compañero | Una pasión no correspondida fue el detonante para que Yan Yu de 26 años degollara a Wi Di Xu y a su hijo David de 2 años en Porto Cristo (Mallorca). El asesino fue detenido tras 52 horas de operación policial. |
36 | El Mundo | 23-ago-99 | David | 2 | Mallorca | Compañero de la madre | Una pasión no correspondida fue el detonante para que Yan Yu de 26 años degollara a Wi Di Xu y a su hijo David de 2 años en Porto Cristo (Mallorca). El asesino fue detenido tras 52 horas de operación policial. |
37 | El País | 17-sep-99 | C.S.N. | 42 | Barcelona | Marido | Un
vecino de Santa Coloma de Gramenet (Barcelona), J.B.L., de 42 años,
fue detenido acusado de matar a golpes a su esposa. Según su propia
declaración, la pareja mantuvo una violenta discusión después
de que el marido llegara muy tarde a casa. Afirmó que pegó
a su mujer y la dejó en la habitación, para irse él
a dormir al sofá y que cuando se levanto para ir a trabajar, descubrió
que su mujer permanecía exactamente en la misma posición
en que la había dejado por la noche tras golpearla.
La víctima presentaba una herida en la cabeza, según los servicios sanitarios de urgencia que certificaron la defunción. |
38 | El País | 14-oct-99 | Mª del Mar Herrero | 23 | Madrid | Ex novio | Luis
Patricio Andrés, de 36 años, mató ayer a su ex novia
de dos cuchilladas, quien había denunciado a su asesino en un programa
de televisión y, en repetidas ocasiones, en la comisaría
de Alcobendas por maltrato. El individuo ya había permanecido cuatro
años en la cárcel por intentar asesinar a otra novia.
El autor del crimen abandonó el cuerpo de la víctima en una furgoneta de alquiler, el cadáver estaba maniatado, amordazado y con una soga al cuello. |
39 | El País | 20-oct-99 | Josefa P.S. | 38 | Valencia | Marido | José Francisco Ll.E., de 41 años, fue detenido por la policía acusado de acabar con la vida de su mujer, tras arrojarla por el balcón de un séptimo piso. Diversos testigos oyeron a la víctima implorar auxilio antes de caer al vacío, "socorro, ayúdenme, ayúdenme", se oyó gritar a la víctima. Al momento vieron precipitarse a la mujer desde la séptima planta, golpearse violentamente contra el balcón del tercer piso y estrellarse contra el suelo. La mujer, que estaba boca arriba, descalza-los zapatos salieron despedidos a unos 20 metros- y con la cabeza cubierta de sangre, murió poco después. Josefa había decidido separarse. |
40 | El País | 21-oct-99 | Marina Ruiz | 23 | Lleida | Novio | Los Mossos d'Esquadra, la policía de la Generalitat catalana, han esclarecido el brutal asesinato de Marina Ruiz, la joven de 23 años cuyo cadáver fue encontrado el pasado 15 de febrero sobre la vía del tren cerca de Cervera (Lleida). El caso se ha resuelto con la detención del novio de la víctima, Serafín Cervilla, de 29 años, quienes tenían previsto casarse al mes siguiente. La autopsia reveló que la mujer tuvo una muerte cruel y que el asesino se ensañó con ella, ya que presentaba un golpe en la cabeza y un desgarro vaginal. |
41 | El País | 26-oct-99 | No lo pone | 37 | Santander | Marido | Un hombre que estranguló a su mujer el pasado domingo en Santander se entregó a la policía, manifestando que "había discutido con ella, la había agarrado por el cuello y no sabía cómo estaba". Los hechos ocurrieron a media tarde en el domicilio familiar. Los agentes, tras escuchar el testimonio del detenido, fueron con él a la casa y allí encontraron a la víctima sin pulso. El matrimonio tenía dos hijos de 7 y 10 años. |
42 | El País | 02-nov-99 | Felipa San Cristóbal Jiménez | 84 | Ávila | Marido | Un anciano de 87 años, Cecilio del Peso López, fue detenido en el pueblo de Villarejo como presunto autor de la muerte de su esposa a la que golpeó con un objeto contundente. El cadáver presentaba golpes por todo el cuerpo y estaba ensangrentado. |
43 | El Mundo | 05-nov-99 | Mª del Carmen del Salto | 28 | Palma de Mallorca | Novio | Andreas Ingo Okulus, de 33 años, fue detenido en su domicilio de Hamburgo como presunto autor del secuestro, violación y asesinato de la joven Mª del Carmen. El cadáver había sido hallado la víspera por el perro de un pastor, que encontró la mano con una pulsera. Esta joven fue dada por desaparecida el pasado mes de mayo. |
44 | El Mundo | 05-nov-99 | Rocío Wanninkhof | 20 | Málaga | Novio | El cadáver de la joven Rocío Wanninkhof fue identificado tras las pruebas del ADN, presentaba siete puñaladas y estaba desaparecida desde el 9 de octubre. La familia de la víctima centran sus sopechas en el entorno más cercano de la joven y en concreto en su novio, Antonio Jurado. |
45 | El Mundo | 06-nov-99 | No lo pone | 15 | Sevilla | Compañero | Francisco Javier Oliver Tinoco, de 23 años, se suicidó lanzándose al vacío, tras asesinar a su novia de 15 años embarazada de cuatro meses, con la que convivía. La tragedia se consumó al filo de las ocho de la tarde. El homicida golpeó varias veces con una plancha a su compañera, antes de degollarla de una puñalada en la yugular, asestarle otras seis hasta abrirle el vientre y sacarle el feto y arrastrarla por la vivienda. |
46 | El País | 08-nov-99 | Rabia El Yemlahe | 31 | Madrid | Ex-marido | Mustafá N., de 30 años, y Rabia eran pareja desde hacía cinco años. Sin embargo él se marchó con otra mujer hace un año y ahora pretendía volver con Rabia. Los dos mantuvieron una discusión. Cuando ésta abrió la puerta de la calle para intentar echarlo de casa, Mustafá sacó un cuchillo de cocina y le asestó tres puñaladas que la alcanzaron la mano izquierda, el pecho derecho y la parte baja del esternón. Rabia murío a los diez minutos de un paro cardiaco. Mustafá huyó en un coche que tenía aparcado en la puerta. |
47 | El País | 15-nov-99 | A.S.R. | 77 | Cádiz | Marido | F.S.P. militar jubilado de 77 años de edad, confesó a la policía que mató a su mujer propinándole en la cabeza un golpe mortal con una bombona de butano. El suceso ocurrió en el domicilio conyugal. |
48 | El Mundo | 20-nov-99 | Ángeles | 21 | Barcelona | No se sabe | Los efectivos del servico de urgencias atendieron a la joven argentina que se encontraba en el suelo, con los pantalones bajados, delante de un portal de la calle de Robí, en el barrio de Gràcia de Barcelona, justo detrás de la transitada plaza de la Virreina. Fuentes policiales explicaron que su agresor, que intentó violarla, le asestó cuatro puñaladas para acallar sus gritos de auxilio. |
49 | El Mundo | 21-nov-99 | Ana | 17 | Granada | Novio | Ana
se había negado a continuar manteniendo la relación sentimental
con Fernando U.R. de 23 años, lo que motivó que recibiera
agresiones e intentos de violación por parte de éste durante
los dos años de duración del noviazgo.
El cadáver de la joven apareció semidesnudo a escasos doscientos metros de la casa de sus padres. La muerte se produjo a consecuencia de los golpes propinados en la cabeza con un objeto contundente. |
50 | El País | 22-nov-99 | No lo pone | 25 | Huelva | No lo pone | El
cadáver de la mujer fue encontrado al borde de una cuneta en Gibraleón
(Huelva). Estaba seccionado a la algura de la cintura, con la cabeza envuelta
en un trapo anudado alrededor del cuello y las piernas atadas con jirones
de bolsas de plástico.
El cuerpo estaba totalmente desnudo y presentaba mordiscos de animales y le faltaban algunos dedos. |
51 | El Mundo | 22-nov-99 | Virginia Acebes de las Heras | 19 | Bilbao | No se sabe | El cuerpo de la joven fue hallado en un paraje situado a dos kilómetros del lugar donde se produjeron los primeros hallazgos. Presentaba 52 puñaladas y restos de semen. De todas las puñaladas, llevadas a cabo con una navaja, 51 se practicaron en la zona abdominal izquierda y la otra, posiblemente la que le causó la muerte, afectó al cuello. |
52 | El País | 30-nov-99 | Clara R.G. | 57 | Sevilla | Marido | La policía encontró a la víctima tendida en la cama presentaba numerosas heridas y contusiones en la cara y el pecho. La muerte se produjo por una hemorragia cerebral que le había producido los brutales y abundantes golpes. El marido, que responde a las iniciales A.D.M. solía acabar las discusiones con su mujer utilizando los puños. Muchos vecinos lo sabían en el barrio de Las Viñas de Lora del Río (Sevilla), aseguran que las peleas eran frecuentes, sabían que era un hombre agresivo y creyeron que se trataba de "una pelea más". |
53 | El Mundo | 03-dic-99 | Concesa Fernández | 84 | Gijón | Marido | Mariano Cuella, de 62 años, tenía cuatro denuncias por malos tratos de su compañera y otras tantas de su ex esposa. Ahora está en libertad provisional, después de matar a golpes a Concesa Fernández, cuyo cadáver presentaba cinco costillas rotas, hematomas y otros signos de violencia. Los hechos ocurrieron en el domicilio conyugal. |
54 | El País | 06-dic-99 | Tatjana V. | 35 | Palma de Mallorca | Marido | La Guardia Civil acudieron a la vivienda donde residía la pareja y encontró el cuerpo de la vícitma inmóvil en el suelo. Diego M.H. de 35 años, causó el coma a su compañera con una brutal paliza, que cinco días después falleció en el hospital. |
55 | El País | 11-dic-99 | María Dolores D.G. | 24 | Barcelona | Ex compañera | Manolo E.L., apodado El Martillo, se presentó ayer en casa de su ex compañera en la plaza de la Rajanta, de Vilanova i la Geltrú (Barcelona). Discutieron, pero esta vez él no se limitó a golpearla como otras veces. Sacó una pistola y disparó dos tiros a bocajarro, uno al pecho y otro a la cabeza. Acto seguido se suicidó. Había sido detenido ya en una ocasión por malos tratos a su compañera. |
56 | El País | 16-dic-99 | Bian Santos Yanes | 10 | Las Palmas | Compañero de la madre | El cadáver de Brian, el niño cubano de 10 años que desapareció en Lanzarote el pasado día 7, fue hallado ayer por agentes de la Guardia Civil tras la confesión que el ex compañero sentimental de la madre del menor, realizó a su hermana. Los restos mortales se encontraron en el lugar indicado por aquél. La autopsia ha revelado que su muerte fue violenta, aunque todavía no ha podido determinarse cómo se produjo. La policía sospecha que Gustavo Báez, también cubano, mató a Brian como venganza por la ruptura sentimental con su madre y la posterior expulsion de su domicilio. |
57 | El País | 17-dic-99 | Mª del Carmen Romero | 32 | Sevilla | Marido | La muerte sorprendió a Mª Carmen de camino a los juzgados. La mujer, refugiada en hogares de acogida de la Junta de Andalucía tras los ataques de su cónyuge, murió apuñalada precisamente por su esposo, Francisco E.R., de 39 años. Para cometer el crimen, el hombre esperó más de ocho horas la llegada de Mª Carmen a la estación de autobuses de Écija (Sevilla), ciudad donde ella iba a tramitar su separación. Dos puñaladas se lo impidieron, una en la cara y el cuello y otra en el pecho con una navaja de 12 centímetros. La víctima había denunciado hasta tres veces a Francisco. La hermana de Mª Carmen, de 29 años, también resultó herida en el pecho; fue trasladada al hospital de Écija en estado grave. |
58 | El País | 27-dic-99 | Mª Dolores Pérez Román | 20 | Jaén | Ex novio | La joven fue hallada muerta en La Carolina (Jaén). La autopsia determinó que tenía 11 puñaladas en distintas partes del cuerpo. José Rivera, de 23 años, le asestó las puñaladas en piernas, brazos, el cuello y en el pecho, donde tenía clavado el cuchillo de uns 12 centímetros de hoja cuando Mª Dolores fue descubierta en el interior del coche de José. |
ARTÍCLES
PUBLICACIONES
Violencia familiar:
2.2.1.- Artículo publicado en MON
JURIDIC en Abril de 1991 sobre la Ley 54 de Puerto Rico
como modelo para la prevención e
intervención en la violencia doméstica.
2.2.2.- Tribuna publicada en "El Periódico"
el 10/1/98 sobre la situación de violencia hacia las
mujeres y el incremento de la conciencia
social que ha roto el silencio.
2.2.3.- Tribuna publicada en "El Periódico"
el 29/7/98 haciendo un balance de la situación de los
poderes públicos en los temas de
violencia a la mujer.
2.2.4.- Tribuna publicada en "AVUI" el 3/1/99
respecto de la situación en estos momentos de la
violencia hacia las mujeres.
2.2.5.- Artículo publicado en "El Periódico" el 11/2/2000 "El Terrorismo Doméstico".
2.2.6.- Artículo publicado en "El Diari de L´Hospitalet" el 8/3/2000 "Los valores de la democracia".
2.2.7.- Artículo publicado en "El Periódico" el 6/4/2000 "Necesitamos actuar ya".
2.2.8.- Artículo publicado en "Diario 16" el 1/5/2000 "Directivas Europeas".
2.2.9.- Artículo publicado en "El Periódico" el 22/5/2000 "Jueces y malos tratos".
2.2.10.- Artículo publicado en "El Periódico" el 19/7/2000 "El lastre del pasado".
2.2.11.- Artículo publicado en "El Periódico" el 21/9/2000 "El coste de la desigualdad"..
2.2.12.- Artículo publicado en "El
País" el 17/10/2000 "La publicidad de la condena".
2.2.1
LEY 54 DE PUERTO RICO, PARA LA PREVENCION
E INTERVENCION CON LA
VIOLENCIA DOMESTICA
Gratamente tuvimos conocimiento durante nuestra
asistencia al Sexto Congreso Internacional sobre
Derecho de Familia celebrado en Puerto Rico
en octubre pasado, de la Ley número 54 de 15 de
agosto de 1989, aprobada por la Asamblea
legislativa de Puerto Rico, también conocida como «Ley
para la prevención e intervención
con la violencia doméstica".
