SOBRE LA VIOLÈNCIA DE GÈNERE

 
 
 
UNA APROXIMACIÓ A LA VIOLÈNCIA DOMÈSTICA

Des del començament del any 2000 fins a octubre del mateix, al voltant de seixanta dones han mort víctimes de la violencia domèstica, però altres continuen patint tot tipus d’agressions. Dos millons i mig han estat víctimes dels maltractaments físics o psicològics.

 L’escriptora L . Etxebarria all seu últim treball destaca que la violencia domèstica es una condició apresa. Els homens peguen a les dones per dues raons que son la mateixa: perque hoo ham vist a la seua casa, perque els han enseyat que les dones son diferents a ells, per això inferiors i menspreables. Explica que el maltractador pega per fugir  de les seues fustracions en una societat que l’exigeix ser dur, fort i viril, la qual cosa no pot sostenir, donç l’home té les mateixes necessitats que la dona : ser afectiu , comunicar emocions i sentiments.
 

 Els metges forenses Miguel i José A. Llorente Acosta afirmen que els rols socials atribueixen a l’home el poder i el domini, i a la dona la submissió. Quan l’home creu que está perdent el control sobre la dona s’incrementen les tensions.

 Al voltant dels assassinats de dones, S. Faludi desensa que la majoria de dones  assassinades per els seus marits o companys ocurreixen inmediatament després de declarar la seua independència personal, iniciant els tràmits de divorci i abandonament de la llar.
 

PERFIL DEL MALTRACTADOR
 

 El 50% dels homes europeus maltractadors creguen que elles s’ho mereixien, després demanaven perdó per tot, encara que en el fons no se penedien.

 Conclueix Miguel Llorente que el maltractador controla molt bé els sentiments de la dona consegeix obtenir el seu objetiu que es mantenir la submissió de la dona i amb escases repercusions negatives, donç no sempre es denunciat.

 Generalment, pega a la dona en regions del cos on no es veuen las marques, per a que quan aquesta eixca al carrer no puga mostrar signes de violencia.

DONA MALTRACTADA
 
 

 La violència domèstica no sols la reben dones amb baix nivell cultural i dependents econòmicament, sino també  dones universitàries  i de classe mitjana i alta.

 Totes elles viuen una bogeria, es senten culpables, inútils, acaben creguent-se allò que el maltractador vol. Les diuguen jo soc el millor de la teua vida, mira la teua mare, mira la teua germana, no fan res per tú, però jo soc açí, sols ell fa alguna cosa bona per tú. De fet, tot es redueix a ell , donç perden les xarxes socials : familia i amistats.

 La majoria d’elles suporten durant anys maltractaments brutals, troben qualsevol argument per justificar a la seua parella, fins que diuen “No aguante més  i he de acabar amb aquesta situació”. I ho fan quan la seus vida està en perill, aleshores han d’eixir de casa i començar de nou. Les arriba el vertigen pel futur incert, por a les amenaces i la soletat . Perque son elles les que se’n van , el maltractador segueix vivint en la casa. Elles han d’acudir a una de les 140 cases d’acogida que hi ha a Espanya.
 
 
 

LA JUSTÍCIA : DUNÚNCIES I SENTÈNCIES
 

 Què falla? Per a Inmaculada Campos, advocada, el que falla és “que no s’adopten mesures provisionalísimes, com ara l’ús de la vivenda per la dona”.

 Quan arriben per posar la denúncia no troben el suport de la policia. Posen la denuncia i dies més tard van a retirar-la perque els seus companys les han promés que van a canviar, que van a fer teràpia i consideren que han de donar-los una altra oportunitat, per acabar tornant més endavant a denunciar.

 Què passa amb les sentències?  Com que les denúncies es retiren , les sentències acaben siguent absolutories. Pel que fa als jutges i la seua aplicació de la llegislació, les majors crítiques les reben les jutges que en major part dels casos imposen les penes mínimes. Així les víctimes de maltrctaments prefereixen que el seu cas siga jutgat per un home i no per una dona, perque les jutges, per a no ser acusades de feminisme, en general son mes blanes en les sentències del agressor.

 Per altra banda, el Govern es nega a crear una fiscalia especialitzada en maltractaments a la dona i alguns jutges con A. Garcia Paredes, president de l’Audiencia de Madrid es queixen de la falta de noves tecnologies, de medis per posar en marcha el procés.
 
 

QUÈ DEMANEM LES DONES
 
 
 

 En definitiva, que s’acabe amb la violencia envers la dona, eixir  d’aquest cercle viciós , amb ajuda de l’oponió pública, medis  de comunicació i canvis en l’educació.

 Demanem, sobretot major atenció social per part dels poders públics, comprensió per part de la policia i aplicació rigurosa de la llei per part dels jutges i tot aço necessita de la prevenció mitjançant l’educació, acabar amb els models de home i dona que no assumeixen las relacions d’igualtat, Combatre amb la ideologia feminista que en part naix com a resposta a aquesta violencia.

 Falta solucionar els conflictes , convèncer-nos homes  i dones de que hi ha que aprendre a negociar, a pactar.
 
 

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FEM FEMINISME: DICCIONARI IDEOLOGIC FEMINISTA

A continuació  resumim alguns termes , relacionats amb la violència de gènere, que apareixen al llibre de Victoria Sau, Diccionario Ideológico feminista.

 Agresividad: “...afecta de modo diferente a los dos sexos. Se afirma que la agresividad masculina es una característica propia del varón, y como todooo lo masculino es realzado en la sociedad sexista, también la agresividad es justificada primero y valorada después como motor del progreso humano...
 ...el hombre es más agresivo que la mujer ...pero no por razones biológicas u hormonales ... sino históricas y sociales...
 ...En las relaciones hombre-mujer esto se traduce en una agresividad real del primero sobre la segunda, a través de los siglos, variable únicamente en la forma pero no en el fondo.
 ... cada hombre agrede sistemáticamente a toda mujer por el hecho de esperar de ella que sea y se comporte como un ser dominado, ostentando las “cualidades” que le exige el colectivo de varones: juventud, belleza, entrega sexual, obediencia, lealtad, falta de resentimiento y otras. ...
 ...La agresividad se amnifiesta asimismo en la relación sexual, bien porque ésta se imponga a la mujer (violación fuera o dentro del matrimonio) bien porque se le imponga la forma de llevarla a cabo. La agresividad continua cuando se le impone la maternidad y cuando se prohibe la maternidad; cuando se le impide abortar , y cuando se le exige que aborte; cuando se le niegan los anticonceptivos y cuando se la obliga a la esterilización. La agresividad se manifiesta todavía en la apropiación que el padre hace de los hijos de la madre, a la que sólo le permite ser su nodriza y educadora.La agresividad más sofisticada es la que está presente en las mujeres a quienes los hombres han conseguido aterrorizar hasta tal punto de que se identifiquen con ellos, piensen como ellos y actúen como ellos. La obra perfecta de la agresividad es conseguir que la víctima admire al verdugo.”
 
 

 Clitoridectomía : “Operación por la que se extirpa una parte del  clítoris, el clítoris entero y a menudo también los labios menores e incluso parte de los mayores del aparato genital femenino en niñas cuya edad oscila de la infancia a la pubertad. ...
 ...Dónde y cúando se lleva a cabo esta práctica. En el Oeste de Africa, inmediatamente después del nacimiento. En Abisinia, ocho días después.Pocas semanas después del nacimiento, los árabes modernos. Entre los 3 y 4 años, los somalies; entre 3 y 10 años, los somalíes; entre 3 y 10 años, en Alto Egipto, Sudán, Chuncho (Perú),Distrito mandingo del Sudán Francés; antes de la pubertad, en Mara (Australia) e Islas Célebes ; más de 14 años, en Australia en general; después del casamiento, los Masai de Africa....no hay barreras cuando se trata de someter a las mujeres. Cuando la operación no tiene lugar en un hospital (casi nunca debido a la baja extracción social de la gente) corre a cargo de mujeres “comadronas” que, por otra parte, se sienten muy felices de llevar a cabo tales amputaciones...
 ... A la vista de tanto dolor y sufrimiento (inútil) se hace necesario preguntarse el porqué del mismo. De una parte, sabemos que el clítoris es el órgano más importante del placer sexual de la mujer; su eliminación, por sí misma, supone una grave reducción cuando no eliminación de la fuente de este placer. La experiencia traumática de la operación, por otra parte, producirá siempre la asociación sexo-dolor. Si en la operación ha habido algún fallo, el dolor ante el contacto físico puede subsistir durante toda la vida...”
 

 Infibulación : “La infibulación es la más cruel de las mutilaciones genitales femeninas y consiste en clitoridectomía seguida por el cierre vaginal mediante sutura. Solamente se deja una pequeña abertura para la emisión de orina y descarga de la sangre menstrual. Después del matrimonio la vulva es abierta por laceración, lo que a menudo vuelve a ocurrir en ocasión del parto.”
 

 Miedo : “Las mujeres tienen razones suficientes para sentir miedo del hombre o ante el hombre. Véanse algunas de ellas:
 - Miedo a tener que hacer el amor contra su voluntad debido a las diversas presiones que puedenn utilizarse para ello.
 - Miedo a que el varón la deje embarazada sin ella quererlo, pero a los que “cedera”.
 - Miedo a ser violada...
 - Miedo a ser detenida, juzgada y considerada culpable por haber interrumpido un embarazo que venia a obstaculizar su libertad como persona.
 - Miedo a los malos tratos, psíquicos y físicos, de los que son víctimas las mujeres de forma específica...
 - Miedo a tener que elegir entre el matrimonio y la realización profesional.
 - Miedo a la doble jornada de trabajo cuando tiene un empleop remunerado fuera del hogar.
 - Miedo a que su palabra no sea debidamente escuchada y/o valorada.
 - Miedo psicológico de quien se sabe en condiciones de inferioridad ante quien ostenta el poder.
 El miedo de la mujer al hombre, sea en singular y/o colectivamente, es racional y coherente con la estructura social que lo fomenta. En una palabra, es lógico.
 
 

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ESTUDI EN LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA  :SUICIDI Y VIOLÈNCIA CONTRA LA DONA
 

Maltratadas hasta la muerte

Cuando ya no pueden soportar más los golpes  físicos, ni los insultos, ni el desprecio de su compañero o su marido, muchas de ellas deciden acabar con su vida. Son muertes en silencio que no trascienden a estadísticas. Varias investigaciones han dado a conocer que la incedencia de conductas suicidas -consumadas o en grado de tentativa- entre mujeres maltratadas es ocho veces superior a la observada en el resto de la población.
Un reciente trabajo de un médico forense, un profesor de medicina legal y una química de la Universitat de Valéncia señala que esta conducta autoagresiva es un importante problema de salud.
 

"No echo a nadie la culpa de esto; la culpa es sólo mia". Estas fueron las palabras con las que L., una española de 40 años, madre de dos hijos y separada judicialmente desde el año 94, escribió en la nota que dejó antes de ahorcarse en la escalera de su casa, el 22 de noviembre de 1999, tres jornadas antes del dia internacional contra la violencia doméstica.

La ruptura matrimonial de L. se produjo después de una larga trayectoria  de violencia psíquica y física, aunque hasta  un año después de su separación no constan sus denuncias.

El caso de esta mujer ha sido analizado por tres especialistas de la Universitat de València, M. Fenollosa Gonzalez, médico forense; A. Castelló Ponce, doctor en Ciencias Químicas, y A. Verdú Pascual, profesor titular de medicina legal y forense, en el trabajo titulado Suicidio y violencia contra la mujer: a propósito de ¿un caso?, que se publicó en julio de este año en Cuadernos de Medicina Forense.

Los autores destacan que la violencia contra las mujeres constituye un importante problema de salud y han analizado la repercusión que el maltrato doméstico tiene en la conducta suicida de las ciudadanas. Los expertos llaman la atención sobre la falta de datos que existen respecto al número de personas que deciden terminar con su vida para no tener que seguir soportando la violencia que les rodea. El caso de L. es un claro exponente de esta latente violencia de género.

Los partes de lesiones

En su informe, Fenollosa, Castelló y Verdú describen, a modo de ejemplo, el caso de L., quien después de la separación no pudo poner fin al infierno de agresiones que le infligía su exmarido. De hecho, a partir de ese momento, L. acudió al juzgado en sucesivas ocasiones.

En la clínica médico forense,donde fue asistida cada vez que se incoaba un expediente judicial, se apreciaron las lesiones típicas: <Impronta digital en muñecas y antebrazos, hemitorax derecho, cuello y región dorsal>, <epístaxis y herida labial>, <erosiones en el cuello>, <equinosis y erosiones varias en cara y cuello>, <asistencia psiquiátrica por síndrome depresivo>, <erosiones en cara y cuello y equinosis en mano izquierda>... Los autores señalan que aunque las lesiones no son de gran trascendencia clínica, <si indican ese grado de continua violencia menor que, sin duda, puede llegar a hacerse insoportable>.
Todas las denuncias concluyeron con sentencias condenatorias para su pareja que consistieron en simples multas. En ningún momento -reseñan los expertos- se adoptaron medidas cautelares como alejamiento de la persona agredida, prohibición de residir en una determinada zona..., etcétera, porque los hechos se calificaron como falta.

L. tuvo que someterse a tratamiento psiquiátrico y a pesar de la enorme presión que sufria iba sola al juzgado y a la clínica forense.Ella manifestaba que luchaba tanto por ella como por sus hijos, de 11 y 18 años. Sin embargo, y a pesar de no haber experiementado ninguna tentativa autodestructiva previa, decidió ahorcarse.

Los autores señalan que este final <parece el colofón a una progresiva degradación de la autoestima, y la mujer, que hasta el último momento luchaba por hacer frente a la adversidad, acabó por convencerse de que ella misma era la culpable y responsable de sus desgracias y dirigió su castigo hacia sí misma>.

Estudios realizados por Bergman y Brismar revelan que < la incidencia de conductas suicidas, consumadas o en grado de tentativa, entre mujeres maltratadas es ocho veces superior a la población aleatoria>.
 
 
 

                                                        (Pilar G. del Burgo, El Levante, Domingo, 5 de noviembre de 2000)
 
 

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GRÀFIQUES:
 
 


 
 
 
 
 

 
 
Denuncias por los malos tratos de los maridos a sus esposas por CCAA
Hasta septiembre 2000

 

