Tendencia Constitucional para Irak

Solución jurídico- política

 

 

Samer AL NASIR§

Tradición

 

Padeciendo de problemas socio-culto- económico- político- estratégicos y religiosos es Irak. Con población de 18.000.000 de habitantes afirma la ACNUR que cinco millones de ellos se encuentran fuera del país en exilio legalmente reconocido o como residentes en otros países del mundo. Dentro del contexto religioso se encuentra la conciencia religiosa de cinco religiones capitalmente la Musulmana 64% y la Bíblica 32%, y dentro de las mismas existen las diferencias, pues la musulmana compone más de 35% shiíta, 25% Sunita y unos 4% del resto. Y la bíblica en católica, ortodoxa y judía. Siendo la religión estatal del país el Islam, eso no ha dejado de pertenecer ni contener otras entidades religiosas ni la lucha por su reconocimiento y libertad.

Sociológicamente; 18 millones de habitantes hablan siete lenguas y pertenecen, por lo cual, a siete naciones, los árabes forman la mayoría restando los kurdos como 35% de la población y otros, y a pesar de aquello sólo el árabe fue reconocido como lengua estatal y el kurdo desde 1973 como regional para los suyos en el norte del país.

Económicamente; se dispone de la segunda reserva mundial del petróleo y la cuarta de su producción, deja el país en la escala más avanzada en la económica petrolera, sin embargo, Irak no vive sólo del petróleo; pues la venta del petróleo forma el 56% del producto nacional bruto PNB, así pues el país dispone de la mejor agrícola del oriente próximo, gracias a la existencia de los dos ríos más largos de la zona, los dejan el mejor producto del dátil mundial, y una importante pendencia de la agrícola nacional para el propio desarrollo alimenticio le diferencia a sus vecinos del sur en la península árabe que importan sus necesidades desde el exterior. La riqueza nacional Iraquí no sólo consiste en el petróleo ni la agrícola, pues Irak fue el primer importador a los países del Golfo de la energía eléctrica hasta 1990. Tanto como la fuente enérgica de Turquía y Jordania.

 

Estratégicamente; Irak es el país que separa los mondos, pues su posición fronteriza con Irán y Turquí y el mundo árabe le deja en situación estrictamente difícil de equilibrar especialmente hoy día, Turquía miembro de la OTAN y candidato a la UE, Irán el país pérsico con su enorme trayectoria colonizadora del mundo árabe a lo largo de los siglos. Sin hacer olvidar su gran importancia en controlar a los dos ríos más grandes de Asía y Europa, ambos a la vez.

 

Pues no es tan sencillo construir una idea, o planificar un proyecto para Irak como lo es para los Balcanes o quizás para Afganistán.

 

Dentro del conjunto legal del país existe cierto conflicto cívico debido a su gran multiculturalidad, nacionalidad, y raíces históricas relacionadas a los antiguos imperios de la prehistoria, árabe, persa y últimamente Otomana. A pesar de la existencia de un código civil que fue elaborado y aprobado en 1949. Entrando en vigor en 1951, el cual fue adaptado a las normas cívico-modernas del código napoleónico y aproximado a la vez al código egipcio de 1945, el artículo primer del mismo menciona a los usos y costumbres como fuente oficial del derecho en el país, el cual produce cierto conflicto interpretativo al interpretar los usos y costumbre de la población árabe-musulmana, cristiano-asiría, Kurdo-musulmana, Kurdo-Cristiana...etc.

Constitucionalmente el estado Iraquí fue promulgado en 1921, así proclamándose como el Reino de Irak y por la constitución monárquica de 1925 la cual fue derogada por la constitución de la revolución republicana de 1958 y remplazada de nuevo por la constitución de 1959. Durante la época 1925-1970 Irak sufrió la promulgación de nueve cartas constitucionales, salvo la monárquica ninguna conservaba la presencia de los territorios, naciones, étnicas ni libertades religiosas. La última y actual constitución revolucionaria fue proclamada en julio 1970 como constitución temporal que derogó la carta de derechos proclamada por la revolución socialista de 17 de julio 1968, con la promesa de elaborar una carta constitucional estable, el país sigue bajo el régimen de la constitución temporal hasta el día de hoy sin que haya novedades salvo el proyecto constitucional de 1990 que fue archivado con los incidentes de la guerra del golfo y la gran polémica que ha recibido el gobierno iraquí por aquel proyecto autoritario.

 

Elaborar una carta constitucional no deja de ser el sueño imparable del ordenamiento jurídico iraquí, pero la carencia del libertades públicas, de opinión y oposición deja cualquier labor fuera del alcance de la realidad, y hoy día las fuerzas de la oposición están exigidas por la comunidad internacional para presentar su proyecto para ser estudiado por los países de apoyo. Y sin pertenecer a organización política, opositora ninguna, hemos alzando elaborar un proyecto desde perspectiva puramente científica para Irak, la cual deberá ser deliberada primeramente a nivel teórico-jurídico y posteriormente político- orgánico, así pues el actual proyecto pretende plantear la discusión, escuchar las polémicas y aprender de las ideas para ser discutido posteriormente en el mundo real del poder.

 

Tratándose de establecer un régimen jurídico-constitucional estable en un país que ha sufrido el gobierno único, centralizado, jerárquico no resulta tan fácil ni siquiera de entender a la propia población nacional. Pues dentro de Irak no se sabe ya que significa partido político, salvo el PSOA –partido socialista obrero árabe “Bath”- queda castigado por la muerte la formación de otro bloque político que podrá formar riesgo de oposición al gobierno revolucionario. Las medidas de estabilidad jurídica tampoco se salvan de aquello, pues la actual constitución autoriza al presidente de la republica dictar decretos leyes que podrán disolver leyes parlamentarias –Art.58.a- ha dejado el país bajo el control absoluto del gobierno central revolucionario, a pesar de la existencia del parlamento como cámara única con representación del partido único, nunca ha ocurrido emoción o contradicción entre ésta y la opinión del gobierno, pues hasta 1984 el país no entendía qué son elecciones parlamentarias, sino el parlamento fue designado por la dirección nacional del PSOA y a partir de entonces -1984- fueron celebradas las primeras elecciones legislativas con las únicas candidaturas del único partido en ejercicio dentro del territorio nacional. La administración por su parte sufre una gran centralización, concentración y desorganización todo a la vez, pues hasta el momento el país carece de una ley reguladora del régimen jurídico-administrativo, la administración es la dirección del PSOA y éste es la administración, ni siquiera existe la vigilancia jurisdiccional de éste, al cambio existe el sistema de reclamaciones y suplicaciones ante la propia administración o la dirección regional del PSOA o bien ante el presidente de la republica. Pues el presente proyecto intenta establecer las medidas de unificación, identificación táctica del estado de derecho –Art. 1- la no religiosidad estatal –Art.4- y las lenguas regionales –Art.3-.

 

Como capítulo integro la constitución trata de Los Principios republico- Constitucionales, pues explora los derechos fundamentales de menoscabo cualquier reforma o intento contra ellos, así vigilando y garantizándose frente lo ocurrido por el gobierno revolucionario actual y sus poderes en reclamar el estado de sitio, de guerra o de excepción unilateralmente por el amparo del actual y mencionado Art. 58.a de la constitución. Así como medidas de seguridad y protección a la libertad individual abolida la confiscación de bienes que fue fuertemente ejercida por el actual gobierno, y la privación de la nacionalidad iraquí a los nacionales que han opositado contra el gobierno central. Pues en si el artículo octavo del presente proyecto intenta consolidar los principios del estado del bienestar introduciéndoles en sus principios básicamente constitucionales y fundamentales, atendiendo a la necesidad real de la sociedad iraquí y jurídica del terreno de su aplicación dando por ejemplo al derecho del régimen jurídico de las AA.PP. una imagen fundamental.

 

Trata también en restringir el servicio militar obligatorio y establecer sus máximos limites temporales constitucionalmente, así respondiendo a lo ocurrido y ocurre actualmente en el terreno, pues existe ciudadanos que han prestado este servicio por diez o quince años, por la situación de guerra, o porque fueron abolidos de la sociedad, castigados por pertenecer a grupos políticos y/o opiniones políticas de oposición.

 

La constitución trata de regularizar la hacienda publica –Art.10- así prohibiendo la donación del patrimonio publico, como respuesta a la actual situación en el país, pues el gobierno revolucionario ha tratado de repartir la riqueza nacional entre los suyos, y los más próximo en el ejercito garantizando su fidelidad y proximidad, así como la desviación del patrimonio publico a sus familiares a través de la venta secreta de éste.

 

En la composición del estado, la constitución trata de crear una distribución territorial del poder nacional en los territorios, pues a base histórica. Irak fue gobernado en tres comunidades, regiones así fue el centro Bagdad, el norte Mosul, y Basra en el sur, hoy día la constitución trata de crear una nueva formula de distribución a base de cuatro regiones las mismas de antes más la de babilonia, así garantizando una estricta descentralización y equilibrio entre las regiones del sur con la del norte y la central.

Eliminando el carácter centralizado del gobierno, la constitución escoge el modelo del consejo de cancilleres para el país, con cuatro miembros, sin ser vinculados directamente a las regiones, representan a las cuatro fuerzas políticas más favorecidas en las elecciones legislativas, y a la vez correspondiendo numéricamente a las cuatro regiones del país.

 

Salvo la constitución monárquica de 1925 que garantizó intransparentemente la representación territorial en el parlamento, creando dos cámaras legislativas, ninguna constitución posterior ha admitido la tesis, así admitiendo a la vez su inmediata caída jurídica, salvo la actual de 1970 que claramente ha sido garantizada por la fuerza y el poder centralizado del actual gobierno del país. El actual proyecto trata de crear la representación territorial de las regiones, como simbólicamente la comunidad científico- universitario Art. 24.3 haciendo y deshaciendo la concentración del poder en el consejo de cancilleres.

 

El capitulo cuarto de la carta trata de crear una nueva formula de separación de poderes institucionales del estado, sin ser existente modernamente en España, Italia, Alemania ni Francia, pues crea el consejo Superior del Poder Judicial con la máxima participación política y parlamentaria de ambas cámaras, como la propia profesión- judicial, dejando cinco plazas a las oposiciones de libre acceso.

La jurisdicción contencioso- administrativa ; la única mencionada en nombre y apellidos por la carta constitucional, siendo la necesidad más inmediata de la realidad social del país, pues el ordenamiento jurídico iraquí carece de su presencia a pesar del proyecto de reforma jurídica del gobierno en 1989, y la promulgación de su nombramiento pero éste no ha llegado a ejecutarse por las necesidades de la existencia de una ley reguladora del ordenamiento administrativo inicialmente para garantizar la vinculación de las actuaciones administrativas a éste. Sin hacer olvidar que la actual carta constitucional trata de escoger la tesis de la vinculación positiva de la administración al ordenamiento jurídico así para suprimir el anterior juego e irregularidad funcional de ésta.

 

Al margen de lo existente realmente en España, el proyecto trata en el libro tercero de regularizar el estado federal sin mencionar dogmáticamente a la federación, distribuyendo el poder y las competencias entre el gobierno central y las regiones, favoreciendo la distribución a los gobiernos locales con más de 50.000 habitantes Art.43.B, así como asumiendo la supervisión del senado al proceso de transferencia de competencias Art.43.C y D. No obstante no se puede afirmar que existe un modelo de estado de las autonomías o estado federal estrictamente definido, más bien al contrario, las constituciones prevén la posibilidad de su creación y la posterior obligada de existencia de los municipios y regiones autónomas.

 

Dentro del contexto del estado de derecho y el Bienestar, el proyecto trata de crear la formula de estabilidad político-extranjera de Irak tras largo tiempo de intensos conflictos político, bélico y aislamiento de la comunidad internacional, el proyecto dedica artículo concretos a la política exterior iraquí armonizando las relación de amistad con la EU. EE.UU. y la liga árabe. Dejando claramente el derecho internacional y los tratados en concepto ampliamente vinculado al ordenamiento nacional, al margen de lo existente en España Art.96.1 CE y 58 de la francesa, admitiendo la globalización legislativa y evitando la futura conflictividad jurídica.

 

El capitulo tercero del libro tercero, al tratarse la formula del estado, delicadamente intenta tratar el poder militar armado del país, garantizando la paz y la cooperación sostenible con el mundo exterior por el artículo 53 en cuanto a la no participación militar en ninguna operación fuera de las fronteras nacionales, así bloqueando el camino a un largo recorrido de la historia de conflictos bélicos, iniciando una nueva etapa de paz y politización de las fuerzas armadas nacionales.

 

La constitución trata de armonizar un nueva política nacional civilizad, atendiendo a las raíces históricas de la población, y la realidad social, dedicando el libro cuarto a la ciencia y educación, garantizando la autonomía universitaria de una parte para cuatro universidades nacionales correspondientes a las demarcaciones constitucionales de los territorios, así garantizando la existencia mínima de una universidad estatal en cada región, y á ala vez la libre creación de otras para competirlas; a pesar de la actual existencia de diecinueve universidades publicas en el país. Por su parte el artículo 95 garantiza la enseñanza obligatoria y gratuita a toda la población, como necesidad de enfrentarse a la actual situación del país en la privatización de la enseñanza, y la incontrolable situación de su calidad, así como garantizando el derecho de los ciudadanos en los estudios superiores frente al abuso actual del gobierno en restringir la enseñanza del tercer ciclo universitario a los fieles del PSOA.

 

En sus disposiciones transitorias, el proyecto trata de agilizar, sensibilizar la ejecución del proyecto en un terreno ciertamente dañado y incapaz de su auto-ejecución, sin proclamar la necesidad de la ayuda externa, el proyecto deja clara la necesidad temporal de elaborar los órganos constitucionales para la garantización de las bases del bienestar que avenga a proclamar, así dando un margen de tiempo de cuatro años para garantizar este estado de bienestar, o mejor el inicio de aquello y el final del estado de la transición.

 

El presente proyecto constitucional, forma parte, o formará quizás una gran parte de la historia jurídico- constitucional Iraquí- hispana, pues al cambio del proyecto de 1924 aprobado en 1925 que fue aprobado, elaborado en inglés y traducido posteriormente al árabe, el actual proyecto se elabora en castellano.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ante Proyecto constitucional de Irak

 

© Autorizada su publicación a la Web de departamento de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia.

 

Preámbulo

 

Libro Primero

Capitulo Primero

Introducción

Artículo 1:

1.                      Irak es una republica democrática, social, basada al gobierno del pueblo por el pueblo y para el pueblo, dentro del contexto de la participación libre en la política y la dirección común de la nación a través de la presentación directa de los ciudadanos en el gobierno y los territorios en el parlamento, consagrando los principios de eficacia normativa, primacía de la ley, seguridad jurídica, estabilidad legislativa, soberanía única emanada en la constitución y el pueblo Iraquí.

2.                      la constitución se fundamenta en la indisoluble unidad nacional, identidad, y patria común inseparable de los pueblos Iraquíes, y la autonomía de las naciones y etnias que se integran bajo la banda de la unidad constitucional.

 

Artículo 2 (la capital)

· La capital administrativa de la Nación es Bagdad, siendo la sede de los órganos institucionales del Estado.

· La hora local será la de Bagdad, administrada por el gobierno estatal.

 

Artículo 3 (de la lengua)

oLa lengua oficial es el árabe. Corresponde a todo ciudadano conocerla.

oLas regiones podrán adoptar otros idiomas según las perpetuas raíces históricas, culturales y religiosas, corresponde a los poderes públicos proteger aquello, siendo idioma regional co-oficial de los ciudadanos primariamente al árabe.

 

Artículo 4 (de la religión)

Irak es una republica multicultural, corresponde a los poderes públicos proteger la identidad religiosa de la nación, el culto de Dios. Ninguna religión tendrá carácter estatal. Corresponde a la ley la organización de la creación de los consejos autonómicos de la administración religiosa de cada religión de la sociedad, cooperar con ella para la protección del ejercicio de sus funciones espirituales.

 

Artículo 5 (del himno y la bandera)

La ley identificará el himno nacional, la Bandera y el escudo de la republica.

 

 

Capitulo Segundo

Los principios republico-constitucionales

Artículo 6

Corresponde a los poderes públicos la protección del interés individual y colectivo de la nación dentro del contexto constitucional, asumiendo la libertad individual de opinión, periodismo, y cátedra así protegiendo a la propiedad individual e intelectual, conservando el patrimonio cultural y religioso de los colectivos.

 

Artículo 7 (derecho internacional)

La constitución se asume a los principios del derecho Internacional en materia de protección de los individuos en cuanto a sus parámetros cuando sean superiores a los que garantiza ésta, siendo derechos irrevocables, irrestringibles bajo ningún concepto, los que contiene el presente capitulo de esta constitución.