Cierto es que los datos estadísticos
elaborados por la policía de dicho país en relación
con los
incidentes domésticos sufridos en
su mayoría por mujeres eran alarmantes: como muestra, cabe citar
que según la División de Estadísticas
de la Policía portorriqueña, en el año 1988, el 65%
de los
asesinatos u homicidios contra mujeres comprendían
una relación familiar o de amistad, siendo dicho
porcentaje en los años anteriores
del 54% en 1987, 61 % en 1986; 64% en 1985; 58% en 1984; y
del 81 %en 1983. Asimismo, y como obra en
la propia exposición de motivos, los investigados
estiman que en Puerto Rico un 60% de las
mujeres casadas son víctimas de maltrato conyugal. Obvio
es que ante tales datos estadíticos,
se tenía que arbitrar un sistema de garantía institucional
para las
víctimas de los malostratos.
Así, se define en la Ley 54 de Puerto
Rico la violencia doméstica como "el patrón de conducta
constante de empleo de fuerza física
o violencia psicológica, intimidación o persecución
contra una
persona por parte de su cónyuge,
excónyuge, una persona con quien cohabita o había cohabitado,
con quien sostiene o haya sostenido una
relación consensual o una persona con quien se haya
procreado una hija o un hijo, para causarle
daño físico a su persona, sus bienes o a la persona de otro
o para causarle grave daño emocional".
El aspecto más relevante de la ley
en nuestra opinión, es el que además de establecer medidas
de
carácter punitivo, arbitra medidas
afirmativas de protección de las victimas. Es decir, se arbitran
medidas cutelares, no tan sólo de
tipoeconómico, encaminadas a garantizar la seguridad futura de la
víctima de una situación de
violencia doméstica.
Para ello, se establece qeu cuando una persona
haya sido víctima de violencia doméstica o de
conducta constitutiva de alguno de los delitos
tipificados por esta Ley, podrá solicitar ante los
Tribunales Civiles lo que se denomina una
"ORDEN DE PROTECCION". Dicha Orden, que será
dictada cuando el Tribunal estime que existen
causas fundaas de existencia de violencia doméstica
hacia la parte peticvionaria, podrá
acordar, además de las adjudicaciones de la custodia provisional
de los menores a la parte peticionaria;
del establecimiento de una pensión para los menores y, en su
caso, para la parte peticionaria; o de ordenar
el desalojo de la residencia que comparte con la parte
peticionaria, las siguienes medidas:
- Prohibir al agresor molestar, hostigar,
perseguir, intimidar, amenazar o cualesquiera otra forma de
interferir con el ejercicio de la custodia
provisional sobre los menores que han sido adjudicados a la
parte peticionaria.
- Ordenar al agreesor abstenerse de penetrar
en cualquier lugar ddonde se encuentre la parte
peticionaria, cuando a discreción
del Tribunal dicha limitación resulte necesaria para prevenir que
la
parte peticionada (agresora) moleste, intimide,
amenace, o de cualquier otra forma interfiera con la
parte peticionaria o con los menores cuya
custodia provisional le ha sido adjudicada.
- Prohibir a la parte peticionada (agresora)
esconder o remover de la jurisdicción a los hijos e hijas
menores de las partes.
- Prohibir la parte peticionada disponer
en cualquier forma de los bienes privativos de la parte
peticionaria o de los bienes de la sociedadd
legal de gananciales o la comunidadd de bienes, cuando
los hubiere.
Asimismo se dispone quee, cuando se trate
de actos de administración de negocio, comercio e
industria, la parte contra la cual se expida
la orden deberá someter un informe financiero mensual al
Tribunal de sus gestiones administrativas.
- Ordenar a la parte peticionada pagar una
indemnización económica de su caudal privativo por los
gastos que fueren causados por la conducta
constitutiva de violencia doméstica. Es decir, dicha
indemnización podrá comprender
los gastos de muddanza, por reparaciones a la propiedadd, legales,
médicos, psiquiátricos, psicológicos,
de asesoramiento, alojamiento, albergue y similares.
- Emitir cualquier orden necesaria para cumplimiento a los propósitos y política pública de esta Ley.
Como garantía de su cumplimiento,
se establece asimismo que la violación consciente de una Orden
de Protección será castigada
como delito menos grave.
La agilidadd y rapidez del procedimiento
establecido en la Ley 54 para la obtención de una Orden de
Protección, obliga a una comparecencia
de las partes ante el Tribunal en el plazo de cinco días desde
su solicitud, puddiendo ser incluso dictada
ex-parte cuando concurran circunstancias que así lo
aconsejen y lo hagan necesario. Una vez
adoptada la Orden de Protección, el Tribunal enviará copia
de la misma a la Policía de Puerto
Rico, que deberá ofrecer la máxima protección a la
parte en cuyo
beneficio se ha expedido la Orden.
Esta protección oficial, que debe
ser "adecuada" para salvaguardar los intereses de quien detente la
Orden a su favor, ha dado lugar en Estados
Unidos, país de notable influencia legislativa en Puerto
Rico, a una serie de Sentencias que por
su interés son dignas de mención:
-"Un municipio responde en años por
no proteger a la victima de maltrato conyugal que tenía una
Orden Protectora contra su esposo" (Baker
v. N.Y., 25 A. D. 2nd 770, 1996)
-"un municipio tiene un deber especial de
proteger a la victima de maltrato que tenga una Orden
Protectora contra su esposo-agresor que
está en probatoria". (Jones v. Hrkimer, S1 Misc. 2d. 130.
1966)
- "La Policía responde civilmente
por no actuar cuando el agresor viola una Orden Protectora".
(Sorechetti v. City of New York, 4.7 N.Y.S.
2nd 202, 1974). (Fuente: "Guía sobre violencia
doméstica. Oficina de Asuntos de
la Mujer. Municipio de San Juan, Puerto Rico).
Asimismo se tipifican en la Ley 54 de Puerto
Rico, como conductas delictivas, el maltrato hacia una
persona unida al agresor por algunos de
los nexos de afectivida a que se ha hecho mención
estableciéndose en dicho supuesto
pena de reclusión de 12 meses a 18 meses; el maltrato agravado,
cuando concurran circunstancias específicas
agravadas, entendiéndose también como tal "cuando se
cometiere luego de mediar una Orden de protección
o resolución contra la persona acusada expedida
en auxilio de la víctima del maltrato",
en cuyo caso la pena aplicable estaría comprendida entre 2 años
a 5 años de reclusión; el
maltrato mediante amenaza (de causar daño determinado), en cuyo
caso la
pena establecida es de 2 años a 5
años de reclusión.
Queremos hacer mención específica
a la figura delictiva que se contempla en el artículo 3.5 de la
Ley,
respecto de la agresión sexual conyugal,
para que se señalan penas dde 20 a 99 años. En efecto,
cometerá el delito de agresión
sexual "toda persona que incurra en una relación sexual no consentida
con su cónyuge o ex-cónyuge,
o con la persona con quien cohabita o haya cohabitado, con quien
sostuviere o haya sostenido una relación
consensual, o la persona con quien se haya procreado un
hijo o una hija", entre otras circunstancias,
cuando se haya compelido a incurrir en conducta sexual
mediante el empleo de fuerza, violencia,
intimidación o amenaza de grave e inmediato daño corporal.
Cabe destacar que en línea con las
acertadas medidas para la prevención del maltrato doméstico,
se
arbitran asimismo en la Ley 54 de Puerto
Rico programas de Reeducación y Readiestramiento para
personas que incurren en conducta maltratante
en la relación de pareja. Así, cuando recaiga Sentencia
condenatoria para el acusado de delito de
maltrato y cuando se trate de persona sin antecedente por
uno similar, el Tribunal podrá suspender
el procedimiento y someter a la persona convicta a libertad
prueba cuando se halle sujeto a un programa
especial de reeducación o readiestramiento.
2.2.2
POR FIN SE HA ROTO EL SILENCIO
Por: Maria José Varela - Abogada
La violencia en el ámbito de la familia
y especialmente de la pareja, se viene dando desde tiempo
inmemorial.
La existencia hasta 1975 de la potestad
marital, que autorizaba al marido a corregir a la esposa y
obligaba a ésta a obedecerle, establecía
un plano de prevalencia masculina que le servía de
justificación.
Las posteriores reformas legislativas eliminando
la desigualdad de los sexos no consiguieron de por sí
erradicar los comportamientos violentos
en el seno del matrimonio, aunque su comisión quedaba
ahogada por el marco privado en el que se
producían, por la vergüenza que atenaza a las víctimas
sobre quienes recae, y por la conceptualización
de que se trata de algo íntimo en lo que no se debe
entrar ni conocer.
La toma de conciencia social sobre este grave
problema llega veintitres años después de que la
Organización de las Naciones Unidas
alertara sobre ello y con una década de retraso respecto a las
recomendaciones del Parlamento Europeo y
de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, pese
a que en todos los casos se indicaba que
mujeres y niñas se ven sometidas a diversas formas
específicas de violencia y que el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos implica la
protección de la inviolabilidad de
la persona, de su vida privada, la salvaguarda de sus libertades
individuales y dignidad personal de las
que ellas obviamente no están excluidas.
La presencia constante mantenida durante
los últimos meses de las noticias en este sentido, no hace
sino demostrar que se ha roto !por
fin! el silencio, ya que los datos que nos aportan no son ni
cualitativa ni cuantitativamente distintos
a los hechos públicos en 1984, momento en el que por
primera vez en España se realizó
un censo sobre denuncias en las comisarias. Desde entonces se ha
constatado que en los años en los
que el tema ha emergido ya sea en prensa ya a través de campañas
institucionales, las mujeres se han atrevido
algo más a acudir a la justicia.
El Código Penal desde 1989 contempla
como delito los malos tratos reiterados en la familia, aunque
la lesión física sea leve,
y el actualmete vigente ha supuesto un incremento de la pena, la cual
probablemente debería ser mayor,
que se aplicará además de la que corresponda en función
de la
gravedad de las lesiones causadas.
También preveé la pena accesoria relativa a que en
las
sentencias condenatorias por lesiones físicas,
psiquicas o sexuales se acuerde la prohibición al agresor
de acudir al lugar en el que resida la víctima.
La ley civil contiene la posibilidad de
separación conyugal por conducta injuriosa o vejatoria así
como
por violación de los deberes conyugales
e instrumenta la posibilidad de solicitar medidas provisionales
previas para obtener una resolución
en la cual se acuerde la custodia respecto de los hijos menores,
la atribución del uso de la vivienda
y las pensiones alimenticias , que de realizarse en los plazos
establecidos se obtendría a los quince
días de instada.
Este sustrato legal puede, debe, perfeccionarse
pero quizá lo inmediato y que notablemente mejoraría
la situación sería su aplicación
rigurosa y preferente en cuanto a rapidez por su trascendencia .
Existe desde luego una peculiar situación
de las víctimas en estos casos ya que deben enfrentarse a un
agresor con el cual conviven, de quien
tienen hijos, al que quieren o han querido y en ocasiones del
que dependen económicamente.Todos
estos vínculos unidos al miedo que deriva del haber sido
objeto de un ataque violento y en muchas
ocasiones reiterado explican la reconocida escasez
porcentual de denuncias.
Es por ello que ya en 1986 el Parlamento
Europeo en su Resolución sobre las agresiones a las
mujeres, recomendaba a los estados miembros
un conjunto de medidas que iban desde reformas
legislativas, hasta pautas de actuación
de la justicia con formación especializada en este campo e
información continua a la perjudicada,
pasando por políticas de la administración encaminadas a
dotar
de recursos a través de bolsas de
ayuda, creación de casas refugio y partidas presupuestarias
específicas
para campañas de concienciación
y asesoramiento.
La Comisión de Derechos Humanos del
Senado, después de un riguroso estudio sobre el tema,
emitió en Mayo de 1989 un informe
en el que entre otras cosas se reconocía que los malos tratos son
interclasistas en todo el mundo, se ejercen
sobre mujeres y niños. Los hombres que los realizan lo
hacen desde la perspectiva de estimarlos
como una forma de demostración de su autoridad en el seno
de la familia y de su dominio sobre la mujer.
Se basan por tanto en la desigualdad y las concepciones
ideológicas caducas del patriarcado.
Un estudio realizado de las Sentencias penales
que llegaron al Tribunal Supremo en los diez últimos
años, relativas a muertes efectuadas
por cónyuges o convivientes arroja el dato que en el 97 % de los
casos ellos fueron los que mataron.
Siendo todas las vidas merecedoras de igual
protección no se puede abordar del mismo modo lo que
es un caso aislado de aquello que constituye
una auténtica lacra social.
Además de los devastadores efectos
de estas conductas sobre las víctimas más directas de ellos
que
son las mujeres, producen un efecto terrible
sobre los hijos que las presencian y que en ocasiones
tambien las sufren e interiorizan un modo
de relación de pareja en el que se reproducen roles de
desigualdad que ellos aprenden.
Si admitimos definitivamente que la violencia
doméstica es un problema social, de enorme
trascendencia por el daño que produce
y por su extensión y lo abordamos decididamente desde el
compromiso para su erradicación,
podremos iniciar una nueva era en la que los derechos de la mujer
y los del hombre sean verdaderamente iguales.
2.2.3
¿Y EL PLAN PARA LA MUJER MALTRATADA?
EL PERIODICO. 29/7/98
En lo que va de año veintinueve mujeres
han perdido la vida a manos de sus maridos, novios,
compañeros o amantes (mayoritariamente
maridos), cifra muy parecida a la que se registraba el año
pasado por estas fechas y que supone ya
la mitad del total de las víctimas de 1997.
Durante este tiempo, los medios de comunicación
han difundido las noticias relativas a la violencia
familiar, con mayor énfasis que antes.
La opinión pública ha incrementado su sensibilidad en relación
a
estos temas, los jurados populares han condenado
con rigor los casos enjuiciados, la fiscalía se ha
organizado en Catalunya para una supervisión
más estricta de las causas judiciales, pero aún quedan
no obstante enormes dificultades a superar
tanto en los ritmos judiciales, como en la atención a la
victima por parte de la justicia.
Desde el poder político, en el momento
álgido de la denuncia mediática se anunciaron
cambios.Algunos tibios y escasos como los
aprobados por el parlamento catalán, otros exahustivos
pero desordenados como los del parlamento
andaluz e incluso el Gobierno del Estado, aprobó un
plan de acción contra la violencia
doméstica.
La introducción de este Plan, estimaba
que actualmente la sociedad española considera la violencia
contra la mujer como un ataque a la democracia
y respalda su propia exposición de motivos en los
documentos internacionales que van desde
la declaración de las Naciones Unidas en 1975, hasta la
IV conferencia Mundial celebrada en Pekín
en 1995, para concluir que "la violencia contra las
mujeres es una cuestión de Estado".
Aunque ello es obvio, su reconocimiento oficial
en el documento, da la impresión de que
definitivamente desde la política
se ve imprescindible una intervención decidida como respuesta a
la
demanda social generada.