 
Total
Delitos
Faltas
TOTAL NACIONAL
17.068 
4.756 
12.312 
ANDALUCÍA
3.781 
748 
3.033 
ARAGÓN
313 
142 
171 
ASTURIAS
435 
140 
295 
BALEARES
387 
189 
198 
CANARIAS
1.422 
410 
1.012 
CANTABRIA
214 
62 
152 
CASTILLA Y LEÓN
727 
162 
565 
CASTILLA-LA MANCHA
567 
149 
418 
CATALUÑA
1.972 
631 
1.341 
COMUNIDAD VALENCIANA
1.623 
508 
1.115 
EXTREMADURA
406 
65 
341 
GALICIA
901 
312 
589 
MADRID
3.016 
984
2.032 
MURCIA
858 
143 
715 
NAVARRA
92
37 
55 
PAÍS VASCO
LA RIOJA
88 
14 
74 
CEUTA Y MELILLA
266 
60 
206 
FUENTE: Elaboración propia a partir de datos facilitados por el Ministerio del Interior. 
Nota: No se incluye: País Vasco, Girona y Lleida, porque el Mº del Interior no dispone de datos completos. 
 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Víctimas de la Violencia Doméstica en 1999
Nº orden Medio Fecha Nombre de la víctima Edad Ciudad Parentesco del agresor Hechos
1 El Mundo 05-ene-99 Rosa 45 Girona Compañero Jesús María P.V. asestó un puñalada mortal a su compañera sentimental con un cuchillo de mesa con una hoja de 10 centímetros. El agresor fue detenido y se confesó autor de los hechos.
2 Europa Press 12-ene-99 Francisca Castell 44 Córdoba Marido Efectivos del Cuerpo Nacional de Policía han detenido a un ex policía de 44 años identificado como F.J.M., como presunto autor del asesinato de su esposa a la que mató ayer de varias puñaladas. La pareja se encontraba en trámites de separación.
3 El País 30-ene-99 Trinidad F.G. 0 Valencia Compañero
4 Europa Press 09-feb-99 Elena Madrid 42 Valencia Ex marido Los hechos se sucedieron a media tarde en la peluquería propiedad de Elena cuando llegó su ex marido, Antonio M.G., de 43 años y le asestó tres puñaladas. La mujer quedó tendida en el suelo mientras su ex marido se dio a la fuga.
La mortal agresión se produjo en el domicilio de la madre de la víctima en Massamagrell, donde había instalado su negocio. Allí se había trasladado la mujer después de haberse separado de su marido, hacía entre cinco y seis años, y había rehecho su vida sentimental.
5 ABC 01-mar-99 Mª Dolores Castro 0 Cuenca Ex novio Apuñalada por su exnovio.
6 El País 03-mar-99 62 Ciudad Real Marido Asesinada a golpes por su marido, estando en trámites de separación
7 El Mundo 26-mar-99 N.N. 0 Lugo Marido Muerta a tiros por su marido, hallándose en trámites de separación.
8 El País 01-abr-99 Mercedes Navarro Albacete Marido Asesinada por su marido a martillazos.
9 El País 04-abr-99 Rosario Sánchez 35 Murcia Marido Asesinada por su marido Victoriano, de 40 años, a cuchilladas en presencia de sus dos hijos de 10 y 6 años. La víctima vivía desde hacía 15 días en casa de su madre, en Cartagena, a la que se había trasladado en espera de resolver los trámites de separación por ella iniciados.
10 El País 08-abr-99 M.J.T.H. 0 Logroño Marido Murió a consecuencias de las quemaduras que le causó su marido, que afectaron al 50% de su cuerpo. Había llegado a presentar 4 denuncias por malos tratos de su marido.
11 El País 09-abr-99 Andrea Heredia Orta 25 Mallorca Compañero Andrea de 25 años de edad, tenía tres hijos de entre 1 a 6 años de edad, murió fulminada por un disparo en la cabeza y otro en el corazón que le propinó su compañero, el padre de los niños, ante la negativa de la víctima a reanudar la conviviencia. El asesino, José García Coronado, de 34 años, pactó su entrega a la policía después de haberse dado a la fuga.
12 El País 13-abr-99 Carmen Gil 70 Valladolid Marido Quedó en coma profundo tras haber sido agredida a cuchilladas por su marido, Isidoro, Insúa Heras, de 63 años. Falleció a consecuencia de las lesiones que le causó su marido en el domicilio conyugal mientras ella dormía la siesta, en Araquines, Valladolid.
13 El País 10-abr-99 Ana María R.P. 30 Cádiz Marido Fernando J.A.P. estranguló a su esposa Ana Mª con la que tenía 4 hijos, en su domicilio conyugal en Algeciras. Estaban en trámites de separación.
14 El País 15-abr-99 Carmen Ordaz Fresneda 32 Navarra Marido José Domínguez Chávarri, de 31 años estranguló en el domicilio conyugal en Tudela (Navarra) a su esposa; el asesino huyó a Barcelona donde se entregó a la policía.
15 El País 16-abr-99 Jacinta G.C. 32 Málaga Marido Muerta de tres tiros de escopeta que le disparó su marido, José D.S., de 34 años, hallándose presente los dos hijos del matrimonio, de 13 y 7 años de edad. Pendientes trámites separatorios. Sucedió en Ronda (Málaga).
16 ABC 16-abr-99 Ángela Sacristán Arrieta 69 Vitoria Hijo Muerta a martillazos por su hijo de 36 años, en el domicilio familiar.
17 LEVANTE 21-abr-99 María Isabel Palomar 45 Valencia Marido Mª Isabel estaba separada de José Piqueras Bello, funcionario del Ministerio de Defensa, cuando fue asesinada por éste a martillazos y cuchilladas en el piso de los padres de ella.
18 EL MUNDO 26-abr-99 4 Bilbao Padre Bilbao, niño de 4 años. Un particular alertó a la Ertzaintza de que un vecino suyo salió a la escalera con los pantalones llenos de sangre diciendo que había matado a su hijo. Al parecer, el asesino, se encerró en una habitación con su hijo de corta edad, al que asestó varias puñaladas. Desplazadas varias patrullas y ambulancias al lugar, procedieron a la detención del autor de los hechos, mientras los servicios sanitarios nada podían hacer ya por la vida del niño.
19 EL PAIS 06-may-99 Rosa Pereira 0 Madrid Compañero Rosa fue degollada por su compañero en el domicilio común, en calle Corregidor Juan Francisco de Luján, Barrio de Moratalaz, Madrid. El homicida trabajaba como percusionista musical.
20 EL PAIS 31-may-99 5 Padre Niño de 5 años muerto a manos de su padre.
21 EL PAIS 04-jun-99 Encarnación Martín Bravo 33 Madrid Marido Asesinada por su marido, José Manuel Sánchez, después de ocho meses de casados. Diez puñaladas en el domicilio coyugal, Móstoles, Madrid. Se dio a la fuga, hallándose el cuerpo de la víctima 48 horas después, por la denuncia presentada por sus familiares. Deja un hijo de 11 años. El homicida fue detenido 2 días después en Cáceres, camino de la frontera portuguesa.
22 EL MUNDO 16-jun-99 María Teresa Arán Zaragoza 39 Castellón Marido Asesinada por su marido de un tiro junto a su hijo de 12 años; tras suicidarse el homicida, Manuel Flos Comes de 40 años, los perros de la familia devoraron los cadáveres de los tres. Llevaban 10 días muertos cuando los encontraron en su chalet de Vinarós (Castellón).
23 EL MUNDO 16-jun-99 Joel Flos Zaragoza 12 Castellón Padre Asesinado por su padre de un tiro junto a su madre; tras suicidarse el homicida, Manuel Flos Comes de 40 años, los perros de la familia devoraron los cadáveres de los tres. Llevaban 10 días muertos cuando los encontraron en su chalet de Vinarós (Castellón).
24 EL MUNDO 24-jun-99 Concepción Sabao García 67 Cádiz Marido Asesinada por su marido, José L.O., de 64 años, que le asesto múltiples puñaladas con un cuchillo. A continuación él mismo se hirió con el mismo arma, aunque de carácter leve. Los hechos ocurrieron en San Fernando (Cádiz).
25 EL MUNDO 30-jun-99 Isabel G.T 47 Barcelona Ex marido Murió a consecuencia de los disparos efectuados por su exmarido, Bartolomé M. H., el cual esperó a la víctima en mitad de la calle y vació el cargador de su Parabelum 9 mm contra ella, rematando a la víctima cuando estaba en el suelo. Hacía cuatro años que no convivían y estaban tramitando el divorcio. El autor de los disparos fue detenido por la Policía local de Viladecans (Barcelona) donde ocurrió el asesinato.
26 EL MUNDO 06-jul-99 Margarita Izquierdo Pascual 49 Salamanca Marido Falleció apuñalada por su esposo Vicente Avila de 64 años, en Salamanca. Margarita había denunciado en varias ocasiones a su marido por malos tratos: la última vez una semana antes de morir. El cuerpo de Margarita fue atravesado 12 veces con una navaja de 15 centímetros de hoja, en un bar que estaba vacío y en el que la dueña se encontraba en la cocina en ese momento. A causa de unas obras que se estaban realizando en la calle no oyó los gritos de la víctima. La policía emprendió la búsqueda de Vicente Ávila, dirigiéndose a su domicilio, donde lo detuvieron ya que había acudido a su casa para quitarse la ropa con la que había cometido el asesinato.
27 El País 31-jul-99 Rosario R.R. 35 Ciudad Real Marido Murió apuñalada por su marido que la esperó en el portal de su casa, ha muerto en Piedrabuena; la víctima se hallaba separada de su marido desde hacía un año. Tenían dos hijos de 16 y 18 años.
28 El País 06-ago-99 46 Alicante Marido Murió a causa de los golpes que le propinó su marido. Residían en un chalet de Aguas Nuevas-Los Olivos de Torrevieja, Alicante.
29 Canarias7 05-ago-99 Susana Socorro 46 Las Palmas de Gran Canaria Conocido Murió asesinada de cuatro cuchilladas en Arrecife, propinadas por Luis G.B. que venía atosigándola desde hacía varios meses. Susana había denunciado en varias ocasiones las persecuciones de las que era objeto.
30 Europa Press 15-ago-99 Ana Brígida Ruiz Mateo 19 Albacete ex novio Ana Brígida regresó a su casa de madrugada después de un concierto, en el portal de su domicilio la esperaba el que había sido su novio durante año y medio, Ramón Agustín Tendero de 23 años, quien la agredió con un machete propiciándole varias puñaladas que le causaron la muerte.
31 El Mundo 24-ago-99 Isabel H.G. 35 Sevilla Compañero La policía encontró a Isabel con un hilo de vida y cubierta de sangre el pasado mes de junio cuando Antonio B.B, de 49 años, creyendo cumplido su objetivo, se entregó a la policía. Entonces Antonio anunció que volvería a intentarlo. Y lo consiguió; Isabel ha muerto estrangulada, después le clavó un destornillador en el estómago. Tras perpetrar el anunciado crimen, Antonio, con absoluta frialdad, se dirigió a la policía de Alcalá de Guadaira.
32 El País 24-ago-99 Gloria 36 Girona Marido El cadáver de Gloria de nacionalidad cubana fue desenterrado por los agentes de policía autonómica catalana en un zona boscosa de Cassà de la Selva indicada por el homicida, José Luís Cumbreño, de 31 años; el cual estranguló a su mujer dos días antes en su casa. La víctima había denunciado los malos tratos.
33 El Mundo 30-ago-99 Ivonne Silvia R. 34 Málaga Compañero José Carlos M.A. de 35 años, arrojó ayer a su compañera sentimental desde el balcón de un noveno piso, tras mantener con ella una acalorada discusión. Los gritos de la víctima y de los vecinos que contemplaron la escena no sirivieron de nada para evitar el fatal desenlace.
34 El País 01-sep-99 Pilar Soto Garrido 34 Pontevedra Marido Manuel Soto apuñaló repetidamente a su mujer tras perseguirla por varias calles del centro de Marín (Pontevedra) y acorralarla contra una verja. Después se apoderó a punta de cuchillo de un coche en el que huyó. Estaban en trámites de separación y tenían dos hijos de 16 y 4 años.
35 El Mundo 23-ago-99 Wi Di Xu 31 Mallorca Compañero Una pasión no correspondida fue el detonante para que Yan Yu de 26 años degollara a Wi Di Xu y a su hijo David de 2 años en Porto Cristo (Mallorca). El asesino fue detenido tras 52 horas de operación policial.
36 El Mundo 23-ago-99 David 2 Mallorca Compañero de la madre Una pasión no correspondida fue el detonante para que Yan Yu de 26 años degollara a Wi Di Xu y a su hijo David de 2 años en Porto Cristo (Mallorca). El asesino fue detenido tras 52 horas de operación policial.
37 El País 17-sep-99 C.S.N. 42 Barcelona Marido Un vecino de Santa Coloma de Gramenet (Barcelona), J.B.L., de 42 años, fue detenido acusado de matar a golpes a su esposa. Según su propia declaración, la pareja mantuvo una violenta discusión después de que el marido llegara muy tarde a casa. Afirmó que pegó a su mujer y la dejó en la habitación, para irse él a dormir al sofá y que cuando se levanto para ir a trabajar, descubrió que su mujer permanecía exactamente en la misma posición en que la había dejado por la noche tras golpearla.
La víctima presentaba una herida en la cabeza, según los servicios sanitarios de urgencia que certificaron la defunción.
38 El País 14-oct-99 Mª del Mar Herrero 23 Madrid Ex novio Luis Patricio Andrés, de 36 años, mató ayer a su ex novia de dos cuchilladas, quien había denunciado a su asesino en un programa de televisión y, en repetidas ocasiones, en la comisaría de Alcobendas por maltrato. El individuo ya había permanecido cuatro años en la cárcel por intentar asesinar a otra novia.
El autor del crimen abandonó el cuerpo de la víctima en una furgoneta de alquiler, el cadáver estaba maniatado, amordazado y con una soga al cuello.
39 El País 20-oct-99 Josefa P.S. 38 Valencia Marido José Francisco Ll.E., de 41 años, fue detenido por la policía acusado de acabar con la vida de su mujer, tras arrojarla por el balcón de un séptimo piso. Diversos testigos oyeron a la víctima implorar auxilio antes de caer al vacío, "socorro, ayúdenme, ayúdenme", se oyó gritar a la víctima. Al momento vieron precipitarse a la mujer desde la séptima planta, golpearse violentamente contra el balcón del tercer piso y estrellarse contra el suelo. La mujer, que estaba boca arriba, descalza-los zapatos salieron despedidos a unos 20 metros- y con la cabeza cubierta de sangre, murió poco después. Josefa había decidido separarse.
40 El País 21-oct-99 Marina Ruiz 23 Lleida Novio Los Mossos d'Esquadra, la policía de la Generalitat catalana, han esclarecido el brutal asesinato de Marina Ruiz, la joven de 23 años cuyo cadáver fue encontrado el pasado 15 de febrero sobre la vía del tren cerca de Cervera (Lleida). El caso se ha resuelto con la detención del novio de la víctima, Serafín Cervilla, de 29 años, quienes tenían previsto casarse al mes siguiente. La autopsia reveló que la mujer tuvo una muerte cruel y que el asesino se ensañó con ella, ya que presentaba un golpe en la cabeza y un desgarro vaginal.
41 El País 26-oct-99 No lo pone 37 Santander Marido Un hombre que estranguló a su mujer el pasado domingo en Santander se entregó a la policía, manifestando que "había discutido con ella, la había agarrado por el cuello y no sabía cómo estaba". Los hechos ocurrieron a media tarde en el domicilio familiar. Los agentes, tras escuchar el testimonio del detenido, fueron con él a la casa y allí encontraron a la víctima sin pulso. El matrimonio tenía dos hijos de 7 y 10 años.
42 El País 02-nov-99 Felipa San Cristóbal Jiménez 84 Ávila Marido Un anciano de 87 años, Cecilio del Peso López, fue detenido en el pueblo de Villarejo como presunto autor de la muerte de su esposa a la que golpeó con un objeto contundente. El cadáver presentaba golpes por todo el cuerpo y estaba ensangrentado.
43 El Mundo 05-nov-99 Mª del Carmen del Salto 28 Palma de Mallorca Novio Andreas Ingo Okulus, de 33 años, fue detenido en su domicilio de Hamburgo como presunto autor del secuestro, violación y asesinato de la joven Mª del Carmen. El cadáver había sido hallado la víspera por el perro de un pastor, que encontró la mano con una pulsera. Esta joven fue dada por desaparecida el pasado mes de mayo.
44 El Mundo 05-nov-99 Rocío Wanninkhof 20 Málaga Novio El cadáver de la joven Rocío Wanninkhof fue identificado tras las pruebas del ADN, presentaba siete puñaladas y estaba desaparecida desde el 9 de octubre. La familia de la víctima centran sus sopechas en el entorno más cercano de la joven y en concreto en su novio, Antonio Jurado.
45 El Mundo 06-nov-99 No lo pone 15 Sevilla Compañero Francisco Javier Oliver Tinoco, de 23 años, se suicidó lanzándose al vacío, tras asesinar a su novia de 15 años embarazada de cuatro meses, con la que convivía. La tragedia se consumó al filo de las ocho de la tarde. El homicida golpeó varias veces con una plancha a su compañera, antes de degollarla de una puñalada en la yugular, asestarle otras seis hasta abrirle el vientre y sacarle el feto y arrastrarla por la vivienda.
46 El País 08-nov-99 Rabia El Yemlahe 31 Madrid Ex-marido Mustafá N., de 30 años, y Rabia eran pareja desde hacía cinco años. Sin embargo él se marchó con otra mujer hace un año y ahora pretendía volver con Rabia. Los dos mantuvieron una discusión. Cuando ésta abrió la puerta de la calle para intentar echarlo de casa, Mustafá sacó un cuchillo de cocina y le asestó tres puñaladas que la alcanzaron la mano izquierda, el pecho derecho y la parte baja del esternón. Rabia murío a los diez minutos de un paro cardiaco. Mustafá huyó en un coche que tenía aparcado en la puerta.
47 El País 15-nov-99 A.S.R. 77 Cádiz Marido F.S.P. militar jubilado de 77 años de edad, confesó a la policía que mató a su mujer propinándole en la cabeza un golpe mortal con una bombona de butano. El suceso ocurrió en el domicilio conyugal.
48 El Mundo 20-nov-99 Ángeles 21 Barcelona No se sabe Los efectivos del servico de urgencias atendieron a la joven argentina que se encontraba en el suelo, con los pantalones bajados, delante de un portal de la calle de Robí, en el barrio de Gràcia de Barcelona, justo detrás de la transitada plaza de la Virreina. Fuentes policiales explicaron que su agresor, que intentó violarla, le asestó cuatro puñaladas para acallar sus gritos de auxilio.
49 El Mundo 21-nov-99 Ana 17 Granada Novio Ana se había negado a continuar manteniendo la relación sentimental con Fernando U.R. de 23 años, lo que motivó que recibiera agresiones e intentos de violación por parte de éste durante los dos años de duración del noviazgo.
El cadáver de la joven apareció semidesnudo a escasos doscientos metros de la casa de sus padres. La muerte se produjo a consecuencia de los golpes propinados en la cabeza con un objeto contundente.
50 El País 22-nov-99 No lo pone 25 Huelva No lo pone El cadáver de la mujer fue encontrado al borde de una cuneta en Gibraleón (Huelva). Estaba seccionado a la algura de la cintura, con la cabeza envuelta en un trapo anudado alrededor del cuello y las piernas atadas con jirones de bolsas de plástico.
El cuerpo estaba totalmente desnudo y presentaba mordiscos de animales y le faltaban algunos dedos.
51 El Mundo 22-nov-99 Virginia Acebes de las Heras 19 Bilbao No se sabe El cuerpo de la joven fue hallado en un paraje situado a dos kilómetros del lugar donde se produjeron los primeros hallazgos. Presentaba 52 puñaladas y restos de semen. De todas las puñaladas, llevadas a cabo con una navaja, 51 se practicaron en la zona abdominal izquierda y la otra, posiblemente la que le causó la muerte, afectó al cuello.
52 El País 30-nov-99 Clara R.G. 57 Sevilla Marido La policía encontró a la víctima tendida en la cama presentaba numerosas heridas y contusiones en la cara y el pecho. La muerte se produjo por una hemorragia cerebral que le había producido los brutales y abundantes golpes. El marido, que responde a las iniciales A.D.M. solía acabar las discusiones con su mujer utilizando los puños. Muchos vecinos lo sabían en el barrio de Las Viñas de Lora del Río (Sevilla), aseguran que las peleas eran frecuentes, sabían que era un hombre agresivo y creyeron que se trataba de "una pelea más".
53 El Mundo 03-dic-99 Concesa Fernández 84 Gijón Marido Mariano Cuella, de 62 años, tenía cuatro denuncias por malos tratos de su compañera y otras tantas de su ex esposa. Ahora está en libertad provisional, después de matar a golpes a Concesa Fernández, cuyo cadáver presentaba cinco costillas rotas, hematomas y otros signos de violencia. Los hechos ocurrieron en el domicilio conyugal.
54 El País 06-dic-99 Tatjana V. 35 Palma de Mallorca Marido La Guardia Civil acudieron a la vivienda donde residía la pareja y encontró el cuerpo de la vícitma inmóvil en el suelo. Diego M.H. de 35 años, causó el coma a su compañera con una brutal paliza, que cinco días después falleció en el hospital.
55 El País 11-dic-99 María Dolores D.G. 24 Barcelona Ex compañera Manolo E.L., apodado El Martillo, se presentó ayer en casa de su ex compañera en la plaza de la Rajanta, de Vilanova i la Geltrú (Barcelona). Discutieron, pero esta vez él no se limitó a golpearla como otras veces. Sacó una pistola y disparó dos tiros a bocajarro, uno al pecho y otro a la cabeza. Acto seguido se suicidó. Había sido detenido ya en una ocasión por malos tratos a su compañera.
56 El País 16-dic-99 Bian Santos Yanes 10 Las Palmas Compañero de la madre El cadáver de Brian, el niño cubano de 10 años que desapareció en Lanzarote el pasado día 7, fue hallado ayer por agentes de la Guardia Civil tras la confesión que el ex compañero sentimental de la madre del menor, realizó a su hermana. Los restos mortales se encontraron en el lugar indicado por aquél. La autopsia ha revelado que su muerte fue violenta, aunque todavía no ha podido determinarse cómo se produjo. La policía sospecha que Gustavo Báez, también cubano, mató a Brian como venganza por la ruptura sentimental con su madre y la posterior expulsion de su domicilio.
57 El País 17-dic-99 Mª del Carmen Romero 32 Sevilla Marido La muerte sorprendió a Mª Carmen de camino a los juzgados. La mujer, refugiada en hogares de acogida de la Junta de Andalucía tras los ataques de su cónyuge, murió apuñalada precisamente por su esposo, Francisco E.R., de 39 años. Para cometer el crimen, el hombre esperó más de ocho horas la llegada de Mª Carmen a la estación de autobuses de Écija (Sevilla), ciudad donde ella iba a tramitar su separación. Dos puñaladas se lo impidieron, una en la cara y el cuello y otra en el pecho con una navaja de 12 centímetros. La víctima había denunciado hasta tres veces a Francisco. La hermana de Mª Carmen, de 29 años, también resultó herida en el pecho; fue trasladada al hospital de Écija en estado grave.
58 El País 27-dic-99 Mª Dolores Pérez Román 20 Jaén Ex novio La joven fue hallada muerta en La Carolina (Jaén). La autopsia determinó que tenía 11 puñaladas en distintas partes del cuerpo. José Rivera, de 23 años, le asestó las puñaladas en piernas, brazos, el cuello y en el pecho, donde tenía clavado el cuchillo de uns 12 centímetros de hoja cuando Mª Dolores fue descubierta en el interior del coche de José.