 

Artículo 8

La constitución garantiza:

1. la libertad de afiliación a partidos políticos, su creación y formación, opinión, oposición al gobierno de la nación, dentro del marco del estado de derecho, la protección de los intereses colectivos, el uso de la palabra pacifica, la imagen; ningún manifiesto pacifico o reunión podrán ser impedidos por las autoridades previo aviso para la protección de la corporación ciudadana y manifestante, una ley orgánica regularizará el derecho de reunión y manifestación.

2. el derecho del hombre y la mujer a formar familia, matrimonio, la fortuna y la prosperidad de aquello, corresponde a los poderes públicos la protección de aquello como fin natural, social de la nación.

3. la igualdad idónea entre el hombre y la mujer, prohibiendo cualquier marco de desigualdad por razones de sexo, raza, color, religión, origen, etnia, pertenencia social o lingüística, prohibiendo así la expedición de cualquier ciudadano según estas bases.

4. la libre mendicación de los trabajadores, constituyendo aquello el marco de negociación entre el gobierno, empresarios y los trabajadores.

5. la libre circulación de los ciudadanos, elección de residencia, trabajo dentro del territorio nacional, y la libre salida y entrada de ello.

6. el iraquí de origen nunca podrá ser expulsado de Irak, privado de su nacionalidad o impedido de acceder a ello.

7. queda abolida la confiscación de bienes.

8. quedan abolidos los títulos nobiliarios, identificativos de los ciudadanos, los poderes públicos podrán expedir títulos honorarios a los ciudadanos basados a bases de convocatoria pública de premios a principios de inteligencia, meritos y capacidad.

9. los extranjeros en Irak gozarán de los derechos naturales que garantiza la constitución para los nacionales. La constitución reserva los derechos políticos a los ciudadanos, así la ley desarrollará el ejercicio del derecho de los extranjeros en Irak, y la protección de su integración social en la nación, así como su derecho a obtener la nacionalidad Iraquí.

10.                  la Nacionalidad Iraquí, es el titulo individual de cada ciudadano, de padres Iraquíes sin deferencia entre nacido en Irak o fuera de ello. la constitución admite el derecho de los ciudadanos a la obtención de la doble nacionalidad, cuando la segunda lo admite recíprocamente.

11.                   la tutela judicial efectiva, el derecho del acceso al juez ordinario predeterminado por la ley, ser informado de todas las acusaciones que se le formulan, y el derecho a la asistencia letrada. Nadie podrá ser condenado, acusado por hechos al momento de su producción no fueron prohibidos.

12.                  las leyes penales y fiscales no podrán tener el efecto retroactivo.

13.                  el plazo máximo de la detención será de 48 horas, previa autorización judicial motivada y recurrible en plazo máximo de 7 día naturales. El plazo máximo de la detención preventiva no podrá superar en todo caso 6 meses. La detención queda restringida a causas penales, nadie podrá ser privado de su libertad por su opinión política, pertenencia a un grupo político cívico, religioso o étnico social, ni por deudas civiles. La constitución garantiza a todo detenido el derecho inmediato a ser informado de forma comprensible de la causa de su detención, informar a los suyos de su situación y el derecho al abogado e interprete si lo fuera necesario dentro de las primeras dos horas de su detención. Todos tienen derecho a la libertad y la seguridad individual y colectiva.

14.                  nadie podrá ser obligado a declarar contra su ideología religiosa, pertenencia social. Se prohíbe la confesión contra sí.

15.                  el domicilio es inviolable, todo tiene derecho a la inviolabilidad de su domicilio, su integridad física, el honor, y la propia imagen.

16.                  el secreto de las telecomunicaciones telegráficas, telefónicas y electrónica.

17.                  la prohibición de los tribunales especiales y de honor.

18.                  el régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y la protección de los derechos e intereses individuales y colectivos legítimos frente al abuso del poder público, las leyes administrativas organizaran la relación entre la administración y el ciudadano. La constitución garantiza la jurisdicción contencioso administrativa, labor para la vigilancia de la conformidad de las actuaciones administrativas con la constitución y el derecho, y la protección de los individuos frente eso, frenando y corrigiendo indirectamente, se prohíbe la tasa administrativa.

19.                  la enseñanza es obligatoria para todos hasta la mayoría de edad, predeterminada por dieciocho años cumplidos. La enseñanza es gratuita hasta el máximo grado universitario. La ley organiza el sector privado de la enseñanza, el cual ofrecerá la competencia al sector público produciendo la mejora para el interés común. Los poderes públicos examinarán el sistema educativo, garantizando la conformidad de ello con las leyes y los estándares mínimos de la enseñanza y calidad.

20.                  el derecho de todos los iraquíes mayores de edad a trabajar de forma igual, digna según las capacidades de cada uno, corresponde a los poderes públicos garantizar la oferta laboral para todos. La ley organiza el estatuto de los trabajadores, el descanso ordinario, las vacaciones anuales, y la edad de jubilación obligatoria. Los ciudadanos tendrán la protección social en caso de minusvalía, discapacidad temporal o permanente. La ley establecerá el salario mínimo de los ciudadanos para garantizar el desarrollo mínimo de la vida individual especialmente en caso de desempleo.

21.                  la seguridad social será pública para todos los ciudadanos. La ley organizará el carácter obligatorio de su cotización.

22.                  el sistema de la salud nacional queda publica, accesible para todos.

23.                  la garantización y actualización anual de las pensiones de jubilación, discapacitación para la suficiencia de la vida digna de los ciudadanos en la tercera edad.

24.                  la promoción de los servicios sociales a todos los ciudadanos.

25.                  Los iraquíes son iguales ante la ley y el derecho a la oportunidad en la incorporación a las funciones públicas, según los principios de meritos y capacidad por concursos abiertos y públicos así como tienen el derecho a la promoción interna dentro de la función publica hasta la máxima plaza vacante.

 

Artículo 9 (del servicio militar y la defensa de la patria)

1.                      Los iraquíes tienes la obligación de defender la patria nacional y la soberanía constitucional. Ningún iraquí podrá ser llamado a prestar servicios militares fuera de su voluntad en caso de paz.

2.                      queda abolido el servicio militar obligatorio. Los mayores de edad podrán ser llamado a prestar servicios de protección civil y ciudadana por periodo no superior a noventa días.

 

Artículo 10 (de la hacienda pública)

1.                      todos contribuyeran la hacienda pública, la cual pertenece al fundo del desarrollo económico nacional.

2.                      la riqueza nacional de Irak, representa la riqueza de toda la población, aquella será destinada única y exclusivamente para los intereses generales, la dotación adecuada para todas las administraciones publicas sirviendo con el principio de la gestión estrictamente adecuada garantizando el equilibrio económico y la estabilidad monetaria del país.

3.                      se prohíbe la donación económica del patrimonio público sin ley orgánica.

4.                      la constitución reconoce la posibilidad de la creación de las unidades públicos- empresariales, aquella representa las tareas del funcionamiento público con desconcentración y descentralización para la mejora de la calidad del servicio publico a favor del ciudadano.

5.                      se prohíbe la venta del patrimonio nacional, tanto como la adquisición a ellos salvo indemnización justa, y causa justificada. La ley organiza la expropiación forzosa.

 

Artículo 11 (medio ambiente y salud pública)

Corresponde a los poderes públicos la protección del medio ambiente, la salud publica, la Higinia laboral. La utilización de los medios naturales para el interés común.

 

Artículo 12

Los poderes públicos protegerán el patrimonio histórico, cultural, y artístico de Irak, promoviendo su conservación y enriquecimiento e inviolabilidad.

 

Artículo 13

§  Los poderes públicos promoverán la inserción social de la juventud en la vida social, política, económica y laboral.

§  Los poderes públicos protegerán a los disminuidos, promoverán su inserción social y laboral presentándoles la atención especializada. Los poderes públicos ejercerán la responsabilidad de tutoría de los disminuidos.

 

 

 

Libro Segundo

Los Poderes Institucionales de Irak

Capitulo primero

El Estado

Artículo 14

el estado su compone por el Estado central, las Regiones, las ciudades y los municipios, así garantizando la participación amplia de los ciudadanos en la gobernación, la aproximación de los poderes públicos, la coordinación y la desconcentración.

 

 

Capitulo Segundo

Del Gobierno y la administración

Artículo 15 (bases)

1.                      El gobierno coordinara entre los poderes públicos, sirviendo los intereses generales, con eficacia, legalidad, jerarquía, buena fe, descentralización y desconcentración, con el fin de la aproximación, accesibilidad de los servicios públicos a los administrados, con el sometimiento pleno a la ley y el derecho. Dirigiendo los poderes públicos, la administración civil y militar del Estado central, la política exterior y la presentación de Irak en el exterior, la defensa de la soberanía nacional y constitucional, la potestad reglamentaria de acuerdo con los principios generales de la ley y la constitución.

2.                      La administración funciona con estricta vinculación positiva al ordenamiento jurídico y constitucional que la atribuye las funciones actuando con responsabilidad patrimonial y disciplinaria en su ejercicio. Corresponde al estado disponer los recursos humanos y materiales a la administración pública para lograr sus fines.

3.                      los particulares quedan protegidos por las actuaciones administrativas que les causa daños materiales. Una ley regularizará el patrimonio del Estado, mediante el cual responderá a las acusaciones de responsabilidad que le serán dirigidas por el funcionamiento público.

4.                      la administración general del Estado en el exterior funciona por el desempeño de la responsabilidad que la atribuye la constitución, sirviendo por la paz, el desarrollo de la política exterior nacional, el comercio exterior, los intereses públicos, sirviendo y protegiendo a los ciudadanos Iraquíes residente fuera del territorio, favoreciendo su devolución al territorio nacional como objetivo principal.

Corresponde a todas las administraciones públicas la prestación del servicio más favorable para los ciudadanos Iraquíes que deciden el regreso a Irak, facilitando su reintegración social, laboral y familiar.

 

Artículo 16

El gobierno central, se compone por un consejo de cancilleres. Cuatro cancilleres elegidos libremente por los ciudadanos a través de los partidos políticos más votados en las elecciones generales, presidido por un canciller elegido entre ellos de forma directa por un periodo de un año renovable por una vez no consecutiva.

 

Artículo 17

El primer canciller ejerce la función del presidente del gobierno, dirigiendo el consejo de ministros, previa candidatura del mismo al consejo de cancilleres, y nombramiento común. Así dirigiendo la política socio-económica nacional respondiendo por responsabilidad político-disciplinaria solidaria a sus ministros ante las cortes generales, y penalmente ante el tribunal de casación.

 

Artículo 18

· Después de cada convocatoria de elecciones generales, la constitución del consejo de cancilleres, la elección del presidente del gobierno, éste expondrá ante las cortes generales su programa político solicitando la confianza parlamentaria en plazo de quince días a su elección. El parlamento otorga la confianza por mayoría absoluta, y en caso de ser rechazada, se devolverá la elección del presidente del gobierno al consejo de cancilleres para su reelección. El consejo de cancilleres procederá de nuevo el nombramiento de su presidente, al no ser coincidida de nuevo la confianza solicitada, el presidente del Senado convocará la junta electoral nacional la cual dirigirá el país durante un periodo transitorio de tres meses para unas nuevas elecciones generales.

· El canciller nacional será nombrado por el presidente del senado, previo otorgamiento de la confianza por el parlamento en plazo de cinco días.

· El presidente del senado, cesa al canciller nacional, el consejo de cancilleres, en caso de no ser coincidida la confianza o retirada, dimisión, fallecimiento, o separación judicial. El gobierno cesante continuará en posición hasta la toma de posición del cargo por el nuevo gobierno, salvo que establezca la constitución lo contrario.

 

Artículo  19 (vigilancia Jurisdiccional)

La jurisdicción contencioso administrativa actúa controlando las actuaciones gubernamentales, la potestad reglamentaria, el sometimiento del gobierno a las leyes y la constitución, y las normas complementarias garantizando la legalidad gubernamental, protegiendo los intereses de los particulares frente a la administración, reconociendo la responsabilidad patrimonial de ésta y denunciando a la jurisdicción competente la responsabilidad disciplinaria de sus funcionarios.

 

Artículo 20 (del consejo del estado)

1.                      El consejo del estado es el laboratorio jurídico consultivo del Estado. Una ley orgánica regularizará las funciones de éste.

2.                      los consejos y dictámenes del consejo del estado serán obligatorias para el gobierno, las administraciones públicas, y el restante de los poderes públicos mientras conforman a la constitución y el ordenamiento jurídico y contra ellos cabe el recurso de apelación ante el tribunal de casación, el que resolverá por su pleno, salvo los dictámenes consultivos a las cortes. La interposición del recurso de apelación no suspenderá el dictamen impugnado hasta que recaiga una resolución judicial de su suspensión. Los poderes públicos tendrán la capacidad para la introducción del recurso, actuando el fiscal general del estado en el nombre del interés general y la ley.

3.                      el consejo del estado será compuesto por quince miembros, elegidos cinco de ellos por el Congreso de los diputados, otros por el senado y cinco accederán por las oposiciones libres científicas relativas a su ejercicio, entre jueces y magistrados, fiscales, funcionarios de las administraciones publicas, abogados y profesores del derecho en Irak. Será el grado mínimo de su acceso la posesión del titulo de doctor en Derecho, Ciencias Políticas y sociales, economía. Nombrados por el canciller del estado por un periodo de cinco años no renovables. Y los ex cancilleres de la republica en calidad de asistentes permanentes sin voto.

4.                      el consejo del estado será presidido por uno de sus miembros, elegido y propuesto al consejo de cancilleres y nombrado por el consejo de cancilleres por un periodo dos años.

 

 

Capitulo Tercero

El Parlamento

Artículo 21

·             Ningún parlamentario podrá desempeñar cargo administrativo, judicial o militar.

·             Los parlamentarios tendrán la potestad constitucional en dirigir acusaciones al canciller del Estado, los ministros, y los órganos autonómicos según las competencias establecidas en la constitución.

·             La potestad legislativa corresponde al parlamento, así para establecer la juridicidad de todos los poderes públicos con el fin de garantizar el vínculo positivo del poder al principio del estado de derecho.

 

 

Parte primera

El Congreso de Los Diputados

 

Artículo 22

·             Será compuesto por 524 diputados representan la población Iraquí según dispone el censo electoral nacional, por un periodo de cinco años, elegidos por sufragio universal, libre y secreto.

·             Todo iraquí mayor de edad tiene el derecho a ser miembro en el congreso de los diputados.

 

 

Parte Segunda

El Senado

Artículo 23

1.                      El senado es la cámara alta de representación territorial iraquí.

2.                      todos los iraquíes mayores de veinticinco años tendrán el derecho a ser senadores.

3.                      los ciudadanos residentes en el extranjero tienen el derecho a un representante extraordinario en el senado sin perjuicio a su derecho de voto y representación ordinario.

 

 

Artículo 24

El senado Iraquí será compuesto por 69 senadores, elegidos por sufragio universal por un periodo de cinco años como sigue:

1.                      Senadores autonómicos, aquellos que representan a las dieciocho ciudades autónomas iraquíes, tres por cada una de ellas.

2.                      Senadores regionales, que representan a las cuatro regiones de Irak, dos por cada una de ellas.

3.                      Senadores institucionales como sigue:

a)           Uno por el consejo superior de investigaciones científicas.

b)          Uno por el consejo nacional de universidades.

c)           Uno por cada una de las academias nacionales de lengua, jurisprudencia y legislación, ciencias políticas y morales y villas artes.

 

Capitulo Cuarto

El Poder Judicial

 

Parte Primera

Artículo 25

·             Los jueces y magistrados forman única y exclusivamente el poder judicial en Irak, así de forma independiente de todo poder, pendiente de la constitución y las leyes de su desarrollo, emanan del pueblo el poder y en el nombre de la constitución administran la justicia, asimismo no podrán pertenecer a partidos políticos, participar en órganos de gobierno, crear entidades empresariales, o tener vínculos a partidos políticos.

·             Los jueces, magistrados y fiscales no podrán ser suspendido, movilizados, jubilados, separados del ejercicio, descendidos de sus salariales mientras dure su buena conducta funcionarial, salvo proceso disciplinario que les podrá acusar el gobierno judicial según dispone la ley. Así deberán percibir una justa compensa salarial al desempeño del cargo.

·             Los jueces, magistrados y fiscales no podrán ser orientados por sus órganos superiores ni ordenados contra sus voluntades salvo lo dispuesto por la constitución.

 

Artículo 26

El tribunal de casación es el máximo tribunal de jurisdicción en materia, hará su orientación jurídica y unificará la doctrina jurídica aplicable, con competencia jurisdiccional en todo el territorio nacional.

 

Artículo 27

Los ciudadanos tendrán el derecho a participar en la administración de justicia mediante los tribunales de Jurado, según dispone la ley, corresponde a los poderes públicos la creación de aquellos medios.