No obstante , la eficacia de la gestión
administrativa o el escaso convencimiento de quienes deben
desarrollar la acción política
hace que pese a los meses transcurridos no pueda apreciarse
absolutamente ningún avance.
No se han concluído las reformas legislativas
necesarias, no se han creado centros de tratamiento y
ayuda para que las mujeres que salen del
infierno del terrorismo familiar puedan recuperarse y
continuar sus vidas con normalidad.
Es importante señalar, que el único
centro de rehabilitación existente en toda España, lo ha
creado y
gestiona una ONG, la Federación de
Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas.
Mientras la administración divaga en los laberintos de la burocracia, el goteo de muertes continua.
Los Gobiernos priorizan y ejecutan otras
iniciativas políticas y económicas,pero algunas mujeres se
solidarizan y ceden su patrimonio para ser
utilizado como casa de acogida, pasando por delante, una
vez mas, de quienes tiene la responsabilidad
directa de resolverlo.
Oimos declaraciones bien intecionadas, leemos
planes de acción deslabazados, contradictorios y con
escaso soporte téctnico en su elaboración,
por lo que debemos concluir que muy dificilmente está
asumido el verdadero alcance e importancia
de la violencia en la familia.
Hemos visto durante unos días unos
anuncios en la televisión, pero no asistimos a una campaña
informativa generalizada para la divulgación
de los derechos de las mujeres y de la idea central de que
el maltrato es un atentado a los derechos
humanos.
No se sabe aun el destino exacto de los 9000
millones que el Gobierno acordó destinar en el mes de
Abril, a la lucha contra la violencia familiar.
No se conoce tampoco el montante y destino
del presupuesto que esta autonomía dedicará a una
cuestión sin duda relevante como
ha reconocido el propio Parlament en su Resolución 478/V al instar
al Gobierno para que promueva la formación
especifíca de quienes tienen que tratar a las víctimas
cuando denuncian, e impulsar la puesta en
marcha de recursos y casas de acogida.
Y cuando ha pasado un año y llega
el momento de hacer un balance nos encontramos con que las
agresiones hacia las mujeres en el ámbito
familiar no han disminuido. La sociedad sabe que se trata de
una lacra pero la víctima del maltrato
sigue encontrando los mismos escasos hogares refugio con
largas listas de espera, no hay soluciones
inmediatas para problemas urgentes y en demasiadas
ocasiones irreversibles.
La acción política se anuncia,
más con palabras que desde la auténtica convicción
sin ser suficiente
para articular medidas de prevención
y salidas eficaces para quienes sufren esta situación, puesto que
a estas alturas seguimos sin cumplir con
las recomendaciones del Parlamento Europeo de 1986
respecto al número de plazas en casas
de acogida por habitante, las bolsas de ayuda financiera para
las víctimas, y entraremos en el
próximo mileniosin haber erradicado la conducta antisocial que en
estos momentos ocasiona mas víctimas
mortales al año que los atentados terroristas.
2.2.4
EL CRIM ENCOBERT MES ESTES
Diario AVUI 3 de Enero de 1998
La violència contra les dones com
a forma específica d´agressió és una realitat
històrica que s´ha
mantingut silenciada durant segles.
Per legitimar aquestes conductes s´usen
expressions tan significatives com "si el marit la pega, per
alguna cosa serà" o "que més
voldries tu que et violessin", frases que encara avui no han desaparegut.
La sordidesa, la vergonya i l´aïllament
han configurat situaciones de veritable tortura física i
psicològica en un entorn, el familiar,
que genera una especial indefensió per la víctima perque
contra
ell no es prevé.
Les dones que han patit aquests maltractaments,
en molt poques ocasiones han denunciat al seu
agressor, per por a nous atacs amb els que
han estat amenaçades i, també, per un específic sentiment
que les fa considerar-se socialment denigrades
i, per aquesta raó, prefereixen ocultar-ho.
La desconfiança en unes intitucions
que tradicionalment han marginat a la dona, constitueix també, un
fre per portar la qüestió davant
els tribunals de Justícia.
El maig de 1.989, la Comissió de Drets
Humans del Senat elaborà un estudi sobre la violència en
la
llar i remarcava, en el seu informe, la
gravetat, indefensió i extensió real d´aquestes pràctiques,
així
com la seva escassa punibilitat malgrat
constituïr "un problema social per la seva magnitud."
De la mateixa manera, a través de
la memòria anual de la Fiscalia, s´obtenen dades que indiquen
que,
en les causa seguides per agressió
sexual, recau un porcentatge més elevat d´absolucions que
en les
obertes per altres delictes.
El Defensor del Poble i el Consell General
del Poder Judicial han fet públic, aquest any, ambdós
informes que coincideixen tant amb el que
el seu dia va expressar la Comissió del Senat, com amb el
que recomanen els organismes internacionals.
Per pal.liar aquesta situació, tant
el Senat aleshores, com el Defensor del Poble ara, adverteixen de la
necessitat d´un tractament acurat
per part de l´Administració de Justícia, tant en relació
a la valoració
que es fa de la declaració de la
víctima, com a la recollida d´altres proves i en l´aplicació
de la legalitat
vigent.
S´assenyala de forma clara que la causa
que origina aquests comportaments no es altra que la situació
estructural de desigualtat real en la que,
encara avui, es troben les dones, ja que l´alcohol, atur o
pobresa que s´adverteixen en alguns
casos no és, en realitat, l´origen del fenomen, sino que actua
com
a desencadenant.
La legislació ha avançat sobretot
pel que fa referència a la violació i agressions sexuals,
que fins 1.989
es regulava per criteris del segle passat.
El vigent Codi Penal ha suposat també la seva configuració
d´acord amb alguns criteris històricament
reivindicats pel moviment feminista, però encara avui,
perduren certes llacunes incomprensibles
i la interpretació que els tribunals fan de la Llei continua
carregada de ideologia.
Ara ha entrat en el Congrès dels Diputats
i per la seva tramitació pel procediment d´urgència,
un
Projecte de Llei Orgànica per modificar
el Codi Penal i la Llei d´Enjudicament Criminal pel que fa
referència a la violència
en la familia. Aquesta iniciativa és important perque millora els
instruments
legals existents per combatre-la.
Inclou als ex-cònjuges o excompanys, que, malgart no conviure, ejerciten la violència.
Amplía el maltractament, també,
al psicológic, tota vegada que aquest es dóna també
en l´àmbit
familiar de forma reiterada i no estava
inclòs en la figura penal específica que es creà al
1.989.
Precisa millor el concepte d´habitualitat
de forma que s´entengui com la repetició propera en el temps
de conductes del mateix tipus tant si s´han
denunciat con si no.
Preveu, d´altra banda, expressament,
la possibilitat d´acordar l´allunyament de la víctima
com a
mesura cautelar, per assegurar la seva protecció,
abans de la Sentència ja que fins ara hi havia molta
indefensió en situaciones que, com
s´ha vist, eren greument perilloses per a les dones.
No obstant això, continua deixant
sense contemplar algunes qüestions importants, com són el fet
que
perdura la possibilitat de la pena de multa
en els supòsits de condemna; que les amenaces amb armes
encara són considerades com a faltes
lleus, en comptes d´ésser delictes com caldria i que es manté,
com fins ara, la prohibició d´ascendents,
descendents, germans i afins d´exercir l´acusació en
les
causes penals que no siguin per delictes
comesos contra ells mateixos.
Aquestes millores poden ser importants, però
la seva eficàcia depén, en gran manera, de l´actitud
que
tingui l´Administració de Justícia
enfront les denúncies que se li plantegin.
Cal dir que, fins ara, s´ha constatat
una inhibició important dels jutges en l´aplicació
de la norma penal
prevista pel càstig dels maltractadors.
Ho va dir el Magistrat Ramón Saez Valcárcel en les Jornades
de Formació del Consell General del
Poder Judicial el juny de 1994, ho repeteix la Circular 1/98 de
la Fiscalia General de l´Estat, ho
han constatat els estudis fets per l´Associació de Dones Juristes
THEMIS i l´Asociación Libre
de Abogados.
És cert que la sensibilitat dels òrgans
judicials ha millorat enormenent en aquests darrers anys, però
encara perduren, en aquestes causes, més
absolucions o l´aplicació de més circunstàncies
atenunats
que en qualsevol altra.
També existeixen jutges que encara
consideren que la negativa verbal d´una dona no és suficient
per
entendre la seva oposició o exigeixen
resistència a una relació sexual no consentida i inclús
diuen que
la violació del marit és una
forma atenuada.
Hem vist sentències que rebaixaven
la condemna del marit que havia pagat a l´esposa per gelosia,
entenent que era una atenuant de transtorn
mental.
Els mitjans de comunicació, al fer-se
ressò d´aquests processos, han contribuit enormement al seu
avenç ja que la publicitat dels criteris
usats ha provocat un debat.
Ja que estem sortint del silenci, no dubtem,
doncs, en donar la importància que mereixen pràctiques
que han suposat una flagrant vulneració
dels drets humans dirigida contra un sector de la població
precisament per la seva diferència
de sexe.
Quan es cumpleix el cinquantenari de la Declaració
Universal dels Drets Humans, hem de dir, des del
lloc que ocupem en la nostra societat, PROU
a aquests comportaments que les Nacions Unides vàren
anomenar "el crim encobert més estès
de l´humanitat".
2.2.5
EL TERRORISMO DOMÉSTICO
Diario EL PERIÓDICO 11 de Febrero de 2000
Al tiempo que 14 países de la UE amenazan
con sancionar a Austria por la alianza conservadora con
la extrema derecha para gobernar, en defensa
de una conquista de la humanidad el Parlamento
Europeo divulga el Eurobarómetro
que recoge la opinión de los ciudadanos en materia de violencia
doméstica, y que concluye "El 46,1%
de los encuestados atribuye la violencia a la actitud provocativa
de las víctimas". Es decir la casi
mitad de los europeos consideran que las mujeres se lo buscan ¿por
qué?
Nunca se ha planteado que la opinión
pública considerara que los bancos son responsables de los
atracos que sufren o que las víctimas
del terrorismo han inducido a los actos cruentos sobre ellos.
Nacer mujer puede llevar al otro sexo a
atentar contra su libertad, su integridad física, sexual o
psicológica o lo que provoca es la
insubordinación es decir el no aceptar que el género determine
sumisión. El Eurobarómetro
proyecta la negativa a aceptar que las mujeres también son titulares
de
derechos, incluso en casa frente al marido.
No procede una campaña generalizada de rechazo al
terrorismo doméstico que este a1o
ya ha causado en España un número seis veces mayor de víctimas
mortales que el otro terrorismo? Seguro
que merecían vivir, fueren como fueren, aunque replicaran
constantemente a sus maridos.
2.2.6
LOS VALORES DE LA DEMOCRACIA
Diario EL DIARI DE L'HOSPITALET 8 de Marzo de 2000
El 8 de Marzo del 2000 se celebra en plena
campaña electoral, razón por la cual cobra protagonismo
el debate de las ofertas programáticas
en torno a los problemas específicos de las mujeres. En una
sociedad formada por ambos sexos, aun hoy
uno de ellos arrastra una carga de marginalidad y
brutalidad derivada del ejercicio del poder
por parte del otro.
Se sabe que una de cada cinco mujeres en
Europa sufre violencia en la familia y que el once por
ciento de los europeos conoce a una mujer
maltratada. El Defensor del Pueblo indicó en 1998 que en
nuestro país el dieciocho por ciento
la conocía, el British Council en 1999 situaba las víctimas
en una
de cada cuatro.
En España en 1997 murieron por esta
causa 91 mujeres, 66 en 1998, 68 en 1999 y 13 en lo que
llevamos del 2000.
Los gobiernos democráticos tienen
en ello un reto si consideran que los malos tratos son un grave
atentado a los derechos humanos y los partidos
deben explicar con claridad las medidas, y
prioridades que piensan aplicar a tan importante
cuestión , alejándose de fórmulas genéricas
que
suponen un desinterés real por la
cuestión.
La educación en el respeto a la diferencia
y la no discriminación sexual no pasa solo por los planes de
estudio, la prevención es el instrumento
más eficaz. Las campañas constantes desde todos los medios
han creado una opinión generalizada
de rechazo al terrorismo político, lo mismo procede respecto del
terrorismo doméstico que en lo que
va de año ha causado un número muy superior de víctimas
mortales, sin que ni una sola autoridad
política acudiera a su funeral.
Las iniciativas legislativas que proponen
o no, y los recursos que piensan destinar a las víctimas entre
los que se encuentran muy especialmente
los centros de acogida y tratamiento integral para ellas,
demuestran la voluntad política real
y nos pueden dar una idea clara del compromiso existente.
Frente al horror de la violencia sexista
no basta el grito del 8 de Marzo, una sociedad democrática
debe asumir como cuestión de estado
de máxima preferencia el desarrollo de políticas eficaces
para
su superación.
2.2.7
NECESITAMOS ACTUAR YA
Diario EL PERIÓDICO 6 de Abril de 2000
El Instituto de la Mujer reveló ayer
que dos millones de españolas presentan las características
propias de haberlo sufrido la violencia
de género, aunque no se reconozcan como sujeto pasivo.
La mayor parte de las encuestadas que han
engrosado la respuesta correspondiente al perfil de
maltratada no se reconoce a sí misma
como tal y ello indica que todavía hoy las trece conductas
enumeradas - como que sus compañeros
les prohiban acercarse a sus familiares o amigos, les quiten
el dinero, las controlen, insulten o amenacen
o incluso las obliguen a tener relaciones sexuales - no
forman parte del concepto generalizado del
maltrato que probablemente se identifica sólo con la
agresión física.
El Defensor del Pueblo habída detectado
en 1998 que el 18% de los españoles mayores de 18 años
saben de algún caso entre su círculo
próximo.
No solo la cantidad, también la tipología
es grave dadas las conductas descritas que en este año 2000
han supuesto ya 19 mujeres muertas y 7 menores
como triste arrastre de un rosario constante que no
se puede frenar solo con declaraciones institucionales,
es preciso dar la prioridad que merecen las
actuaciones públicas contra la violencia
hacia las mujeres.
Hasta ahora solo se ha conseguido el reconocimiento
de una realidad. Documentados ya estamos,
pongamos freno eficaz a la mas deleznable
de las lacras sociales, la que convierte el hogar familiar en
un lugar de destrucción y muerte.
2.2.8
DIRECTIVAS EUROPEAS
Diario 16, 1 de Mayo de 2000
La violencia contra las mujeres es una lacra
social que está presente en Europa causando una elevada
tasa de problemas de salud e incluso mortalidad.
Los diferentes países de la UE legislan
a través de su sistema las medidas penales que en algunos
casos se aprecian má s acertadas
que otros. No obstante, los desajustes mayores que observan
coincidentemente en la interpretación
y aplicación de las leyes.