 
 
 
 

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ARTÍCLES
 
 

PUBLICACIONES

Violencia familiar:

2.2.1.- Artículo publicado en MON JURIDIC en Abril de 1991 sobre la Ley 54 de Puerto Rico
como modelo para la prevención e intervención en la violencia doméstica.

2.2.2.- Tribuna publicada en "El Periódico" el 10/1/98 sobre la situación de violencia hacia las
mujeres y el incremento de la conciencia social que ha roto el silencio.

2.2.3.- Tribuna publicada en "El Periódico" el 29/7/98 haciendo un balance de la situación de los
poderes públicos en los temas de violencia a la mujer.

2.2.4.- Tribuna publicada en "AVUI" el 3/1/99 respecto de la situación en estos momentos de la
violencia hacia las mujeres.

2.2.5.- Artículo publicado en "El Periódico" el 11/2/2000 "El Terrorismo Doméstico".

2.2.6.- Artículo publicado en "El Diari de L´Hospitalet" el 8/3/2000 "Los valores de la democracia".

2.2.7.- Artículo publicado en "El Periódico" el 6/4/2000 "Necesitamos actuar ya".

2.2.8.- Artículo publicado en "Diario 16" el 1/5/2000 "Directivas Europeas".

2.2.9.- Artículo publicado en "El Periódico" el 22/5/2000 "Jueces y malos tratos".

2.2.10.- Artículo publicado en "El Periódico" el 19/7/2000 "El lastre del pasado".

2.2.11.- Artículo publicado en "El Periódico" el 21/9/2000 "El coste de la desigualdad"..

2.2.12.- Artículo publicado en "El País" el 17/10/2000 "La publicidad de la condena".
 
 
 
 
 
 
 

 2.2.1
 
 
 

  LEY 54 DE PUERTO RICO, PARA LA PREVENCION E INTERVENCION CON LA
                           VIOLENCIA DOMESTICA

Gratamente tuvimos conocimiento durante nuestra asistencia al Sexto Congreso Internacional sobre
Derecho de Familia celebrado en Puerto Rico en octubre pasado, de la Ley número 54 de 15 de
agosto de 1989, aprobada por la Asamblea legislativa de Puerto Rico, también conocida como «Ley
para la prevención e intervención con la violencia doméstica".

Cierto es que los datos estadísticos elaborados por la policía de dicho país en relación con los
incidentes domésticos sufridos en su mayoría por mujeres eran alarmantes: como muestra, cabe citar
que según la División de Estadísticas de la Policía portorriqueña, en el año 1988, el 65% de los
asesinatos u homicidios contra mujeres comprendían una relación familiar o de amistad, siendo dicho
porcentaje en los años anteriores del 54% en 1987, 61 % en 1986; 64% en 1985; 58% en 1984; y
del 81 %en 1983. Asimismo, y como obra en la propia exposición de motivos, los investigados
estiman que en Puerto Rico un 60% de las mujeres casadas son víctimas de maltrato conyugal. Obvio
es que ante tales datos estadíticos, se tenía que arbitrar un sistema de garantía institucional para las
víctimas de los malostratos.

Así, se define en la Ley 54 de Puerto Rico la violencia doméstica como "el patrón de conducta
constante de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación o persecución contra una
persona por parte de su cónyuge, excónyuge, una persona con quien cohabita o había cohabitado,
con quien sostiene o haya sostenido una relación consensual o una persona con quien se haya
procreado una hija o un hijo, para causarle daño físico a su persona, sus bienes o a la persona de otro
o para causarle grave daño emocional".

El aspecto más relevante de la ley en nuestra opinión, es el que además de establecer medidas de
carácter punitivo, arbitra medidas afirmativas de protección de las victimas. Es decir, se arbitran
medidas cutelares, no tan sólo de tipoeconómico, encaminadas a garantizar la seguridad futura de la
víctima de una situación de violencia doméstica.

Para ello, se establece qeu cuando una persona haya sido víctima de violencia doméstica o de
conducta constitutiva de alguno de los delitos tipificados por esta Ley, podrá solicitar ante los
Tribunales Civiles lo que se denomina una "ORDEN DE PROTECCION". Dicha Orden, que será
dictada cuando el Tribunal estime que existen causas fundaas de existencia de violencia doméstica
hacia la parte peticvionaria, podrá acordar, además de las adjudicaciones de la custodia provisional
de los menores a la parte peticionaria; del establecimiento de una pensión para los menores y, en su
caso, para la parte peticionaria; o de ordenar el desalojo de la residencia que comparte con la parte
peticionaria, las siguienes medidas:

- Prohibir al agresor molestar, hostigar, perseguir, intimidar, amenazar o cualesquiera otra forma de
interferir con el ejercicio de la custodia provisional sobre los menores que han sido adjudicados a la
parte peticionaria.

- Ordenar al agreesor abstenerse de penetrar en cualquier lugar ddonde se encuentre la parte
peticionaria, cuando a discreción del Tribunal dicha limitación resulte necesaria para prevenir que la
parte peticionada (agresora) moleste, intimide, amenace, o de cualquier otra forma interfiera con la
parte peticionaria o con los menores cuya custodia provisional le ha sido adjudicada.

- Prohibir a la parte peticionada (agresora) esconder o remover de la jurisdicción a los hijos e hijas
menores de las partes.

- Prohibir la parte peticionada disponer en cualquier forma de los bienes privativos de la parte
peticionaria o de los bienes de la sociedadd legal de gananciales o la comunidadd de bienes, cuando
los hubiere.

Asimismo se dispone quee, cuando se trate de actos de administración de negocio, comercio e
industria, la parte contra la cual se expida la orden deberá someter un informe financiero mensual al
Tribunal de sus gestiones administrativas.

- Ordenar a la parte peticionada pagar una indemnización económica de su caudal privativo por los
gastos que fueren causados por la conducta constitutiva de violencia doméstica. Es decir, dicha
indemnización podrá comprender los gastos de muddanza, por reparaciones a la propiedadd, legales,
médicos, psiquiátricos, psicológicos, de asesoramiento, alojamiento, albergue y similares.

- Emitir cualquier orden necesaria para cumplimiento a los propósitos y política pública de esta Ley.

Como garantía de su cumplimiento, se establece asimismo que la violación consciente de una Orden
de Protección será castigada como delito menos grave.

La agilidadd y rapidez del procedimiento establecido en la Ley 54 para la obtención de una Orden de
Protección, obliga a una comparecencia de las partes ante el Tribunal en el plazo de cinco días desde
su solicitud, puddiendo ser incluso dictada ex-parte cuando concurran circunstancias que así lo
aconsejen y lo hagan necesario. Una vez adoptada la Orden de Protección, el Tribunal enviará copia
de la misma a la Policía de Puerto Rico, que deberá ofrecer la máxima protección a la parte en cuyo
beneficio se ha expedido la Orden.

Esta protección oficial, que debe ser "adecuada" para salvaguardar los intereses de quien detente la
Orden a su favor, ha dado lugar en Estados Unidos, país de notable influencia legislativa en Puerto
Rico, a una serie de Sentencias que por su interés son dignas de mención:

-"Un municipio responde en años por no proteger a la victima de maltrato conyugal que tenía una
Orden Protectora contra su esposo" (Baker v. N.Y., 25 A. D. 2nd 770, 1996)

-"un municipio tiene un deber especial de proteger a la victima de maltrato que tenga una Orden
Protectora contra su esposo-agresor que está en probatoria". (Jones v. Hrkimer, S1 Misc. 2d. 130.
1966)

- "La Policía responde civilmente por no actuar cuando el agresor viola una Orden Protectora".
(Sorechetti v. City of New York, 4.7 N.Y.S. 2nd 202, 1974). (Fuente: "Guía sobre violencia
doméstica. Oficina de Asuntos de la Mujer. Municipio de San Juan, Puerto Rico).

Asimismo se tipifican en la Ley 54 de Puerto Rico, como conductas delictivas, el maltrato hacia una
persona unida al agresor por algunos de los nexos de afectivida a que se ha hecho mención
estableciéndose en dicho supuesto pena de reclusión de 12 meses a 18 meses; el maltrato agravado,
cuando concurran circunstancias específicas agravadas, entendiéndose también como tal "cuando se
cometiere luego de mediar una Orden de protección o resolución contra la persona acusada expedida
en auxilio de la víctima del maltrato", en cuyo caso la pena aplicable estaría comprendida entre 2 años
a 5 años de reclusión; el maltrato mediante amenaza (de causar daño determinado), en cuyo caso la
pena establecida es de 2 años a 5 años de reclusión.

Queremos hacer mención específica a la figura delictiva que se contempla en el artículo 3.5 de la Ley,
respecto de la agresión sexual conyugal, para que se señalan penas dde 20 a 99 años. En efecto,
cometerá el delito de agresión sexual "toda persona que incurra en una relación sexual no consentida
con su cónyuge o ex-cónyuge, o con la persona con quien cohabita o haya cohabitado, con quien
sostuviere o haya sostenido una relación consensual, o la persona con quien se haya procreado un
hijo o una hija", entre otras circunstancias, cuando se haya compelido a incurrir en conducta sexual
mediante el empleo de fuerza, violencia, intimidación o amenaza de grave e inmediato daño corporal.

Cabe destacar que en línea con las acertadas medidas para la prevención del maltrato doméstico, se
arbitran asimismo en la Ley 54 de Puerto Rico programas de Reeducación y Readiestramiento para
personas que incurren en conducta maltratante en la relación de pareja. Así, cuando recaiga Sentencia
condenatoria para el acusado de delito de maltrato y cuando se trate de persona sin antecedente por
uno similar, el Tribunal podrá suspender el procedimiento y someter a la persona convicta a libertad
prueba cuando se halle sujeto a un programa especial de reeducación o readiestramiento.
 
 
 

 2.2.2
 
 
 
 
 

                   POR FIN SE HA ROTO EL SILENCIO

                        Por: Maria José Varela - Abogada

La violencia en el ámbito de la familia y especialmente de la pareja, se viene dando desde tiempo
inmemorial.
La existencia hasta 1975 de la potestad marital, que autorizaba al marido a corregir a la esposa y
obligaba a ésta a obedecerle, establecía un plano de prevalencia masculina que le servía de
justificación.
Las posteriores reformas legislativas eliminando la desigualdad de los sexos no consiguieron de por sí
erradicar los comportamientos violentos en el seno del matrimonio, aunque su comisión quedaba
ahogada por el marco privado en el que se producían, por la vergüenza que atenaza a las víctimas
sobre quienes recae, y por la conceptualización de que se trata de algo íntimo en lo que no se debe
entrar ni conocer.

La toma de conciencia social sobre este grave problema llega veintitres años después de que la
Organización de las Naciones Unidas alertara sobre ello y con una década de retraso respecto a las
recomendaciones del Parlamento Europeo y de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, pese
a que en todos los casos se indicaba que mujeres y  niñas se ven sometidas a diversas formas
específicas de violencia y que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos implica la
protección de la inviolabilidad de la persona, de su vida privada, la salvaguarda de sus libertades
individuales y dignidad personal de las que ellas obviamente no están excluidas.
La presencia constante mantenida durante los últimos meses de las noticias en este sentido, no hace
sino demostrar que se ha roto  !por fin! el silencio, ya que los datos que nos aportan no son  ni
cualitativa ni cuantitativamente distintos a los hechos públicos en 1984, momento en el que por
primera vez en España se realizó un censo sobre denuncias en las comisarias. Desde entonces se ha
constatado que en los años en los que el tema ha emergido ya sea en prensa ya a través de campañas
institucionales, las mujeres se han atrevido algo más a acudir a la justicia.
El Código Penal desde 1989 contempla como delito los malos tratos reiterados en la familia, aunque
la lesión física sea leve, y el actualmete vigente ha supuesto un incremento de la pena, la cual
probablemente debería ser  mayor,  que se aplicará además de la que corresponda en función de la
gravedad de  las lesiones causadas. También preveé la pena accesoria relativa a  que en las
sentencias condenatorias por lesiones físicas, psiquicas o sexuales se acuerde la prohibición al agresor
de acudir al lugar en el que resida la víctima.
La ley civil contiene la posibilidad de separación conyugal por conducta injuriosa o vejatoria así como
por violación de los deberes conyugales e instrumenta la posibilidad de solicitar medidas provisionales
previas para obtener una resolución en la  cual se acuerde la custodia respecto de los hijos menores,
la atribución del uso de la vivienda y las pensiones alimenticias , que de realizarse en los plazos
establecidos se obtendría a los quince días de instada.
Este sustrato legal puede, debe, perfeccionarse pero quizá lo inmediato y que notablemente mejoraría
la situación sería su aplicación rigurosa y preferente en cuanto a rapidez por su trascendencia .
Existe desde luego una peculiar situación de las víctimas en estos casos ya que deben enfrentarse a un
agresor con el  cual conviven, de quien tienen hijos, al que quieren o han querido y en ocasiones del
que dependen económicamente.Todos estos vínculos unidos al miedo que deriva del haber sido
objeto de un ataque violento y en muchas ocasiones reiterado explican la reconocida escasez
porcentual de denuncias.
Es por ello que ya en 1986 el Parlamento Europeo en su Resolución sobre las agresiones a las
mujeres, recomendaba a los estados miembros un conjunto de medidas que iban desde reformas
legislativas, hasta pautas de actuación  de la justicia con formación especializada en este campo e
información continua a la perjudicada, pasando por políticas de la administración encaminadas a dotar
de recursos a través de bolsas de ayuda, creación de casas refugio y partidas presupuestarias
específicas
para campañas de concienciación y asesoramiento.
La Comisión de Derechos Humanos del Senado, después de un riguroso estudio sobre el tema,
emitió en Mayo de 1989 un informe en el que entre otras cosas se reconocía que los malos tratos son
interclasistas en todo el mundo, se ejercen sobre mujeres y niños. Los hombres que los realizan lo
hacen desde la perspectiva de estimarlos como una forma de demostración de su autoridad en el seno
de la familia y de su dominio sobre la mujer. Se basan por tanto en la desigualdad y las concepciones
ideológicas caducas del patriarcado.
Un estudio realizado de las Sentencias penales que llegaron al Tribunal Supremo en los diez últimos
años, relativas a muertes efectuadas por cónyuges o convivientes arroja el dato que en el 97 % de los
casos ellos fueron los que mataron.
Siendo todas las vidas merecedoras de igual protección no se puede abordar del mismo modo lo que
es un caso aislado de aquello que constituye una auténtica lacra social.
Además de los devastadores efectos de estas conductas sobre las víctimas más directas de ellos que
son las mujeres, producen un efecto terrible sobre los hijos que las presencian y que en ocasiones
tambien las sufren e interiorizan un modo de relación de pareja en el que se reproducen roles de
desigualdad que ellos aprenden.
Si admitimos definitivamente que la violencia doméstica es un problema social, de enorme
trascendencia por el daño que produce y por su extensión y lo abordamos decididamente desde el
compromiso para su erradicación, podremos iniciar una nueva era en la que los derechos de la mujer
y los del hombre sean verdaderamente iguales.
 