 

Artículo 28

El fiscal general del estado representa el interés de la legalidad, la ley y el interés público, así será nombrado entre los fiscales del consejo fiscal nacional a propuesta del congreso de los diputados por el consejo de cancilleres del estado, así tendrá el nombre del Fiscal general del Estado teniendo las competencias que le designa la ley y la constitución.

 

Parte segunda

El consejo Superior del Poder Judicial

Artículo 29

·             El consejo superior del poder judicial es el órgano gubernamental de la magistratura en Irak, empeña principalmente la dependencia judicial y garantiza la separación del poder.

·             Será compuesto por veinte miembros, accedidos cinco de ellos mediante las oposiciones de carácter científico puro, cinco nombrados por el congreso de los diputados, cinco por el senado y cinco por el consejo de cancilleres, todos ellos entre los jueces, magistrados, fiscales, funcionarios de la carrera, profesores del derecho y abogados más prestigiosos de Irak.

·             Los miembros del consejo general del poder judicial serán nombrados por el presidente del senado por un periodo de ocho años, eligiendo entre ellos el presidente por votación directa, así el presidente será nombrado por el decreto del consejo de cancilleres de la república de Irak, por un periodo de cuatro años renovable por una vez.

 

Artículo 30

El consejo superior del poder judicial será el competente para el nombramiento de los jueces y magistrados, las convocaciones de sus puestos, la habilidad y deshabilitad, según las condiciones de oposiciones libres por meritos científicos y profesionales para el ejercicio.

 

Artículo 31

El consejo superior del poder judicial no tendrá potestad jurisdiccional, salvo lo establecido por la constitución con referencia a la propia función del poder. Una ley orgánica establecerá el régimen disciplinario del poder jurisdiccional en Irak.

 

Artículo 32

El consejo superior del poder judicial remitirá a las cortes un informe anual sobre la posición jurisdiccional nacional y el estado de la justicia, y la satisfacción del bienestar social.

 

 

Parte tercera

El Tribunal Constitucional

Artículo 33

El tribunal constitucional es el defensor de la legalidad y la soberanía constitucional en Irak. Teniendo la jurisdicción única en materia constitucional en todo el territorio Iraquí dentro de las competencias que le correspondan.

 

Artículo 34

· El tribunal constitucional será compuesto por veinte miembros, cinco elegidos por el senado, cinco por el congreso de los diputados, cinco por el consejo superior del poder judicial y cinco accederán por oposiciones libres según las condiciones de mérito y capacidad en materia, todos ellos entre los jueces, magistrados, funcionarios de la carrera judicial, profesores del derecho y abogados de prestigio, nombrados por el presidente del senado por un periodo de ocho años no renovables.

· El congreso de los diputados, el senado y el Consejo general del poder judicial renovarán sus nombramientos cada cuatro años.

· El tribunal será presidido por uno de sus miembros, elegido entre ellos por votación directa, nombrado por el consejo de cancilleres del estado por un periodo de cuatro años no renovables.

 

Artículo 35

· El tribunal constitucional tendrá única y exclusiva competencia de las cuestiones de inconstitucionalidad promovidas por el defensor del pueblo, el fiscal general del estado, cincuenta diputados, veinticinco senadores, cualesquiera de los miembros del consejo de cancilleres del estado, así como resolverá los recursos de amparo promovidos por cualquier infectado en sus intereses legítimos garantizados por el capitulo segundo del libro primero de la constitución, así como resolverá las cuestiones promovidas por el orden jurisdiccional ordinario, y los conflictos de competencias entre el estado y las regiones o ciudades autónomas y entre ellas, y las incidencias promovidas por las entidades locales en defensa de sus intereses en la autonomía local.

· En caso de posible abuso de la potestad jurisdiccional del tribunal constitucional, el consejo de cancilleres, el ministro fiscal, doscientos diputados, cincuenta senadores podrán plantear la cuestión de disconformidad de una sentencia o pronunciamiento del tribunal constitucional, así será el tribunal llamado a discutirlo ante el parlamento en sesión conjunta de ambas cámaras, para revocar aquel fallo doctrinal por una decisión conjunta aprobada por tres quintas de sus presentes. La infracción doctrinal del tribunal no podrá ser motivo de proceso disciplinario salvo ocurrencia de tres veces dentro de cuatro años, entonces el parlamento en su conjunta sesión podrá retirar la confianza del tribunal disolviéndolo de inmediato y procediendo la composición de otro tribunal dentro de un plazo máximo de treinta días naturales a su disolución.

· Las actuaciones del tribunal constitucional se publicarán en el diario de la actualidad iraquí.

 

 

Parte Cuarta

Tribunal de Cuentas

Artículo 36

El tribunal de cuentas es el organismo jurisdiccional con jurisdicción en todo el territorio nacional, con delegaciones en todas las regiones autónomas, encargado de vigilar la contabilidad de la hacienda publica estatal, autonómica y local para garantizar la buena gestión del patrimonio público nacional.

 

Artículo 37

Una ley orgánica regularizará el funcionamiento del tribunal de cuentas.

 

Artículo 38

El tribunal de cuentas remitirá un informe semestral a las cortes sobre su postura económico- financiera hacia los poderes públicos sujetos a su jurisdicción.

 

 

Libro tercero

El arte de Gobernar

Capítulo Primero

De la distribución territorial del poder-la aproximación al ciudadano-la participación publica y la autonomía de gobernación

 

 

 

Sección primera

La distribución territorial del poder

Artículo 39

El poder publico queda destruido horizontalmente para garantizar la aproximación, accesibilidad de los servicios públicos, la participación del ciudadano y la autonomía de decisión, así como observar las identidades culturales y religiosas del pueblo Iraquí.

 

Artículo 40

·             El poder público queda distribuido en cuatro regiones: Bagdad, Basra, Babilonia y Mosul. Las regiones quedan destruidas a ciudades autónomas, concluyendo un total de dieciocho ciudades autónomas de Irak.

·             Las ciudades autónomas se componen por la agrupación de localidades independientes.

 

Artículo 41

La constitución garantiza la creación de un fundo de compensación interterritorial bajo la dirección inmediata del estado central y con participación de las regiones autónomas, forro de desarrollo y equilibrio interterritorial nacional.

 

Artículo 42

Corresponde al Estado central las siguientes competencias:

1.           la regularización de los derechos de igualdad, garantías constitucionales.

2.           nacionalidad, registro civil, mercantil, de propiedad, extranjería y migración, y asilo y refugio.

3.           Administración de Justicia e interior.

4.           Política Exterior.

5.           Fuerzas armadas y cuerpos de seguridad.

6.           legislación civil, penal, mercantil, registral, laboral; sin perjuicio a las peculiaridad culturales de las regiones y su autonomía de decisión y legislación, que en todo caso no podrá ser de menoscabo de derechos y libertades constitucionales.

7.           la regularización del régimen Jurídico de las administraciones Públicas y el procedimiento administrativo común, expropiación forzosa, contratos de administraciones públicas, régimen disciplinar de la función publica, responsabilidad patrimonial, y la jurisdicción contencioso administrativa.

8.           la legislación y la administración sobre la propiedad intelectual e industrial.

9.           régimen económico-monitorio, cambio, divisas, banca nacional, seguros y banca, legislación bursátil.

10.       hacienda y deuda pública.

11.       bases generales de la sanidad pública, y legislación sobre regulación farmacéutica.

12.       puertos, aire puertos, legislación marítima y de navegación airea.

13.       ferrocarriles nacionales y transporte público que transcurre el territorio de más de una región autónoma.

14.       correos y telégrafos, comunicación radiofónica, virtual y telefónica.

15.       patrimonio hidráulico y recursos de energía eléctrica nacional.

16.       patrimonio minero nacional.

17.       museos nacionales y patrimonio histórico cultural.

18.       legislación básica sobre la protección del consumidor, sin perjuicio de las ampliaciones que podrán adaptar las comunidades autónomas en materia propia.

19.       legislación sobre prensa, radio telecomunicación y medios de telecomunicación social.

20.       regulación y unificación del sistema educativo nacional, homologación de títulos profesionales.

21.       legislación universitaria.

22.       estadísticas para interés estatal.

23.       referéndum.

24.       seguridad social.

 

Artículo 43

A.                     Las regiones tendrán las siguientes competencias

1.           la regulación civil propia que impone el carácter especial de la cultura jurídico- civil y matrimonial, las relaciones jurídico- personales.

2.           ordenación reglamentaria de la sanidad pública y la protección del consumidor.

3.           organización institucional de la región autónoma.

4.           educación y cultura regional.

5.           administración religiosa y su patrimonio.

6.           turismo, artesanía regional.

7.           transporte autonómico.

8.           ordenación urbanística y obras territoriales de interés autonómico regional.

9.           puntos deportivos y de refugio público.

10.       la protección medioambiental.

11.       la agrícola y ganadería regional dentro del marco económico estatal.

12.       caza, pesca, y navegación marítima dentro del territorio autonómico.

13.       la protección civil y de incendios.

14.       la acción y asistencia social.

15.       la enseñanza de la lengua regional.

16.       medios de telecomunicación, televisión, radio y prensa regionales.

17.       los montes y aprovechamiento del patrimonio natural no minero.

18.       matriculación de ciclo motor dentro del contexto tasado por la legislación estatal.

19.       la potestad reglamentaria de los parlamentos autonomicos.

B.                     las regiones compartirán favorablemente sus competencias con las localidades con población superior a 50.000 habitantes. Una ley establecerá el régimen de demarcación territorial, haciendas locales, competencias de agrupaciones territorial y comarcas interterritoriales.

C.                     Al transcurso del ejercicio constitucional, el estado podrá transferir competencias estatales no soberanas a las regiones bajo la supervisión del senado, y que podrá ser revocada por éste previa autorización del congreso de los diputados.

D.                     Los gobiernos autonómicos serán responsables de sus actuaciones ante sus diputaciones regionales tanto como el senado nacional.

 

 

 

 

Sección Segunda

Aproximación al ciudadano y participación pública

Artículo 44

· Irak se asume al convenio europeo de la autonomía local reconociendo el derecho de los municipios en su auto administración gobernación en materia propia.

· Una ley organizará el régimen de la autonomía local, la hacienda local, y el régimen de participación ciudadana, competencias que deberán ser cedidas por las regiones a favor de las localidades.

 

Artículo 45

Las localidades podrán organizar cuerpos de seguridad con simple armamento para la protección de la paz ciudadana y la ordenanza municipal, que será en todo caso apoyada por las fuerzas y cuerpos de seguridad estatales.

 

 

 

 

Capitulo Segundo

De la Política Exterior

 

Artículo 46

La política exterior es competencia del estado central, mediante el ejercicio constitucional, le corresponde promover la política exterior hacía el respecto a todos los miembros de la comunidad internacional, dentro del marco jurídico de la carta de las naciones unidas y sus protocolos de desarrollo.

 

Artículo 47

Queda abolida la participación de Irak en organizaciones promovidas por las fuerzas armadas para la guerra, o las aliadas contra la paz. Irak promoverá la paz mundial, la protección de los derechos de los pueblos en lograr sus fines, no intervenir contra las soberanías nacionales, y no participa en declaraciones que favorezcan la guerra.

 

Artículo 48 (de los EE.UU.)

Irak promoverá su política exterior hacía la armonía con los EE.UU. de América, haciendo la buena amistad dentro del marco constitucional.

 

Artículo 49 (de la UE.)

Irak promoverá su política exterior hacía la unión Europea, favoreciendo su amistad, la buena vecindad, asumiéndose al convenio de la protección de los derechos fundamentales de Roma 1951 y sus protocolos de desarrollo, integrándose en la liga del Consejo de Europa y la jurisdicción del Tribunal Europeo de derecho humanos como garante del estándar mínimo de aquellas garantía, sin perjurio a lo establecido en el artículo siete del libro primero de esta constitución.

 

Artículo 50 (de la Liga Árabe)

Irak promoverá su política exterior hacía la buena amistad con la liga Árabe, participando en su consejo de seguridad, y su organización; sin perjuicio a lo establecido en el presente capítulo, favoreciendo asimismo sus relaciones con el consejo de Cooperación del Golfo CCG como buen vecino dentro del marco constitucional.

 

Artículo 51 (de los tratados Internacionales)

· los tratados internacionales, una vez firmados por el gobierno, ratificados por el parlamento, formarán parte del ordenamiento jurídico nacional como normas con rango de ley.

· Sin perjuicio a lo establecido en el párrafo anterior, aquellos tratados que favorezcan los derechos fundamentales, libertades publicas, y la protección de los derecho de los ciudadanos, tendrán el vinculo constitucional, una vez aprobados con mayoría absoluta en ambas cámaras.

· El congreso de los diputados y el senado serán informados previamente sobre la posible celebración de tratados internacionales que podrán afectar a la hacienda pública, o asumir cargas u obligaciones de carácter soberano.

· Mediante el ejercicio de sus funciones, veinticinco diputados o senadores, podrán reclamar la comparecencia inmediata del gobierno ante el congreso de los diputados, el senado informando sobre una concreta situación de la política exterior iraquí, la cual deberá ser atendida dentro de veinticuatro horas a su aprobación.

 

 

 

Capitulo Tercero

Las fuerzas armadas y las de seguridad del Estado

Artículo 52

El estado central es el tutor de las fuerzas armadas, de seguridad, y protección de soberanía nacional

 

Artículo 53

Irak no intervendrá en conflictos bélicos fuera de la frontera nacional. Queda abolida toda actuación militar fuera del territorio nacional Iraquí.

 

Artículo 54

El ejercito Iraquí participará en las misiones de protección de derechos humanos, la paz mundial dirigidas por las Naciones Unidas, bajo su propia dirección.

 

Artículo 55

Queda abolida la obtención de armada masiva a la raza humana.

 

Artículo 56

- suprimido -

Artículo 57

La dirección de las fuerzas de seguridad será bajo la efectiva dirección del ministro del interior, responsabilizándose ante el gobierno y las cortes disciplinariamente.

 

Artículo 58

El canciller del estado es el jefe de las fuerzas armadas nacionales.

 

Artículo 59

Una ley organizará el régimen de protección personal y privado, queda abolida la obtención de armamento personal a los ciudadanos.

 

Artículo 60

Irak promoverá acuerdos de paz y desarmamiento con los países vecinos para garantizar su soberanía y paz fronteriza bajo la supervisión de la organización de las naciones unidas.

 

 

 

Capitulo Cuarto

De legislar

Artículo  61(de la iniciativa legislativa)

1.           el gobierno por sus necesidades, podrá elaborar proyectos de leyes o leyes orgánicas en el consejo de ministros, así aprobándolas por el consejo de cancilleres con calificación ordinaria, así podrá presentarlas al congreso de los diputados como propuesta de proyecto ley.

2.           una comisión compuesta por cincuenta diputados o senadores podrá iniciar la tramitación de una ley, así solicitando al presidente del congreso de los diputados aquella iniciativa.

3.           una región autónoma podrá solicitar al congreso de los diputados una propuesta de ley.

4.           un sindicato apoyado por cien mil ciudadanos, podrá proponer al congreso una propuesta de ley.

5.           un colegio profesional, podrá proponer al congreso una propuesta de ley que le afecta profesionalmente.

 

Artículo 62

1.           El presidente del congreso de los diputados, previo informe de la comisión constitucional, tramitará dentro del plazo de un mes a la recepción de la propuesta legislativa, remitiendo esta al consejo del estado interesado su informe.

El consejo del estado, dentro del plazo de siete días, remitirá al congreso su informe sobre aquel proyecto.

2.           El presidente del congreso, dentro de quince días, convocará una sesión informal primaria para la deliberación en los proyectos presentados, remetidos con el informe del consejo del estado.

3.           El presidente del congreso de los diputados convocará sesión de votación primaria para el proyecto dentro de un mes después de la sesión de la deliberación primaria.

4.           El presidente convocará una sesión de votación definida, dentro de los quince días a la sesión de votación primaria.

5.           El presidente del congreso de los diputados remitirá los proyectos aprobados con mayoría calificada o absoluta según su orden al senado dentro de quince días a su aprobación.

 

 

Artículo 63

1 previo informe de la comisión constitucional del senado, el presidente remitirá el proyecto legislativo al consejo superior del poder Judicial, interesado su informe sobre el proyecto dentro de quince días a su recepción.

2 el consejo superior del poder judicial remitirá su informe al senado sobre el proyecto dentro de los siete días siguientes a su recepción.

3 el presidente del senado, convocará una sesión de deliberación primaria dentro de los quince días a la recepción del informe del consejo general del poder judicial.

4 el presidente del senado, dentro de siete días a la sesión de deliberación primaria remitirá el proyecto a la academia nacional Iraquí de la Lengua interesado su comprobación lingüística con la técnica legislativa. La academia remitirá su informe dentro de quince días a la recepción de este al senado.

