¿CÓMO PUEDE CERRARSE UNA PÁGINA WEB “DE DESCARGAS”?


ACTUALMENTE


  • La SGAE denuncia ante los tribunales que una tal página web vulnera la “propiedad intelectual”

  • El tribunal emite sentencia al respecto que es sistemáticamente absolutoria por dos motivos:

  • La página no alberga contenidos sometidos a “propiedad intelectual”, y sólo contiene enlaces que facilitan el intercambio directo

  • Dado que la copia privada sin lucro es legal en España, dicho intercambio directo también lo es

CON LA “LEY SINDE”


  • La SGAE presenta la denuncia ante una Comisión de Propiedad Intelectual de carácter administrativo

  • Tal Comisión puede acordar el cierre de la página web

  • Un Juzgado Central de la Contencioso-Administrativo tendrá 4 días para autorizar o denegar el cierre en base a la posible afectación a los derechos y libertades garantizados en el artículo 20 de la Constitución (“Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial”)