El Tratado de Amsterdam, introduce una nueva
vía: el integrar la igualdad de oportunidades en todas
las políticas especificando claramente
con uno de sus objetivos fundamentales la eliminación de las
desigualdades y el fomento de la igualdad
entre los hombres y las mujeres en todas las actividades de
la Unión. Ello unido al criterio
asentado de que los derechos de los ciudadanos son uno de los ejes de
la UE, por lo que ésta podrá
adoptar las medidas necesarias para combatir cualquier discriminación
basada en el sexo, raza, el origen étnico,
la religión, las creencias, las discapacidades, la edad o la
orientación sexual, dan pie a la
posibilidad de impulsar en todos los ámbitos las medidas necesarias
para luchar contra la desigualdad.
Existe por lo tanto un camino abierto para
que a través de una Directiva se regulen de forma uniforme
e integral la actuación de los estados
europeos en materia de violencia doméstica.
La prevención con políticas
claramente definidas que abarque la educación en los planes escolares
como en los valores sociales, la dotación
de recursos asistenciales expresamente diseñados y dotados
de presupuesto adecuado y el resarcimiento
a las víctimas, son ámbitos de necesaria y urgente
actuación.
Es preciso incluir actuaciones especificas
y sensibles para los sectores de mujeres y especialmente
vulnerables como las que sufren minusvalías,
las emigrantes y las ancianas.
De igual modo, urge un diseño de una
respuesta adecuada para otorgar la protección que merecen
los menores que sufren directa o indirectamente
la violencia de género.
El problema que se aborda es sangrante, por
lo que el compromiso de los estados democráticos en
su erradicación es preciso que supere
las declaraciones de principios e inicie la andadura de un
compromiso más eficaz a través
de instrumentos como una directiva en el caso de la Unión Euro.
Que
asegure a los ciudadanos de la Unión,
la protección más adecuada a sus derechos más elementales
a
la vida, a la salud y a la libertad.
2.2.9
JUECES Y MALOS TRATOS
Diario EL PERIÓDICO 22 de Mayo de 2000
Veinticinco mujeres y nueve niños
han muerto desde que se inició el año 2000 a manos de los
maridos. Existe lamento e indignación
social y los poderes públicos lanzan discursos diversos sobre su
visión del problema.
La Presidenta del Senado dijo el viernes
en la Audiencia de Barcelona que son precisas
modificaciones legales para dar una respuesta
adecuada, pero lo cierto es que desde 1989 se ha
producido cuatro cambios en el Código
Penal y existe un delito específico que permite el
enjuiciamiento del maltrato habitual. No
obstante todos los estudios realizados desde su entrada en
vigor hace mas de una década indican
que prácticamente no se aplica el delito del maltrato habitual,
al
principio no se hacía porque la doctrina
veía dificultades en el término y se discutía si podía
suponer
una duplicidad de castigos y después,
tampoco se ha aplicado por una praxis cotidiana que da como
resultado la escasa investigación
del Juez Instructor al recibir la denuncia.
Hoy aun se suele juzgar exclusivamente como
falta el hecho preciso del último ataque, prescindiendo
de todo lo demás que pueda haber
acaecido con anterioridad. La Asociación de Mujeres Juristas
Themis, en su estudio Respuesta penal a
la violencia familiar, realizado sobre 2430 asuntos seguidos
en la Comunidad de Madrid, indica que en
el 99% de estos el procedimiento que se siguió fue el
previsto para las faltas, la opción
más leve de todas. A igual conclusión llega el estudio realizado
por
la Asociación Libre de Abogados.
La ausencia de aplicación de un precepto legal es refrendada por
el Magistrado Saez Valcarcel Vocal del Consejo
General del Poder Judicial y por la Fiscalía General
de Estado .
Las medidas cautelares para proteger a las
víctimas, expresamente enumeradas en la ley procesal
desde la reforma de junio de 1999, son escasamente
aplicadas ya que están previstas para los delitos
pero se incoan como faltas. El Defensor
del Pueblo en su informe de 1998 resaltó el hecho de que el
97% de las mujeres que murieron en el año
anterior habían denunciado previamente a sus maridos y
todos los estudios nacionales e internacionales
realizados constatan el riesgo real de la reiteración de
la violencia, pero ello no ha supuesto mas
que un tenue cambio en la andadura de estas denuncias.
Los ataques sufridos por mujeres y niños
suelen reflejar además una crueldad relevante, la cual tiene
reflejo también en la ley penal a
través de la agravante de ensañamiento que requiere para
su
aplicación la acreditación
de tener la finalidad de causar un padecimiento innecesario, pero vemos
con
perplejidad que pese a que los jurados populares
aprecian dicha agravante, en ocasiones los
Tribunales consideran que no debe aplicarse
el ensañamiento ya sea porque la víctima estaba
seminconsciente ya sea porque forma parte
del propio furor del ataque y eso a pesar que el Tribunal
Supremo ya ha establecido que agredir reiterada
y brutalmete a alguien sin padecer un transtorno
mental es ensañamiento.
La ley además, contempla la posibilidad
de otorgar protección a las víctimas a través de ordenes
de
alejamiento, de imposibilidad de comunicar,
de acordar medidas provisionales de separación
conyugal con carácter urgente y previo
a la demanda, y de suspender o limitar el derecho de visitas
sobre los hijos comunes si existen circunstancias
que así lo aconsejan. Por lo tanto instrumentos
legales tenemos, por mucho que pudieran
mejorarse.
El principal problema actual es como se aplican
e interpretan estos preceptos jurídicos por parte de
los Tribunales de Justicia y si la respuesta
que ellos dan es la que guió al legislador y la sociedad
demanda.
La administración tiene también
una gran responsabilidad en lo que está ocurriendo. El Parlamento
Europeo ya en 1986 y luego en 1990, ha llamado
a la tolerancia cero por parte de los Gobiernos en
esta materia y ha dictado resoluciones con
medidas muy precisas .
El pasado mes de Abril, trescientas juristas
europeas reunidas en Calviá (Mallorca) sugerían una
Propuesta de Directiva de la UE que incluyera
acciones en materia de prevención, asistencia y
resarcimiento de las víctimas.
Existen materiales para el desarrollo de
una acción efectiva , tenemos expertas dentro del movimiento
feminista que han alcanzado una alta cualificación
de conocimientos por su trabajo voluntario durante
décadas, pero desde los distintos
gobiernos estatal y autonómicos (con la excepción de Andalucía)
se
desaprovecha todo ello y se empieza a discutir
si es mejor atender con recursos institucionales a las
víctimas o a los agresores y si hay
que dedicar alguna partida económica mas a un tema que en la
practica no esta gozando de prioridad presupuestaria
ni política, pese al saldo de víctimas mortales
que deja.
La administración y la judicatura
tienen hoy la responsabilidad de responder en el área de sus
competencias a la ciudadanía ya que
es verdaderamente imposible superar la violencia de género sin
su firme actuación.
2.2.10
EL LASTRE DEL PASADO
Diario EL PERIÓDICO 19 de Julio de 2000
El Iman de Fuengirola publica un libro La
mujer en el Islam, en el que realiza propuestas de cómo
pegar a la esposa sin dejar huella, en determinadas
partes del cuerpo y utilizando una vara ligera. En
su defensa sale el también Iman de
Barcelona, que aduce base coránica en tal consejo.
Sabemos que hay credos religiosos que predican
el sometimiento de la mujer al varon y justifican o
incentivan la violéncia de género.
Las mujeres son titulares de derechos iguales
a los hombres en los paises democráticos como el
nuestro, no obstante sufren también
de los golpes, palizas y muertes que les inflingen sus parejas,
precisamente como lastres de normas religiosas
que tuvieron en su día rango de ley.
Hoy, gracias al imparable avance del feminismo,
la violencia conyugal es un problema público, un
delito perseguible de oficio y una cuestión
de estado que debe ser abordada por las diferentes
administraciones dentro de sus competencias,
tanto en el ámbito de la prevención como en el de
ayuda y soporte a las víctimas.
Se ha abandonado ya el criterio de que esta
es una cuestión privada y las Naciones Unidas viene
alertando a los estados contra el crimen
encubierto mas importante de la humanidad.
Ningun credo, por muy respetables que lo
son todos, puede traspasar los límites de los derechos
humanos y la integridad física, psicológica
y sexual de las mujeres es un patrimonio a salvaguardar por
toda la humanidad sin que resulte admisible
escudarse en diferencias culturales o religiosas para
vulnerarla.
2.2.11
EL COSTE DE LA DESIGUALDAD
Diario EL PERIÓDICO 21 de Septiembre de 2000
Naciones Unidas publica un informe en el
que nos manifiesta el coste económico de la desigualdad
entre los sexos. Es un dato importante,
muy especialmente en unos tiempos en los que tiene prioridad
un presupuesto monetario que uno ideológico.
El documento también expresa, una
vez más, el dramático alcance de la violencia contra las
niñas y
las mujeres en el mundo, en el que las cifras
indican que una de cada tres ha sido apaleada u obligada
a establecer relaciones sexuales, con frecuencia
por quien ella conoce, y mas de cinco mil al año han
muerto a manos de miembros de su propia
familia.
Este es el mundo que tenemos, no solo en
los paises subdesarrollados sino también aquí donde
conocemos con una estremecedora frecuencia
de los mismos crímenes, aunque vengan disfrazados,
denominando como "celotipia" y envolviendo
en un transtorno conductual lo que allí son muertes para
"restaurar la honra" , o considerando poco
creíble el relato de una joven que se dejo acompañar por
un conocido o que subió a su casa
y sufrió un ataque sexual. Año tras año los estudios
confirman la
magnitud y las características de
la violencia de género, la administración anuncia "planes"
específicos
de actuación, pero los sectores implicados
avanzan tan lentamente como si despertaran de un largo
sueño del que tienen que desperezarse.
¡Lástima que ello cueste vidas
y también algún dinero!
2.2.12
LA PUBLICIDAD DE LA CONDENA
Diario EL PAÍS 17 de Octubre de 2000
El Presidente de la Comunidad Autónoma
de Castilla- La Mancha, propone nuevas medidas
institucionales en la lucha contra la violencia
doméstica que han tenido, desde el principio, la enorme
virtud de provocar el debate que es vital
para un estado democrático.
Es cierto que el gobierno al anunciar en
abril de 1998 su plan de acción ya declaró que se trataba
de
una cuestión de estado, pero también
lo es que las líneas de actuación diseñadas han resultado
netamente ineficaces.
Ahora se propone un cambio de estrategia que implica activamente a las instituciones públicas.
El ejercicio de la acción popular
personándose en las causas penales se ha hecho ya en otros ámbitos:
el Ayuntamiento de Barcelona, por ejemplo,
lo viene efectuando en todos los casos de muertes
violentas en las calles de la ciudad y la
decisión implica un compromiso político previo de soporte
a
los perjudicados.
La publicación de la identidad de
los agresores ha sido el aspecto que mayor polémica ha suscitado
y
que de modo sorprendente ha sido rápidamente
denostada.
La idea supone informar a la sociedad de
sentencias firmes condenatorias por unos delitos que
constituyen una de las lacras sociales más
graves del mundo y que han provocado este año en nuestro
país la pérdida de la vida
a cincuenta y cinco mujeres y una decena de hijos según cifras recogidas
por la Federación de Mujeres Separadas
y Divorciadas.
La información supone conocimiento,
transparencia, actuar consecuentemente con la afirmación tan
ampliamente suscrita ya, de que la violencia
de género es una cuestión pública que rebasa el ámbito
privado y que la sociedad no está
dispuesta a consentir.
Naciones Unidas subraya que la violencia
contra las mujeres es el crimen encubierto más grave de la
humanidad, la propuesta supone dejarlo al
descubierto, que no transcurra ya más en el secretismo
que le envuelve y que todos sepamos de su
realidad.
Se han formulado muchas objeciones sobre
la legalidad de tal iniciativa, despertándose un inusitado
temor a vulnerar derechos de los autores
de estos delitos, como sucede cada vez que se proponen
cambios legislativos o medidas desde la
administración e incluso en la aplicación de las leyes en
esta
materia.
Es difícil sostener como se ha hecho,
que puede vulnerar la presunción de inocencia, si las noticias se
dan sobre sentencias firmes.
La invocación del derecho a la intimidad
debe ser considerada desde la doble perspectiva de que las
sentencias son públicas y de que
el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en reiteradas ocasiones
entendiendo que debe ponderarse los bienes
o derechos en conflicto ya que en múltiples ocasiones la
intimidad debe ceder ante el derecho a la
información.
En nuestra lectura cotidiana de los periódicos
conocemos la identidad de delincuentes, difundida
también por otros medios de comunicación
audiovisuales, a nuestra llegada a los aeropuertos e
incluso al entrar en algunos edificios de
Juzgados vemos carteles con fotografías y nombres de
personas que no han sido juzgadas, bajo
el título "delincuentes muy peligrosos" , en los medios
financieros circulan listados de morosos
cuyos datos se confeccionan a partir de la información que
facilita el acreedor o persona que actúe
en su nombre, sin necesidad de una sentencia judicial como
garantía.
En definitiva la cuestión es siempre
una ponderación sobre el valor de la intimidad y aquel otro con
el
cual entra en conflicto, como también
lo es en la Ley de Protección de Datos que establece
excepciones y dota de facultades a la Agencia
para poderlo determinar en todo caso. Es por ello que
en la Directiva europea respecto al tratamientos
de datos personales y su libre circulación, que da pie
a nuestra Ley, se considera no aplicable
a las actividades del estado en materia penal y exenta la
prevención, investigación,
detección y represión de infracciones penales.
No es la primera vez que la necesidad de
visualizar de forma individualizada a quienes han cometido
crímenes se convierte en una reivindicación
política, lo fue para el pueblo judío respecto de los
torturadores nazis y lo continúa
siendo para los ciudadanos argentinos y chilenos respecto de las
identidades de quienes mataron y secuestraron
durante la dictadura y en ningún caso tal conocimiento
ha supuesto revanchismo al margen de la
ley.
La sociedad necesita saber y conocer los
casos en que se ha lesionado bienes jurídicos importantes,
ya que la ignorancia favorece a los criminales
y dificulta superar las secuelas del delito.
El conocimiento público de una condena
no es una pena añadida, no tiene tal naturaleza ni puede
atribuírsele aunque implique una
actitud de rechazo colectivo o de incomodidad personal.
El procedimiento judicial supone generalmente
para las víctimas un esfuerzo terrible: presentan la
denuncia y deben volver a la casa que comparten
con el agresor, sin escolta, deben repetir su drama
ante la policía, el Juez Instructor,
el médico forense y el tribunal el día del juicio, con una
carga de
victimización secundaria y de exigencia
legal en ocasiones próxima a la heroicidad y que con
frecuencia no tienen de la Administración
todo el respaldo que merecen.