5 el presidente remitirá el proyecto a la Academia nacional Iraquí de Jurisprudencia y legislación interesado la comprobación del texto legal, el espirito legislativo, la seguridad jurídica de su interpretación técnica, claridad escueta como dispone el artículo primero de la constitución, la cual deberá ser remitida al congreso dentro de veinte días a su recepción.

6 el presidente convocará sesión de votación primaria dentro de treinta días a la recepción del texto de la Academia nacional de Jurisprudencia y legislación.

7 el presidente convocará la sesión de votación definida dentro de una semana a la sesión primaria.

8 el presidente del senado remitirá al canciller del estado el texto legislativo aprobado interesado su promulgación por este como ley.

 

Artículo 64

1.                      el canciller del estado solicitará al consejo del estado, dentro de siete días, su informe sobre el texto y posible inconstitucionalidad procesal legislativa de la ley dentro del mecanismo legislativo tasado por la constitución, así promulgándolo dentro de diez días a la recepción del informe favorable del consejo del estado. En caso de informe desfavorable, el canciller devolverá el proyecto íntegramente al senado motivado aquel fallo interesado su subsanación.

2.                      las leyes se publicarán el día siguiente a su promulgación por el canciller del estado, y entraran en vigor a los veinte días de su publicación en la actualidad iraquí, salvo se establece lo contrario como periodo superior.

 

Artículo 65

1.                      El ordenamiento jurídico en Irak se compone por leyes ordinarias y orgánicas.

2.                      las leyes orgánicas son aquellas que se tratan de organizar los principios constitucionales organizados por el capitulo segundo del libro primero de la constitución, será necesaria para su aprobación la mayoría calificada por tres cuartas partes de cada una de las cámaras.

3.                      las leyes ordinarias, son aquellas que no retocan los principios constitucionales organizados por el apartado anterior, para cuya aprobación será necesaria la mayoría ordinaria de 51% de cada cámara.

4.                      una ley orgánica, organizará la modalidad legislativa urgente, aquella sólo podrá abreviar los plazos, sin retocar el mecanismo legislativo constitucional.

 

Artículo 66

El gobierno podrá aprobar por el consejo de ministros decretos ley llevando a cabo su aprobación cualificada en el consejo de cancilleres, el voto del canciller del estado representa dos votos en este caso. La potestad reglamentaria corresponde al gobierno.

 

 

 

 

Capitulo Quinto

De la Reforma Constitucional

Artículo 67

· Podrá tramitarse la reforma constitucional, por lo intereses generales y la necesidad social, sin que afecta la reforma constitucional los principios constitucionales consagrados en el capitulo segundo del libro primero de la constitución, ni aquellos conceptos que restringen derecho o competencias del estado ni las autonomías.

· La reforma constitucional no podrá ser tramitada en los últimos seis meses de la legislatura de la cámara de los diputados.

 

Artículo 68

· La iniciativa de la reforma corresponde al gobierno, una región autónoma, trescientos diputados, cincuenta senadores según los reglamentos vigentes de cada una.

· Al presentar el proyecto de la reforma por el gobierno deberá ser aprobado por tres votos en el consejo de cancilleres.

· Al presentarse el proyecto de la reforma por una región autónoma deberá ser apoyado por quince senadores.

 

Artículo 69

1.                      el presidente del congreso de los diputados dentro de dos meses tramitará el proyecto de la reforma ante la comisión constitucional, informando al pleno del congreso.

2.                      el presidente remitirá el proyecto al consejo del estado interesado su informe dentro del plazo mencionado en el párrafo anterior.

3.                      el consejo del estado remitirá su informe dentro de un mes al congreso de los diputados.

4.                      el presidente del congreso remitirá el proyecto de reforma al consejo superior del poder judicial, interesado su informe dentro de quince días a su recepción por el consejo del estado.

5.                      el consejo superior del poder judicial remitirá su informe al congreso de los diputados dentro de quince días a su recepción.

6.                      el presidente del congreso de los diputados, convocará una sesión de deliberación primaria dentro de quince días a la recepción del informe del consejo superior del poder judicial.

7.                      el presidente convocará una sesión de votación primaria al proyecto dentro de quince días a la sesión de deliberación.

8.                      el presidente convocará una sesión de votación definitiva al proyecto dentro de quince días a la votación primaria.

9.                      una vez aprobado el proyecto por mayoría absoluta de cuatro quintas de los miembros del congreso de los diputados, se remitirá el proyecto dentro de siete días al Senado. Al no ser aprobado el proyecto por dicha mayoría se devolverá a la parte actuante y no podrá ser promovido en los próximos cinco años.

 

Artículo 70

1.                      El presidente del senado, convocará una sesión de deliberación primaria dentro de quince días a la recepción del proyecto de reforma constitucional.

2.                      Previo informe de la comisión constitucional del senado, el presidente remitirá el proyecto al tribunal constitucional, el fiscal general del estado y la academia nacional de jurisprudencia y legislación, conjuntamente interesado sus informes sobre el proyecto de reforma dentro de un plazo común de un mes.

3.                      el presidente del senado convocará una sesión de deliberación segundaria dentro de los quince días a la recepción de los informes.

4.                      el presidente fijara un plazo dentro de un mes para la votación primaria al proyecto de reforma.

5.                      el presidente convocará la sesión de votación definida al proyecto dentro del mes siguiente a la votación primaría.

6.                      al ser aprobado el proyecto por mayoría de cincuenta y cuatro senadores el presidente remitirá el proyecto al consejo de cancilleres interesado en convocar nuevas elecciones y la disolución de las cámaras. Al no ser aprobado el proyecto con aquella mayoría, el presidente devolverá el proyecto a la parte actora con todos las actuaciones, en este caso no podrá ser promovida la reforma hasta transcurrir cinco años.

 

Artículo 71

· El consejo de cancilleres, dentro del mes siguiente a la recepción del proyecto del senado, dictará la convocatoria de nuevas elecciones generales y la disolución del consejo de cancilleres. Así creando una comisión presidencial transitoria que llevara a cabo la función urgente del consejo de cancilleres durante el periodo de elecciones para la reforma constitucional, dentro de un plazo máximo de tres meses.

· El parlamento seguirá en función hasta el traspaso de competencias al nuevo parlamento elegido.

· La comisión presidencial transitoria será compuesta por dos miembros del parlamento uno por cada cámara elegido entre sus miembros, uno por el consejo superior del poder judicial, uno por el consejo del estado, y otro por el consejo de cancilleres; así desempeñara la responsabilidad directiva del país durante el proceso electoral el cual será vigilado por el mismo.

 

Artículo 72

Una vez elegido el nuevo parlamento, y creado de nuevo el orden institucional del estado, se disolverá la comisión presidencial transitoria dentro de los quince días al hacerse públicos los resultados electorales, entregando su cargo al nuevo consejo de cancilleres elegido según lo dispuesto en la constitución.

 

Artículo 73

1.                      El presidente del congreso de los diputados convocará una sesión de deliberación primaria al proyecto de reforma dentro de los dos meses siguientes a la nueva composición de este, para la deliberación sobre el proyecto de reforma constitucional debatido.

2.                      Dentro de los quince días siguientes a la sesión de deliberación, el presidente convocará una sesión de votación primaria al proyecto.

3.                      Dentro de un mes a la sesión de votación primaria, el presidente convocará la sesión de votación definida al proyecto de reforma constitucional.

4.                      Una vez aprobado el proyecto por mayoría de siete décimas del pleno del congreso de los diputados, el presidente remitirá el proyecto al senado. Al no ser aprobado con dicha mayoría el presidente devolverá el proyecto a la parte actora, este no podrá ser tramitado de nuevo hasta transcurrir veinte años al mismo.

 

Artículo 74

1.                      el presidente del senado convocará una sesión de deliberación primaría al proyecto recibido por congreso de los diputados, dentro de un mes a su recepción.

2.                      el presidente convocará una sesión de deliberación segundaria al proyecto en los quince días siguientes a la sesión primaria.

3.                      el presidente convocará la votación primaria dentro de quince días a la deliberación segundaria.

4.                      el presidente convocará la votación definida dentro del mes siguiente a la votación primaria.

5.                      al ser aprobado el proyecto de reforma constitucional con mayoría de cuarenta senadores el presidente lo remitirá al consejo de cancilleres interesado su promulgación. Al no ser aprobado con dicha mayoría, el presidente lo remitirá con todas las actuaciones a la parte actora, el proyecto no podrá ser tramitado dentro de los veinte años.

 

Artículo 75

El canciller del Estado remitirá el proyecto recibido por el senado al consejo del estado interesado su informe sobre la constitucionalidad del mecanismo de reforma constitucional dentro de quince días a su recepción.

 

Artículo 76

El canciller nacional, previa deliberación con el consejo de cancilleres, y en el nombre de este promulgará el proyecto de Reforma como ley de reforma constitucional, la cual se publicará en la Actualidad Iraquí el día siguiente de su promulgación y entrará en vigor a los treinta días de su publicación.

 

Artículo 77

El proyecto de la reforma constitucional no podrá promoverse en estado de alarma, guerra, excepción o de sitio ni con urgencia.

 

 

 

Capitulo Sexto

De la Guerra, el Estado de sitio, alarma, excepción y la traición nacional

 

Sección primera

De la guerra

 

Artículo 78

Sin perjuicio a lo establecido en el capitulo tercero del presente libro de la constitución, y en caso de inmediato riesgo a la soberanía nacional, previa consulta de la organización de las naciones unidas, Irak podrá declarar la guerra para proteger el territorio nacional.

 

Artículo 79

La declaración de guerra deberá ser promovida por el consejo de cancilleres por mayoría de tres votos y presentada dentro de veinticuatro horas al parlamento en sesión conjunta, adoptada por mayoría de tres partes de sus miembros.

 

Artículo 80

La declaración de guerra deberá incluir los motivos, objetos, medios materiales y humanos que participarán en ella, el consejo de cancilleres podrá llamar al servicio militar obligatorio a todos los iraquíes mayores de edad para la protección a la soberanía nacional y la situación de riesgo.

 

Artículo 81

Con mayoría de cuatro quintas de la sesión conjunta del parlamento se podrá privar los derechos y libertades reconocidos por el capitulo segundo del libro primero de la constitución, salvo los apartados 1, 2, 3, 6, 8, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 22, 23 del artículo octavo de la constitución.

 

Artículo 82

La declaración del estado de guerra no suspenderá el marco de la responsabilidad funcional, objetiva y patrimonial del gobierno y sus agentes frente a los intereses particulares.

 

Artículo 83

Todo daño causado por el estado de guerra a los intereses particulares será indemnizado por el estado.

 

 

Sección Segunda

Estado de sitio, de alarma y de excepción

Artículo 84

El consejo de cancilleres podrá adoptar la situación del estado de sitio, alarma o de la excepción con mayoría de tres votos, así solicitando la autorización al parlamento el cual se lo aprobará con mayoría de tres partes de sus miembros, determinando el termino territorial al que se aplica el estado y su duración.

 

Artículo 85

La declaración del estado de sitio de alarma o de la excepción podrá restringir los derecho y libertades reconocidos por el capitulo segundo del libro primero de la constitución.

 

Artículo 86

La declaración del estado de sitio o de la excepción deberá incluir los motivos de su adopción, duración y medidas de su adopción. La situación del estado de sitio o de la excepción no podrá durar más de veinte días naturales, prorrogables de una vez con los mismos requisitos.

 

Artículo 87

· Declarado el estado de sitio, queda el parlamento en sesión continua, alarmando a situación de permanencia a todas las instituciones constitucionales del estado, y todos los miembros del poder judicial en todo en territorio nacional.

· Declarado el estado de sitio, no podrá procederse la disolución del parlamento, ni otra institución constitucional del estado, el producirse la caducidad del mandato parlamentario se prorrogará automáticamente por tres meses.

· Al ocurrirse el riesgo del estado de sitio, alarma o de la excepción durante la disolución, vacaciones del parlamento, será llamado éste a reunirse de nuevo componiendo parlamento de urgencia por periodo de tres meses.

· La declaración del estado de sitio, alarma o de excepción no suspenderá el marco de la responsabilidad política, patrimonial o funcional del gobierno y los poderes públicos.

 

 

 

Sección Tercera

       De la Traición

Artículo 88

La traición podrá ser exigida al gobierno, los miembros del consejo de cancilleres, los gobiernos regionales.

 

Artículo 89

La traición podrá ser exigida por el fiscal general del estado, promovida por el defensor del pueblo, trescientos diputados, o cincuenta y cuatro senadores.

 

Artículo 90

La traición será examinada por el tribunal de casación, previo dictamen del consejo superior del poder judicial y la ratificación por mayoría absoluta del parlamento en sesión conjunta.

 

Artículo 91

El acusado de la traición será privado de sus derechos políticos por periodo de treinta años y veinte de sus derecho civiles desde hacerse publica la acusación por la actualidad iraquí, no gozará del derecho de la gracia de la republica. La acusación de la traición nacional no consiste en delito político penalmente. Podrá extinguirse el artículo 8.7 de la presente constitución en caso de traición.

 

 

 

 

Libro Cuarto

De la Ciencia y la Educación

Artículo 92

La republica de Irak, y como objetivo popular de la constitución, se fundamenta al fomento de la ciencia y la investigación.

 

Artículo 93

· Las universidades públicas tendrán una dotación económica anual del estado para el fomento de sus labores científico-educativas.

· La universidad de Bagdad, Basra, Mosul y Babilonia serán las cuatro universidades de carácter público- autónomo- estatal.

 

Artículo 94

La constitución crea:

1.                      la academia nacional Iraquí de la lengua, la cual llevará a cabo las labores de protección, investigación y dirección técnica de la lengua Oficial nacional y la colaboración con las regiones autonómica para el fomento de sus lenguas regionales.

2.                      la academia nacional Iraquí de jurisprudencia y legislación, la cual llevará a cabo las labores de investigación científico técnica de la materia.

3.                      la academia nacional Iraquí de las ciencias políticas, sociales y morales.

4.                      la academia nacional Iraquí de villas artes.

 

Artículo 95

La constitución garantiza a todos los ciudadanos el derecho a la consignación de títulos académicos hasta el máximo grado gratuitamente. Y con dotación económica por condiciones de meritos y capacidad.

 

 

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Disposiciones Transitorias:

 

Primera;

Corresponde al gobierno dentro de un plazo de seis meses adoptar las medidas necesarias para la creación del consejo del estado, el consejo superior del poder judicial según los criterios constitucionales.

 

Segunda;

Dentro del plazo de dieciocho meses corresponde al gobierno la elaboración de los estatutos de autonomía regional.

 

Tercera;

· corresponde al gobierno, dentro del plazo de tres años acomodar la legislación civil, penal y laboral a la presente constitución.

· Será de aplicación mientras tanto la normativa constitucional vigente cundo se contradiga con las normas menores.

 

Cuarta;

Corresponde al gobierno aprobar un proyecto de ley del régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, según lo dispuesto por la constitución, dentro del plazo de dos años y medio.

 

Quinta;

Al gobierno, dentro de un plazo de cuatro años de la entrada en vigor de la presente constitución, elaborar el ambiente necesario, conjuntamente con el consejo superior del poder judicial para la creación de la jurisdicción contencioso administrativa según dispone la constitución.

 

Sexta;

El gobierno elaborará dentro de ocho meses de la entrada en vigor de la presente constitución el proyecto ley de la fiscalía general del estado, según los criterios constitucionales.

 

Séptima;

· Después de la publicación de la presente constitución en la Actualidad Iraquí, se creará una comisión nacional compuesta por siete miembros de las fuerzas políticas nacionales elegidos por el congreso nacional revolucionario para la elaboración del proceso electoral dentro de cuatro meses, en esta comisión no podrá haber dos representantes de un mismo partido.

· Una vez celebradas las elecciones se procederá al gobierno transitorio de Irak, por un periodo de dos años, así elaborando las necesidades principales para la vida política democrática, una vez terminado el plazo de los dos años se procederá a la disolución del parlamento para la convocatoria de elecciones democráticas de Irak según dispone la constitución.

· Corresponde al gobierno transitorio presentar la presente constitución a referéndum público con principios de igualdad entre todos los iraquíes, así como lo dispone la constitución dentro del plazo de un año y medio, será entonces ratificada popularmente.

 

Octava;

El gobierno dentro de un año a la entrada en vigor de la presente constitución procederá a la creación del tribunal constitucional, y la elaboración de su ley orgánica dentro de los criterios que establezca la constitución.