 
 
 

 2.2.3
 
 
 

                 ¿Y EL PLAN PARA LA MUJER MALTRATADA?

                            EL PERIODICO. 29/7/98

En lo que va de año veintinueve mujeres han perdido la vida a manos de sus maridos, novios,
compañeros o amantes (mayoritariamente maridos), cifra muy parecida a la que se registraba el año
pasado por estas fechas y que supone ya la mitad del total de las víctimas de 1997.

Durante este tiempo, los medios de comunicación han difundido las noticias relativas a la violencia
familiar, con mayor énfasis que antes. La opinión pública ha incrementado su sensibilidad en relación a
estos temas, los jurados populares han condenado con rigor los casos enjuiciados, la fiscalía se ha
organizado en Catalunya para una supervisión más estricta de las causas judiciales, pero aún quedan
no obstante enormes dificultades a superar tanto en los ritmos judiciales, como en la atención a la
victima por parte de la justicia.

Desde el poder político, en el momento álgido de la denuncia mediática se anunciaron
cambios.Algunos tibios y escasos como los aprobados por el parlamento catalán, otros exahustivos
pero desordenados como los del parlamento andaluz e incluso el Gobierno del Estado, aprobó un
plan de acción contra la violencia doméstica.

La introducción de este Plan, estimaba que actualmente la sociedad española considera la violencia
contra la mujer como un ataque a la democracia y respalda su propia exposición de motivos en los
documentos internacionales que van desde la declaración de las Naciones Unidas en 1975, hasta la
IV conferencia Mundial celebrada en Pekín en 1995, para concluir que "la violencia contra las
mujeres es una cuestión de Estado".

Aunque ello es obvio, su reconocimiento oficial en el documento, da la impresión de que
definitivamente desde la política se ve imprescindible una intervención decidida como respuesta a la
demanda social generada.

No obstante , la eficacia de la gestión administrativa o el escaso convencimiento de quienes deben
desarrollar la acción política hace que pese a los meses transcurridos no pueda apreciarse
absolutamente ningún avance.

No se han concluído las reformas legislativas necesarias, no se han creado centros de tratamiento y
ayuda para que las mujeres que salen del infierno del terrorismo familiar puedan recuperarse y
continuar sus vidas con normalidad.
 
 

Es importante señalar, que el único centro de rehabilitación existente en toda España, lo ha creado y
gestiona una ONG, la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas.

Mientras la administración divaga en los laberintos de la burocracia, el goteo de muertes continua.

Los Gobiernos priorizan y ejecutan otras iniciativas políticas y económicas,pero algunas mujeres se
solidarizan y ceden su patrimonio para ser utilizado como casa de acogida, pasando por delante, una
vez mas, de quienes tiene la responsabilidad directa de resolverlo.

Oimos declaraciones bien intecionadas, leemos planes de acción deslabazados, contradictorios y con
escaso soporte téctnico en su elaboración, por lo que debemos concluir que muy dificilmente está
asumido el verdadero alcance e importancia de la violencia en la familia.

Hemos visto durante unos días unos anuncios en la televisión, pero no asistimos a una campaña
informativa generalizada para la divulgación de los derechos de las mujeres y de la idea central de que
el maltrato es un atentado a los derechos humanos.

No se sabe aun el destino exacto de los 9000 millones que el Gobierno acordó destinar en el mes de
Abril, a la lucha contra la violencia familiar.

No se conoce tampoco el montante y destino del presupuesto que esta autonomía dedicará a una
cuestión sin duda relevante como ha reconocido el propio Parlament en su Resolución 478/V al instar
al Gobierno para que promueva la formación especifíca de quienes tienen que tratar a las víctimas
cuando denuncian, e impulsar la puesta en marcha de recursos y casas de acogida.

Y cuando ha pasado un año y llega el momento de hacer un balance nos encontramos con que las
agresiones hacia las mujeres en el ámbito familiar no han disminuido. La sociedad sabe que se trata de
una lacra pero la víctima del maltrato sigue encontrando los mismos escasos hogares refugio con
largas listas de espera, no hay soluciones inmediatas para problemas urgentes y en demasiadas
ocasiones irreversibles.

La acción política se anuncia, más con palabras que desde la auténtica convicción sin ser suficiente
para articular medidas de prevención y salidas eficaces para quienes sufren esta situación, puesto que
a estas alturas seguimos sin cumplir con las recomendaciones del Parlamento Europeo de 1986
respecto al número de plazas en casas de acogida por habitante, las bolsas de ayuda financiera para
las víctimas, y entraremos en el próximo mileniosin haber erradicado la conducta antisocial que en
estos momentos ocasiona mas víctimas mortales al año que los atentados terroristas.
 
 
 
 
 
 

 2.2.4
 
 
 
 

                       EL CRIM ENCOBERT MES ESTES

                          Diario AVUI 3 de Enero de 1998
 
 

La violència contra les dones com a forma específica d´agressió és una realitat històrica que s´ha
mantingut silenciada durant segles.

Per legitimar aquestes conductes s´usen expressions tan significatives com "si el marit la pega, per
alguna cosa serà" o "que més voldries tu que et violessin", frases que encara avui no han desaparegut.

La sordidesa, la vergonya i l´aïllament han configurat situaciones de veritable tortura física i
psicològica en un entorn, el familiar, que genera una especial indefensió per la víctima perque contra
ell no es prevé.

Les dones que han patit aquests maltractaments, en molt poques ocasiones han denunciat al seu
agressor, per por a nous atacs amb els que han estat amenaçades i, també, per un específic sentiment
que les fa considerar-se socialment denigrades i, per aquesta raó, prefereixen ocultar-ho.

La desconfiança en unes intitucions que tradicionalment han marginat a la dona, constitueix també, un
fre per portar la qüestió davant els tribunals de Justícia.

El maig de 1.989, la Comissió de Drets Humans del Senat elaborà un estudi sobre la violència en la
llar i remarcava, en el seu informe, la gravetat, indefensió i extensió real d´aquestes pràctiques, així
com la seva escassa punibilitat malgrat constituïr "un problema social per la seva magnitud."

De la mateixa manera, a través de la memòria anual de la Fiscalia, s´obtenen dades que indiquen que,
en les causa seguides per agressió sexual, recau un porcentatge més elevat d´absolucions que en les
obertes per altres delictes.

El Defensor del Poble i el Consell General del Poder Judicial han fet públic, aquest any, ambdós
informes que coincideixen tant amb el que el seu dia va expressar la Comissió del Senat, com amb el
que recomanen els organismes internacionals.

Per pal.liar aquesta situació, tant el Senat aleshores, com el Defensor del Poble ara, adverteixen de la
necessitat d´un tractament acurat per part de l´Administració de Justícia, tant en relació a la valoració
que es fa de la declaració de la víctima, com a la recollida d´altres proves i en l´aplicació de la legalitat
vigent.

S´assenyala de forma clara que la causa que origina aquests comportaments no es altra que la situació
estructural de desigualtat real en la que, encara avui, es troben les dones, ja que l´alcohol, atur o
pobresa que s´adverteixen en alguns casos no és, en realitat, l´origen del fenomen, sino que actua com
a desencadenant.

La legislació ha avançat sobretot pel que fa referència a la violació i agressions sexuals, que fins 1.989
es regulava per criteris del segle passat. El vigent Codi Penal ha suposat també la seva configuració
d´acord amb alguns criteris històricament reivindicats pel moviment feminista, però encara avui,
perduren certes llacunes incomprensibles i la interpretació que els tribunals fan de la Llei continua
carregada de ideologia.

Ara ha entrat en el Congrès dels Diputats i per la seva tramitació pel procediment d´urgència, un
Projecte de Llei Orgànica per modificar el Codi Penal i la Llei d´Enjudicament Criminal pel que fa
referència a la violència en la familia. Aquesta iniciativa és important perque millora els instruments
legals existents per combatre-la.

Inclou als ex-cònjuges o excompanys, que, malgart no conviure, ejerciten la violència.

Amplía el maltractament, també, al psicológic, tota vegada que aquest es dóna també en l´àmbit
familiar de forma reiterada i no estava inclòs en la figura penal específica que es creà al 1.989.

Precisa millor el concepte d´habitualitat de forma que s´entengui com la repetició propera en el temps
de conductes del mateix tipus tant si s´han denunciat con si no.

Preveu, d´altra banda, expressament, la possibilitat d´acordar l´allunyament de la víctima com a
mesura cautelar, per assegurar la seva protecció, abans de la Sentència ja que fins ara hi havia molta
indefensió en situaciones que, com s´ha vist, eren greument perilloses per a les dones.

No obstant això, continua deixant sense contemplar algunes qüestions importants, com són el fet que
perdura la possibilitat de la pena de multa en els supòsits de condemna; que les amenaces amb armes
encara són considerades com a faltes lleus, en comptes d´ésser delictes com caldria i que es manté,
com fins ara, la prohibició d´ascendents, descendents, germans i afins d´exercir l´acusació en les
causes penals que no siguin per delictes comesos contra ells mateixos.

Aquestes millores poden ser importants, però la seva eficàcia depén, en gran manera, de l´actitud que
tingui l´Administració de Justícia enfront les denúncies que se li plantegin.

Cal dir que, fins ara, s´ha constatat una inhibició important dels jutges en l´aplicació de la norma penal
prevista pel càstig dels maltractadors. Ho va dir el Magistrat Ramón Saez Valcárcel en les Jornades
de Formació del Consell General del Poder Judicial el juny de 1994, ho repeteix la Circular 1/98 de
la Fiscalia General de l´Estat, ho han constatat els estudis fets per l´Associació de Dones Juristes
THEMIS i l´Asociación Libre de Abogados.

És cert que la sensibilitat dels òrgans judicials ha millorat enormenent en aquests darrers anys, però
encara perduren, en aquestes causes, més absolucions o l´aplicació de més circunstàncies atenunats
que en qualsevol altra.

També existeixen jutges que encara consideren que la negativa verbal d´una dona no és suficient per
entendre la seva oposició o exigeixen resistència a una relació sexual no consentida i inclús diuen que
la violació del marit és una forma atenuada.

Hem vist sentències que rebaixaven la condemna del marit que havia pagat a l´esposa per gelosia,
entenent que era una atenuant de transtorn mental.

Els mitjans de comunicació, al fer-se ressò d´aquests processos, han contribuit enormement al seu
avenç ja que la publicitat dels criteris usats ha provocat un debat.

Ja que estem sortint del silenci, no dubtem, doncs, en donar la importància que mereixen pràctiques
que han suposat una flagrant vulneració dels drets humans dirigida contra un sector de la població
precisament per la seva diferència de sexe.

Quan es cumpleix el cinquantenari de la Declaració Universal dels Drets Humans, hem de dir, des del
lloc que ocupem en la nostra societat, PROU a aquests comportaments que les Nacions Unides vàren
anomenar "el crim encobert més estès de l´humanitat".
 
 

 2.2.5
 
 
 
 

                        EL TERRORISMO DOMÉSTICO

                    Diario EL PERIÓDICO 11 de Febrero de 2000
 
 
 

Al tiempo que 14 países de la UE amenazan con sancionar a Austria por la alianza conservadora con
la extrema derecha para gobernar, en defensa de una conquista de la humanidad el Parlamento
Europeo divulga el Eurobarómetro que recoge la opinión de los ciudadanos en materia de violencia
doméstica, y que concluye "El 46,1% de los encuestados atribuye la violencia a la actitud provocativa
de las víctimas". Es decir la casi mitad de los europeos consideran que las mujeres se lo buscan ¿por
qué?

Nunca se ha planteado que la opinión pública considerara que los bancos son responsables de los
atracos que sufren o que las víctimas del terrorismo han inducido a los actos cruentos sobre ellos.
Nacer mujer puede llevar al otro sexo a atentar contra su libertad, su integridad física, sexual o
psicológica o lo que provoca es la insubordinación es decir el no aceptar que el género determine
sumisión. El Eurobarómetro proyecta la negativa a aceptar que las mujeres también son titulares de
derechos, incluso en casa frente al marido. No procede una campaña generalizada de rechazo al
terrorismo doméstico que este a1o ya ha causado en España un número seis veces mayor de víctimas
mortales que el otro terrorismo? Seguro que merecían vivir, fueren como fueren, aunque replicaran
constantemente a sus maridos.
 
 

 2.2.6
 
 
 
 
 

                     LOS VALORES DE LA DEMOCRACIA

               Diario EL DIARI DE L'HOSPITALET 8 de Marzo de 2000
 
 

El 8 de Marzo del 2000 se celebra en plena campaña electoral, razón por la cual cobra protagonismo
el debate de las ofertas programáticas en torno a los problemas específicos de las mujeres. En una
sociedad formada por ambos sexos, aun hoy uno de ellos arrastra una carga de marginalidad y
brutalidad derivada del ejercicio del poder por parte del otro.

Se sabe que una de cada cinco mujeres en Europa sufre violencia en la familia y que el once por
ciento de los europeos conoce a una mujer maltratada. El Defensor del Pueblo indicó en 1998 que en
nuestro país el dieciocho por ciento la conocía, el British Council en 1999 situaba las víctimas en una
de cada cuatro.

En España en 1997 murieron por esta causa 91 mujeres, 66 en 1998, 68 en 1999 y 13 en lo que
llevamos del 2000.

Los gobiernos democráticos tienen en ello un reto si consideran que los malos tratos son un grave
atentado a los derechos humanos y los partidos deben explicar con claridad las medidas, y
prioridades que piensan aplicar a tan importante cuestión , alejándose de fórmulas genéricas que
suponen un desinterés real por la cuestión.

La educación en el respeto a la diferencia y la no discriminación sexual no pasa solo por los planes de
estudio, la prevención es el instrumento más eficaz. Las campañas constantes desde todos los medios
han creado una opinión generalizada de rechazo al terrorismo político, lo mismo procede respecto del
terrorismo doméstico que en lo que va de año ha causado un número muy superior de víctimas
mortales, sin que ni una sola autoridad política acudiera a su funeral.

Las iniciativas legislativas que proponen o no, y los recursos que piensan destinar a las víctimas entre
los que se encuentran muy especialmente los centros de acogida y tratamiento integral para ellas,
demuestran la voluntad política real y nos pueden dar una idea clara del compromiso existente.

Frente al horror de la violencia sexista no basta el grito del 8 de Marzo, una sociedad democrática
debe asumir como cuestión de estado de máxima preferencia el desarrollo de políticas eficaces para
su superación.
 
 

 2.2.7
 
 
 
 
 

                         NECESITAMOS ACTUAR YA

                      Diario EL PERIÓDICO 6 de Abril de 2000
 
 

El Instituto de la Mujer reveló ayer que dos millones de españolas presentan las características
propias de haberlo sufrido la violencia de género, aunque no se reconozcan como sujeto pasivo.

La mayor parte de las encuestadas que han engrosado la respuesta correspondiente al perfil de
maltratada no se reconoce a sí misma como tal y ello indica que todavía hoy las trece conductas
enumeradas - como que sus compañeros les prohiban acercarse a sus familiares o amigos, les quiten
el dinero, las controlen, insulten o amenacen o incluso las obliguen a tener relaciones sexuales - no
forman parte del concepto generalizado del maltrato que probablemente se identifica sólo con la
agresión física.

El Defensor del Pueblo habída detectado en 1998 que el 18% de los españoles mayores de 18 años
saben de algún caso entre su círculo próximo.

No solo la cantidad, también la tipología es grave dadas las conductas descritas que en este año 2000
han supuesto ya 19 mujeres muertas y 7 menores como triste arrastre de un rosario constante que no
se puede frenar solo con declaraciones institucionales, es preciso dar la prioridad que merecen las
actuaciones públicas contra la violencia hacia las mujeres.

Hasta ahora solo se ha conseguido el reconocimiento de una realidad. Documentados ya estamos,
pongamos freno eficaz a la mas deleznable de las lacras sociales, la que convierte el hogar familiar en
un lugar de destrucción y muerte.
 
 
 
 

 2.2.8
 
 
 
 
 

                           DIRECTIVAS EUROPEAS

                           Diario 16, 1 de Mayo de 2000
 
 

La violencia contra las mujeres es una lacra social que está presente en Europa causando una elevada
tasa de problemas de salud e incluso mortalidad.

Los diferentes países de la UE legislan a través de su sistema las medidas penales que en algunos
casos se aprecian má s acertadas que otros. No obstante, los desajustes mayores que observan
coincidentemente en la interpretación y aplicación de las leyes.

El Tratado de Amsterdam, introduce una nueva vía: el integrar la igualdad de oportunidades en todas
las políticas especificando claramente con uno de sus objetivos fundamentales la eliminación de las
desigualdades y el fomento de la igualdad entre los hombres y las mujeres en todas las actividades de
la Unión. Ello unido al criterio asentado de que los derechos de los ciudadanos son uno de los ejes de
la UE, por lo que ésta podrá adoptar las medidas necesarias para combatir cualquier discriminación
basada en el sexo, raza, el origen étnico, la religión, las creencias, las discapacidades, la edad o la
orientación sexual, dan pie a la posibilidad de impulsar en todos los ámbitos las medidas necesarias
para luchar contra la desigualdad.

Existe por lo tanto un camino abierto para que a través de una Directiva se regulen de forma uniforme
e integral la actuación de los estados europeos en materia de violencia doméstica.

La prevención con políticas claramente definidas que abarque la educación en los planes escolares
como en los valores sociales, la dotación de recursos asistenciales expresamente diseñados y dotados
de presupuesto adecuado y el resarcimiento a las víctimas, son ámbitos de necesaria y urgente
actuación.