No obstante las mujeres han venido pasando
por ello cumpliendo con todas las pautas legalmente
establecidas, esperando todos los plazos
judiciales necesarios, sometiéndose pacientemente pero
conscientes de que las normas de un estado
de derecho deben cumplirse en garantía de los
ciudadanos.
La publicidad de la condena, no supone incitar
a la revancha ni al rencor, todo lo contrario es
visualizar dejar de permanecer en el silencio
y la privacidad, es el conocimiento de una sociedad
madura del alcance real y concreto del crimen
responsable de la mayor causa de mortalidad
accidental en las mujeres.
¿Quiénes y por qué temen
saber? ¿No será mejor enfrentarnos a nuestra realidad si
queremos
superarla?
Delitos
por MARUJA TORRES
El País- Octubre 99
Se impone una urgente revisión del
Código Penal, con el fin de evitar sufrimientos morales a cierto
número
de jueces y juezas (cada día más
seguros de su impunidad como para mostrarse al descubierto) en su
abnegada labor en pro de la injusticia,
el disparate, la mofa, la befa y el absurdo más sangriento. Propongo
que, a partir de ahora y por lo menos durante
el milenio que viene, no sean considerados como delito, en
nuestra sociedad, las siguientes fruslerías:
Violación del hijo o hija por el padre,
cualquiera que sea la edad de los primeros, considerándose incluso
que, a menor edad de los hijos mayor prueba
de amor se da en la violación practicada por el padre, en su
ansia de que tengan de todo; la violación
(que pasaría a llamarse "canción de cuna new age") contemplaría
tanto la penetración frontal como
la sodomización. Queda legalizada la felatio a practicar con los
bebés
desde la cuna: al fin y al cabo, parece
que está legalizada la falacia, y no nos vamos a cabrear por un
par de
letras.
Las mujeres con falda corta, falda larga,
pantalón ceñido, pantalón bombacho y traje de punto
evasé podrán
ser asaltadas sexualmente en los espacios
públicos y privados, y allá ellas. Es más, podrán
ser asaltadas
todas aquellas que tengan orificios en su
cuerpo, las muy putas. Asimismo, la paliza a la propia esposa o ex
esposa, el apuñalamiento repetido,
el lanzamiento de cónyuge desde lo alto de un edificio, la persecución
sañuda y el disparo a bocajarro practicado
a la novia esquiva serán declarados deportes nacionales, con la
su Liga, la su Copa del King y lo que haga
puñetera falta.
De este modo, aquellos jueces y juezas que,
con insistencia y tesón, vienen luchando desde hace años
por
los derechos de violadores, maltratadores,
asesinos de mujeres y escarnecedores de niños podrán echar
los
pelillos a la mar y dedicarse a lo que verdaderamente
les gusta, que sin duda es perseguir a quienes
aporrean escaparates, siempre que previamente
se les haya conseguido catalogar como antifascistas. Los
escaparates son importantes, dentro de la
paz social y familiar generales en cuya defensa se han
encarnizado: los niños y las mujeres,
no.
Vaya mierda de país que nos está
saliendo, amigos.
EL SÍNDROME DE ESTOCOLMO DOMÉSTICO
EN MUJERES MALTRATADAS
Por Andrés Montero-Gómez
A pesar de que en la actualidad las cifras
de incidencia en lo relativo a la violencia contra la mujer
ejercida
por esposos o compañeros sentimentales,
o en el marco de relaciones afectivas de otro tipo, están
ganando en publicidad progresivamente con
respecto a épocas anteriores, lo cierto es que aún queda
mucha realidad oculta por conocer.
Al tiempo que varios son los factores que
han contribuido a que los contornos del fenómeno se expongan
a la luz pública denunciados por
la mujer, diversos son también los elementos que ayudan a que el
silencio de la víctima sea un obstáculo
en la búsqueda de vías de solución para numerosos
casos de
violencia contra las mujeres. Entre estos
últimos, entre los elementos que mantienen a la mujer en
silencio sobre el maltrato que está
sufriendo, se pueden contar diversos procesos paralizantes
relacionados y generados por el miedo, la
percepción de una ausencia de vías de escape o salida por
parte de la víctima, y la carencia
de recursos alternativos, sobre todo en el caso de mujeres con hijos que
no vislumbran, por causas variadas, un apoyo
externo viable.
Sin embargo, quienes trabajan buscando explicaciones
y líneas de actuación para sofocar el fenómeno
de
la violencia y atajar sus consecuencias,
conocen que en no pocas ocasiones mujeres a las que se
supone una independencia personal o económica
y una posibilidad de acceso a recursos alternativos
continúan en relaciones donde sufren
violencia. Estas mujeres, que desarrollan actividades que hacen
pensar que no están sometidas a una
parálisis o retracción por miedo y que incluso llegan a emprender
con éxito iniciativas en varios ámbitos
de sus vidas, parecen sin embargo incapaces de denunciar a sus
agresores, con quienes siguen conviviendo,
y mucho menos de abandonar la relación. Por otra parte,
este
tipo de mujeres, de perfil social considerado
más independiente, y aquellas otras de dependencia más
ligada a un núcleo familiar del tipo
que sea, comparten la reacción paradójica de desarrollar
un vínculo
afectivo todavía más fuerte
con sus agresores, defendiendo sus razones, retirando denuncias policiales
cuando han tenido un momento de lucidez
y las han presentado, o deteniendo procesos judiciales en
marcha al declarar a favor de sus agresores
antes de que sean condenados. Estos efectos paradójicos
se producen y quizás sea tiempo de
ir buscando sus mecanismos y líneas de intervención.
Algunos teóricos han tratado de arrojar
luz sobre la ocurrencia de estos vínculos paradójicos entre
víctima
y agresor, fundamentalmente apelando a claves
afectivas o emocionales que aparecen en el contexto del
entorno traumático. Dutton y Painter
(1981) han descrito un escenario en el que dos factores, el
desequilibrio de poder y la intermitencia
en el tratamiento bueno-malo, generan en la mujer maltratada el
desarrollo de un lazo traumático
que la une con el agresor a través de conductas de docilidad. Según
Dutton y Painter, el abuso crea y mantiene
en la pareja una dinámica de dependencia debido a su efecto
asimétrico sobre el equilibrio de
poder, siendo el vínculo traumático producido por la alternancia
de
refuerzos y castigos. Sin embargo, esta
teoría descansa aparentemente sobre la base del
condicionamiento instrumental que, desde
nuestra perspectiva, es válido para dar cuenta de algunos
aspectos del repertorio de victimitación
(principalmente de aquellos referidos a la indefensión aprendida),
pero
falla en cubrir el complejo aparato psicológico
asociado con este tipo de vínculos paradójicos. Según
nuestro entendimiento, la incertidumbre
asociada a la violencia repetida e intermitente es un elemento
clave en el camino hacia el desarrollo del
vínculo, pero no su causa única. Además, la teoría
no toma en
consideración que alguna esfera de
desequilibrio de poder es en cierta medida inherente a muchas
relaciones humanas: en las parejas traumáticas
no parece ser una consecuencia sino un antecedente al
abuso.
Otro modelo que busca una explicación
para el comportamiento paradójico de las mujeres maltratadas
es
el tratamiento factorial de Graham sobre
reacciones tipo síndrome de Estocolmo en mujeres jóvenes
que
mantienen relaciones de noviazgo (Graham,
Rawlings, Ihms, Latimer, Foliano, Thompson, Suttman,
Farrington y Hacker, 1995). Su modelo factorial
toma la forma de una escala de evaluación de 49 ítems
alrededor de un núcleo caracterizado
por distorsiones cognitivas y estrategias de coping, y dos
dimensiones secundarias denominadas ‘daño
psicológico’ y una más ambigua ‘amor-dependencia’. La
teoría de Graham, de propósitos
evaluativos, perfil topográfico y metodología correlacional,
fue diseñada
para detectar la aparición de síntomas
del síndrome de Estocolmo en mujeres jóvenes sometidas a
abuso
por parte de sus compañeros sentimentales,
y está basada en la idea de que el síndrome es el producto
de un tipo de estado disociativo que lleva
a la víctima a negar la parte violenta del comportamiento del
agresor mientras desarrolla un vínculo
con el lado que percibe más positivo, ignorando así sus propias
necesidades y volviéndose hipervigilante
ante las de su agresor (Graham y Rawlings, 1991). Sin
embargo, mientras esta explicación
puede ser válida para describir alguno de los procesos globales
implicados en el síndrome, no proporciona
una hipótesis teórica sobre la naturaleza del proceso
traumático más allá
de algunos de sus elementos constituyentes.
Por nuestra parte, ante el déficit
de teorías que den cuenta con la mayor precisión de los procesos
y
dinámicas psicológicas en
este tipo de efectos paradójicos, y trabajando en una estructura
teórica similar para el Síndrome de Estocolmo (Montero, 1999),
hemos desarrollado un modelo aplicable al ámbito de laviolencia
ejercida contra la mujer.
La hipótesis, presentada bajo el título
‘FEATURING
DOMESTIC STOCKHOLM SYNDROME. A
COGNITIVE BOND OF PROTECTION IN BATTERED
WOMEN’ en el XIV Congreso de la International Society for Research on Aggression,
celebrado en Valencia entre el 9 y el 14 de julio de 2000, trata de exponer
una estructura secuencial de reacciones psicofisiológicas que, de
un modo dinámico, acaban por generar en la mujer una variante del
Síndrome de Estocolmo clásico (Montero, 2000).
Sin entrar en descripciones demasiado técnicas,
el Síndrome de Estocolmo Doméstico (abreviadamente
SIES-d) sería descrito como un vínculo
interpersonal de protección, construido entre la víctima
y su
agresor, en el marco de un ambiente traumático
y de restricción estimular, a través de la inducción
en la
víctima de un modelo mental (red
intersituacional de esquemas mentales y creencias). La víctima
sometida a maltrato desarrollaría
el SIES-d para proteger su propia integridad psicológica y recuperar
la homeostasis fisiológica y conductual.
La caracterización del SIES-d vendría
determinada por un patrón de cambios cognitivos, su funcionalidad
adaptativa y su curso terminal como resultado de un proceso reactivo acaecido
en la víctima ante la situación traumática. El proceso
abarcaría cuatro fases: desencadenante, reorientación, afrontamiento
y adaptación. En la fase desencadenante, las primeras palizas propinadas
por el esposo romperían el espacio de seguridad previamente construido
por la pareja sobre la base de una relación afectiva, espacio donde
la mujer había depositado su confianza y expectativas: esta ruptura
desencadenaría en la víctima un patrón general de
desorientación, una pérdida de referentes, reacciones de
estrés con tendencia a la cronificación e, incluso, depresión.
En la fase de reorientación, la mujer busca nuevos referentes de
futuro y trata de efectuar un reordenamiento de esquemas cognitivos en
base al principio de la congruencia actitudinal, todo ello en orden a evitar
la disonancia entre su conducta de elección y compromiso con la
pareja y la realidad traumática que está viviendo. La mujer
se autoinculpa de la situación y entra en un estado de indefensión
y resistencia pasiva, llegando así a una fase de afrontamiento,
donde asume el modelo mental de su esposo y busca vías de protección
de su integridad psicológica, tratando de manejar la situación
traumática. En la última fase de adaptación, la mujer
proyecta parte de la culpa al exterior, hacia otros, y el Síndrome
de Estocolmo Doméstico se consolida a través de un proceso
de identificación y alrededor del modelo mental explicativo del
esposo acerca de la situación vivida en el hogar y sobre las relaciones
causales que la han originado.
El SIES-d, como un tipo de trastorno de adaptación,
sería el responsable del efecto paradójico
encontrado en muchas mujeres que sufren
maltrato en sus hogares, según el cual las víctimas defenderían
a sus agresores como si la conducta agresiva que exhiben hacia ellas fuera
el producto de una sociedad
injusta,
y estos mismos esposos fueran víctimas
de un entorno que los empujara irremediablemente a ser
violentos. Las mujeres maltratadas afectadas
por el SIES-d, sobre la base de la asunción de las
explicaciones esgrimidas por sus esposos
o compañeros, retardarían indefinidamente la denuncia de
la
situación a las autoridades, observándose
una gran proporción de casos de agresión en este ámbito
que
no salen del entorno donde se producen por
la incapacidad de la víctima de denunciar los hechos. Incluso
en numerosas de estas ocasiones, las denuncias
por vía penal presentadas ante la autoridad judicial
o policial son retiradas por las propias
víctimas antes de que se traduzcan en sanciones efectivas para
los agresores, creándose un círculo
vicioso que mantiene las agresiones y sume a la víctima en un
progresivo estado de deterioro personal.
El adjetivo ‘doméstico’
Montserrat Boix, coordinadora de Mujeres
en Red, ha llamado acertadamente mi atención sobre los
condicionantes semánticos que podrían
derivarse de la utilización del término ‘doméstico’
para calificar la
manifestación del síndrome
en el entorno que estamos analizando. En realidad el modificador
‘doméstico’
ha sido elegido por dos razones: una de
precisión conceptual y otra de economía, mitad clínica,
mitad
cognitiva. Nos explicamos.
Si entendemos doméstico como referido
únicamente al recinto limitado por el domicilio, es cierto que las
mujeres no son únicamente maltratadas
en el entorno doméstico y, además, no sólo por sus
maridos,
sino también por parejas con las
que no conviven. El uso del término no niega esta realidad y tampoco
deseamos que la categoría se aplique
a elementos dentro del fenómeno de la violencia contra la mujer
que no incluyan exactamente las características
de un síndrome de Estocolmo. Si presuponemos, en
cambio, que es en el ambiente doméstico
donde más probabilidades tiene de gestarse en SIES-d,
asumiendo implícitamente que se puede
dar en otras configuraciones ambientales. Pero es que
‘doméstico’ no se utiliza en sentido
restrictivo, sino aceptando que la acepción no se circunscribe de
modo reductivo al espacio físico
de la vivienda, sino que se amplía a un espacio más amplio
de
experiencias vivenciales que ejercen de
elementos autorreferenciales. ¿Es posible negar que en la
mayoría de los casos que se observen,
de modo simbólico, la pareja afectiva pasa a formar parte del
entorno doméstico entendido como
anillo referencial primario para la identidad
de la persona?.
Por último, desde una perspectiva
clínica, la denominación apunta exactamente hacia lo que
quiere
definir, igual que desde un punto de vista
de comprensión rápida por cualquiera que reciba el concepto
SIES-d y sepa qué es el síndrome
de Estocolmo clásico: la asociación entre doméstico,
SIES y violencia
contra la mujer es automática.