 

 

Disposición Final:

Los derechos fundamentales garantizados en la constitución a tenor lo estipulado en el artículo octavo, quedan garantizados ante todos los poderes públicos, corresponde al orden jurisdiccional protegerlos con rapidez, agilidad y preferencia, pudiendo ser reclamados indirectamente ante el tribunal constitucional mediante el recurso de amparo.

 

DISPOSICIÓN ADICIONAL:

  La presente constitución, debido a su origen popular, debe ser ratificada por el conjunto de la nación cada cincuenta años, dicho referéndum debe ser fundado; o bien en la ratificación de la presente o bien en introducir reformas concretas, que deberán ser aprobadas por ley orgánica, el resultado del referéndum de ratificación constitucional periódica deberá resultar por mayoría absoluta de la población para tener efectos, en caso contrario, en plazo de cinco años seguidos, se celebrará nuevo referéndum para fijar los futuros indicios, sobre la misma o la reforma.

 

 


 

§ Doctor en Derecho Político, Universidad de San Pablo CEU, Alumno Posdoctoral e Investigador Universidad Católica de Bruselas- Instituto Europeo de Teoría del derecho, jurista de origen Iraquí, Apdo. de Correos 14795 Madrid 28080- E-mail: sameralnasir@hotmail.com .

 

Tendencia Constitucional para Irak

Solución jurídico- política

 

 

Samer AL NASIR§

Tradición

 

Padeciendo de problemas socio-culto- económico- político- estratégicos y religiosos es Irak. Con población de 18.000.000 de habitantes afirma la ACNUR que cinco millones de ellos se encuentran fuera del país en exilio legalmente reconocido o como residentes en otros países del mundo. Dentro del contexto religioso se encuentra la conciencia religiosa de cinco religiones capitalmente la Musulmana 64% y la Bíblica 32%, y dentro de las mismas existen las diferencias, pues la musulmana compone más de 35% shiíta, 25% Sunita y unos 4% del resto. Y la bíblica en católica, ortodoxa y judía. Siendo la religión estatal del país el Islam, eso no ha dejado de pertenecer ni contener otras entidades religiosas ni la lucha por su reconocimiento y libertad.

Sociológicamente; 18 millones de habitantes hablan siete lenguas y pertenecen, por lo cual, a siete naciones, los árabes forman la mayoría restando los kurdos como 35% de la población y otros, y a pesar de aquello sólo el árabe fue reconocido como lengua estatal y el kurdo desde 1973 como regional para los suyos en el norte del país.

Económicamente; se dispone de la segunda reserva mundial del petróleo y la cuarta de su producción, deja el país en la escala más avanzada en la económica petrolera, sin embargo, Irak no vive sólo del petróleo; pues la venta del petróleo forma el 56% del producto nacional bruto PNB, así pues el país dispone de la mejor agrícola del oriente próximo, gracias a la existencia de los dos ríos más largos de la zona, los dejan el mejor producto del dátil mundial, y una importante pendencia de la agrícola nacional para el propio desarrollo alimenticio le diferencia a sus vecinos del sur en la península árabe que importan sus necesidades desde el exterior. La riqueza nacional Iraquí no sólo consiste en el petróleo ni la agrícola, pues Irak fue el primer importador a los países del Golfo de la energía eléctrica hasta 1990. Tanto como la fuente enérgica de Turquía y Jordania.

 

Estratégicamente; Irak es el país que separa los mondos, pues su posición fronteriza con Irán y Turquí y el mundo árabe le deja en situación estrictamente difícil de equilibrar especialmente hoy día, Turquía miembro de la OTAN y candidato a la UE, Irán el país pérsico con su enorme trayectoria colonizadora del mundo árabe a lo largo de los siglos. Sin hacer olvidar su gran importancia en controlar a los dos ríos más grandes de Asía y Europa, ambos a la vez.

 

Pues no es tan sencillo construir una idea, o planificar un proyecto para Irak como lo es para los Balcanes o quizás para Afganistán.

 

Dentro del conjunto legal del país existe cierto conflicto cívico debido a su gran multiculturalidad, nacionalidad, y raíces históricas relacionadas a los antiguos imperios de la prehistoria, árabe, persa y últimamente Otomana. A pesar de la existencia de un código civil que fue elaborado y aprobado en 1949. Entrando en vigor en 1951, el cual fue adaptado a las normas cívico-modernas del código napoleónico y aproximado a la vez al código egipcio de 1945, el artículo primer del mismo menciona a los usos y costumbres como fuente oficial del derecho en el país, el cual produce cierto conflicto interpretativo al interpretar los usos y costumbre de la población árabe-musulmana, cristiano-asiría, Kurdo-musulmana, Kurdo-Cristiana...etc.

Constitucionalmente el estado Iraquí fue promulgado en 1921, así proclamándose como el Reino de Irak y por la constitución monárquica de 1925 la cual fue derogada por la constitución de la revolución republicana de 1958 y remplazada de nuevo por la constitución de 1959. Durante la época 1925-1970 Irak sufrió la promulgación de nueve cartas constitucionales, salvo la monárquica ninguna conservaba la presencia de los territorios, naciones, étnicas ni libertades religiosas. La última y actual constitución revolucionaria fue proclamada en julio 1970 como constitución temporal que derogó la carta de derechos proclamada por la revolución socialista de 17 de julio 1968, con la promesa de elaborar una carta constitucional estable, el país sigue bajo el régimen de la constitución temporal hasta el día de hoy sin que haya novedades salvo el proyecto constitucional de 1990 que fue archivado con los incidentes de la guerra del golfo y la gran polémica que ha recibido el gobierno iraquí por aquel proyecto autoritario.

 

Elaborar una carta constitucional no deja de ser el sueño imparable del ordenamiento jurídico iraquí, pero la carencia del libertades públicas, de opinión y oposición deja cualquier labor fuera del alcance de la realidad, y hoy día las fuerzas de la oposición están exigidas por la comunidad internacional para presentar su proyecto para ser estudiado por los países de apoyo. Y sin pertenecer a organización política, opositora ninguna, hemos alzando elaborar un proyecto desde perspectiva puramente científica para Irak, la cual deberá ser deliberada primeramente a nivel teórico-jurídico y posteriormente político- orgánico, así pues el actual proyecto pretende plantear la discusión, escuchar las polémicas y aprender de las ideas para ser discutido posteriormente en el mundo real del poder.

 

Tratándose de establecer un régimen jurídico-constitucional estable en un país que ha sufrido el gobierno único, centralizado, jerárquico no resulta tan fácil ni siquiera de entender a la propia población nacional. Pues dentro de Irak no se sabe ya que significa partido político, salvo el PSOA –partido socialista obrero árabe “Bath”- queda castigado por la muerte la formación de otro bloque político que podrá formar riesgo de oposición al gobierno revolucionario. Las medidas de estabilidad jurídica tampoco se salvan de aquello, pues la actual constitución autoriza al presidente de la republica dictar decretos leyes que podrán disolver leyes parlamentarias –Art.58.a- ha dejado el país bajo el control absoluto del gobierno central revolucionario, a pesar de la existencia del parlamento como cámara única con representación del partido único, nunca ha ocurrido emoción o contradicción entre ésta y la opinión del gobierno, pues hasta 1984 el país no entendía qué son elecciones parlamentarias, sino el parlamento fue designado por la dirección nacional del PSOA y a partir de entonces -1984- fueron celebradas las primeras elecciones legislativas con las únicas candidaturas del único partido en ejercicio dentro del territorio nacional. La administración por su parte sufre una gran centralización, concentración y desorganización todo a la vez, pues hasta el momento el país carece de una ley reguladora del régimen jurídico-administrativo, la administración es la dirección del PSOA y éste es la administración, ni siquiera existe la vigilancia jurisdiccional de éste, al cambio existe el sistema de reclamaciones y suplicaciones ante la propia administración o la dirección regional del PSOA o bien ante el presidente de la republica. Pues el presente proyecto intenta establecer las medidas de unificación, identificación táctica del estado de derecho –Art. 1- la no religiosidad estatal –Art.4- y las lenguas regionales –Art.3-.

 

Como capítulo integro la constitución trata de Los Principios republico- Constitucionales, pues explora los derechos fundamentales de menoscabo cualquier reforma o intento contra ellos, así vigilando y garantizándose frente lo ocurrido por el gobierno revolucionario actual y sus poderes en reclamar el estado de sitio, de guerra o de excepción unilateralmente por el amparo del actual y mencionado Art. 58.a de la constitución. Así como medidas de seguridad y protección a la libertad individual abolida la confiscación de bienes que fue fuertemente ejercida por el actual gobierno, y la privación de la nacionalidad iraquí a los nacionales que han opositado contra el gobierno central. Pues en si el artículo octavo del presente proyecto intenta consolidar los principios del estado del bienestar introduciéndoles en sus principios básicamente constitucionales y fundamentales, atendiendo a la necesidad real de la sociedad iraquí y jurídica del terreno de su aplicación dando por ejemplo al derecho del régimen jurídico de las AA.PP. una imagen fundamental.

 

Trata también en restringir el servicio militar obligatorio y establecer sus máximos limites temporales constitucionalmente, así respondiendo a lo ocurrido y ocurre actualmente en el terreno, pues existe ciudadanos que han prestado este servicio por diez o quince años, por la situación de guerra, o porque fueron abolidos de la sociedad, castigados por pertenecer a grupos políticos y/o opiniones políticas de oposición.

 

La constitución trata de regularizar la hacienda publica –Art.10- así prohibiendo la donación del patrimonio publico, como respuesta a la actual situación en el país, pues el gobierno revolucionario ha tratado de repartir la riqueza nacional entre los suyos, y los más próximo en el ejercito garantizando su fidelidad y proximidad, así como la desviación del patrimonio publico a sus familiares a través de la venta secreta de éste.

 

En la composición del estado, la constitución trata de crear una distribución territorial del poder nacional en los territorios, pues a base histórica. Irak fue gobernado en tres comunidades, regiones así fue el centro Bagdad, el norte Mosul, y Basra en el sur, hoy día la constitución trata de crear una nueva formula de distribución a base de cuatro regiones las mismas de antes más la de babilonia, así garantizando una estricta descentralización y equilibrio entre las regiones del sur con la del norte y la central.

Eliminando el carácter centralizado del gobierno, la constitución escoge el modelo del consejo de cancilleres para el país, con cuatro miembros, sin ser vinculados directamente a las regiones, representan a las cuatro fuerzas políticas más favorecidas en las elecciones legislativas, y a la vez correspondiendo numéricamente a las cuatro regiones del país.

 

Salvo la constitución monárquica de 1925 que garantizó intransparentemente la representación territorial en el parlamento, creando dos cámaras legislativas, ninguna constitución posterior ha admitido la tesis, así admitiendo a la vez su inmediata caída jurídica, salvo la actual de 1970 que claramente ha sido garantizada por la fuerza y el poder centralizado del actual gobierno del país. El actual proyecto trata de crear la representación territorial de las regiones, como simbólicamente la comunidad científico- universitario Art. 24.3 haciendo y deshaciendo la concentración del poder en el consejo de cancilleres.

 

El capitulo cuarto de la carta trata de crear una nueva formula de separación de poderes institucionales del estado, sin ser existente modernamente en España, Italia, Alemania ni Francia, pues crea el consejo Superior del Poder Judicial con la máxima participación política y parlamentaria de ambas cámaras, como la propia profesión- judicial, dejando cinco plazas a las oposiciones de libre acceso.

La jurisdicción contencioso- administrativa ; la única mencionada en nombre y apellidos por la carta constitucional, siendo la necesidad más inmediata de la realidad social del país, pues el ordenamiento jurídico iraquí carece de su presencia a pesar del proyecto de reforma jurídica del gobierno en 1989, y la promulgación de su nombramiento pero éste no ha llegado a ejecutarse por las necesidades de la existencia de una ley reguladora del ordenamiento administrativo inicialmente para garantizar la vinculación de las actuaciones administrativas a éste. Sin hacer olvidar que la actual carta constitucional trata de escoger la tesis de la vinculación positiva de la administración al ordenamiento jurídico así para suprimir el anterior juego e irregularidad funcional de ésta.

 

Al margen de lo existente realmente en España, el proyecto trata en el libro tercero de regularizar el estado federal sin mencionar dogmáticamente a la federación, distribuyendo el poder y las competencias entre el gobierno central y las regiones, favoreciendo la distribución a los gobiernos locales con más de 50.000 habitantes Art.43.B, así como asumiendo la supervisión del senado al proceso de transferencia de competencias Art.43.C y D. No obstante no se puede afirmar que existe un modelo de estado de las autonomías o estado federal estrictamente definido, más bien al contrario, las constituciones prevén la posibilidad de su creación y la posterior obligada de existencia de los municipios y regiones autónomas.

 

Dentro del contexto del estado de derecho y el Bienestar, el proyecto trata de crear la formula de estabilidad político-extranjera de Irak tras largo tiempo de intensos conflictos político, bélico y aislamiento de la comunidad internacional, el proyecto dedica artículo concretos a la política exterior iraquí armonizando las relación de amistad con la EU. EE.UU. y la liga árabe. Dejando claramente el derecho internacional y los tratados en concepto ampliamente vinculado al ordenamiento nacional, al margen de lo existente en España Art.96.1 CE y 58 de la francesa, admitiendo la globalización legislativa y evitando la futura conflictividad jurídica.

 

El capitulo tercero del libro tercero, al tratarse la formula del estado, delicadamente intenta tratar el poder militar armado del país, garantizando la paz y la cooperación sostenible con el mundo exterior por el artículo 53 en cuanto a la no participación militar en ninguna operación fuera de las fronteras nacionales, así bloqueando el camino a un largo recorrido de la historia de conflictos bélicos, iniciando una nueva etapa de paz y politización de las fuerzas armadas nacionales.

 

La constitución trata de armonizar un nueva política nacional civilizad, atendiendo a las raíces históricas de la población, y la realidad social, dedicando el libro cuarto a la ciencia y educación, garantizando la autonomía universitaria de una parte para cuatro universidades nacionales correspondientes a las demarcaciones constitucionales de los territorios, así garantizando la existencia mínima de una universidad estatal en cada región, y á ala vez la libre creación de otras para competirlas; a pesar de la actual existencia de diecinueve universidades publicas en el país. Por su parte el artículo 95 garantiza la enseñanza obligatoria y gratuita a toda la población, como necesidad de enfrentarse a la actual situación del país en la privatización de la enseñanza, y la incontrolable situación de su calidad, así como garantizando el derecho de los ciudadanos en los estudios superiores frente al abuso actual del gobierno en restringir la enseñanza del tercer ciclo universitario a los fieles del PSOA.

 

En sus disposiciones transitorias, el proyecto trata de agilizar, sensibilizar la ejecución del proyecto en un terreno ciertamente dañado y incapaz de su auto-ejecución, sin proclamar la necesidad de la ayuda externa, el proyecto deja clara la necesidad temporal de elaborar los órganos constitucionales para la garantización de las bases del bienestar que avenga a proclamar, así dando un margen de tiempo de cuatro años para garantizar este estado de bienestar, o mejor el inicio de aquello y el final del estado de la transición.

 

El presente proyecto constitucional, forma parte, o formará quizás una gran parte de la historia jurídico- constitucional Iraquí- hispana, pues al cambio del proyecto de 1924 aprobado en 1925 que fue aprobado, elaborado en inglés y traducido posteriormente al árabe, el actual proyecto se elabora en castellano.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ante Proyecto constitucional de Irak

 

© Autorizada su publicación a la Web de departamento de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia.

 

 

Preámbulo

 

Libro Primero

Capitulo Primero

Introducción

Artículo 1:

1.                      Irak es una republica democrática, social, basada al gobierno del pueblo por el pueblo y para el pueblo, dentro del contexto de la participación libre en la política y la dirección común de la nación a través de la presentación directa de los ciudadanos en el gobierno y los territorios en el parlamento, consagrando los principios de eficacia normativa, primacía de la ley, seguridad jurídica, estabilidad legislativa, soberanía única emanada en la constitución y el pueblo Iraquí.

2.                      la constitución se fundamenta en la indisoluble unidad nacional, identidad, y patria común inseparable de los pueblos Iraquíes, y la autonomía de las naciones y etnias que se integran bajo la banda de la unidad constitucional.

 

Artículo 2 (la capital)

· La capital administrativa de la Nación es Bagdad, siendo la sede de los órganos institucionales del Estado.

· La hora local será la de Bagdad, administrada por el gobierno estatal.

 

Artículo 3 (de la lengua)

oLa lengua oficial es el árabe. Corresponde a todo ciudadano conocerla.

oLas regiones podrán adoptar otros idiomas según las perpetuas raíces históricas, culturales y religiosas, corresponde a los poderes públicos proteger aquello, siendo idioma regional co-oficial de los ciudadanos primariamente al árabe.