Es preciso incluir actuaciones especificas y sensibles para los sectores de mujeres y especialmente
vulnerables como las que sufren minusvalías, las emigrantes y las ancianas.

De igual modo, urge un diseño de una respuesta adecuada para otorgar la protección que merecen
los menores que sufren directa o indirectamente la violencia de género.

El problema que se aborda es sangrante, por lo que el compromiso de los estados democráticos en
su erradicación es preciso que supere las declaraciones de principios e inicie la andadura de un
compromiso más eficaz a través de instrumentos como una directiva en el caso de la Unión Euro. Que
asegure a los ciudadanos de la Unión, la protección más adecuada a sus derechos más elementales a
la vida, a la salud y a la libertad.
 
 
 
 
 
 

 2.2.9
 
 
 
 
 

                          JUECES Y MALOS TRATOS

                     Diario EL PERIÓDICO 22 de Mayo de 2000
 
 

Veinticinco mujeres y nueve niños han muerto desde que se inició el año 2000 a manos de los
maridos. Existe lamento e indignación social y los poderes públicos lanzan discursos diversos sobre su
visión del problema.

La Presidenta del Senado dijo el viernes en la Audiencia de Barcelona que son precisas
modificaciones legales para dar una respuesta adecuada, pero lo cierto es que desde 1989 se ha
producido cuatro cambios en el Código Penal y existe un delito específico que permite el
enjuiciamiento del maltrato habitual. No obstante todos los estudios realizados desde su entrada en
vigor hace mas de una década indican que prácticamente no se aplica el delito del maltrato habitual, al
principio no se hacía porque la doctrina veía dificultades en el término y se discutía si podía suponer
una duplicidad de castigos y después, tampoco se ha aplicado por una praxis cotidiana que da como
resultado la escasa investigación del Juez Instructor al recibir la denuncia.

Hoy aun se suele juzgar exclusivamente como falta el hecho preciso del último ataque, prescindiendo
de todo lo demás que pueda haber acaecido con anterioridad. La Asociación de Mujeres Juristas
Themis, en su estudio Respuesta penal a la violencia familiar, realizado sobre 2430 asuntos seguidos
en la Comunidad de Madrid, indica que en el 99% de estos el procedimiento que se siguió fue el
previsto para las faltas, la opción más leve de todas. A igual conclusión llega el estudio realizado por
la Asociación Libre de Abogados. La ausencia de aplicación de un precepto legal es refrendada por
el Magistrado Saez Valcarcel Vocal del Consejo General del Poder Judicial y por la Fiscalía General
de Estado .

Las medidas cautelares para proteger a las víctimas, expresamente enumeradas en la ley procesal
desde la reforma de junio de 1999, son escasamente aplicadas ya que están previstas para los delitos
pero se incoan como faltas. El Defensor del Pueblo en su informe de 1998 resaltó el hecho de que el
97% de las mujeres que murieron en el año anterior habían denunciado previamente a sus maridos y
todos los estudios nacionales e internacionales realizados constatan el riesgo real de la reiteración de
la violencia, pero ello no ha supuesto mas que un tenue cambio en la andadura de estas denuncias.

Los ataques sufridos por mujeres y niños suelen reflejar además una crueldad relevante, la cual tiene
reflejo también en la ley penal a través de la agravante de ensañamiento que requiere para su
aplicación la acreditación de tener la finalidad de causar un padecimiento innecesario, pero vemos con
perplejidad que pese a que los jurados populares aprecian dicha agravante, en ocasiones los
Tribunales consideran que no debe aplicarse el ensañamiento ya sea porque la víctima estaba
seminconsciente ya sea porque forma parte del propio furor del ataque y eso a pesar que el Tribunal
Supremo ya ha establecido que agredir reiterada y brutalmete a alguien sin padecer un transtorno
mental es ensañamiento.

La ley además, contempla la posibilidad de otorgar protección a las víctimas a través de ordenes de
alejamiento, de imposibilidad de comunicar, de acordar medidas provisionales de separación
conyugal con carácter urgente y previo a la demanda, y de suspender o limitar el derecho de visitas
sobre los hijos comunes si existen circunstancias que así lo aconsejan. Por lo tanto instrumentos
legales tenemos, por mucho que pudieran mejorarse.

El principal problema actual es como se aplican e interpretan estos preceptos jurídicos por parte de
los Tribunales de Justicia y si la respuesta que ellos dan es la que guió al legislador y la sociedad
demanda.

La administración tiene también una gran responsabilidad en lo que está ocurriendo. El Parlamento
Europeo ya en 1986 y luego en 1990, ha llamado a la tolerancia cero por parte de los Gobiernos en
esta materia y ha dictado resoluciones con medidas muy precisas .

El pasado mes de Abril, trescientas juristas europeas reunidas en Calviá (Mallorca) sugerían una
Propuesta de Directiva de la UE que incluyera acciones en materia de prevención, asistencia y
resarcimiento de las víctimas.

Existen materiales para el desarrollo de una acción efectiva , tenemos expertas dentro del movimiento
feminista que han alcanzado una alta cualificación de conocimientos por su trabajo voluntario durante
décadas, pero desde los distintos gobiernos estatal y autonómicos (con la excepción de Andalucía) se
desaprovecha todo ello y se empieza a discutir si es mejor atender con recursos institucionales a las
víctimas o a los agresores y si hay que dedicar alguna partida económica mas a un tema que en la
practica no esta gozando de prioridad presupuestaria ni política, pese al saldo de víctimas mortales
que deja.

La administración y la judicatura tienen hoy la responsabilidad de responder en el área de sus
competencias a la ciudadanía ya que es verdaderamente imposible superar la violencia de género sin
su firme actuación.
 
 
 
 
 
 

 2.2.10
 
 
 
 
 

                           EL LASTRE DEL PASADO

                     Diario EL PERIÓDICO 19 de Julio de 2000
 
 

El Iman de Fuengirola publica un libro La mujer en el Islam, en el que realiza propuestas de cómo
pegar a la esposa sin dejar huella, en determinadas partes del cuerpo y utilizando una vara ligera. En
su defensa sale el también Iman de Barcelona, que aduce base coránica en tal consejo.

Sabemos que hay credos religiosos que predican el sometimiento de la mujer al varon y justifican o
incentivan la violéncia de género.

Las mujeres son titulares de derechos iguales a los hombres en los paises democráticos como el
nuestro, no obstante sufren también de los golpes, palizas y muertes que les inflingen sus parejas,
precisamente como lastres de normas religiosas que tuvieron en su día rango de ley.

Hoy, gracias al imparable avance del feminismo, la violencia conyugal es un problema público, un
delito perseguible de oficio y una cuestión de estado que debe ser abordada por las diferentes
administraciones dentro de sus competencias, tanto en el ámbito de la prevención como en el de
ayuda y soporte a las víctimas.

Se ha abandonado ya el criterio de que esta es una cuestión privada y las Naciones Unidas viene
alertando a los estados contra el crimen encubierto mas importante de la humanidad.

Ningun credo, por muy respetables que lo son todos, puede traspasar los límites de los derechos
humanos y la integridad física, psicológica y sexual de las mujeres es un patrimonio a salvaguardar por
toda la humanidad sin que resulte admisible escudarse en diferencias culturales o religiosas para
vulnerarla.
 
 
 
 
 
 

 2.2.11
 
 
 
 
 
 
 

                       EL COSTE DE LA DESIGUALDAD

                   Diario EL PERIÓDICO 21 de Septiembre de 2000
 
 

Naciones Unidas publica un informe en el que nos manifiesta el coste económico de la desigualdad
entre los sexos. Es un dato importante, muy especialmente en unos tiempos en los que tiene prioridad
un presupuesto monetario que uno ideológico.

El documento también expresa, una vez más, el dramático alcance de la violencia contra las niñas y
las mujeres en el mundo, en el que las cifras indican que una de cada tres ha sido apaleada u obligada
a establecer relaciones sexuales, con frecuencia por quien ella conoce, y mas de cinco mil al año han
muerto a manos de miembros de su propia familia.

Este es el mundo que tenemos, no solo en los paises subdesarrollados sino también aquí donde
conocemos con una estremecedora frecuencia de los mismos crímenes, aunque vengan disfrazados,
denominando como "celotipia" y envolviendo en un transtorno conductual lo que allí son muertes para
"restaurar la honra" , o considerando poco creíble el relato de una joven que se dejo acompañar por
un conocido o que subió a su casa y sufrió un ataque sexual. Año tras año los estudios confirman la
magnitud y las características de la violencia de género, la administración anuncia "planes" específicos
de actuación, pero los sectores implicados avanzan tan lentamente como si despertaran de un largo
sueño del que tienen que desperezarse.

¡Lástima que ello cueste vidas y también algún dinero!
 
 
 
 

 2.2.12
 
 
 
 
 

                      LA PUBLICIDAD DE LA CONDENA

                       Diario EL PAÍS 17 de Octubre de 2000
 
 

El Presidente de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, propone nuevas medidas
institucionales en la lucha contra la violencia doméstica que han tenido, desde el principio, la enorme
virtud de provocar el debate que es vital para un estado democrático.

Es cierto que el gobierno al anunciar en abril de 1998 su plan de acción ya declaró que se trataba de
una cuestión de estado, pero también lo es que las líneas de actuación diseñadas han resultado
netamente ineficaces.

Ahora se propone un cambio de estrategia que implica activamente a las instituciones públicas.

El ejercicio de la acción popular personándose en las causas penales se ha hecho ya en otros ámbitos:
el Ayuntamiento de Barcelona, por ejemplo, lo viene efectuando en todos los casos de muertes
violentas en las calles de la ciudad y la decisión implica un compromiso político previo de soporte a
los perjudicados.

La publicación de la identidad de los agresores ha sido el aspecto que mayor polémica ha suscitado y
que de modo sorprendente ha sido rápidamente denostada.

La idea supone informar a la sociedad de sentencias firmes condenatorias por unos delitos que
constituyen una de las lacras sociales más graves del mundo y que han provocado este año en nuestro
país la pérdida de la vida a cincuenta y cinco mujeres y una decena de hijos según cifras recogidas
por la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas.

La información supone conocimiento, transparencia, actuar consecuentemente con la afirmación tan
ampliamente suscrita ya, de que la violencia de género es una cuestión pública que rebasa el ámbito
privado y que la sociedad no está dispuesta a consentir.

Naciones Unidas subraya que la violencia contra las mujeres es el crimen encubierto más grave de la
humanidad, la propuesta supone dejarlo al descubierto, que no transcurra ya más en el secretismo
que le envuelve y que todos sepamos de su realidad.

Se han formulado muchas objeciones sobre la legalidad de tal iniciativa, despertándose un inusitado
temor a vulnerar derechos de los autores de estos delitos, como sucede cada vez que se proponen
cambios legislativos o medidas desde la administración e incluso en la aplicación de las leyes en esta
materia.

Es difícil sostener como se ha hecho, que puede vulnerar la presunción de inocencia, si las noticias se
dan sobre sentencias firmes.

La invocación del derecho a la intimidad debe ser considerada desde la doble perspectiva de que las
sentencias son públicas y de que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en reiteradas ocasiones
entendiendo que debe ponderarse los bienes o derechos en conflicto ya que en múltiples ocasiones la
intimidad debe ceder ante el derecho a la información.

En nuestra lectura cotidiana de los periódicos conocemos la identidad de delincuentes, difundida
también por otros medios de comunicación audiovisuales, a nuestra llegada a los aeropuertos e
incluso al entrar en algunos edificios de Juzgados vemos carteles con fotografías y nombres de
personas que no han sido juzgadas, bajo el título "delincuentes muy peligrosos" , en los medios
financieros circulan listados de morosos cuyos datos se confeccionan a partir de la información que
facilita el acreedor o persona que actúe en su nombre, sin necesidad de una sentencia judicial como
garantía.

En definitiva la cuestión es siempre una ponderación sobre el valor de la intimidad y aquel otro con el
cual entra en conflicto, como también lo es en la Ley de Protección de Datos que establece
excepciones y dota de facultades a la Agencia para poderlo determinar en todo caso. Es por ello que
en la Directiva europea respecto al tratamientos de datos personales y su libre circulación, que da pie
a nuestra Ley, se considera no aplicable a las actividades del estado en materia penal y exenta la
prevención, investigación, detección y represión de infracciones penales.

No es la primera vez que la necesidad de visualizar de forma individualizada a quienes han cometido
crímenes se convierte en una reivindicación política, lo fue para el pueblo judío respecto de los
torturadores nazis y lo continúa siendo para los ciudadanos argentinos y chilenos respecto de las
identidades de quienes mataron y secuestraron durante la dictadura y en ningún caso tal conocimiento
ha supuesto revanchismo al margen de la ley.

La sociedad necesita saber y conocer los casos en que se ha lesionado bienes jurídicos importantes,
ya que la ignorancia favorece a los criminales y dificulta superar las secuelas del delito.

El conocimiento público de una condena no es una pena añadida, no tiene tal naturaleza ni puede
atribuírsele aunque implique una actitud de rechazo colectivo o de incomodidad personal.

El procedimiento judicial supone generalmente para las víctimas un esfuerzo terrible: presentan la
denuncia y deben volver a la casa que comparten con el agresor, sin escolta, deben repetir su drama
ante la policía, el Juez Instructor, el médico forense y el tribunal el día del juicio, con una carga de
victimización secundaria y de exigencia legal en ocasiones próxima a la heroicidad y que con
frecuencia no tienen de la Administración todo el respaldo que merecen.

No obstante las mujeres han venido pasando por ello cumpliendo con todas las pautas legalmente
establecidas, esperando todos los plazos judiciales necesarios, sometiéndose pacientemente pero
conscientes de que las normas de un estado de derecho deben cumplirse en garantía de los
ciudadanos.

La publicidad de la condena, no supone incitar a la revancha ni al rencor, todo lo contrario es
visualizar dejar de permanecer en el silencio y la privacidad, es el conocimiento de una sociedad
madura del alcance real y concreto del crimen responsable de la mayor causa de mortalidad
accidental en las mujeres.

¿Quiénes y por qué temen saber? ¿No será mejor enfrentarnos a nuestra realidad si queremos
superarla?
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

                                         Delitos

por  MARUJA TORRES

El País- Octubre 99
Se impone una urgente revisión del Código Penal, con el fin de evitar sufrimientos morales a cierto número
de jueces y juezas (cada día más seguros de su impunidad como para mostrarse al descubierto) en su
abnegada labor en pro de la injusticia, el disparate, la mofa, la befa y el absurdo más sangriento. Propongo
que, a partir de ahora y por lo menos durante el milenio que viene, no sean considerados como delito, en
nuestra sociedad, las siguientes fruslerías:

Violación del hijo o hija por el padre, cualquiera que sea la edad de los primeros, considerándose incluso
que, a menor edad de los hijos mayor prueba de amor se da en la violación practicada por el padre, en su
ansia de que tengan de todo; la violación (que pasaría a llamarse "canción de cuna new age") contemplaría
tanto la penetración frontal como la sodomización. Queda legalizada la felatio a practicar con los bebés
desde la cuna: al fin y al cabo, parece que está legalizada la falacia, y no nos vamos a cabrear por un par de
letras.

Las mujeres con falda corta, falda larga, pantalón ceñido, pantalón bombacho y traje de punto evasé podrán
ser asaltadas sexualmente en los espacios públicos y privados, y allá ellas. Es más, podrán ser asaltadas
todas aquellas que tengan orificios en su cuerpo, las muy putas. Asimismo, la paliza a la propia esposa o ex
esposa, el apuñalamiento repetido, el lanzamiento de cónyuge desde lo alto de un edificio, la persecución
sañuda y el disparo a bocajarro practicado a la novia esquiva serán declarados deportes nacionales, con la
su Liga, la su Copa del King y lo que haga puñetera falta.

De este modo, aquellos jueces y juezas que, con insistencia y tesón, vienen luchando desde hace años por
los derechos de violadores, maltratadores, asesinos de mujeres y escarnecedores de niños podrán echar los
pelillos a la mar y dedicarse a lo que verdaderamente les gusta, que sin duda es perseguir a quienes
aporrean escaparates, siempre que previamente se les haya conseguido catalogar como antifascistas. Los
escaparates son importantes, dentro de la paz social y familiar generales en cuya defensa se han
encarnizado: los niños y las mujeres, no.

Vaya mierda de país que nos está saliendo, amigos.
 
 
 
 
 

EL SÍNDROME DE ESTOCOLMO DOMÉSTICO EN MUJERES MALTRATADAS
 

                                                                    Por Andrés Montero-Gómez

A pesar de que en la actualidad las cifras de incidencia en lo relativo a la violencia contra la mujer
ejercida
por esposos o compañeros sentimentales, o en el marco de relaciones afectivas de otro tipo, están
ganando en publicidad progresivamente con respecto a épocas anteriores, lo cierto es que aún queda
mucha realidad oculta por conocer.

Al tiempo que varios son los factores que han contribuido a que los contornos del fenómeno se expongan
a la luz pública denunciados por la mujer, diversos son también los elementos que ayudan a que el
silencio de la víctima sea un obstáculo en la búsqueda de vías de solución para numerosos casos de
violencia contra las mujeres. Entre estos últimos, entre los elementos que mantienen a la mujer en
silencio sobre el maltrato que está sufriendo, se pueden contar diversos procesos paralizantes
relacionados y generados por el miedo, la percepción de una ausencia de vías de escape o salida por
parte de la víctima, y la carencia de recursos alternativos, sobre todo en el caso de mujeres con hijos que
no vislumbran, por causas variadas, un apoyo externo viable.

