CONSIDERACIONES SOBRE LA REDUCCIÓN DE JORNADA
Rafael Pla López

El preámbulo de la propuesta sobre reducción de Jornada habla de "una distribución de esfuerzos razonable entre empresarios, trabajadores y la sociedad". Pero posteriormente especifica que "La jornada reducida conlleva una disminución equivalente del salario", aunque ello sea compensado parcialmente con el subsidio de desempleo.

En estas condiciones, no se ve dónde está la "distribución de esfuerzos" con los empresarios, dado que el esfuerzo lo aportan únicamente los trabajadores y "la sociedad" a través de fondos públicos. Para que hubiera también "esfuerzo" de los empresarios, sería imprescindible que la disminución del salario fuera inferior a la reducción de jornada.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que, propiamente hablando, el salario no paga el "trabajo" ni las horas de trabajo, sino la fuerza de trabajo, es decir, debe atender a la manutención y a las necesidades básicas del trabajador (o trabajadora), las cuáles no disminuyen, o en todo caso no proporcionalmente, con la reducción de la jornada de trabajo. Únicamente se produciría disminuación en caso de disminuir las cargas familiares, en particular en caso de que miembros de la unidad familiar en paro a cargo del trabajador (o trabajadora) encontraran trabajo propio.

Y ello nos lleva a lo que debería ser la finalidad de la reducción de jornada: combatir el paro, propiciando nuevas contrataciones. Ciertamente ello puede resultar complicado en una fase recesiva, pero si precisamente ahora se nos está diciendo que se está saliendo de la recesión, sí debería resultar viable. No podemos resignarnos a lo que Lawrence Summers llamaba la histéresis del paro (que los puestos de trabajo perdidos en la fase recesiva no se recuperen plenamente en la fase expansiva, Blanchard, Olivier J. and Summers, Lawrence H., Hysteresis and the European Unemployment Problem (January 1987). NBER Working Paper Series, Vol. w1950, pp. -, 1987. Available at SSRN: http://ssrn.com/abstract=227081 ). Y resulta además imprescindible con una cifra de casi 4 millones de parados: no podemos conformarnos con que el paro no siga creciendo, sino que es imprescindible su disminución.

Para ello, sería necesario operar sobre la masa salarial de cada empresa. El principio debería ser que la masa salarial no disminuyera, y que por lo tanto la disminución de salario individual comportara un aumento inversamente proporcional del número de trabajadores, que sería la única forma de que se pudiera hablar propiamente de "reparto del tiempo de trabajo". Sólo en caso de dificultades económicas objetivables y demostrables (que no pueden consistir en disminución de los beneficios, sino en la necesidad de evitar pérdidas) sería admisible que el incremento del número de trabajadores fuera inferior, es decir, que hubiera una cierta disminución de la masa salarial, que en todo caso debería ser inferior a la proporción correspondiente a la reducción de jornada.