 

Artículo 4 (de la religión)

Irak es una republica multicultural, corresponde a los poderes públicos proteger la identidad religiosa de la nación, el culto de Dios. Ninguna religión tendrá carácter estatal. Corresponde a la ley la organización de la creación de los consejos autonómicos de la administración religiosa de cada religión de la sociedad, cooperar con ella para la protección del ejercicio de sus funciones espirituales.

 

Artículo 5 (del himno y la bandera)

La ley identificará el himno nacional, la Bandera y el escudo de la republica.

 

 

Capitulo Segundo

Los principios republico-constitucionales

Artículo 6

Corresponde a los poderes públicos la protección del interés individual y colectivo de la nación dentro del contexto constitucional, asumiendo la libertad individual de opinión, periodismo, y cátedra así protegiendo a la propiedad individual e intelectual, conservando el patrimonio cultural y religioso de los colectivos.

 

Artículo 7 (derecho internacional)

La constitución se asume a los principios del derecho Internacional en materia de protección de los individuos en cuanto a sus parámetros cuando sean superiores a los que garantiza ésta, siendo derechos irrevocables, irrestringibles bajo ningún concepto, los que contiene el presente capitulo de esta constitución.

 

Artículo 8

La constitución garantiza:

1. la libertad de afiliación a partidos políticos, su creación y formación, opinión, oposición al gobierno de la nación, dentro del marco del estado de derecho, la protección de los intereses colectivos, el uso de la palabra pacifica, la imagen; ningún manifiesto pacifico o reunión podrán ser impedidos por las autoridades previo aviso para la protección de la corporación ciudadana y manifestante, una ley orgánica regularizará el derecho de reunión y manifestación.

2. el derecho del hombre y la mujer a formar familia, matrimonio, la fortuna y la prosperidad de aquello, corresponde a los poderes públicos la protección de aquello como fin natural, social de la nación.

3. la igualdad idónea entre el hombre y la mujer, prohibiendo cualquier marco de desigualdad por razones de sexo, raza, color, religión, origen, etnia, pertenencia social o lingüística, prohibiendo así la expedición de cualquier ciudadano según estas bases.

4. la libre mendicación de los trabajadores, constituyendo aquello el marco de negociación entre el gobierno, empresarios y los trabajadores.

5. la libre circulación de los ciudadanos, elección de residencia, trabajo dentro del territorio nacional, y la libre salida y entrada de ello.

6. el iraquí de origen nunca podrá ser expulsado de Irak, privado de su nacionalidad o impedido de acceder a ello.

7. queda abolida la confiscación de bienes.

8. quedan abolidos los títulos nobiliarios, identificativos de los ciudadanos, los poderes públicos podrán expedir títulos honorarios a los ciudadanos basados a bases de convocatoria pública de premios a principios de inteligencia, meritos y capacidad.

9. los extranjeros en Irak gozarán de los derechos naturales que garantiza la constitución para los nacionales. La constitución reserva los derechos políticos a los ciudadanos, así la ley desarrollará el ejercicio del derecho de los extranjeros en Irak, y la protección de su integración social en la nación, así como su derecho a obtener la nacionalidad Iraquí.

10.                  la Nacionalidad Iraquí, es el titulo individual de cada ciudadano, de padres Iraquíes sin deferencia entre nacido en Irak o fuera de ello. la constitución admite el derecho de los ciudadanos a la obtención de la doble nacionalidad, cuando la segunda lo admite recíprocamente.

11.                   la tutela judicial efectiva, el derecho del acceso al juez ordinario predeterminado por la ley, ser informado de todas las acusaciones que se le formulan, y el derecho a la asistencia letrada. Nadie podrá ser condenado, acusado por hechos al momento de su producción no fueron prohibidos.

12.                  las leyes penales y fiscales no podrán tener el efecto retroactivo.

13.                  el plazo máximo de la detención será de 48 horas, previa autorización judicial motivada y recurrible en plazo máximo de 7 día naturales. El plazo máximo de la detención preventiva no podrá superar en todo caso 6 meses. La detención queda restringida a causas penales, nadie podrá ser privado de su libertad por su opinión política, pertenencia a un grupo político cívico, religioso o étnico social, ni por deudas civiles. La constitución garantiza a todo detenido el derecho inmediato a ser informado de forma comprensible de la causa de su detención, informar a los suyos de su situación y el derecho al abogado e interprete si lo fuera necesario dentro de las primeras dos horas de su detención. Todos tienen derecho a la libertad y la seguridad individual y colectiva.

14.                  nadie podrá ser obligado a declarar contra su ideología religiosa, pertenencia social. Se prohíbe la confesión contra sí.

15.                  el domicilio es inviolable, todo tiene derecho a la inviolabilidad de su domicilio, su integridad física, el honor, y la propia imagen.

16.                  el secreto de las telecomunicaciones telegráficas, telefónicas y electrónica.

17.                  la prohibición de los tribunales especiales y de honor.

18.                  el régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y la protección de los derechos e intereses individuales y colectivos legítimos frente al abuso del poder público, las leyes administrativas organizaran la relación entre la administración y el ciudadano. La constitución garantiza la jurisdicción contencioso administrativa, labor para la vigilancia de la conformidad de las actuaciones administrativas con la constitución y el derecho, y la protección de los individuos frente eso, frenando y corrigiendo indirectamente, se prohíbe la tasa administrativa.

19.                  la enseñanza es obligatoria para todos hasta la mayoría de edad, predeterminada por dieciocho años cumplidos. La enseñanza es gratuita hasta el máximo grado universitario. La ley organiza el sector privado de la enseñanza, el cual ofrecerá la competencia al sector público produciendo la mejora para el interés común. Los poderes públicos examinarán el sistema educativo, garantizando la conformidad de ello con las leyes y los estándares mínimos de la enseñanza y calidad.

20.                  el derecho de todos los iraquíes mayores de edad a trabajar de forma igual, digna según las capacidades de cada uno, corresponde a los poderes públicos garantizar la oferta laboral para todos. La ley organiza el estatuto de los trabajadores, el descanso ordinario, las vacaciones anuales, y la edad de jubilación obligatoria. Los ciudadanos tendrán la protección social en caso de minusvalía, discapacidad temporal o permanente. La ley establecerá el salario mínimo de los ciudadanos para garantizar el desarrollo mínimo de la vida individual especialmente en caso de desempleo.

21.                  la seguridad social será pública para todos los ciudadanos. La ley organizará el carácter obligatorio de su cotización.

22.                  el sistema de la salud nacional queda publica, accesible para todos.

23.                  la garantización y actualización anual de las pensiones de jubilación, discapacitación para la suficiencia de la vida digna de los ciudadanos en la tercera edad.

24.                  la promoción de los servicios sociales a todos los ciudadanos.

25.                  Los iraquíes son iguales ante la ley y el derecho a la oportunidad en la incorporación a las funciones públicas, según los principios de meritos y capacidad por concursos abiertos y públicos así como tienen el derecho a la promoción interna dentro de la función publica hasta la máxima plaza vacante.

 

Artículo 9 (del servicio militar y la defensa de la patria)

1.                      Los iraquíes tienes la obligación de defender la patria nacional y la soberanía constitucional. Ningún iraquí podrá ser llamado a prestar servicios militares fuera de su voluntad en caso de paz.

2.                      queda abolido el servicio militar obligatorio. Los mayores de edad podrán ser llamado a prestar servicios de protección civil y ciudadana por periodo no superior a noventa días.

 

Artículo 10 (de la hacienda pública)

1.                      todos contribuyeran la hacienda pública, la cual pertenece al fundo del desarrollo económico nacional.

2.                      la riqueza nacional de Irak, representa la riqueza de toda la población, aquella será destinada única y exclusivamente para los intereses generales, la dotación adecuada para todas las administraciones publicas sirviendo con el principio de la gestión estrictamente adecuada garantizando el equilibrio económico y la estabilidad monetaria del país.

3.                      se prohíbe la donación económica del patrimonio público sin ley orgánica.

4.                      la constitución reconoce la posibilidad de la creación de las unidades públicos- empresariales, aquella representa las tareas del funcionamiento público con desconcentración y descentralización para la mejora de la calidad del servicio publico a favor del ciudadano.

5.                      se prohíbe la venta del patrimonio nacional, tanto como la adquisición a ellos salvo indemnización justa, y causa justificada. La ley organiza la expropiación forzosa.

 

Artículo 11 (medio ambiente y salud pública)

Corresponde a los poderes públicos la protección del medio ambiente, la salud publica, la Higinia laboral. La utilización de los medios naturales para el interés común.

 

Artículo 12

Los poderes públicos protegerán el patrimonio histórico, cultural, y artístico de Irak, promoviendo su conservación y enriquecimiento e inviolabilidad.

 

Artículo 13

§  Los poderes públicos promoverán la inserción social de la juventud en la vida social, política, económica y laboral.

§  Los poderes públicos protegerán a los disminuidos, promoverán su inserción social y laboral presentándoles la atención especializada. Los poderes públicos ejercerán la responsabilidad de tutoría de los disminuidos.

 

 

 

Libro Segundo

Los Poderes Institucionales de Irak

Capitulo primero

El Estado

Artículo 14

el estado su compone por el Estado central, las Regiones, las ciudades y los municipios, así garantizando la participación amplia de los ciudadanos en la gobernación, la aproximación de los poderes públicos, la coordinación y la desconcentración.

 

 

Capitulo Segundo

Del Gobierno y la administración

Artículo 15 (bases)

1.                      El gobierno coordinara entre los poderes públicos, sirviendo los intereses generales, con eficacia, legalidad, jerarquía, buena fe, descentralización y desconcentración, con el fin de la aproximación, accesibilidad de los servicios públicos a los administrados, con el sometimiento pleno a la ley y el derecho. Dirigiendo los poderes públicos, la administración civil y militar del Estado central, la política exterior y la presentación de Irak en el exterior, la defensa de la soberanía nacional y constitucional, la potestad reglamentaria de acuerdo con los principios generales de la ley y la constitución.

2.                      La administración funciona con estricta vinculación positiva al ordenamiento jurídico y constitucional que la atribuye las funciones actuando con responsabilidad patrimonial y disciplinaria en su ejercicio. Corresponde al estado disponer los recursos humanos y materiales a la administración pública para lograr sus fines.

3.                      los particulares quedan protegidos por las actuaciones administrativas que les causa daños materiales. Una ley regularizará el patrimonio del Estado, mediante el cual responderá a las acusaciones de responsabilidad que le serán dirigidas por el funcionamiento público.

4.                      la administración general del Estado en el exterior funciona por el desempeño de la responsabilidad que la atribuye la constitución, sirviendo por la paz, el desarrollo de la política exterior nacional, el comercio exterior, los intereses públicos, sirviendo y protegiendo a los ciudadanos Iraquíes residente fuera del territorio, favoreciendo su devolución al territorio nacional como objetivo principal.

Corresponde a todas las administraciones públicas la prestación del servicio más favorable para los ciudadanos Iraquíes que deciden el regreso a Irak, facilitando su reintegración social, laboral y familiar.

 

Artículo 16

El gobierno central, se compone por un consejo de cancilleres. Cuatro cancilleres elegidos libremente por los ciudadanos a través de los partidos políticos más votados en las elecciones generales, presidido por un canciller elegido entre ellos de forma directa por un periodo de un año renovable por una vez no consecutiva.

 

Artículo 17

El primer canciller ejerce la función del presidente del gobierno, dirigiendo el consejo de ministros, previa candidatura del mismo al consejo de cancilleres, y nombramiento común. Así dirigiendo la política socio-económica nacional respondiendo por responsabilidad político-disciplinaria solidaria a sus ministros ante las cortes generales, y penalmente ante el tribunal de casación.

 

Artículo 18

· Después de cada convocatoria de elecciones generales, la constitución del consejo de cancilleres, la elección del presidente del gobierno, éste expondrá ante las cortes generales su programa político solicitando la confianza parlamentaria en plazo de quince días a su elección. El parlamento otorga la confianza por mayoría absoluta, y en caso de ser rechazada, se devolverá la elección del presidente del gobierno al consejo de cancilleres para su reelección. El consejo de cancilleres procederá de nuevo el nombramiento de su presidente, al no ser coincidida de nuevo la confianza solicitada, el presidente del Senado convocará la junta electoral nacional la cual dirigirá el país durante un periodo transitorio de tres meses para unas nuevas elecciones generales.

· El canciller nacional será nombrado por el presidente del senado, previo otorgamiento de la confianza por el parlamento en plazo de cinco días.

· El presidente del senado, cesa al canciller nacional, el consejo de cancilleres, en caso de no ser coincidida la confianza o retirada, dimisión, fallecimiento, o separación judicial. El gobierno cesante continuará en posición hasta la toma de posición del cargo por el nuevo gobierno, salvo que establezca la constitución lo contrario.

 

Artículo  19 (vigilancia Jurisdiccional)

La jurisdicción contencioso administrativa actúa controlando las actuaciones gubernamentales, la potestad reglamentaria, el sometimiento del gobierno a las leyes y la constitución, y las normas complementarias garantizando la legalidad gubernamental, protegiendo los intereses de los particulares frente a la administración, reconociendo la responsabilidad patrimonial de ésta y denunciando a la jurisdicción competente la responsabilidad disciplinaria de sus funcionarios.

 

Artículo 20 (del consejo del estado)

1.                      El consejo del estado es el laboratorio jurídico consultivo del Estado. Una ley orgánica regularizará las funciones de éste.

2.                      los consejos y dictámenes del consejo del estado serán obligatorias para el gobierno, las administraciones públicas, y el restante de los poderes públicos mientras conforman a la constitución y el ordenamiento jurídico y contra ellos cabe el recurso de apelación ante el tribunal de casación, el que resolverá por su pleno, salvo los dictámenes consultivos a las cortes. La interposición del recurso de apelación no suspenderá el dictamen impugnado hasta que recaiga una resolución judicial de su suspensión. Los poderes públicos tendrán la capacidad para la introducción del recurso, actuando el fiscal general del estado en el nombre del interés general y la ley.

3.                      el consejo del estado será compuesto por quince miembros, elegidos cinco de ellos por el Congreso de los diputados, otros por el senado y cinco accederán por las oposiciones libres científicas relativas a su ejercicio, entre jueces y magistrados, fiscales, funcionarios de las administraciones publicas, abogados y profesores del derecho en Irak. Será el grado mínimo de su acceso la posesión del titulo de doctor en Derecho, Ciencias Políticas y sociales, economía. Nombrados por el canciller del estado por un periodo de cinco años no renovables. Y los ex cancilleres de la republica en calidad de asistentes permanentes sin voto.

4.                      el consejo del estado será presidido por uno de sus miembros, elegido y propuesto al consejo de cancilleres y nombrado por el consejo de cancilleres por un periodo dos años.

 

 

Capitulo Tercero

El Parlamento

Artículo 21

·             Ningún parlamentario podrá desempeñar cargo administrativo, judicial o militar.

·             Los parlamentarios tendrán la potestad constitucional en dirigir acusaciones al canciller del Estado, los ministros, y los órganos autonómicos según las competencias establecidas en la constitución.

·             La potestad legislativa corresponde al parlamento, así para establecer la juridicidad de todos los poderes públicos con el fin de garantizar el vínculo positivo del poder al principio del estado de derecho.

 

 

Parte primera

El Congreso de Los Diputados

 

Artículo 22

·             Será compuesto por 524 diputados representan la población Iraquí según dispone el censo electoral nacional, por un periodo de cinco años, elegidos por sufragio universal, libre y secreto.

·             Todo iraquí mayor de edad tiene el derecho a ser miembro en el congreso de los diputados.

 

 

Parte Segunda

El Senado

Artículo 23

1.                      El senado es la cámara alta de representación territorial iraquí.

2.                      todos los iraquíes mayores de veinticinco años tendrán el derecho a ser senadores.

3.                      los ciudadanos residentes en el extranjero tienen el derecho a un representante extraordinario en el senado sin perjuicio a su derecho de voto y representación ordinario.

 

 

Artículo 24

El senado Iraquí será compuesto por 69 senadores, elegidos por sufragio universal por un periodo de cinco años como sigue:

1.                      Senadores autonómicos, aquellos que representan a las dieciocho ciudades autónomas iraquíes, tres por cada una de ellas.

2.                      Senadores regionales, que representan a las cuatro regiones de Irak, dos por cada una de ellas.

3.                      Senadores institucionales como sigue:

a)           Uno por el consejo superior de investigaciones científicas.

b)          Uno por el consejo nacional de universidades.

c)           Uno por cada una de las academias nacionales de lengua, jurisprudencia y legislación, ciencias políticas y morales y villas artes.