Sin embargo, quienes trabajan buscando explicaciones y líneas de actuación para sofocar el fenómeno
de
la violencia y atajar sus consecuencias, conocen que en no pocas ocasiones mujeres a las que se
supone una independencia personal o económica y una posibilidad de acceso a recursos alternativos
continúan en relaciones donde sufren violencia. Estas mujeres, que desarrollan actividades que hacen
pensar que no están sometidas a una parálisis o retracción por miedo y que incluso llegan a emprender
con éxito iniciativas en varios ámbitos de sus vidas, parecen sin embargo incapaces de denunciar a sus
agresores, con quienes siguen conviviendo, y mucho menos de abandonar la relación. Por otra parte,
este
tipo de mujeres, de perfil social considerado más independiente, y aquellas otras de dependencia más
ligada a un núcleo familiar del tipo que sea, comparten la reacción paradójica de desarrollar un vínculo
afectivo todavía más fuerte con sus agresores, defendiendo sus razones, retirando denuncias policiales
cuando han tenido un momento de lucidez y las han presentado, o deteniendo procesos judiciales en
marcha al declarar a favor de sus agresores antes de que sean condenados. Estos efectos paradójicos
se producen y quizás sea tiempo de ir buscando sus mecanismos y líneas de intervención.

Algunos teóricos han tratado de arrojar luz sobre la ocurrencia de estos vínculos paradójicos entre víctima
y agresor, fundamentalmente apelando a claves afectivas o emocionales que aparecen en el contexto del
entorno traumático. Dutton y Painter (1981) han descrito un escenario en el que dos factores, el
desequilibrio de poder y la intermitencia en el tratamiento bueno-malo, generan en la mujer maltratada el
desarrollo de un lazo traumático que la une con el agresor a través de conductas de docilidad. Según
Dutton y Painter, el abuso crea y mantiene en la pareja una dinámica de dependencia debido a su efecto
asimétrico sobre el equilibrio de poder, siendo el vínculo traumático producido por la alternancia de
refuerzos y castigos. Sin embargo, esta teoría descansa aparentemente sobre la base del
condicionamiento instrumental que, desde nuestra perspectiva, es válido para dar cuenta de algunos
aspectos del repertorio de victimitación (principalmente de aquellos referidos a la indefensión aprendida),
pero
falla en cubrir el complejo aparato psicológico asociado con este tipo de vínculos paradójicos. Según
nuestro entendimiento, la incertidumbre asociada a la violencia repetida e intermitente es un elemento
clave en el camino hacia el desarrollo del vínculo, pero no su causa única. Además, la teoría no toma en
consideración que alguna esfera de desequilibrio de poder es en cierta medida inherente a muchas
relaciones humanas: en las parejas traumáticas no parece ser una consecuencia sino un antecedente al
abuso.

Otro modelo que busca una explicación para el comportamiento paradójico de las mujeres maltratadas
es
el tratamiento factorial de Graham sobre reacciones tipo síndrome de Estocolmo en mujeres jóvenes que
mantienen relaciones de noviazgo (Graham, Rawlings, Ihms, Latimer, Foliano, Thompson, Suttman,
Farrington y Hacker, 1995). Su modelo factorial toma la forma de una escala de evaluación de 49 ítems
alrededor de un núcleo caracterizado por distorsiones cognitivas y estrategias de coping, y dos
dimensiones secundarias denominadas ‘daño psicológico’ y una más ambigua ‘amor-dependencia’. La
teoría de Graham, de propósitos evaluativos, perfil topográfico y metodología correlacional, fue diseñada
para detectar la aparición de síntomas del síndrome de Estocolmo en mujeres jóvenes sometidas a
abuso
por parte de sus compañeros sentimentales, y está basada en la idea de que el síndrome es el producto
de un tipo de estado disociativo que lleva a la víctima a negar la parte violenta del comportamiento del
agresor mientras desarrolla un vínculo con el lado que percibe más positivo, ignorando así sus propias
necesidades y volviéndose hipervigilante ante las de su agresor (Graham y Rawlings, 1991). Sin
embargo, mientras esta explicación puede ser válida para describir alguno de los procesos globales
implicados en el síndrome, no proporciona una hipótesis teórica sobre la naturaleza del proceso
traumático más allá de algunos de sus elementos constituyentes.

Por nuestra parte, ante el déficit de teorías que den cuenta con la mayor precisión de los procesos y
dinámicas psicológicas en este tipo de efectos paradójicos, y trabajando en una estructura teórica similar para el Síndrome de Estocolmo (Montero, 1999), hemos desarrollado un modelo aplicable al ámbito de laviolencia ejercida contra la mujer.

La hipótesis, presentada bajo el título ‘FEATURING DOMESTIC STOCKHOLM SYNDROME. A
COGNITIVE BOND OF PROTECTION IN BATTERED WOMEN’ en el XIV Congreso de la International Society for Research on Aggression, celebrado en Valencia entre el 9 y el 14 de julio de 2000, trata de exponer una estructura secuencial de reacciones psicofisiológicas que, de un modo dinámico, acaban por generar en la mujer una variante del Síndrome de Estocolmo clásico (Montero, 2000).

Sin entrar en descripciones demasiado técnicas, el Síndrome de Estocolmo Doméstico (abreviadamente
SIES-d) sería descrito como un vínculo interpersonal de protección, construido entre la víctima y su
agresor, en el marco de un ambiente traumático y de restricción estimular, a través de la inducción en la
víctima de un modelo mental (red intersituacional de esquemas mentales y creencias). La víctima
sometida a maltrato desarrollaría el SIES-d para proteger su propia integridad psicológica y recuperar la homeostasis fisiológica y conductual.

La caracterización del SIES-d vendría determinada por un patrón de cambios cognitivos, su funcionalidad adaptativa y su curso terminal como resultado de un proceso reactivo acaecido en la víctima ante la situación traumática. El proceso abarcaría cuatro fases: desencadenante, reorientación, afrontamiento y adaptación. En la fase desencadenante, las primeras palizas propinadas por el esposo romperían el espacio de seguridad previamente construido por la pareja sobre la base de una relación afectiva, espacio donde la mujer había depositado su confianza y expectativas: esta ruptura desencadenaría en la víctima un patrón general de desorientación, una pérdida de referentes, reacciones de estrés con tendencia a la cronificación e, incluso, depresión. En la fase de reorientación, la mujer busca nuevos referentes de futuro y trata de efectuar un reordenamiento de esquemas cognitivos en base al principio de la congruencia actitudinal, todo ello en orden a evitar la disonancia entre su conducta de elección y compromiso con la pareja y la realidad traumática que está viviendo. La mujer se autoinculpa de la situación y entra en un estado de indefensión y resistencia pasiva, llegando así a una fase de afrontamiento, donde asume el modelo mental de su esposo y busca vías de protección de su integridad psicológica, tratando de manejar la situación traumática. En la última fase de adaptación, la mujer proyecta parte de la culpa al exterior, hacia otros, y el Síndrome de Estocolmo Doméstico se consolida a través de un proceso de identificación y alrededor del modelo mental explicativo del esposo acerca de la situación vivida en el hogar y sobre las relaciones causales que la han originado.
 
 

El SIES-d, como un tipo de trastorno de adaptación, sería el responsable del efecto paradójico
encontrado en muchas mujeres que sufren maltrato en sus hogares, según el cual las víctimas defenderían a sus agresores como si la conducta agresiva que exhiben hacia ellas fuera el producto de una sociedad
injusta,
y estos mismos esposos fueran víctimas de un entorno que los empujara irremediablemente a ser
violentos. Las mujeres maltratadas afectadas por el SIES-d, sobre la base de la asunción de las
explicaciones esgrimidas por sus esposos o compañeros, retardarían indefinidamente la denuncia de la
situación a las autoridades, observándose una gran proporción de casos de agresión en este ámbito que

no salen del entorno donde se producen por la incapacidad de la víctima de denunciar los hechos. Incluso
en numerosas de estas ocasiones, las denuncias por  vía penal presentadas ante la autoridad judicial
o policial son retiradas por las propias víctimas antes de que se traduzcan en sanciones efectivas para
los agresores, creándose un círculo vicioso que mantiene las agresiones y sume a la víctima en un
progresivo estado de deterioro personal.
 
 

El adjetivo ‘doméstico’

Montserrat Boix, coordinadora de Mujeres en Red, ha llamado acertadamente mi atención sobre los
condicionantes semánticos que podrían derivarse de la utilización del término ‘doméstico’ para calificar la

manifestación del síndrome en el entorno que estamos analizando. En realidad el modificador
‘doméstico’
ha sido elegido por dos razones: una de precisión conceptual y otra de economía, mitad clínica, mitad
cognitiva. Nos explicamos.

Si entendemos doméstico como referido únicamente al recinto limitado por el domicilio, es cierto que las
mujeres no son únicamente maltratadas en el entorno doméstico y, además, no sólo por sus maridos,
sino también por parejas con las que no conviven. El uso del término no niega esta realidad y tampoco
deseamos que la categoría se aplique a elementos dentro del fenómeno de la violencia contra la mujer
que no incluyan exactamente las características de un síndrome de Estocolmo. Si presuponemos, en
cambio, que es en el ambiente doméstico donde más probabilidades tiene de gestarse en SIES-d,
asumiendo implícitamente que se puede dar en otras configuraciones ambientales. Pero es que
‘doméstico’ no se utiliza en sentido restrictivo, sino aceptando que la acepción no se circunscribe de
modo reductivo al espacio físico de la vivienda, sino que se amplía a un espacio más amplio de
experiencias vivenciales que ejercen de elementos autorreferenciales. ¿Es posible negar que en la
mayoría de los casos que se observen, de modo simbólico, la pareja afectiva pasa a formar parte del
entorno doméstico entendido como
anillo referencial primario para la identidad de la persona?.

Por último, desde una perspectiva clínica, la denominación apunta exactamente hacia lo que quiere
definir, igual que desde un punto de vista de comprensión rápida por cualquiera que reciba el concepto
SIES-d y sepa qué es el síndrome de Estocolmo clásico: la asociación entre doméstico, SIES y violencia
contra la mujer es automática.
 
 

REFERENCIAS

-Dutton, DG; Painter, SL (1981). Traumatic bonding: the development of emotional attachments in
battered women and other relationships of intermittent abuse. Victimology: an International Journal, 6:
139-155.
-Graham, DL; Rawling, EL (1991). Bonding with abusive dating partners: dynamics of Stockholm
syndrome. In B. Levy (ed) Dating Violence, Women in Danger. Seattle, WA: Seal Press.
-Graham, DL; Rawlings, EL; Ihms, K; Latimer, D; Foliano, J; Thomson, A; Suttman, K;
Farrington,
M; Hacker, R (1995). A scale for identifying Stockholm syndrome reactions in young dating women: factor

structure, reliability and validity. Violence and Victims 10 (1): 3-22.
-Montero, A (1999). Shaping the etiology of the Stockholm Syndrome: hypothesis of the Induced Mental
Model. IberPsicología, 5 (1):4
-Montero, A (2000). Featuring Domestic Stockholm Syndrome: a cognitive bond of protection in battered
women. Proceedings of the XIV World Meeting of the International Society for Research on Aggression.
 
 
 
 

Amores que matan*
 
 

La forma de acabar con la violencia doméstica, uno de los mayores riesgos para la salud
femenina, no es construir más centros de acogida sino someter a los agresores a un tratamiento

En Delhi, India, cada 12 horas muere una mujer quemada por su marido. La rocía con
queroseno y la prende como una antorcha. Después denuncia el hecho como un accidente o un
suicidio. ¿El motivo? Que la dote ofrecida por los padres de la novia no se consideró suficiente.
Así, matándola, puede ir a buscar otra mujer, con otra dote con la que sobrellevar unos cuantos
años más su pobreza. Parece difícil de creer, y sin embargo no es mucho peor que el
comportamiento que persiste en el resto del planeta. El problema del maltrato a la mujer no
tiene fronteras culturales y está tan aceptado por la sociedad que a las víctimas no les ha
quedado más remedio que resignarse.

En España, entre enero y octubre del año pasado murieron 75 mujeres a manos de sus maridos
y se produjeron más de 20.000 denuncias por malos tratos, según informes del Instituto de la
Mujer, procedentes de la Guardia Civil y de la policía. Se estima que sólo el 10% de los abusos
llega a denunciarse. Hace poco que se investiga la violencia doméstica, pero los estudios ya
han demostrado que es la principal causa de daño a la mujer y cada vez figura más como la
responsable de enfermedades crónicas físicas y mentales.

También existen hombres maltratados, tanto heterosexuales como homosexuales, y relaciones
entre lesbianas donde hay agresividad, pero no son la norma. Se estima que el 95% de las
víctimas de la violencia doméstica es mujer, por eso los autores de los estudios siempre se
refieren al agresor como él y a la víctima como ella.

Este grave problema de salud femenina es el más fácil de prevenir porque no depende del
avance de la ciencia sino de la situación de la mujer en la familia y en la sociedad. Sin
embargo, poco o nada se está haciendo para hacerle frente. La Justicia criminal no ha resuelto
el problema y los centros de acogida sólo pueden ofrecer refugio temporal a las víctimas.

Por eso, los especialistas en violencia doméstica creen que -mientras llega el cambio de las
normas sociales- la solución a este problema está en manos de los médicos. Aunque para ello
también los profesionales de la salud han de cambiar su mentalidad.

El doctor Daniel Brookoff y su equipo del departamento de Educación Médica del hospital
Metodista de Memphis (Tennessee) observaron que muchos médicos residentes culpaban de su
situación a las mujeres que acudían a la consulta quejándose de llevar 15 años aguantando las
palizas de sus maridos.

"Decidimos sacar a estos estudiantes por la noche, como acompañantes de la policía, para que
viesen cuál era la realidad. Después, les dejábamos un rato a solas con las mujeres y los niños,
e incluso con los maridos, para que comprendiesen mejor el problema", ha relatado a EL
MUNDO el doctor Brookoff. "Mis estudiantes se deprimieron mucho pero ahora entienden la
situación y cuando llega una víctima a su consulta no la reciben con agresividad sino que le
ofrecen esperanza y consuelo. Le ayudan a encontrar las fuerzas para buscar una vida sin
violencia".

Los resultados del estudio de Brookoff, publicados en el Journal of the American Medical
Association (JAMA) del 7 de mayo de 1997, desvelaron que la mayoría de víctimas de la
violencia doméstica no suele buscar ayuda médica o psicológica, a pesar de los continuos
ataques de su pareja.

En EEUU, así como en otros países, ya se ha empezado a entrenar a los médicos para que
sepan detectar la agresividad en la vida de sus pacientes y para que prescriban la solución
adecuada.

Hay dos enfoques: uno de ellos es el pro feminista, que basa el problema en la desigualdad
social de los sexos y en el control que el hombre ejerce sobre la mujer. El otro es el
psicológico, y sostiene que la violencia es el resultado de experiencias traumáticas sufridas en
la infancia del marido.

En el primer acercamiento, se somete al agresor a una especie de tratamiento intensivo de
educación en el que se le hace reflexionar y se le informa de los graves perjuicios para la salud
de su mujer, de los niños y de él mismo que su comportamiento provoca. En el segundo se
recurre a técnicas de psicoterapia.

Uno y otro procedimiento están enfrentados, pero ambos parten de la misma premisa: que la
mejor manera de ayudar a la mujer no es construir más centros de acogida sino hacer cambiar
al hombre: curarlo. Es un planteamiento muy distinto al plan de choque que se acaba de poner
en marcha en España, con el que se pretende que el médico haga de chivato, informando a la
policía cada vez que sospeche de malos tratos. "Si todo lo que se hace es amenazar a los
agresores con un juicio o con la cárcel, el tratamiento no durará. Nosotros intentamos ayudarles
a comprender cuándo y porqué son violentos", dice Robert Heskett, del Centro de No-Violencia
de New Bedford (Massachusetts).

Según el doctor David Adams -fundador de EMERGE, primer programa de tratamiento para los
agresores y uno de los directores del Comité para el Tratamiento de los Agresores del Consejo
de Violencia Doméstica de Massachusetts- los médicos hablan a menudo con pacientes que
abusan de sus mujeres pero rara vez se dan cuenta. "Aunque no hay tratamiento médico para
estos hombres, los facultativos pueden realizar una medicina preventiva identificándolos y
haciendo informes", escribe Adams en un artículo que apareció en el número de mayo/julio del
96 de Journal of the American Medical Women Association (JAMWA).

El estereotipo del agresor no se corresponde la mayoría de veces con la realidad. "Muchos
médicos y personal sanitario todavía creen que el individuo que maltrata a su mujer es alguien
con aspecto agresivo, dominante y muy macho", escribe Adams.

"Otros sospechan que los agresores son los pacientes más pobres, con menos cultura o
pertenecientes a grupos raciales a los que creen violentos y patriarcales". Adoptar este tipo de
prejuicios impide la detección del agresor, ya que es imposible reconocer a la mayoría de ellos
en una multitud. "No suelen mostrar en público ni rastro de violencia y parecen educados,
razonables y agradables".

Cuando la policía llega a una casa donde ha habido un altercado violento, el agresor suele
parecer mucho más calmado y racional que la mujer. Dado que la violencia hace más daño
psicológico a la víctima, ella suele presentar signos de enfermedad mental.

Palabras clave

Según Adams, hay que estar alerta a una serie de palabras clave que los agresores suelen
utilizar para hablar de su propia violencia ("pelea", "perder el control", "rabia", "defensa
propia", "beber") o para hacer referencias despectivas a su mujer. El médico también puede
hacer cierto tipo de preguntas como: ¿Qué pasa cuando se pelean? ¿Han llegado usted o su
esposa a herirse en una pelea alguna vez? "La eficacia de estas preguntas es mayor si el tono
empleado es de cariño y preocupación. No ha de ser acusador y hay que dejar claro que el
médico está preocupado por la salud y el bienestar del paciente y de su familia", dice Adams.