REFERENCIAS
-Dutton, DG; Painter, SL (1981). Traumatic
bonding: the development of emotional attachments in
battered women and other relationships of
intermittent abuse. Victimology: an International Journal, 6:
139-155.
-Graham, DL; Rawling, EL (1991). Bonding
with abusive dating partners: dynamics of Stockholm
syndrome. In B. Levy (ed) Dating Violence,
Women in Danger. Seattle, WA: Seal Press.
-Graham, DL; Rawlings, EL; Ihms, K; Latimer,
D; Foliano, J; Thomson, A; Suttman, K;
Farrington,
M; Hacker, R (1995). A scale for identifying
Stockholm syndrome reactions in young dating women: factor
structure, reliability and validity. Violence
and Victims 10 (1): 3-22.
-Montero, A (1999). Shaping the etiology
of the Stockholm Syndrome: hypothesis of the Induced Mental
Model. IberPsicología, 5 (1):4
-Montero, A (2000). Featuring Domestic Stockholm
Syndrome: a cognitive bond of protection in battered
women. Proceedings of the XIV World Meeting
of the International Society for Research on Aggression.
Amores que matan*
La forma de acabar con la violencia doméstica,
uno de los mayores riesgos para la salud
femenina, no es construir más centros
de acogida sino someter a los agresores a un tratamiento
En Delhi, India, cada 12 horas muere una
mujer quemada por su marido. La rocía con
queroseno y la prende como una antorcha.
Después denuncia el hecho como un accidente o un
suicidio. ¿El motivo? Que la dote
ofrecida por los padres de la novia no se consideró suficiente.
Así, matándola, puede ir a
buscar otra mujer, con otra dote con la que sobrellevar unos cuantos
años más su pobreza. Parece
difícil de creer, y sin embargo no es mucho peor que el
comportamiento que persiste en el resto
del planeta. El problema del maltrato a la mujer no
tiene fronteras culturales y está
tan aceptado por la sociedad que a las víctimas no les ha
quedado más remedio que resignarse.
En España, entre enero y octubre del
año pasado murieron 75 mujeres a manos de sus maridos
y se produjeron más de 20.000 denuncias
por malos tratos, según informes del Instituto de la
Mujer, procedentes de la Guardia Civil y
de la policía. Se estima que sólo el 10% de los abusos
llega a denunciarse. Hace poco que se investiga
la violencia doméstica, pero los estudios ya
han demostrado que es la principal causa
de daño a la mujer y cada vez figura más como la
responsable de enfermedades crónicas
físicas y mentales.
También existen hombres maltratados,
tanto heterosexuales como homosexuales, y relaciones
entre lesbianas donde hay agresividad, pero
no son la norma. Se estima que el 95% de las
víctimas de la violencia doméstica
es mujer, por eso los autores de los estudios siempre se
refieren al agresor como él y a la
víctima como ella.
Este grave problema de salud femenina es
el más fácil de prevenir porque no depende del
avance de la ciencia sino de la situación
de la mujer en la familia y en la sociedad. Sin
embargo, poco o nada se está haciendo
para hacerle frente. La Justicia criminal no ha resuelto
el problema y los centros de acogida sólo
pueden ofrecer refugio temporal a las víctimas.
Por eso, los especialistas en violencia doméstica
creen que -mientras llega el cambio de las
normas sociales- la solución a este
problema está en manos de los médicos. Aunque para ello
también los profesionales de la salud
han de cambiar su mentalidad.
El doctor Daniel Brookoff y su equipo del
departamento de Educación Médica del hospital
Metodista de Memphis (Tennessee) observaron
que muchos médicos residentes culpaban de su
situación a las mujeres que acudían
a la consulta quejándose de llevar 15 años aguantando las
palizas de sus maridos.
"Decidimos sacar a estos estudiantes por
la noche, como acompañantes de la policía, para que
viesen cuál era la realidad. Después,
les dejábamos un rato a solas con las mujeres y los niños,
e incluso con los maridos, para que comprendiesen
mejor el problema", ha relatado a EL
MUNDO el doctor Brookoff. "Mis estudiantes
se deprimieron mucho pero ahora entienden la
situación y cuando llega una víctima
a su consulta no la reciben con agresividad sino que le
ofrecen esperanza y consuelo. Le ayudan
a encontrar las fuerzas para buscar una vida sin
violencia".
Los resultados del estudio de Brookoff, publicados
en el Journal of the American Medical
Association (JAMA) del 7 de mayo de 1997,
desvelaron que la mayoría de víctimas de la
violencia doméstica no suele buscar
ayuda médica o psicológica, a pesar de los continuos
ataques de su pareja.
En EEUU, así como en otros países,
ya se ha empezado a entrenar a los médicos para que
sepan detectar la agresividad en la vida
de sus pacientes y para que prescriban la solución
adecuada.
Hay dos enfoques: uno de ellos es el pro
feminista, que basa el problema en la desigualdad
social de los sexos y en el control que
el hombre ejerce sobre la mujer. El otro es el
psicológico, y sostiene que la violencia
es el resultado de experiencias traumáticas sufridas en
la infancia del marido.
En el primer acercamiento, se somete al agresor
a una especie de tratamiento intensivo de
educación en el que se le hace reflexionar
y se le informa de los graves perjuicios para la salud
de su mujer, de los niños y de él
mismo que su comportamiento provoca. En el segundo se
recurre a técnicas de psicoterapia.
Uno y otro procedimiento están enfrentados,
pero ambos parten de la misma premisa: que la
mejor manera de ayudar a la mujer no es
construir más centros de acogida sino hacer cambiar
al hombre: curarlo. Es un planteamiento
muy distinto al plan de choque que se acaba de poner
en marcha en España, con el que se
pretende que el médico haga de chivato, informando a la
policía cada vez que sospeche de
malos tratos. "Si todo lo que se hace es amenazar a los
agresores con un juicio o con la cárcel,
el tratamiento no durará. Nosotros intentamos ayudarles
a comprender cuándo y porqué
son violentos", dice Robert Heskett, del Centro de No-Violencia
de New Bedford (Massachusetts).
Según el doctor David Adams -fundador
de EMERGE, primer programa de tratamiento para los
agresores y uno de los directores del Comité
para el Tratamiento de los Agresores del Consejo
de Violencia Doméstica de Massachusetts-
los médicos hablan a menudo con pacientes que
abusan de sus mujeres pero rara vez se dan
cuenta. "Aunque no hay tratamiento médico para
estos hombres, los facultativos pueden realizar
una medicina preventiva identificándolos y
haciendo informes", escribe Adams en un
artículo que apareció en el número de mayo/julio del
96 de Journal of the American Medical Women
Association (JAMWA).
El estereotipo del agresor no se corresponde
la mayoría de veces con la realidad. "Muchos
médicos y personal sanitario todavía
creen que el individuo que maltrata a su mujer es alguien
con aspecto agresivo, dominante y muy macho",
escribe Adams.
"Otros sospechan que los agresores son los
pacientes más pobres, con menos cultura o
pertenecientes a grupos raciales a los que
creen violentos y patriarcales". Adoptar este tipo de
prejuicios impide la detección del
agresor, ya que es imposible reconocer a la mayoría de ellos
en una multitud. "No suelen mostrar en público
ni rastro de violencia y parecen educados,
razonables y agradables".
Cuando la policía llega a una casa
donde ha habido un altercado violento, el agresor suele
parecer mucho más calmado y racional
que la mujer. Dado que la violencia hace más daño
psicológico a la víctima,
ella suele presentar signos de enfermedad mental.
Palabras clave
Según Adams, hay que estar alerta
a una serie de palabras clave que los agresores suelen
utilizar para hablar de su propia violencia
("pelea", "perder el control", "rabia", "defensa
propia", "beber") o para hacer referencias
despectivas a su mujer. El médico también puede
hacer cierto tipo de preguntas como: ¿Qué
pasa cuando se pelean? ¿Han llegado usted o su
esposa a herirse en una pelea alguna vez?
"La eficacia de estas preguntas es mayor si el tono
empleado es de cariño y preocupación.
No ha de ser acusador y hay que dejar claro que el
médico está preocupado por
la salud y el bienestar del paciente y de su familia", dice Adams.
Algunos médicos no se sienten cómodos
haciendo este tipo de preguntas sobre violencia
doméstica porque creen que molestarán
a los pacientes. Sin embargo, muchos agresores se
sienten culpables y preocupados por su problema
y sienten alivio cuando se les pregunta sobre
el tema. "Lo ideal sería que se formularan
de manera rutinaria. Podrían incluirse en los
cuestionarios médicos que hay que
rellenar para registrarse en un centro de salud o en un
hospital", dice Adams.
Restar importancia
Hay que tener en cuenta que la mayoría
de agresores minimiza el número de veces y la
gravedad de sus actos violentos. Este comportamiento
adopta varias formas:
a) Acusan a sus víctimas de que mienten
cuando los denuncian. Sin embargo, se ha
comprobado que éstas tienden a reducir
la gravedad de las agresiones que sufren para evitar
represalias posteriores.
b) Definen su comportamiento como no violento.
El concepto de violencia varía ampliamente
según el entorno social, familiar
y cultural del individuo. En un grupo de tratamiento, uno de los
agresores dijo: "Nunca pensé que
estaba siendo violento con ella porque nunca la pegué como
a un hombre. [Siempre la había abofeteado
en lugar de darle golpes con el puño cerrado]".
Excusas
Muchos agresores se refugian en las excusas
para evitar las consecuencias jurídicas o sociales.
Por ejemplo, dicen que estaban fuera de
control o que fue una locura temporal pero que no
volverá a suceder. Adams cree que,
lejos de ser irracional, la violencia le sirve al agresor para
ganar y mantener el control sobre su víctima.
"Con sus ataques de ira, aparentemente
espontáneos e irracionales, los agresores
no pierden el control sino que lo ganan".
Este especialista pone el ejemplo del hombre
que acusa violentamente a su pareja de tener
aventuras o de pasar demasiado tiempo con
otras personas, pero que se arrepiente
inmediatamente y le pide perdón.
Esta escena se repite frecuentemente, y, como resultado, la
víctima acaba reduciendo sus visitas
a familiares o amigos por miedo de que él se enfade o
aumenten sus sospechas.
Así, el individuo se beneficia de
su comportamiento aunque se disculpe después. Los ataques
impredecibles del agresor mantienen a la
víctima a la defensiva haciendo que ésta siempre se
anticipe a las necesidades de él
y renuncie a las propias.
Alcohol
El abuso de drogas y alcohol es responsable
de buena parte de la violencia doméstica. Sin
embargo hay autores que no creen que el
alcohol cause violencia sino que el agresor bebe con
la intención de ser violento.
Tratamiento
Los médicos que ven la violencia contra
la mujer como una enfermedad suelen enviar al
agresor (y a la víctima) a sesiones
de psicoterapia individual o familiar y, si procede, a un
tratamiento contra el alcoholismo. Pero,
según Adams y otros expertos en este tema, los
agresores no suelen ser enfermos mentales
y no deberían acudir a sesiones de psicoterapia
hasta que hayan pasado por un programa especialmente
diseñado para ellos y hayan dejado
de ser violentos.
"Además, no hay que suponer que cualquier
profesional de la salud mental está mucho más
capacitado para abordar la violencia doméstica
que lo está un médico de familia para tratar a
un paciente con cáncer", añade
Adams. Según este experto, si el facultativo no está entrenado
para este tipo de situaciones puede provocar
más daño que beneficio.
No sería la primera vez que la comunidad
biomédica consigue poner fin a un problema
sanitario al que antes no se le había
prestado ninguna atención: "En los años 30 fueron los
médicos los que desvelaron que muchas
de las personas heridas en los accidentes de
automóvil estaban intoxicadas con
alcohol. Gracias a esto, el número de accidentes de coche
por estas causas ha disminuido y miles de
vidas se han salvado", dice Brookoff. "Podemos tener
el mismo impacto sobre la muerte y los daños
físicos por violencia familiar si decidimos que es
un problema de salud y no sólo social".
Detectar a las víctimas
Hay más visitas a las salas de Urgencias
de los hospitales a causa de malos tratos a mujeres
que por accidentes, violaciones y asaltos
juntos, según un estudio realizado en EEUU. Pero
muchas de las víctimas pasan inadvertidas.
Unos investigadores del Centro Médico de Salud de
Denver (Colorado) diseñaron un cuestionario
con tres preguntas para detectar a las maltratadas.
Se probó en 322 mujeres que acudieron
a los departamentos de Urgencias del hospital General
de Denver y del hospital Universitario en
el verano de 1994. Las mujeres fueron sometidas
también a otras dos pruebas que se
utilizan habitualmente para identificar signos de violencia:
el Indice de Abuso de la Pareja, que mide
la gravedad del abuso físico y no físico inferido en la
pareja, y la Escala de Tácticas de
Conflicto, que mide el uso de razonamiento, agresión verbal
y violencia física empleada para
resolver los conflictos de familia.
Según los autores del estudio, su
cuestionario de sólo tres preguntas resultó muy efectivo
y fue
mucho más rápido que las otras
técnicas. Detectaron al 71,4% de las maltratadas. Este
cuestionario, llamado Test de Violencia
en la Pareja, dice:
1) ¿Le ha golpeado alguien de alguna
forma (bofetadas, patadas, etcétera) en el último año?
Si
ha sido así, ¿quién
lo hizo?
2) ¿Se siente a salvo en su relación de pareja actual?
3) ¿Existe algún ex marido o ex compañero que le haga sentir insegura?
Los autores del estudio, que se publicó
en un JAMA de mayo de 1997, concluyen que a todas las
mujeres que acuden a Urgencias se les debería
preguntar por la violencia doméstica, sin tener
en cuenta cuál es su actual situación
marital. "Si se detecta que sufren agresiones en casa debe
incluirse esta información en su
informe médico y ofrecerle apoyo, consejo y protección para
el
futuro", escriben los autores. Para la doctora
Kim Fedhalus, directora del estudio, la violencia
no se acaba al finalizar la relación.
"Al contrario, la mitad de las mujeres que llega a Urgencias
por malos tratos tiene miedo de una antigua
pareja".
La televisión como modelo
Mientras siga habiendo malos tratos en casa
y no se intervenga a tiempo, seguirá habiendo
niños que crecen presenciando la
violencia contra sus madres y que la asumen como algo
natural. "Los niños que ven la violencia
en casa tienen problemas en el desarrollo, en la
escuela y a menudo acaban teniendo relaciones
violentas en su vida adulta", dijo a EL MUNDO
el doctor Daniel Brookoff, de la Universidad
Metodista de Memphis (Tennessee) y autor de
diversos estudios sobre violencia doméstica.