 

Capitulo Cuarto

El Poder Judicial

 

Parte Primera

Artículo 25

·             Los jueces y magistrados forman única y exclusivamente el poder judicial en Irak, así de forma independiente de todo poder, pendiente de la constitución y las leyes de su desarrollo, emanan del pueblo el poder y en el nombre de la constitución administran la justicia, asimismo no podrán pertenecer a partidos políticos, participar en órganos de gobierno, crear entidades empresariales, o tener vínculos a partidos políticos.

·             Los jueces, magistrados y fiscales no podrán ser suspendido, movilizados, jubilados, separados del ejercicio, descendidos de sus salariales mientras dure su buena conducta funcionarial, salvo proceso disciplinario que les podrá acusar el gobierno judicial según dispone la ley. Así deberán percibir una justa compensa salarial al desempeño del cargo.

·             Los jueces, magistrados y fiscales no podrán ser orientados por sus órganos superiores ni ordenados contra sus voluntades salvo lo dispuesto por la constitución.

 

Artículo 26

El tribunal de casación es el máximo tribunal de jurisdicción en materia, hará su orientación jurídica y unificará la doctrina jurídica aplicable, con competencia jurisdiccional en todo el territorio nacional.

 

Artículo 27

Los ciudadanos tendrán el derecho a participar en la administración de justicia mediante los tribunales de Jurado, según dispone la ley, corresponde a los poderes públicos la creación de aquellos medios.

 

Artículo 28

El fiscal general del estado representa el interés de la legalidad, la ley y el interés público, así será nombrado entre los fiscales del consejo fiscal nacional a propuesta del congreso de los diputados por el consejo de cancilleres del estado, así tendrá el nombre del Fiscal general del Estado teniendo las competencias que le designa la ley y la constitución.

 

Parte segunda

El consejo Superior del Poder Judicial

Artículo 29

·             El consejo superior del poder judicial es el órgano gubernamental de la magistratura en Irak, empeña principalmente la dependencia judicial y garantiza la separación del poder.

·             Será compuesto por veinte miembros, accedidos cinco de ellos mediante las oposiciones de carácter científico puro, cinco nombrados por el congreso de los diputados, cinco por el senado y cinco por el consejo de cancilleres, todos ellos entre los jueces, magistrados, fiscales, funcionarios de la carrera, profesores del derecho y abogados más prestigiosos de Irak.

·             Los miembros del consejo general del poder judicial serán nombrados por el presidente del senado por un periodo de ocho años, eligiendo entre ellos el presidente por votación directa, así el presidente será nombrado por el decreto del consejo de cancilleres de la república de Irak, por un periodo de cuatro años renovable por una vez.

 

Artículo 30

El consejo superior del poder judicial será el competente para el nombramiento de los jueces y magistrados, las convocaciones de sus puestos, la habilidad y deshabilitad, según las condiciones de oposiciones libres por meritos científicos y profesionales para el ejercicio.

 

Artículo 31

El consejo superior del poder judicial no tendrá potestad jurisdiccional, salvo lo establecido por la constitución con referencia a la propia función del poder. Una ley orgánica establecerá el régimen disciplinario del poder jurisdiccional en Irak.

 

Artículo 32

El consejo superior del poder judicial remitirá a las cortes un informe anual sobre la posición jurisdiccional nacional y el estado de la justicia, y la satisfacción del bienestar social.

 

 

Parte tercera

El Tribunal Constitucional

Artículo 33

El tribunal constitucional es el defensor de la legalidad y la soberanía constitucional en Irak. Teniendo la jurisdicción única en materia constitucional en todo el territorio Iraquí dentro de las competencias que le correspondan.

 

Artículo 34

· El tribunal constitucional será compuesto por veinte miembros, cinco elegidos por el senado, cinco por el congreso de los diputados, cinco por el consejo superior del poder judicial y cinco accederán por oposiciones libres según las condiciones de mérito y capacidad en materia, todos ellos entre los jueces, magistrados, funcionarios de la carrera judicial, profesores del derecho y abogados de prestigio, nombrados por el presidente del senado por un periodo de ocho años no renovables.

· El congreso de los diputados, el senado y el Consejo general del poder judicial renovarán sus nombramientos cada cuatro años.

· El tribunal será presidido por uno de sus miembros, elegido entre ellos por votación directa, nombrado por el consejo de cancilleres del estado por un periodo de cuatro años no renovables.

 

Artículo 35

· El tribunal constitucional tendrá única y exclusiva competencia de las cuestiones de inconstitucionalidad promovidas por el defensor del pueblo, el fiscal general del estado, cincuenta diputados, veinticinco senadores, cualesquiera de los miembros del consejo de cancilleres del estado, así como resolverá los recursos de amparo promovidos por cualquier infectado en sus intereses legítimos garantizados por el capitulo segundo del libro primero de la constitución, así como resolverá las cuestiones promovidas por el orden jurisdiccional ordinario, y los conflictos de competencias entre el estado y las regiones o ciudades autónomas y entre ellas, y las incidencias promovidas por las entidades locales en defensa de sus intereses en la autonomía local.

· En caso de posible abuso de la potestad jurisdiccional del tribunal constitucional, el consejo de cancilleres, el ministro fiscal, doscientos diputados, cincuenta senadores podrán plantear la cuestión de disconformidad de una sentencia o pronunciamiento del tribunal constitucional, así será el tribunal llamado a discutirlo ante el parlamento en sesión conjunta de ambas cámaras, para revocar aquel fallo doctrinal por una decisión conjunta aprobada por tres quintas de sus presentes. La infracción doctrinal del tribunal no podrá ser motivo de proceso disciplinario salvo ocurrencia de tres veces dentro de cuatro años, entonces el parlamento en su conjunta sesión podrá retirar la confianza del tribunal disolviéndolo de inmediato y procediendo la composición de otro tribunal dentro de un plazo máximo de treinta días naturales a su disolución.

· Las actuaciones del tribunal constitucional se publicarán en el diario de la actualidad iraquí.

 

 

Parte Cuarta

Tribunal de Cuentas

Artículo 36

El tribunal de cuentas es el organismo jurisdiccional con jurisdicción en todo el territorio nacional, con delegaciones en todas las regiones autónomas, encargado de vigilar la contabilidad de la hacienda publica estatal, autonómica y local para garantizar la buena gestión del patrimonio público nacional.

 

Artículo 37

Una ley orgánica regularizará el funcionamiento del tribunal de cuentas.

 

Artículo 38

El tribunal de cuentas remitirá un informe semestral a las cortes sobre su postura económico- financiera hacia los poderes públicos sujetos a su jurisdicción.

 

 

Libro tercero

El arte de Gobernar

Capítulo Primero

De la distribución territorial del poder-la aproximación al ciudadano-la participación publica y la autonomía de gobernación

 

 

 

Sección primera

La distribución territorial del poder

Artículo 39

El poder publico queda destruido horizontalmente para garantizar la aproximación, accesibilidad de los servicios públicos, la participación del ciudadano y la autonomía de decisión, así como observar las identidades culturales y religiosas del pueblo Iraquí.

 

Artículo 40

·             El poder público queda distribuido en cuatro regiones: Bagdad, Basra, Babilonia y Mosul. Las regiones quedan destruidas a ciudades autónomas, concluyendo un total de dieciocho ciudades autónomas de Irak.

·             Las ciudades autónomas se componen por la agrupación de localidades independientes.

 

Artículo 41

La constitución garantiza la creación de un fundo de compensación interterritorial bajo la dirección inmediata del estado central y con participación de las regiones autónomas, forro de desarrollo y equilibrio interterritorial nacional.

 

Artículo 42

Corresponde al Estado central las siguientes competencias:

1.           la regularización de los derechos de igualdad, garantías constitucionales.

2.           nacionalidad, registro civil, mercantil, de propiedad, extranjería y migración, y asilo y refugio.

3.           Administración de Justicia e interior.

4.           Política Exterior.

5.           Fuerzas armadas y cuerpos de seguridad.

6.           legislación civil, penal, mercantil, registral, laboral; sin perjuicio a las peculiaridad culturales de las regiones y su autonomía de decisión y legislación, que en todo caso no podrá ser de menoscabo de derechos y libertades constitucionales.

7.           la regularización del régimen Jurídico de las administraciones Públicas y el procedimiento administrativo común, expropiación forzosa, contratos de administraciones públicas, régimen disciplinar de la función publica, responsabilidad patrimonial, y la jurisdicción contencioso administrativa.

8.           la legislación y la administración sobre la propiedad intelectual e industrial.

9.           régimen económico-monitorio, cambio, divisas, banca nacional, seguros y banca, legislación bursátil.

10.       hacienda y deuda pública.

11.       bases generales de la sanidad pública, y legislación sobre regulación farmacéutica.

12.       puertos, aire puertos, legislación marítima y de navegación airea.

13.       ferrocarriles nacionales y transporte público que transcurre el territorio de más de una región autónoma.

14.       correos y telégrafos, comunicación radiofónica, virtual y telefónica.

15.       patrimonio hidráulico y recursos de energía eléctrica nacional.

16.       patrimonio minero nacional.

17.       museos nacionales y patrimonio histórico cultural.

18.       legislación básica sobre la protección del consumidor, sin perjuicio de las ampliaciones que podrán adaptar las comunidades autónomas en materia propia.

19.       legislación sobre prensa, radio telecomunicación y medios de telecomunicación social.

20.       regulación y unificación del sistema educativo nacional, homologación de títulos profesionales.

21.       legislación universitaria.

22.       estadísticas para interés estatal.

23.       referéndum.

24.       seguridad social.

 

Artículo 43

A.                     Las regiones tendrán las siguientes competencias

1.           la regulación civil propia que impone el carácter especial de la cultura jurídico- civil y matrimonial, las relaciones jurídico- personales.

2.           ordenación reglamentaria de la sanidad pública y la protección del consumidor.

3.           organización institucional de la región autónoma.

4.           educación y cultura regional.

5.           administración religiosa y su patrimonio.

6.           turismo, artesanía regional.

7.           transporte autonómico.

8.           ordenación urbanística y obras territoriales de interés autonómico regional.

9.           puntos deportivos y de refugio público.

10.       la protección medioambiental.

11.       la agrícola y ganadería regional dentro del marco económico estatal.

12.       caza, pesca, y navegación marítima dentro del territorio autonómico.

13.       la protección civil y de incendios.

14.       la acción y asistencia social.

15.       la enseñanza de la lengua regional.

16.       medios de telecomunicación, televisión, radio y prensa regionales.

17.       los montes y aprovechamiento del patrimonio natural no minero.

18.       matriculación de ciclo motor dentro del contexto tasado por la legislación estatal.

19.       la potestad reglamentaria de los parlamentos autonomicos.

B.                     las regiones compartirán favorablemente sus competencias con las localidades con población superior a 50.000 habitantes. Una ley establecerá el régimen de demarcación territorial, haciendas locales, competencias de agrupaciones territorial y comarcas interterritoriales.

C.                     Al transcurso del ejercicio constitucional, el estado podrá transferir competencias estatales no soberanas a las regiones bajo la supervisión del senado, y que podrá ser revocada por éste previa autorización del congreso de los diputados.

D.                     Los gobiernos autonómicos serán responsables de sus actuaciones ante sus diputaciones regionales tanto como el senado nacional.

 

 

 

 

Sección Segunda

Aproximación al ciudadano y participación pública

Artículo 44

· Irak se asume al convenio europeo de la autonomía local reconociendo el derecho de los municipios en su auto administración gobernación en materia propia.

· Una ley organizará el régimen de la autonomía local, la hacienda local, y el régimen de participación ciudadana, competencias que deberán ser cedidas por las regiones a favor de las localidades.

 

Artículo 45

Las localidades podrán organizar cuerpos de seguridad con simple armamento para la protección de la paz ciudadana y la ordenanza municipal, que será en todo caso apoyada por las fuerzas y cuerpos de seguridad estatales.

 

 

 

 

Capitulo Segundo

De la Política Exterior

 

Artículo 46

La política exterior es competencia del estado central, mediante el ejercicio constitucional, le corresponde promover la política exterior hacía el respecto a todos los miembros de la comunidad internacional, dentro del marco jurídico de la carta de las naciones unidas y sus protocolos de desarrollo.

 

Artículo 47

Queda abolida la participación de Irak en organizaciones promovidas por las fuerzas armadas para la guerra, o las aliadas contra la paz. Irak promoverá la paz mundial, la protección de los derechos de los pueblos en lograr sus fines, no intervenir contra las soberanías nacionales, y no participa en declaraciones que favorezcan la guerra.

 

Artículo 48 (de los EE.UU.)

Irak promoverá su política exterior hacía la armonía con los EE.UU. de América, haciendo la buena amistad dentro del marco constitucional.

 

Artículo 49 (de la UE.)

Irak promoverá su política exterior hacía la unión Europea, favoreciendo su amistad, la buena vecindad, asumiéndose al convenio de la protección de los derechos fundamentales de Roma 1951 y sus protocolos de desarrollo, integrándose en la liga del Consejo de Europa y la jurisdicción del Tribunal Europeo de derecho humanos como garante del estándar mínimo de aquellas garantía, sin perjurio a lo establecido en el artículo siete del libro primero de esta constitución.

 

Artículo 50 (de la Liga Árabe)

Irak promoverá su política exterior hacía la buena amistad con la liga Árabe, participando en su consejo de seguridad, y su organización; sin perjuicio a lo establecido en el presente capítulo, favoreciendo asimismo sus relaciones con el consejo de Cooperación del Golfo CCG como buen vecino dentro del marco constitucional.

 

Artículo 51 (de los tratados Internacionales)

· los tratados internacionales, una vez firmados por el gobierno, ratificados por el parlamento, formarán parte del ordenamiento jurídico nacional como normas con rango de ley.

· Sin perjuicio a lo establecido en el párrafo anterior, aquellos tratados que favorezcan los derechos fundamentales, libertades publicas, y la protección de los derecho de los ciudadanos, tendrán el vinculo constitucional, una vez aprobados con mayoría absoluta en ambas cámaras.

· El congreso de los diputados y el senado serán informados previamente sobre la posible celebración de tratados internacionales que podrán afectar a la hacienda pública, o asumir cargas u obligaciones de carácter soberano.

· Mediante el ejercicio de sus funciones, veinticinco diputados o senadores, podrán reclamar la comparecencia inmediata del gobierno ante el congreso de los diputados, el senado informando sobre una concreta situación de la política exterior iraquí, la cual deberá ser atendida dentro de veinticuatro horas a su aprobación.

 

 

 

Capitulo Tercero

Las fuerzas armadas y las de seguridad del Estado

Artículo 52

El estado central es el tutor de las fuerzas armadas, de seguridad, y protección de soberanía nacional

 

Artículo 53

Irak no intervendrá en conflictos bélicos fuera de la frontera nacional. Queda abolida toda actuación militar fuera del territorio nacional Iraquí.

 

Artículo 54

El ejercito Iraquí participará en las misiones de protección de derechos humanos, la paz mundial dirigidas por las Naciones Unidas, bajo su propia dirección.

 

Artículo 55

Queda abolida la obtención de armada masiva a la raza humana.

 

Artículo 56

- suprimido -

Artículo 57

La dirección de las fuerzas de seguridad será bajo la efectiva dirección del ministro del interior, responsabilizándose ante el gobierno y las cortes disciplinariamente.

 

Artículo 58

El canciller del estado es el jefe de las fuerzas armadas nacionales.

 

Artículo 59

Una ley organizará el régimen de protección personal y privado, queda abolida la obtención de armamento personal a los ciudadanos.

 

Artículo 60

Irak promoverá acuerdos de paz y desarmamiento con los países vecinos para garantizar su soberanía y paz fronteriza bajo la supervisión de la organización de las naciones unidas.

 

 

 

Capitulo Cuarto

De legislar

Artículo  61(de la iniciativa legislativa)

1.           el gobierno por sus necesidades, podrá elaborar proyectos de leyes o leyes orgánicas en el consejo de ministros, así aprobándolas por el consejo de cancilleres con calificación ordinaria, así podrá presentarlas al congreso de los diputados como propuesta de proyecto ley.

2.           una comisión compuesta por cincuenta diputados o senadores podrá iniciar la tramitación de una ley, así solicitando al presidente del congreso de los diputados aquella iniciativa.

3.           una región autónoma podrá solicitar al congreso de los diputados una propuesta de ley.

4.           un sindicato apoyado por cien mil ciudadanos, podrá proponer al congreso una propuesta de ley.

5.           un colegio profesional, podrá proponer al congreso una propuesta de ley que le afecta profesionalmente.

 

Artículo 62

1.           El presidente del congreso de los diputados, previo informe de la comisión constitucional, tramitará dentro del plazo de un mes a la recepción de la propuesta legislativa, remitiendo esta al consejo del estado interesado su informe.

El consejo del estado, dentro del plazo de siete días, remitirá al congreso su informe sobre aquel proyecto.

2.           El presidente del congreso, dentro de quince días, convocará una sesión informal primaria para la deliberación en los proyectos presentados, remetidos con el informe del consejo del estado.