Algunos médicos no se sienten cómodos haciendo este tipo de preguntas sobre violencia
doméstica porque creen que molestarán a los pacientes. Sin embargo, muchos agresores se
sienten culpables y preocupados por su problema y sienten alivio cuando se les pregunta sobre
el tema. "Lo ideal sería que se formularan de manera rutinaria. Podrían incluirse en los
cuestionarios médicos que hay que rellenar para registrarse en un centro de salud o en un
hospital", dice Adams.

Restar importancia

Hay que tener en cuenta que la mayoría de agresores minimiza el número de veces y la
gravedad de sus actos violentos. Este comportamiento adopta varias formas:

a) Acusan a sus víctimas de que mienten cuando los denuncian. Sin embargo, se ha
comprobado que éstas tienden a reducir la gravedad de las agresiones que sufren para evitar
represalias posteriores.

b) Definen su comportamiento como no violento. El concepto de violencia varía ampliamente
según el entorno social, familiar y cultural del individuo. En un grupo de tratamiento, uno de los
agresores dijo: "Nunca pensé que estaba siendo violento con ella porque nunca la pegué como
a un hombre. [Siempre la había abofeteado en lugar de darle golpes con el puño cerrado]".

Excusas

Muchos agresores se refugian en las excusas para evitar las consecuencias jurídicas o sociales.
Por ejemplo, dicen que estaban fuera de control o que fue una locura temporal pero que no
volverá a suceder. Adams cree que, lejos de ser irracional, la violencia le sirve al agresor para
ganar y mantener el control sobre su víctima. "Con sus ataques de ira, aparentemente
espontáneos e irracionales, los agresores no pierden el control sino que lo ganan".

Este especialista pone el ejemplo del hombre que acusa violentamente a su pareja de tener
aventuras o de pasar demasiado tiempo con otras personas, pero que se arrepiente
inmediatamente y le pide perdón. Esta escena se repite frecuentemente, y, como resultado, la
víctima acaba reduciendo sus visitas a familiares o amigos por miedo de que él se enfade o
aumenten sus sospechas.

Así, el individuo se beneficia de su comportamiento aunque se disculpe después. Los ataques
impredecibles del agresor mantienen a la víctima a la defensiva haciendo que ésta siempre se
anticipe a las necesidades de él y renuncie a las propias.

Alcohol

El abuso de drogas y alcohol es responsable de buena parte de la violencia doméstica. Sin
embargo hay autores que no creen que el alcohol cause violencia sino que el agresor bebe con
la intención de ser violento.

Tratamiento

Los médicos que ven la violencia contra la mujer como una enfermedad suelen enviar al
agresor (y a la víctima) a sesiones de psicoterapia individual o familiar y, si procede, a un
tratamiento contra el alcoholismo. Pero, según Adams y otros expertos en este tema, los
agresores no suelen ser enfermos mentales y no deberían acudir a sesiones de psicoterapia
hasta que hayan pasado por un programa especialmente diseñado para ellos y hayan dejado
de ser violentos.

"Además, no hay que suponer que cualquier profesional de la salud mental está mucho más
capacitado para abordar la violencia doméstica que lo está un médico de familia para tratar a
un paciente con cáncer", añade Adams. Según este experto, si el facultativo no está entrenado
para este tipo de situaciones puede provocar más daño que beneficio.

No sería la primera vez que la comunidad biomédica consigue poner fin a un problema
sanitario al que antes no se le había prestado ninguna atención: "En los años 30 fueron los
médicos los que desvelaron que muchas de las personas heridas en los accidentes de
automóvil estaban intoxicadas con alcohol. Gracias a esto, el número de accidentes de coche
por estas causas ha disminuido y miles de vidas se han salvado", dice Brookoff. "Podemos tener
el mismo impacto sobre la muerte y los daños físicos por violencia familiar si decidimos que es
un problema de salud y no sólo social".

Detectar a las víctimas

Hay más visitas a las salas de Urgencias de los hospitales a causa de malos tratos a mujeres
que por accidentes, violaciones y asaltos juntos, según un estudio realizado en EEUU. Pero
muchas de las víctimas pasan inadvertidas. Unos investigadores del Centro Médico de Salud de
Denver (Colorado) diseñaron un cuestionario con tres preguntas para detectar a las maltratadas.
Se probó en 322 mujeres que acudieron a los departamentos de Urgencias del hospital General
de Denver y del hospital Universitario en el verano de 1994. Las mujeres fueron sometidas
también a otras dos pruebas que se utilizan habitualmente para identificar signos de violencia:
el Indice de Abuso de la Pareja, que mide la gravedad del abuso físico y no físico inferido en la
pareja, y la Escala de Tácticas de Conflicto, que mide el uso de razonamiento, agresión verbal
y violencia física empleada para resolver los conflictos de familia.

Según los autores del estudio, su cuestionario de sólo tres preguntas resultó muy efectivo y fue
mucho más rápido que las otras técnicas. Detectaron al 71,4% de las maltratadas. Este
cuestionario, llamado Test de Violencia en la Pareja, dice:

1) ¿Le ha golpeado alguien de alguna forma (bofetadas, patadas, etcétera) en el último año? Si
ha sido así, ¿quién lo hizo?

2) ¿Se siente a salvo en su relación de pareja actual?

3) ¿Existe algún ex marido o ex compañero que le haga sentir insegura?

Los autores del estudio, que se publicó en un JAMA de mayo de 1997, concluyen que a todas las
mujeres que acuden a Urgencias se les debería preguntar por la violencia doméstica, sin tener
en cuenta cuál es su actual situación marital. "Si se detecta que sufren agresiones en casa debe
incluirse esta información en su informe médico y ofrecerle apoyo, consejo y protección para el
futuro", escriben los autores. Para la doctora Kim Fedhalus, directora del estudio, la violencia
no se acaba al finalizar la relación. "Al contrario, la mitad de las mujeres que llega a Urgencias
por malos tratos tiene miedo de una antigua pareja".

La televisión como modelo

Mientras siga habiendo malos tratos en casa y no se intervenga a tiempo, seguirá habiendo
niños que crecen presenciando la violencia contra sus madres y que la asumen como algo
natural. "Los niños que ven la violencia en casa tienen problemas en el desarrollo, en la
escuela y a menudo acaban teniendo relaciones violentas en su vida adulta", dijo a EL MUNDO
el doctor Daniel Brookoff, de la Universidad Metodista de Memphis (Tennessee) y autor de
diversos estudios sobre violencia doméstica.

Pero los malos tratos a la mujer pueden entrar también por la pantalla del televisor. "Hay
estudios que sugieren que lo se ve en televisión puede inspirar a un pequeño porcentaje de
individuos a actuar de la misma manera. Sin embargo, son casos anecdóticos, poco
significativos estadísticamente", declaró a este periódico la doctora Deborah Petersen, directora
del departamento de Igualdad de Derechos de la Universidad de Minnesota. "Pero lo que es
más preocupante es que estas imágenes crean determinadas actitudes hacia las mujeres. Es
decir, que la representación en la pantalla de comportamientos violentos normalizados contra
las mujeres se asume como algo aceptable. No es que las personas imiten lo que ven en la
televisión sino que adoptan actitudes que les llevan a ser agresivas después". El efecto de los
medios de comunicación en el individuo se ha intentado explicar con varias teorías:

a) Una de ellas, postulada por George Gerbner, dice que los individuos que hacen un uso
excesivo de los medios ven el mundo como un retrato de lo que ven en la pantalla. Gerbner se
refiere a ello como el síndrome del mundo mezquino.

b) Otra teoría, de Elisabeth Noelle-Neumann, sugiere que el impacto de los medios es
acumulativo y responsable de las aptitudes y valores que imperan en la sociedad actual. "Es
decir, que los medios no actúan de forma directa en el comportamiento de los individuos sino
que, lentamente, nos convencen de que, por ejemplo, la única mujer que merece la pena es la
que tiene menos de 25 años, es muy delgada y no tiene defectos", concluye la doctora
Petersen.
 
 

                                Síndrome de Estocolmo

       Parece una paradoja de amor y violencia. Muchas mujeres maltratadas vuelven con su
       pareja y la protegen. Para el doctor Brookoff, especialista en violencia doméstica, esto se
       explica porque piensan antes en la familia que en ellas mismas y soportan todo con tal de
       mantenerla unida. Otros postulan que la mujer necesita la relación de pareja para reforzar
       su identidad propia y que por eso intenta mantenerla a toda costa.

       En cambio, hay una teoría que sostiene que el 27% de las mujeres maltratadas aguanta con
       su pareja porque sufre las mismas reacciones psicológicas que los prisioneros de guerra o
       que las víctimas de los secuestros. Se trata del conocido Síndrome de Estocolmo: una
       persona amenaza de muerte a otra y parece capaz de llegar al extremo de matar. La
       víctima no puede escapar y su vida depende de la persona que la ha hecho prisionera. El
       opresor se muestra cariñoso y violento, alternando ambos comportamientos. Hay cuatro
       fases de victimización:

       1°Desconfianza y negación: "Esto no me puede estar pasando a mí".

       2°Se acepta la situación. La víctima cree que es totalmente dependiente del agresor y le ve
       como un super hombre.

       3° Depresión traumática y estrés postraumático.

       4° Integración del trauma en la vida normal.

       Esta teoría muestra el impacto psicológico del sometimiento a otra persona y explica que
       algunas mujeres maltratadas protejan a sus maridos. Pero hay una diferencia fundamental
       entre los secuestrados y las víctimas de la violencia en casa: los primeros reciben ayuda
       para escapar y cuando han sido liberados y las segundas no.

                                            *Extraído de diario El Mundo, España, edición del 19-02-98
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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Cumplimentación de Partes de Lesiones.

Se utilizará inexcusablemente el modelo aprobado por la Instrucción 12/98 del
Director del Servicio Canario de Salud, que consta de cuatro hojas originales con
copia de calco correspondiente.

De forma inmediata se enviará fax al Juzgado de Guardia de lo Penal y a la Fiscalía.
Una fotocopia (comupulsada o no según el criterio que imponga cada Juzgado) se
remitirá por correo certificado en la primera jornada hábil laboral.

El ejemplar original se conservará en el Centro Sanitario. La copia autocalcable se
entregará a la paciente en calidad de información escrita completa (artículo 10.5 de la
Ley General de Sanidad); aunque ésta también puede facilitarse como un informe de
alta que contenga todos los datos referidos en el parte.

En el caso de pacientes menores, será preferible entregar un informe resúmen
provisional que contenga las recomendaciones terapéuticas y obvie los datos más
comprometidos, demorando el envío al domicilio por correo del informe completo a que
los órganos judiciales y sociales hayan tenido conocimiento para dictar las medidas
cautelares que procedan para la protección del menor.

Si los cuerpos de Seguridad (Policía o Gaurdia Civil) solicitan una copia se les
prestará colaboración sin violar el secreto profesional y el derecho a la intimidad. Para
ello se les ofrecerá fotocopiar la copia del entregado a la víctima si ella así lo desea, o
bien solicitar autorización vía telefónica o fax al Juzgado para entregárselo.

Revisaremos todos los apartados:

Datos de filiación de el/la paciente :

     En este primer apartado se recoge como siempre, toda la información
     necesaria sobre los datos del paciente, ampliándose con los de el/la
     acompañante para así tener otras fuentes a las que recurrir sobre los hechos.

     En aquellos Centros Sanitarios en los que se disponga del uso de pegatinas
     con los datos identificativos del paciente, podrán ser utilizados en este
     apartado, completando aquellos que no figuran en la pegatina, ejemplo:
     Nombre y Apellidos de el/la acompañante.... Estos datos identifican un posible
     testigo que puede aportar información relevante y una visión externa, a veces
     distinta a la de el/la paciente en el proceso judicial.

Datos del personal asistencial :

     Se debe indicar fecha y hora de la exploración. Nombre y Apellidos del médico que le asiste, al
     igual que su número de colegiado, para así facilitar la identificación de una forma legible el nombre
     del profesional sanitario que ha realizado la exploración.

     En "Referencias de otro personal": cualquier otro personal sanitario que esté presente durante la
     asistencia y su cargo (vg.: otro médico, ATS/DUE, Trabajador Social, personal del 061-112, etc.),
     para que así quede constancia del profesional que le ha asistido.

Relato de los hechos que originaron las lesiones :

     Recoge "textualmente" el testimonio aportado por el/la paciente y/o acompañante, ya que el
     personal asistencial está obligado a denunciar cuando tiene comunicación o constancia de
     agresión o sospecha de malos tratos y/o abusos sexuales sufridos por un/a ciudadano/a. En este
     punto se engloban todos aquellos datos que el/la paciente puede narrar de una forma espontánea
     y pueden ser de gran utilidad en la denuncia. El papel del médico en este punto no consiste en
     comprobar si los hechos son ciertos, sino sólo en recoger la transcripción; sin perjuicio de
     integrarlo mentalmente como parte de la anamnesis. Puesto que este documento no es más que
     una comunicación con las entidades judiciales.

Encuesta inicial a el/la paciente:

     Durante la exploración se suele preguntar de forma no reglada las cuestiones que en este apartado
     se recogen, pero no quedan reflejadas en la mayoría de los partes de lesiones actuales y son uno
     de los puntos esenciales en el proceso judicial.

     En la problemática del maltrato, la habitualidad es un factor relevante para calificar los hechos
     como delitos y no como faltas, de ahí el interés de incorporar si la agresión es única o repetida,
     dentro de la información que este punto aporta.

     En cuanto a la "lesión ocurrida por", se hace mención al posible mecanismo actuante, ya que en
     ocasiones se describen las lesiones omitiéndose el agente causante de las mismas, es decir,
     armas (de fuego, blancas...) y/o partes del cuerpo (manos, pies, rodillas, dedos...).

     La cuestión planteada de "conoce usted al presunto agresor/a", es de gran importancia. Algunas
     personas en el momento de la exploración son capaces de declarar la identidad del agresor/a, es
     por ello que debe recogerse los datos en este apartado, para que así consten. También es una
     información esencial para el Servicio Canario de Salud, ya que aporta el nombre del autor al que
     poder dirigir los gastos producidos para su posterior cobro.

     Hay que tener en cuenta que no se debe presionar a el/la paciente a responder de formar
     obligatoria en este punto aunque conozca al agresor/a, sino que sea expresado voluntariamente.

Descripción de las lesiones:

     Para facilitar el trabajo del profesional se ha utilizado el esquema corporal; así señalando las
     lesiones ocurridas y utilizando las abreviaturas se consigue más precisión en menos tiempo. Se
     completará en "Especificar" con las descripciones (tipo, forma, tamaño, color...) de las más
     relevantes.

     Especial mención se hará a las lesiones más antiguas o en distinto estado evolutivo, prueba de
     habitualidad o reiteración.

Recuadro "en caso de agresión sexual":

     Los casos de agresión sexual seguirán un tratamiento especial, con éste evitaremos que el/la
     paciente sea sometido a la repetición de exploraciones innecesarias.

     Judicialmente sólo tienen valor pericial las actuaciones realizadas por los médicos forenses. Es
     por ello que este apartado deberá ser cumplimentado por dichos profesionales. La ley obliga la
     presencia de dos peritos, ante la imposibilidad de la presencia en algunos casos de dos
     profesionales forenses, se suele actuar de la siguiente manera: el forense nombra como perito al
     ginecólogo, con el que, conjuntamente, realiza la exploración. Ante la ausencia de forenses, el
     Servicio de Ginecología se comunicará de nuevo con el Juzgado de Guardia, que les da su
     autorización para actuar como peritos ante la ausencia de los forenses.

     Hay que resaltar que los casos de agresión sexual que hayan sido detectados dentro de los
     Centros de Salud han de ser inmediatamente remitidos a los Centros Hospitalarios, puesto que
     ellos cuentan con los profesionales y el material adecuado para la exploración, recogida y
     conservación de las muestras, con lo que se evitan así exploraciones innecesarias.

"Parece congruente a criterio médico ..."

     Este apartado es de suma importancia, puesto que la mayoría de los pacientes que han sufrido
     maltrato, ocultan la verdadera causa de las lesiones. El criterio médico resultante de la exploración
     puede no concordar con lo expuesto por el/la paciente, en esto radica su valor al quedar reflejada
     dicha incongruencia.

Estado psíquico de el/la paciente:

     El estado de afección de cualquier persona que presente alguna lesión se encuentra alterado, pero
     su actitud difiere. Esta puede ser un gran indicador de lo sucedido, por ejemplo: una mujer
     maltratada puede mostrarse huidiza, temerosa, hipervigilante... esta información es necesaria para
     realizar una aproximación del estado psíquico de el/la paciente, de ahí su valor para incluirlo en
     este apartado.

     También se debe recoger cualquier otra observación que el médico considere de utilidad para
     entender el estado emocional de el/la paciente.

Recuadro "sólo menores":

     Permite recoger también otro tipo de maltrato: la negligencia. Desafortunadamente existen
     abundantes casos. Antes solía pasarse por alto y no quedaba reflejado.

     La actitud del menor se debe especificar, ya que ésta podría revelar la existencia o sospecha de
     maltrato, completando así la información obtenida hasta el momento sobre el/la paciente.

     Cabe destacar que en los casos de sospecha de malos tratos y/o abuso sexuales que se
     detecten desde los Centros de Salud, deben ser trasladados a los Centros Hospitalarios para su
     ingreso, sin hacer mención de "malos tratos" en ningún momento. Con esto se propicia: la
     protección del menor ante la situación de maltrato, la posibilidad de realizar un estudio clínico
     exhaustivo y un mapa radiológico del paciente. Al igual que podemos observar la actitud de el/la
     niño/a y la de sus familiares y/o acompañantes y su interacción. De esta forma se evitan conflictos
     entre el personal sanitario y los familiares de el/la paciente.