Pero los malos tratos a la mujer pueden entrar
también por la pantalla del televisor. "Hay
estudios que sugieren que lo se ve en televisión
puede inspirar a un pequeño porcentaje de
individuos a actuar de la misma manera.
Sin embargo, son casos anecdóticos, poco
significativos estadísticamente",
declaró a este periódico la doctora Deborah Petersen, directora
del departamento de Igualdad de Derechos
de la Universidad de Minnesota. "Pero lo que es
más preocupante es que estas imágenes
crean determinadas actitudes hacia las mujeres. Es
decir, que la representación en la
pantalla de comportamientos violentos normalizados contra
las mujeres se asume como algo aceptable.
No es que las personas imiten lo que ven en la
televisión sino que adoptan actitudes
que les llevan a ser agresivas después". El efecto de los
medios de comunicación en el individuo
se ha intentado explicar con varias teorías:
a) Una de ellas, postulada por George Gerbner,
dice que los individuos que hacen un uso
excesivo de los medios ven el mundo como
un retrato de lo que ven en la pantalla. Gerbner se
refiere a ello como el síndrome del
mundo mezquino.
b) Otra teoría, de Elisabeth Noelle-Neumann,
sugiere que el impacto de los medios es
acumulativo y responsable de las aptitudes
y valores que imperan en la sociedad actual. "Es
decir, que los medios no actúan de
forma directa en el comportamiento de los individuos sino
que, lentamente, nos convencen de que, por
ejemplo, la única mujer que merece la pena es la
que tiene menos de 25 años, es muy
delgada y no tiene defectos", concluye la doctora
Petersen.
Síndrome de Estocolmo
Parece
una paradoja de amor y violencia. Muchas mujeres maltratadas vuelven con
su
pareja
y la protegen. Para el doctor Brookoff, especialista en violencia doméstica,
esto se
explica
porque piensan antes en la familia que en ellas mismas y soportan todo
con tal de
mantenerla
unida. Otros postulan que la mujer necesita la relación de pareja
para reforzar
su
identidad propia y que por eso intenta mantenerla a toda costa.
En cambio,
hay una teoría que sostiene que el 27% de las mujeres maltratadas
aguanta con
su
pareja porque sufre las mismas reacciones psicológicas que los prisioneros
de guerra o
que
las víctimas de los secuestros. Se trata del conocido Síndrome
de Estocolmo: una
persona
amenaza de muerte a otra y parece capaz de llegar al extremo de matar.
La
víctima
no puede escapar y su vida depende de la persona que la ha hecho prisionera.
El
opresor
se muestra cariñoso y violento, alternando ambos comportamientos.
Hay cuatro
fases
de victimización:
1°Desconfianza y negación: "Esto no me puede estar pasando a mí".
2°Se
acepta la situación. La víctima cree que es totalmente dependiente
del agresor y le ve
como
un super hombre.
3° Depresión traumática y estrés postraumático.
4° Integración del trauma en la vida normal.
Esta
teoría muestra el impacto psicológico del sometimiento a
otra persona y explica que
algunas
mujeres maltratadas protejan a sus maridos. Pero hay una diferencia fundamental
entre
los secuestrados y las víctimas de la violencia en casa: los primeros
reciben ayuda
para
escapar y cuando han sido liberados y las segundas no.
*Extraído de diario El Mundo, España, edición del
19-02-98
.
Cumplimentación de Partes de Lesiones.
Se utilizará inexcusablemente el modelo
aprobado por la Instrucción 12/98 del
Director del Servicio Canario de Salud,
que consta de cuatro hojas originales con
copia de calco correspondiente.
De forma inmediata se enviará fax
al Juzgado de Guardia de lo Penal y a la Fiscalía.
Una fotocopia (comupulsada o no según
el criterio que imponga cada Juzgado) se
remitirá por correo certificado en
la primera jornada hábil laboral.
El ejemplar original se conservará
en el Centro Sanitario. La copia autocalcable se
entregará a la paciente en calidad
de información escrita completa (artículo 10.5 de la
Ley General de Sanidad); aunque ésta
también puede facilitarse como un informe de
alta que contenga todos los datos referidos
en el parte.
En el caso de pacientes menores, será
preferible entregar un informe resúmen
provisional que contenga las recomendaciones
terapéuticas y obvie los datos más
comprometidos, demorando el envío
al domicilio por correo del informe completo a que
los órganos judiciales y sociales
hayan tenido conocimiento para dictar las medidas
cautelares que procedan para la protección
del menor.
Si los cuerpos de Seguridad (Policía
o Gaurdia Civil) solicitan una copia se les
prestará colaboración sin
violar el secreto profesional y el derecho a la intimidad. Para
ello se les ofrecerá fotocopiar la
copia del entregado a la víctima si ella así lo desea, o
bien solicitar autorización vía
telefónica o fax al Juzgado para entregárselo.
Revisaremos todos los apartados:
Datos de filiación de el/la paciente :
En este primer apartado
se recoge como siempre, toda la información
necesaria sobre
los datos del paciente, ampliándose con los de el/la
acompañante
para así tener otras fuentes a las que recurrir sobre los hechos.
En aquellos Centros
Sanitarios en los que se disponga del uso de pegatinas
con los datos identificativos
del paciente, podrán ser utilizados en este
apartado, completando
aquellos que no figuran en la pegatina, ejemplo:
Nombre y Apellidos
de el/la acompañante.... Estos datos identifican un posible
testigo que puede
aportar información relevante y una visión externa, a veces
distinta a la de
el/la paciente en el proceso judicial.
Datos del personal asistencial :
Se debe indicar
fecha y hora de la exploración. Nombre y Apellidos del médico
que le asiste, al
igual que su número
de colegiado, para así facilitar la identificación de una
forma legible el nombre
del profesional
sanitario que ha realizado la exploración.
En "Referencias
de otro personal": cualquier otro personal sanitario que esté presente
durante la
asistencia y su
cargo (vg.: otro médico, ATS/DUE, Trabajador Social, personal del
061-112, etc.),
para que así
quede constancia del profesional que le ha asistido.
Relato de los hechos que originaron las lesiones :
Recoge "textualmente"
el testimonio aportado por el/la paciente y/o acompañante, ya que
el
personal asistencial
está obligado a denunciar cuando tiene comunicación o constancia
de
agresión
o sospecha de malos tratos y/o abusos sexuales sufridos por un/a ciudadano/a.
En este
punto se engloban
todos aquellos datos que el/la paciente puede narrar de una forma espontánea
y pueden ser de
gran utilidad en la denuncia. El papel del médico en este punto
no consiste en
comprobar si los
hechos son ciertos, sino sólo en recoger la transcripción;
sin perjuicio de
integrarlo mentalmente
como parte de la anamnesis. Puesto que este documento no es más
que
una comunicación
con las entidades judiciales.
Encuesta inicial a el/la paciente:
Durante la exploración
se suele preguntar de forma no reglada las cuestiones que en este apartado
se recogen, pero
no quedan reflejadas en la mayoría de los partes de lesiones actuales
y son uno
de los puntos esenciales
en el proceso judicial.
En la problemática
del maltrato, la habitualidad es un factor relevante para calificar los
hechos
como delitos y
no como faltas, de ahí el interés de incorporar si la agresión
es única o repetida,
dentro de la información
que este punto aporta.
En cuanto a la "lesión
ocurrida por", se hace mención al posible mecanismo actuante, ya
que en
ocasiones se describen
las lesiones omitiéndose el agente causante de las mismas, es decir,
armas (de fuego,
blancas...) y/o partes del cuerpo (manos, pies, rodillas, dedos...).
La cuestión
planteada de "conoce usted al presunto agresor/a", es de gran importancia.
Algunas
personas en el
momento de la exploración son capaces de declarar la identidad del
agresor/a, es
por ello que debe
recogerse los datos en este apartado, para que así consten. También
es una
información
esencial para el Servicio Canario de Salud, ya que aporta el nombre del
autor al que
poder dirigir los
gastos producidos para su posterior cobro.
Hay que tener en
cuenta que no se debe presionar a el/la paciente a responder de formar
obligatoria en
este punto aunque conozca al agresor/a, sino que sea expresado voluntariamente.
Descripción de las lesiones:
Para facilitar el
trabajo del profesional se ha utilizado el esquema corporal; así
señalando las
lesiones ocurridas
y utilizando las abreviaturas se consigue más precisión en
menos tiempo. Se
completará
en "Especificar" con las descripciones (tipo, forma, tamaño, color...)
de las más
relevantes.
Especial mención
se hará a las lesiones más antiguas o en distinto estado
evolutivo, prueba de
habitualidad o
reiteración.
Recuadro "en caso de agresión sexual":
Los casos de agresión
sexual seguirán un tratamiento especial, con éste evitaremos
que el/la
paciente sea sometido
a la repetición de exploraciones innecesarias.
Judicialmente sólo
tienen valor pericial las actuaciones realizadas por los médicos
forenses. Es
por ello que este
apartado deberá ser cumplimentado por dichos profesionales. La ley
obliga la
presencia de dos
peritos, ante la imposibilidad de la presencia en algunos casos de dos
profesionales forenses,
se suele actuar de la siguiente manera: el forense nombra como perito al
ginecólogo,
con el que, conjuntamente, realiza la exploración. Ante la ausencia
de forenses, el
Servicio de Ginecología
se comunicará de nuevo con el Juzgado de Guardia, que les da su
autorización
para actuar como peritos ante la ausencia de los forenses.
Hay que resaltar
que los casos de agresión sexual que hayan sido detectados dentro
de los
Centros de Salud
han de ser inmediatamente remitidos a los Centros Hospitalarios, puesto
que
ellos cuentan con
los profesionales y el material adecuado para la exploración, recogida
y
conservación
de las muestras, con lo que se evitan así exploraciones innecesarias.
"Parece congruente a criterio médico ..."
Este apartado es
de suma importancia, puesto que la mayoría de los pacientes que
han sufrido
maltrato, ocultan
la verdadera causa de las lesiones. El criterio médico resultante
de la exploración
puede no concordar
con lo expuesto por el/la paciente, en esto radica su valor al quedar reflejada
dicha incongruencia.
Estado psíquico de el/la paciente:
El estado de afección
de cualquier persona que presente alguna lesión se encuentra alterado,
pero
su actitud difiere.
Esta puede ser un gran indicador de lo sucedido, por ejemplo: una mujer
maltratada puede
mostrarse huidiza, temerosa, hipervigilante... esta información
es necesaria para
realizar una aproximación
del estado psíquico de el/la paciente, de ahí su valor para
incluirlo en
este apartado.
También se
debe recoger cualquier otra observación que el médico considere
de utilidad para
entender el estado
emocional de el/la paciente.
Recuadro "sólo menores":
Permite recoger
también otro tipo de maltrato: la negligencia. Desafortunadamente
existen
abundantes casos.
Antes solía pasarse por alto y no quedaba reflejado.
La actitud del menor
se debe especificar, ya que ésta podría revelar la existencia
o sospecha de
maltrato, completando
así la información obtenida hasta el momento sobre el/la
paciente.
Cabe destacar que
en los casos de sospecha de malos tratos y/o abuso sexuales que se
detecten desde
los Centros de Salud, deben ser trasladados a los Centros Hospitalarios
para su
ingreso, sin hacer
mención de "malos tratos" en ningún momento. Con esto se
propicia: la
protección
del menor ante la situación de maltrato, la posibilidad de realizar
un estudio clínico
exhaustivo y un
mapa radiológico del paciente. Al igual que podemos observar la
actitud de el/la
niño/a y
la de sus familiares y/o acompañantes y su interacción. De
esta forma se evitan conflictos
entre el personal
sanitario y los familiares de el/la paciente.
"Asistencia sanitaria recibida" y "al finalizar la asistencia":
Estos apartados
adquieren un papel destacado, ya que a través de la información
reflejada en ellos
se puede considerar
un hecho de maltrato como falta o delito.
Los datos recogidos
son de carácter orientativo en el proceso judicial, valorándose
el tratamiento
administrado y
las pruebas realizadas tanto en la primera asistencia como en su tratamiento
posterior, sirviendo
de indicadores de la magnitud del maltrato y del coste que supone para
la
víctima.
De ahí, que sea necesario su cumplimentación exhaustiva.
Compromiso:
El médico
deberá adquirir en este momento de la evaluación un compromiso,
valorando el grado de
severidad de las
lesiones que presente el/la paciente. Es de gran utilidad para el proceso
judicial
en el período
de estimación de los daños y costes que estas puedan producir
en la persona.
Destino y citaciones:
A través
de estos apartados se recoge la situación de el/la paciente una
vez concluida la
exploración.
Es decir, alta, ingreso y/o fallecimiento, y además nos permite
conocer los canales
de derivación
y seguimiento.
Violencia contra las mujeres
F.R. Pérez-López
Universidad de Zaragoza, España.
El Congreso Mundial de Ginecología
y Obstetricia celebrado en Copenague a principios de agosto pasado ha llamado
la atención de la comunidad científica universal sobre las
diferentes formas de violencia padecidas por las mujeres. Previamente la
49 Asamblea de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en su resolución
49/25 (mayo 1996) proclamó que la violencia contra las mujeres es
una preocupación de salud pública.
La violencia contra las mujeres está
presente en la mayoría de sociedades, pero a menudo no se reconoce
y forma parte de la "normalidad" de las cosas. La violencia doméstica
contra las mujeres ocurre en todos los países y ámbitos socioeconómicos,
lo que varía es la expresión de dicha violencia. Considerando
diferentes países del mundo, entre el 16 y 52 % de las mujeres padecen
por parte de sus parejas masculinas y al menos una de cada cinco mujeres
sufre violencia en algún momento de su vida.
La violencia sobre las mujeres tiene no
solo consecuencias sobre su propio bienestar, sino también sobre
sus familias y la comunidad. Además de traumatismos óseos,
quemaduras, abusos sexuales, y otras lesiones corporales, la violencia
contra las mujeres provoca depresión, induce a intentos de suicidio
y estrés. La violencia sexual puede causar enfermedades de transmisión
sexual, embarazos indeseados, y otros problemas reproductivos. La violencia
contra las mujeres tiene repercusiones intergeneracionales dado que las
conductas violentas se aprenden y se transmiten de padres a hijos. La violencia
contra las mujeres sirve para mantener y reforzar la subordinación
de las mujeres. La violencia contra las mujeres es también un arma
durante las guerras, perpetuando el odio durante mucho años. Las
personas que trabajan en temas relacionados con la salud de la mujer deben
aprender a reconocer los signos de violencia obvios pero también,
y sobre todo, los rasgos mas sutiles.
Las actividades de la OMS en el tema de
la violencia padecida por las mujeres se inició con el programa
"Women's Health and Development" (WHD). Los objetivos de este programa
esidentificar estrategias para prevenir la violencia y disminuir la morbilidad
y mortalidad entre las víctimas. Los objetivos específicos
son, resumidamente:
· Aumentar el conocimiento del problema
y sus consecuencias sobre la salud y poner a disposición pública
la información.