"Asistencia sanitaria recibida" y "al finalizar la asistencia":

     Estos apartados adquieren un papel destacado, ya que a través de la información reflejada en ellos
     se puede considerar un hecho de maltrato como falta o delito.

     Los datos recogidos son de carácter orientativo en el proceso judicial, valorándose el tratamiento
     administrado y las pruebas realizadas tanto en la primera asistencia como en su tratamiento
     posterior, sirviendo de indicadores de la magnitud del maltrato y del coste que supone para la
     víctima. De ahí, que sea necesario su cumplimentación exhaustiva.

Compromiso:

     El médico deberá adquirir en este momento de la evaluación un compromiso, valorando el grado de
     severidad de las lesiones que presente el/la paciente. Es de gran utilidad para el proceso judicial
     en el período de estimación de los daños y costes que estas puedan producir en la persona.

Destino y citaciones:

     A través de estos apartados se recoge la situación de el/la paciente una vez concluida la
     exploración. Es decir, alta, ingreso y/o fallecimiento, y además nos permite conocer los canales
     de derivación y seguimiento.
 
 
 
 
 
 

Violencia contra las mujeres
F.R. Pérez-López

Universidad de Zaragoza, España.
El Congreso Mundial de Ginecología y Obstetricia celebrado en Copenague a principios de agosto pasado ha llamado la atención de la comunidad científica universal sobre las diferentes formas de violencia padecidas por las mujeres. Previamente la 49 Asamblea de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en su resolución 49/25 (mayo 1996) proclamó que la violencia contra las mujeres es una preocupación de salud pública.
La violencia contra las mujeres está presente en la mayoría de sociedades, pero a menudo no se reconoce y forma parte de la "normalidad" de las cosas. La violencia doméstica contra las mujeres ocurre en todos los países y ámbitos socioeconómicos, lo que varía es la expresión de dicha violencia. Considerando diferentes países del mundo, entre el 16 y 52 % de las mujeres padecen por parte de sus parejas masculinas y al menos una de cada cinco mujeres sufre violencia en algún momento de su vida.
La violencia sobre las mujeres tiene no solo consecuencias sobre su propio bienestar, sino también sobre sus familias y la comunidad. Además de traumatismos óseos, quemaduras, abusos sexuales, y otras lesiones corporales, la violencia contra las mujeres provoca depresión, induce a intentos de suicidio y estrés. La violencia sexual puede causar enfermedades de transmisión sexual, embarazos indeseados, y otros problemas reproductivos. La violencia contra las mujeres tiene repercusiones intergeneracionales dado que las conductas violentas se aprenden y se transmiten de padres a hijos. La violencia contra las mujeres sirve para mantener y reforzar la subordinación de las mujeres. La violencia contra las mujeres es también un arma durante las guerras, perpetuando el odio durante mucho años. Las personas que trabajan en temas relacionados con la salud de la mujer deben aprender a reconocer los signos de violencia obvios pero también, y sobre todo, los rasgos mas sutiles.
Las actividades de la OMS en el tema de la violencia padecida por las mujeres se inició con el programa "Women's Health and Development" (WHD). Los objetivos de este programa esidentificar estrategias para prevenir la violencia y disminuir la morbilidad y mortalidad entre las víctimas. Los objetivos específicos son, resumidamente:
· Aumentar el conocimiento del problema y sus consecuencias sobre la salud y poner a disposición pública la información.
· Identificar estrategias preventivas e intervenciones que reduzcan la prevalencia de la violencia masculina sobre la mujer.
· Aumentar la capacidad de los profesionales de la salud para identificar y responder correctamente a las víctimas de abuso físico, sexual o mental.
· Participar en los planes, programas y entrenamiento sobre estrategias contra la violencia que padecen las mujeres.
 
 
 
 
 
 
 

 25 de noviembre de 1999
DENUNCIA DE LAS VÍCTIMAS
 

Mis hijas y yo somos víctimas de violencia. La violencia de un hombre perverso que fue mi compañero y es el padre de mis hijas. Un hombre que no tenía ningún motivo para lanzar contra nosotras su ira destructiva, su acoso permanente y la tortura psicológica a que nos tenía sometidas, o los golpes físicos de otro tiempo que, en cualquier momento, se pueden repetir si nos llega a encontrar; ningún motivo, ninguna causa, a no ser el hecho de ser yo una mujer.
Ahora vengo aquí a levantar mi voz con el fin de denunciar públicamente cuál es la situación real por la que atraviesan las mujeres maltratadas y sus hijos en el "prestigiado" ámbito familiar.

En esta España, ¡que va tan bien!, más de un millón de mujeres y cerca de dos millones entre niñas y niños, sufren las consecuencias del terror y la violencia de aquél que, debiendo amarlos y apoyarlos, les somete a la tortura de su brutal comportamiento con toda impunidad.

Esas cifras escalofriantes de las víctimas llegan a sumar millones y millones en el mundo entero.

La sinrazón de tanta barbarie sólo se hace visible ante los ojos de la sociedad cuando pagan con su vida las víctimas de esta violencia. Pero hasta que la muerte no se produce y su noticia se difunde con el consiguiente escándalo, todo el peregrinar de las mujeres maltratadas, en su injusto desamparo, discurre ignorado por todos.

Desde aquí, a través de mi voz, que quiere ser también la voz de aquellas que, por haber muerto violentamente, ya no pueden hacerse oír.

DENUNCIAMOS la incomprensión y falta de sensibilidad de los poderes públicos, cuando nos incitan de continuo a denunciar los malos tratos, sin tener en cuenta el peligro y la indefensión que para nosotras representa hacerlo; puesto que el agresor causante de las violencias convive con la víctima y nadie lo detiene cuando denunciamos.

DENUNCIAMOS el exceso injustificado de trámites burocráticos, causantes, en gran parte, de la inoperatividad de las denuncias y del desamparo en que quedan las mujeres.

DENUNCIAMOS la ignorancia con que se nos trata, el desconocimiento de la realidad más elemental de una vida atrapada por la violencia, cuando cerramos la puerta de casa y salimos apresuradamente para pedir ayuda. Nadie parece entender nuestro terror a denunciar a un agresor al que la ley ampara para que permanezca viviendo en nuestra misma casa.
Los vecinos y testigos de los hechos se excusan y eluden su auxilio pretextando que se trata de asuntos privados en los que no quieren implicarse.

DENUNCIAMOS a las autoridades policiales, cuando nos niegan la protección hasta para recoger nuestras ropas y las de nuestros hijos, una vez que hemos denunciado.

DENUNCIAMOS el prejuicio y la desconfianza con que se reciben nuestras denuncias por las autoridades, sean policiales o judiciales, restando crédito a nuestros relatos y sin que, por otra parte, se tramiten diligencias para apoyar la veracidad de los hechos; la consecuencia es que no se detenga de inmediato a quienes nos han agredido y amenazado de muerte.

DENUNCIAMOS la tardanza de meses y meses y aún de años, con que transcurren los trámites procesales y burocráticos hasta la celebración del juicio y que, a los hechos juzgados, se les dé el tratamiento de simples "faltas" cuando se trata de verdaderos delitos.

DENUNCIAMOS que en la vista del juicio se coloque a la víctima al lado del agresor, a sabiendas de que su sola presencia nos intimida.

DENUNCIAMOS la actuación del Fiscal que pide, mayoritariamente, la absolución del agresor, pero que si excepcionalmente acusa, solicita la pena mínima señalada en la ley, aún cuando sean graves y de muy difícil recuperación los daños psicológicos y las lesiones causadas.

DENUNCIAMOS que en los Juzgados de familia no se tiene en cuenta la violencia causada por los padres cuando se les otorga régimen de visitas, con lo que se produce un reforzamiento de su perverso comportamiento y un motivo más de sufrimiento para los hijos y sus madres.

DENUNCIAMOS que estos agresores nunca pagan las pensiones de sus hijos y que los jueces no toman medidas más drásticas para el cumplimiento de este deber.

DENUNCIAMOS que la condena de los padres en los casos de violación o abusos sobre sus hijos es casi imposible por argumentos tan inaceptables para el sentido común como que, no se puede dar crédito a lo que dice un niño de corta edad o que no se acredita su resistencia a la violación si se trata de niñas mayores de 12 años; las penas que se imponen son invariablemente las mínimas, con lo que el agresor vuelve a perpetrar sus actos perversos en cuanto reanuda la convivencia con la víctima después de cumplida la pena.

DENUNCIAMOS la pasividad de los Juzgados cuando menosprecian la advertencia de las mujeres que les alertan sobre el riesgo de secuestro de sus hijos e hijas por el padre, dando lugar a que el hecho se consume. Más de un centenar de niñas y niños españoles se encuentran, en la actualidad, en ignorado paradero al haber sido secuestrados por sus padres. Y, también denunciamos, que los jueces se abstengan de cursar las necesarias órdenes de busca y captura internacional del secuestrador.

DENUNCIAMOS la total impunidad en que, en la actualidad, se encuentra este delito de secuestro de los hijos, por la interpretación que los jueces hacen de la ley española. En esta situación de nuestro ordenamiento legal resulta imposible recuperar a los niños y niñas que permanecen secuestrados con edades que oscilan entre pocos meses y siete años.

DENUNCIAMOS a los fiscales cuando, de modo sistemático, piden el archivo de las actuaciones judiciales a los pocos meses de haberse perpetrado el delito de secuestro; no obstante que dicho comportamiento del secuestrador es un indicativo manifiesto del desamor del padre hacia su hijo y de su ánimo de venganza hacia la madre.

DENUNCIAMOS la falta de una respuesta judicial que evite el cumplimiento de un daño tan grave para el hijo y la madre, como es la amenaza de llevarse a los niños, una coacción que suele repetirse cuando la mujer inicia los trámites de la separación.

DENUNCIAMOS la incoherencia de las normas que rigen el ingreso en las casas de acogida, cuyo acceso suele tramitarse con excesiva lentitud y se supedita a requisitos tales como que la mujer se halle empadronada, con la antelación de un año, en la localidad donde se encuentre la casa de acogida. Estas casas de acogida carecen de programas especializados de atención a las víctimas, limitando la estancia del acogimiento a un tiempo que no excede de los seis meses.

DENUNCIAMOS la resistencia de los jueces a acordar el alejamiento del agresor. Se amparan para ello en que la ley establece como requisitos para acordar el alejamiento que esta medida se considere estrictamente necesaria y que, antes de decretarse, el juez tome en consideración el estado de salud, la situación familiar y laboral del inculpado. Todo lo cual demuestra una gran sensibilidad hacia el agresor y una ausencia de preocupación por el peligro que corre la víctima, ya que al volver a casa sin protección supone para ella arriesgar su vida.

Pedimos a la sociedad que nos preste la ayuda que no encontramos en las instituciones. Agradecemos a los medios de comunicación que hayan roto el muro de silencio informando sobre las sentencias injustas e incongruentes o extrañamente benévolas de los jueces en los casos de este tipo de violencia, contribuyendo, de esta manera, a la formación y sensibilización de la opinión pública.

Y, por último, hacemos un llamamiento a todas las mujeres que sufren malos tratos para que no pierdan la esperanza, porque aunque el camino a recorrer es largo y penoso, es siempre mejor la lucha que la rendición.
 
 

¡UNIDAS PODEMOS!
 
 


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-TELEFONS I DIRECCIONS

EN VALÈNCIA

CENTRO DE LA MUJER 24 HORAS-------------------------900-580888
C/ Salvador Giner, 4 en Valencia (allí encontrareis información y apoyo).

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-ULTIMES NOTICIES DE VIOLÈNCIA DOMÈSTICA

El País, 11 de abril de 2002
La asesinada en Villava había denunciado 20 veces a su marido desde enero

La familia de la víctima critica la inoperancia judicial y el agresor se entrega a la Policía Foral

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Cartas: La opinión de los lectores
 
 

MIKEL MUEZ | Pamplona

La familia de Alicia Arístregui Beraza, la mujer de 37 años asesinada a puñaladas por su marido en plena calle el pasado martes en Villava (Navarra), denunció ayer la 'ineficacia absoluta' de los juzgados para prevenir estos 'asesinatos anunciados'. Eugenio, hermano de la víctima y portavoz de su familia, expresó su profunda decepción por la respuesta de los jueces ante el reguero de denuncias -20 desde el pasado mes de enero- interpuestas por Alicia. La mujer tramitaba la separación desde hacía meses y vivía protegida por su familia ante las amenazas de muerte del esposo, Jesús Gil Peláez, quien en la mañana de ayer se entregó voluntariamente a la Policía Foral de Navarra.

'En los juzgados de Pamplona no hicieron absolutamente nada de nada. De las denuncias, una estaba en un cajón, otra en otro; una en un juzgado de instrucción, la siguiente en otro, desperdigadas... y nadie las hacía caso', indicó Eugenio. El portavoz familiar subrayó que, ante la reiteración de las amenazas verbales y los malos tratos físicos, los últimos meses, advirtieron a la juez que estaban dispuestos a denunciar públicamente la inacción de los juzgados 'e incluso a iniciar una huelga de hambre, dada la gravedad de la situación', manifestó Eugenio. 'Pero parece ser que sólo veíamos la gravedad nosotros. La juez no lo vio en ningún momento', añadió.

'Este psicópata la violaba reiteradamente. Cuando mi hermana se negaba a hacer el amor con él, la echaba de la cama a patadas, la sacaba a un balcón desnuda y la encerraba allí toda la noche. A veces la echaba agua por encima', confesó su hermano Eugenio. La mujer, con dos hijos de 9 y 14 años, sufrió un aborto como consecuencia, indica la familia, de los malos tratos recibidos. 'Este individuo es irrecuperable. Ahora está calculando la condena que le va a caer encima, pero volverá a matar. Nos ha amenazado a todos y matará de nuevo', auguró Eugenio Arístregui. El agresor había demandado ante los juzgados la custodia de sus hijos y tenía concedido un régimen de visitas los martes, jueves y fines de semana alternos.

Jesús Gil Peláez, de 39 años y natural de Madrid, telefoneó a la Policía Foral de Navarra para entregarse. Gil usó su propio teléfono móvil, un aparato al que uno de los hermanos de la asesinada le llamó durante su huida para reprocharle el crimen. La respuesta del agresor, según los hermanos, fueron más amenazas de muerte. La Policía Foral detuvo al agresor en las inmediaciones del cementerio de Azoz, un pequeño pueblo cercano a Villava. Jesús Gil, que no opuso resistencia, señaló que había pasado la noche escondido en los montes cercanos. Gil Peláez tenía antecedentes policiales por robo con violencia y malos tratos.

Medida cautelar

En enero pasado, el Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona decretó, como medida cautelar, la prohibición de que se acercara a menos de 500 metros de su esposa, con la que convivía desde hacía 14 años. Las denuncias de Alicia llevaron al Ayuntamiento de Villava a distribuir la foto del marido a sus patrullas para establecer un sistema de vigilancia. Al menos en dos ocasiones, según confirmó el alcalde, Alfonso Ucar, Gil huyó de Villava al ser advertida su presencia por la policía local. Alicia disponía en su domicilio de un sistema automático de llamada de urgencias conectado con la Policía Municipal de Villava para casos de urgencia, que nunca usó.

El Ayuntamiento de Villava ha convocado a toda la población a una manifestación que se celebrará mañana. Partidos políticos y asociaciones de defensa de mujeres maltratadas pidieron 'tolerancia cero' para este tipo de agresiones y demandaron una 'ley de medidas integrales'.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, Rafael Ruiz de la Cuesta, declinó hacer declaraciones sobre la actuación en este caso de los jueces bajo su jurisdicción.



 

La vanguardia 3 de febrer de 2001
 

  El Govern propone vigilar a los agresores domésticos
  con medios electrónicos

  GEMMA RIBAS

  GIRONA. - Los hombres que pegan o amenazan a sus mujeres podrían ser castigados a llevar
  sistemas electrónicos que les impidan acercarse a su pareja o al domicilio familiar. Este es uno
  de los objetivos de una reforma legislativa que el Govern de la Generalitat presentará en el
  Congreso de los Diputados y que ayer fue dado a conocer en Girona por Margarita Álvarez,
  presidenta del Institut Català de la Dona (ICD), el organismo del que ha partido la iniciativa.

  Según Álvarez, el espíritu de esta medida -que implicaría reformar el Código Penal y la ley de
  Enjuiciamiento Criminal- es que, ante casos de violencia doméstica, "son los agresores, y no las
  víctimas, los que deben estar vigilados" por la policía. La propuesta se ha efectuado después de
  que el Institut Català de la Dona desestimara extender el uso de pulseras electrónicas para
  proteger a las víctimas de violencia doméstica. En Girona, se llevó a cabo una experiencia piloto
  que consistía en facilitar a las agredidas una pulsera con un dispositivo que, al pulsarlo, emitía
  una señal a la central de alarmas de los Mossos d'Esquadra. Pero este dispositivo sólo
  funcionaba dentro de los domicilios, porque la pulsera enviaba la señal a través de un emisor que
  se instalaba en las viviendas.

  El objetivo del sistema que propone el ICD es garantizar el cumplimiento de las órdenes
  judiciales que impiden a los maltratadores acercarse a su pareja o a su casa. Para ello, serían
  necesarios varios dispositivos electrónicos. Uno lo llevaría el agresor, otro la mujer y un tercero
  podría estar instalado en el domicilio conyugal. Cuando las señales enviadas por los diferentes
  emisores se cruzaran, a una distancia mínima prefijada, saltaría la señal de alarma.

  Otra reforma legislativa que ha propuesto el Govern -en este caso al Parlament- a instancias del
  ICD es la modificación del derecho civil catalán para que, siempre que se den casos de
  violencia, la víctima conserve la casa familiar.
 
 

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