· Identificar estrategias preventivas
e intervenciones que reduzcan la prevalencia de la violencia masculina
sobre la mujer.
· Aumentar la capacidad de los profesionales
de la salud para identificar y responder correctamente a las víctimas
de abuso físico, sexual o mental.
· Participar en los planes, programas
y entrenamiento sobre estrategias contra la violencia que padecen las mujeres.
25 de noviembre de 1999
DENUNCIA DE LAS VÍCTIMAS
Mis hijas y yo somos víctimas de violencia.
La violencia de un hombre perverso que fue mi compañero y es el
padre de mis hijas. Un hombre que no tenía ningún motivo
para lanzar contra nosotras su ira destructiva, su acoso permanente y la
tortura psicológica a que nos tenía sometidas, o los golpes
físicos de otro tiempo que, en cualquier momento, se pueden repetir
si nos llega a encontrar; ningún motivo, ninguna causa, a no ser
el hecho de ser yo una mujer.
Ahora vengo aquí a levantar mi voz
con el fin de denunciar públicamente cuál es la situación
real por la que atraviesan las mujeres maltratadas y sus hijos en el "prestigiado"
ámbito familiar.
En esta España, ¡que va tan bien!, más de un millón de mujeres y cerca de dos millones entre niñas y niños, sufren las consecuencias del terror y la violencia de aquél que, debiendo amarlos y apoyarlos, les somete a la tortura de su brutal comportamiento con toda impunidad.
Esas cifras escalofriantes de las víctimas llegan a sumar millones y millones en el mundo entero.
La sinrazón de tanta barbarie sólo se hace visible ante los ojos de la sociedad cuando pagan con su vida las víctimas de esta violencia. Pero hasta que la muerte no se produce y su noticia se difunde con el consiguiente escándalo, todo el peregrinar de las mujeres maltratadas, en su injusto desamparo, discurre ignorado por todos.
Desde aquí, a través de mi voz, que quiere ser también la voz de aquellas que, por haber muerto violentamente, ya no pueden hacerse oír.
DENUNCIAMOS la incomprensión y falta de sensibilidad de los poderes públicos, cuando nos incitan de continuo a denunciar los malos tratos, sin tener en cuenta el peligro y la indefensión que para nosotras representa hacerlo; puesto que el agresor causante de las violencias convive con la víctima y nadie lo detiene cuando denunciamos.
DENUNCIAMOS el exceso injustificado de trámites burocráticos, causantes, en gran parte, de la inoperatividad de las denuncias y del desamparo en que quedan las mujeres.
DENUNCIAMOS la ignorancia con que se nos
trata, el desconocimiento de la realidad más elemental de una vida
atrapada por la violencia, cuando cerramos la puerta de casa y salimos
apresuradamente para pedir ayuda. Nadie parece entender nuestro terror
a denunciar a un agresor al que la ley ampara para que permanezca viviendo
en nuestra misma casa.
Los vecinos y testigos de los hechos se
excusan y eluden su auxilio pretextando que se trata de asuntos privados
en los que no quieren implicarse.
DENUNCIAMOS a las autoridades policiales, cuando nos niegan la protección hasta para recoger nuestras ropas y las de nuestros hijos, una vez que hemos denunciado.
DENUNCIAMOS el prejuicio y la desconfianza con que se reciben nuestras denuncias por las autoridades, sean policiales o judiciales, restando crédito a nuestros relatos y sin que, por otra parte, se tramiten diligencias para apoyar la veracidad de los hechos; la consecuencia es que no se detenga de inmediato a quienes nos han agredido y amenazado de muerte.
DENUNCIAMOS la tardanza de meses y meses y aún de años, con que transcurren los trámites procesales y burocráticos hasta la celebración del juicio y que, a los hechos juzgados, se les dé el tratamiento de simples "faltas" cuando se trata de verdaderos delitos.
DENUNCIAMOS que en la vista del juicio se coloque a la víctima al lado del agresor, a sabiendas de que su sola presencia nos intimida.
DENUNCIAMOS la actuación del Fiscal que pide, mayoritariamente, la absolución del agresor, pero que si excepcionalmente acusa, solicita la pena mínima señalada en la ley, aún cuando sean graves y de muy difícil recuperación los daños psicológicos y las lesiones causadas.
DENUNCIAMOS que en los Juzgados de familia no se tiene en cuenta la violencia causada por los padres cuando se les otorga régimen de visitas, con lo que se produce un reforzamiento de su perverso comportamiento y un motivo más de sufrimiento para los hijos y sus madres.
DENUNCIAMOS que estos agresores nunca pagan las pensiones de sus hijos y que los jueces no toman medidas más drásticas para el cumplimiento de este deber.
DENUNCIAMOS que la condena de los padres en los casos de violación o abusos sobre sus hijos es casi imposible por argumentos tan inaceptables para el sentido común como que, no se puede dar crédito a lo que dice un niño de corta edad o que no se acredita su resistencia a la violación si se trata de niñas mayores de 12 años; las penas que se imponen son invariablemente las mínimas, con lo que el agresor vuelve a perpetrar sus actos perversos en cuanto reanuda la convivencia con la víctima después de cumplida la pena.
DENUNCIAMOS la pasividad de los Juzgados cuando menosprecian la advertencia de las mujeres que les alertan sobre el riesgo de secuestro de sus hijos e hijas por el padre, dando lugar a que el hecho se consume. Más de un centenar de niñas y niños españoles se encuentran, en la actualidad, en ignorado paradero al haber sido secuestrados por sus padres. Y, también denunciamos, que los jueces se abstengan de cursar las necesarias órdenes de busca y captura internacional del secuestrador.
DENUNCIAMOS la total impunidad en que, en la actualidad, se encuentra este delito de secuestro de los hijos, por la interpretación que los jueces hacen de la ley española. En esta situación de nuestro ordenamiento legal resulta imposible recuperar a los niños y niñas que permanecen secuestrados con edades que oscilan entre pocos meses y siete años.
DENUNCIAMOS a los fiscales cuando, de modo sistemático, piden el archivo de las actuaciones judiciales a los pocos meses de haberse perpetrado el delito de secuestro; no obstante que dicho comportamiento del secuestrador es un indicativo manifiesto del desamor del padre hacia su hijo y de su ánimo de venganza hacia la madre.
DENUNCIAMOS la falta de una respuesta judicial que evite el cumplimiento de un daño tan grave para el hijo y la madre, como es la amenaza de llevarse a los niños, una coacción que suele repetirse cuando la mujer inicia los trámites de la separación.
DENUNCIAMOS la incoherencia de las normas que rigen el ingreso en las casas de acogida, cuyo acceso suele tramitarse con excesiva lentitud y se supedita a requisitos tales como que la mujer se halle empadronada, con la antelación de un año, en la localidad donde se encuentre la casa de acogida. Estas casas de acogida carecen de programas especializados de atención a las víctimas, limitando la estancia del acogimiento a un tiempo que no excede de los seis meses.
DENUNCIAMOS la resistencia de los jueces a acordar el alejamiento del agresor. Se amparan para ello en que la ley establece como requisitos para acordar el alejamiento que esta medida se considere estrictamente necesaria y que, antes de decretarse, el juez tome en consideración el estado de salud, la situación familiar y laboral del inculpado. Todo lo cual demuestra una gran sensibilidad hacia el agresor y una ausencia de preocupación por el peligro que corre la víctima, ya que al volver a casa sin protección supone para ella arriesgar su vida.
Pedimos a la sociedad que nos preste la ayuda que no encontramos en las instituciones. Agradecemos a los medios de comunicación que hayan roto el muro de silencio informando sobre las sentencias injustas e incongruentes o extrañamente benévolas de los jueces en los casos de este tipo de violencia, contribuyendo, de esta manera, a la formación y sensibilización de la opinión pública.
Y, por último, hacemos un llamamiento
a todas las mujeres que sufren malos tratos para que no pierdan la esperanza,
porque aunque el camino a recorrer es largo y penoso, es siempre mejor
la lucha que la rendición.
¡UNIDAS PODEMOS!
EN VALÈNCIA
CENTRO DE LA MUJER
24 HORAS-------------------------900-580888
C/ Salvador Giner,
4 en Valencia (allí encontrareis información y apoyo).
CENTRO ASISTENCIA AGRESIONES
SEXUALES------------------------96-3943069
-ULTIMES NOTICIES DE VIOLÈNCIA DOMÈSTICA
El País, 11 de abril
de 2002
La asesinada en Villava
había denunciado 20 veces a su marido desde enero
La familia de la víctima critica la inoperancia judicial y el agresor se entrega a la Policía Foral
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Cartas: La opinión de los lectores
MIKEL MUEZ | Pamplona
La familia de Alicia Arístregui Beraza, la mujer de 37 años asesinada a puñaladas por su marido en plena calle el pasado martes en Villava (Navarra), denunció ayer la 'ineficacia absoluta' de los juzgados para prevenir estos 'asesinatos anunciados'. Eugenio, hermano de la víctima y portavoz de su familia, expresó su profunda decepción por la respuesta de los jueces ante el reguero de denuncias -20 desde el pasado mes de enero- interpuestas por Alicia. La mujer tramitaba la separación desde hacía meses y vivía protegida por su familia ante las amenazas de muerte del esposo, Jesús Gil Peláez, quien en la mañana de ayer se entregó voluntariamente a la Policía Foral de Navarra.
'En los juzgados de Pamplona no hicieron absolutamente nada de nada. De las denuncias, una estaba en un cajón, otra en otro; una en un juzgado de instrucción, la siguiente en otro, desperdigadas... y nadie las hacía caso', indicó Eugenio. El portavoz familiar subrayó que, ante la reiteración de las amenazas verbales y los malos tratos físicos, los últimos meses, advirtieron a la juez que estaban dispuestos a denunciar públicamente la inacción de los juzgados 'e incluso a iniciar una huelga de hambre, dada la gravedad de la situación', manifestó Eugenio. 'Pero parece ser que sólo veíamos la gravedad nosotros. La juez no lo vio en ningún momento', añadió.
'Este psicópata la violaba reiteradamente. Cuando mi hermana se negaba a hacer el amor con él, la echaba de la cama a patadas, la sacaba a un balcón desnuda y la encerraba allí toda la noche. A veces la echaba agua por encima', confesó su hermano Eugenio. La mujer, con dos hijos de 9 y 14 años, sufrió un aborto como consecuencia, indica la familia, de los malos tratos recibidos. 'Este individuo es irrecuperable. Ahora está calculando la condena que le va a caer encima, pero volverá a matar. Nos ha amenazado a todos y matará de nuevo', auguró Eugenio Arístregui. El agresor había demandado ante los juzgados la custodia de sus hijos y tenía concedido un régimen de visitas los martes, jueves y fines de semana alternos.
Jesús Gil Peláez, de 39 años y natural de Madrid, telefoneó a la Policía Foral de Navarra para entregarse. Gil usó su propio teléfono móvil, un aparato al que uno de los hermanos de la asesinada le llamó durante su huida para reprocharle el crimen. La respuesta del agresor, según los hermanos, fueron más amenazas de muerte. La Policía Foral detuvo al agresor en las inmediaciones del cementerio de Azoz, un pequeño pueblo cercano a Villava. Jesús Gil, que no opuso resistencia, señaló que había pasado la noche escondido en los montes cercanos. Gil Peláez tenía antecedentes policiales por robo con violencia y malos tratos.
Medida cautelar
En enero pasado, el Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona decretó, como medida cautelar, la prohibición de que se acercara a menos de 500 metros de su esposa, con la que convivía desde hacía 14 años. Las denuncias de Alicia llevaron al Ayuntamiento de Villava a distribuir la foto del marido a sus patrullas para establecer un sistema de vigilancia. Al menos en dos ocasiones, según confirmó el alcalde, Alfonso Ucar, Gil huyó de Villava al ser advertida su presencia por la policía local. Alicia disponía en su domicilio de un sistema automático de llamada de urgencias conectado con la Policía Municipal de Villava para casos de urgencia, que nunca usó.
El Ayuntamiento de Villava ha convocado a toda la población a una manifestación que se celebrará mañana. Partidos políticos y asociaciones de defensa de mujeres maltratadas pidieron 'tolerancia cero' para este tipo de agresiones y demandaron una 'ley de medidas integrales'.
El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, Rafael Ruiz de la Cuesta, declinó hacer declaraciones sobre la actuación en este caso de los jueces bajo su jurisdicción.
La vanguardia 3 de
febrer de 2001
El Govern propone
vigilar a los agresores domésticos
con medios
electrónicos
GEMMA RIBAS
GIRONA. - Los
hombres que pegan o amenazan a sus mujeres podrían ser castigados
a llevar
sistemas electrónicos
que les impidan acercarse a su pareja o al domicilio familiar. Este es
uno
de los objetivos
de una reforma legislativa que el Govern de la Generalitat presentará
en el
Congreso de
los Diputados y que ayer fue dado a conocer en Girona por Margarita Álvarez,
presidenta
del Institut Català de la Dona (ICD), el organismo del que ha partido
la iniciativa.
Según
Álvarez, el espíritu de esta medida -que implicaría
reformar el Código Penal y la ley de
Enjuiciamiento
Criminal- es que, ante casos de violencia doméstica, "son los agresores,
y no las
víctimas,
los que deben estar vigilados" por la policía. La propuesta se ha
efectuado después de
que el Institut
Català de la Dona desestimara extender el uso de pulseras electrónicas
para
proteger a
las víctimas de violencia doméstica. En Girona, se llevó
a cabo una experiencia piloto
que consistía
en facilitar a las agredidas una pulsera con un dispositivo que, al pulsarlo,
emitía
una señal
a la central de alarmas de los Mossos d'Esquadra. Pero este dispositivo
sólo
funcionaba
dentro de los domicilios, porque la pulsera enviaba la señal a través
de un emisor que
se instalaba
en las viviendas.
El objetivo
del sistema que propone el ICD es garantizar el cumplimiento de las órdenes
judiciales
que impiden a los maltratadores acercarse a su pareja o a su casa. Para
ello, serían
necesarios
varios dispositivos electrónicos. Uno lo llevaría el agresor,
otro la mujer y un tercero
podría
estar instalado en el domicilio conyugal. Cuando las señales enviadas
por los diferentes
emisores se
cruzaran, a una distancia mínima prefijada, saltaría la señal
de alarma.
Otra reforma
legislativa que ha propuesto el Govern -en este caso al Parlament- a instancias
del
ICD es la modificación
del derecho civil catalán para que, siempre que se den casos de
violencia,
la víctima conserve la casa familiar.