3.           El presidente del congreso de los diputados convocará sesión de votación primaria para el proyecto dentro de un mes después de la sesión de la deliberación primaria.

4.           El presidente convocará una sesión de votación definida, dentro de los quince días a la sesión de votación primaria.

5.           El presidente del congreso de los diputados remitirá los proyectos aprobados con mayoría calificada o absoluta según su orden al senado dentro de quince días a su aprobación.

 

 

Artículo 63

1 previo informe de la comisión constitucional del senado, el presidente remitirá el proyecto legislativo al consejo superior del poder Judicial, interesado su informe sobre el proyecto dentro de quince días a su recepción.

2 el consejo superior del poder judicial remitirá su informe al senado sobre el proyecto dentro de los siete días siguientes a su recepción.

3 el presidente del senado, convocará una sesión de deliberación primaria dentro de los quince días a la recepción del informe del consejo general del poder judicial.

4 el presidente del senado, dentro de siete días a la sesión de deliberación primaria remitirá el proyecto a la academia nacional Iraquí de la Lengua interesado su comprobación lingüística con la técnica legislativa. La academia remitirá su informe dentro de quince días a la recepción de este al senado.

5 el presidente remitirá el proyecto a la Academia nacional Iraquí de Jurisprudencia y legislación interesado la comprobación del texto legal, el espirito legislativo, la seguridad jurídica de su interpretación técnica, claridad escueta como dispone el artículo primero de la constitución, la cual deberá ser remitida al congreso dentro de veinte días a su recepción.

6 el presidente convocará sesión de votación primaria dentro de treinta días a la recepción del texto de la Academia nacional de Jurisprudencia y legislación.

7 el presidente convocará la sesión de votación definida dentro de una semana a la sesión primaria.

8 el presidente del senado remitirá al canciller del estado el texto legislativo aprobado interesado su promulgación por este como ley.

 

Artículo 64

1.                      el canciller del estado solicitará al consejo del estado, dentro de siete días, su informe sobre el texto y posible inconstitucionalidad procesal legislativa de la ley dentro del mecanismo legislativo tasado por la constitución, así promulgándolo dentro de diez días a la recepción del informe favorable del consejo del estado. En caso de informe desfavorable, el canciller devolverá el proyecto íntegramente al senado motivado aquel fallo interesado su subsanación.

2.                      las leyes se publicarán el día siguiente a su promulgación por el canciller del estado, y entraran en vigor a los veinte días de su publicación en la actualidad iraquí, salvo se establece lo contrario como periodo superior.

 

Artículo 65

1.                      El ordenamiento jurídico en Irak se compone por leyes ordinarias y orgánicas.

2.                      las leyes orgánicas son aquellas que se tratan de organizar los principios constitucionales organizados por el capitulo segundo del libro primero de la constitución, será necesaria para su aprobación la mayoría calificada por tres cuartas partes de cada una de las cámaras.

3.                      las leyes ordinarias, son aquellas que no retocan los principios constitucionales organizados por el apartado anterior, para cuya aprobación será necesaria la mayoría ordinaria de 51% de cada cámara.

4.                      una ley orgánica, organizará la modalidad legislativa urgente, aquella sólo podrá abreviar los plazos, sin retocar el mecanismo legislativo constitucional.

 

Artículo 66

El gobierno podrá aprobar por el consejo de ministros decretos ley llevando a cabo su aprobación cualificada en el consejo de cancilleres, el voto del canciller del estado representa dos votos en este caso. La potestad reglamentaria corresponde al gobierno.

 

 

 

 

Capitulo Quinto

De la Reforma Constitucional

Artículo 67

· Podrá tramitarse la reforma constitucional, por lo intereses generales y la necesidad social, sin que afecta la reforma constitucional los principios constitucionales consagrados en el capitulo segundo del libro primero de la constitución, ni aquellos conceptos que restringen derecho o competencias del estado ni las autonomías.

· La reforma constitucional no podrá ser tramitada en los últimos seis meses de la legislatura de la cámara de los diputados.

 

Artículo 68

· La iniciativa de la reforma corresponde al gobierno, una región autónoma, trescientos diputados, cincuenta senadores según los reglamentos vigentes de cada una.

· Al presentar el proyecto de la reforma por el gobierno deberá ser aprobado por tres votos en el consejo de cancilleres.

· Al presentarse el proyecto de la reforma por una región autónoma deberá ser apoyado por quince senadores.

 

Artículo 69

1.                      el presidente del congreso de los diputados dentro de dos meses tramitará el proyecto de la reforma ante la comisión constitucional, informando al pleno del congreso.

2.                      el presidente remitirá el proyecto al consejo del estado interesado su informe dentro del plazo mencionado en el párrafo anterior.

3.                      el consejo del estado remitirá su informe dentro de un mes al congreso de los diputados.

4.                      el presidente del congreso remitirá el proyecto de reforma al consejo superior del poder judicial, interesado su informe dentro de quince días a su recepción por el consejo del estado.

5.                      el consejo superior del poder judicial remitirá su informe al congreso de los diputados dentro de quince días a su recepción.

6.                      el presidente del congreso de los diputados, convocará una sesión de deliberación primaria dentro de quince días a la recepción del informe del consejo superior del poder judicial.

7.                      el presidente convocará una sesión de votación primaria al proyecto dentro de quince días a la sesión de deliberación.

8.                      el presidente convocará una sesión de votación definitiva al proyecto dentro de quince días a la votación primaria.

9.                      una vez aprobado el proyecto por mayoría absoluta de cuatro quintas de los miembros del congreso de los diputados, se remitirá el proyecto dentro de siete días al Senado. Al no ser aprobado el proyecto por dicha mayoría se devolverá a la parte actuante y no podrá ser promovido en los próximos cinco años.

 

Artículo 70

1.                      El presidente del senado, convocará una sesión de deliberación primaria dentro de quince días a la recepción del proyecto de reforma constitucional.

2.                      Previo informe de la comisión constitucional del senado, el presidente remitirá el proyecto al tribunal constitucional, el fiscal general del estado y la academia nacional de jurisprudencia y legislación, conjuntamente interesado sus informes sobre el proyecto de reforma dentro de un plazo común de un mes.

3.                      el presidente del senado convocará una sesión de deliberación segundaria dentro de los quince días a la recepción de los informes.

4.                      el presidente fijara un plazo dentro de un mes para la votación primaria al proyecto de reforma.

5.                      el presidente convocará la sesión de votación definida al proyecto dentro del mes siguiente a la votación primaría.

6.                      al ser aprobado el proyecto por mayoría de cincuenta y cuatro senadores el presidente remitirá el proyecto al consejo de cancilleres interesado en convocar nuevas elecciones y la disolución de las cámaras. Al no ser aprobado el proyecto con aquella mayoría, el presidente devolverá el proyecto a la parte actora con todos las actuaciones, en este caso no podrá ser promovida la reforma hasta transcurrir cinco años.

 

Artículo 71

· El consejo de cancilleres, dentro del mes siguiente a la recepción del proyecto del senado, dictará la convocatoria de nuevas elecciones generales y la disolución del consejo de cancilleres. Así creando una comisión presidencial transitoria que llevara a cabo la función urgente del consejo de cancilleres durante el periodo de elecciones para la reforma constitucional, dentro de un plazo máximo de tres meses.

· El parlamento seguirá en función hasta el traspaso de competencias al nuevo parlamento elegido.

· La comisión presidencial transitoria será compuesta por dos miembros del parlamento uno por cada cámara elegido entre sus miembros, uno por el consejo superior del poder judicial, uno por el consejo del estado, y otro por el consejo de cancilleres; así desempeñara la responsabilidad directiva del país durante el proceso electoral el cual será vigilado por el mismo.

 

Artículo 72

Una vez elegido el nuevo parlamento, y creado de nuevo el orden institucional del estado, se disolverá la comisión presidencial transitoria dentro de los quince días al hacerse públicos los resultados electorales, entregando su cargo al nuevo consejo de cancilleres elegido según lo dispuesto en la constitución.

 

Artículo 73

1.                      El presidente del congreso de los diputados convocará una sesión de deliberación primaria al proyecto de reforma dentro de los dos meses siguientes a la nueva composición de este, para la deliberación sobre el proyecto de reforma constitucional debatido.

2.                      Dentro de los quince días siguientes a la sesión de deliberación, el presidente convocará una sesión de votación primaria al proyecto.

3.                      Dentro de un mes a la sesión de votación primaria, el presidente convocará la sesión de votación definida al proyecto de reforma constitucional.

4.                      Una vez aprobado el proyecto por mayoría de siete décimas del pleno del congreso de los diputados, el presidente remitirá el proyecto al senado. Al no ser aprobado con dicha mayoría el presidente devolverá el proyecto a la parte actora, este no podrá ser tramitado de nuevo hasta transcurrir veinte años al mismo.

 

Artículo 74

1.                      el presidente del senado convocará una sesión de deliberación primaría al proyecto recibido por congreso de los diputados, dentro de un mes a su recepción.

2.                      el presidente convocará una sesión de deliberación segundaria al proyecto en los quince días siguientes a la sesión primaria.

3.                      el presidente convocará la votación primaria dentro de quince días a la deliberación segundaria.

4.                      el presidente convocará la votación definida dentro del mes siguiente a la votación primaria.

5.                      al ser aprobado el proyecto de reforma constitucional con mayoría de cuarenta senadores el presidente lo remitirá al consejo de cancilleres interesado su promulgación. Al no ser aprobado con dicha mayoría, el presidente lo remitirá con todas las actuaciones a la parte actora, el proyecto no podrá ser tramitado dentro de los veinte años.

 

Artículo 75

El canciller del Estado remitirá el proyecto recibido por el senado al consejo del estado interesado su informe sobre la constitucionalidad del mecanismo de reforma constitucional dentro de quince días a su recepción.

 

Artículo 76

El canciller nacional, previa deliberación con el consejo de cancilleres, y en el nombre de este promulgará el proyecto de Reforma como ley de reforma constitucional, la cual se publicará en la Actualidad Iraquí el día siguiente de su promulgación y entrará en vigor a los treinta días de su publicación.

 

Artículo 77

El proyecto de la reforma constitucional no podrá promoverse en estado de alarma, guerra, excepción o de sitio ni con urgencia.

 

 

 

Capitulo Sexto

De la Guerra, el Estado de sitio, alarma, excepción y la traición nacional

 

Sección primera

De la guerra

 

Artículo 78

Sin perjuicio a lo establecido en el capitulo tercero del presente libro de la constitución, y en caso de inmediato riesgo a la soberanía nacional, previa consulta de la organización de las naciones unidas, Irak podrá declarar la guerra para proteger el territorio nacional.

 

Artículo 79

La declaración de guerra deberá ser promovida por el consejo de cancilleres por mayoría de tres votos y presentada dentro de veinticuatro horas al parlamento en sesión conjunta, adoptada por mayoría de tres partes de sus miembros.

 

Artículo 80

La declaración de guerra deberá incluir los motivos, objetos, medios materiales y humanos que participarán en ella, el consejo de cancilleres podrá llamar al servicio militar obligatorio a todos los iraquíes mayores de edad para la protección a la soberanía nacional y la situación de riesgo.

 

Artículo 81

Con mayoría de cuatro quintas de la sesión conjunta del parlamento se podrá privar los derechos y libertades reconocidos por el capitulo segundo del libro primero de la constitución, salvo los apartados 1, 2, 3, 6, 8, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 22, 23 del artículo octavo de la constitución.

 

Artículo 82

La declaración del estado de guerra no suspenderá el marco de la responsabilidad funcional, objetiva y patrimonial del gobierno y sus agentes frente a los intereses particulares.

 

Artículo 83

Todo daño causado por el estado de guerra a los intereses particulares será indemnizado por el estado.

 

 

Sección Segunda

Estado de sitio, de alarma y de excepción

Artículo 84

El consejo de cancilleres podrá adoptar la situación del estado de sitio, alarma o de la excepción con mayoría de tres votos, así solicitando la autorización al parlamento el cual se lo aprobará con mayoría de tres partes de sus miembros, determinando el termino territorial al que se aplica el estado y su duración.

 

Artículo 85

La declaración del estado de sitio de alarma o de la excepción podrá restringir los derecho y libertades reconocidos por el capitulo segundo del libro primero de la constitución.

 

Artículo 86

La declaración del estado de sitio o de la excepción deberá incluir los motivos de su adopción, duración y medidas de su adopción. La situación del estado de sitio o de la excepción no podrá durar más de veinte días naturales, prorrogables de una vez con los mismos requisitos.

 

Artículo 87

· Declarado el estado de sitio, queda el parlamento en sesión continua, alarmando a situación de permanencia a todas las instituciones constitucionales del estado, y todos los miembros del poder judicial en todo en territorio nacional.

· Declarado el estado de sitio, no podrá procederse la disolución del parlamento, ni otra institución constitucional del estado, el producirse la caducidad del mandato parlamentario se prorrogará automáticamente por tres meses.

· Al ocurrirse el riesgo del estado de sitio, alarma o de la excepción durante la disolución, vacaciones del parlamento, será llamado éste a reunirse de nuevo componiendo parlamento de urgencia por periodo de tres meses.

· La declaración del estado de sitio, alarma o de excepción no suspenderá el marco de la responsabilidad política, patrimonial o funcional del gobierno y los poderes públicos.

 

 

 

Sección Tercera

       De la Traición

Artículo 88

La traición podrá ser exigida al gobierno, los miembros del consejo de cancilleres, los gobiernos regionales.

 

Artículo 89

La traición podrá ser exigida por el fiscal general del estado, promovida por el defensor del pueblo, trescientos diputados, o cincuenta y cuatro senadores.

 

Artículo 90

La traición será examinada por el tribunal de casación, previo dictamen del consejo superior del poder judicial y la ratificación por mayoría absoluta del parlamento en sesión conjunta.

 

Artículo 91

El acusado de la traición será privado de sus derechos políticos por periodo de treinta años y veinte de sus derecho civiles desde hacerse publica la acusación por la actualidad iraquí, no gozará del derecho de la gracia de la republica. La acusación de la traición nacional no consiste en delito político penalmente. Podrá extinguirse el artículo 8.7 de la presente constitución en caso de traición.

 

 

 

 

Libro Cuarto

De la Ciencia y la Educación

Artículo 92

La republica de Irak, y como objetivo popular de la constitución, se fundamenta al fomento de la ciencia y la investigación.

 

Artículo 93

· Las universidades públicas tendrán una dotación económica anual del estado para el fomento de sus labores científico-educativas.

· La universidad de Bagdad, Basra, Mosul y Babilonia serán las cuatro universidades de carácter público- autónomo- estatal.

 

Artículo 94

La constitución crea:

1.                      la academia nacional Iraquí de la lengua, la cual llevará a cabo las labores de protección, investigación y dirección técnica de la lengua Oficial nacional y la colaboración con las regiones autonómica para el fomento de sus lenguas regionales.

2.                      la academia nacional Iraquí de jurisprudencia y legislación, la cual llevará a cabo las labores de investigación científico técnica de la materia.

3.                      la academia nacional Iraquí de las ciencias políticas, sociales y morales.

4.                      la academia nacional Iraquí de villas artes.

 

Artículo 95

La constitución garantiza a todos los ciudadanos el derecho a la consignación de títulos académicos hasta el máximo grado gratuitamente. Y con dotación económica por condiciones de meritos y capacidad.

 

 

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Disposiciones Transitorias:

 

Primera;

Corresponde al gobierno dentro de un plazo de seis meses adoptar las medidas necesarias para la creación del consejo del estado, el consejo superior del poder judicial según los criterios constitucionales.

 

Segunda;

Dentro del plazo de dieciocho meses corresponde al gobierno la elaboración de los estatutos de autonomía regional.

 

Tercera;

· corresponde al gobierno, dentro del plazo de tres años acomodar la legislación civil, penal y laboral a la presente constitución.

· Será de aplicación mientras tanto la normativa constitucional vigente cundo se contradiga con las normas menores.

 

Cuarta;

Corresponde al gobierno aprobar un proyecto de ley del régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, según lo dispuesto por la constitución, dentro del plazo de dos años y medio.

 

Quinta;

Al gobierno, dentro de un plazo de cuatro años de la entrada en vigor de la presente constitución, elaborar el ambiente necesario, conjuntamente con el consejo superior del poder judicial para la creación de la jurisdicción contencioso administrativa según dispone la constitución.

 

Sexta;

El gobierno elaborará dentro de ocho meses de la entrada en vigor de la presente constitución el proyecto ley de la fiscalía general del estado, según los criterios constitucionales.

 

Séptima;

· Después de la publicación de la presente constitución en la Actualidad Iraquí, se creará una comisión nacional compuesta por siete miembros de las fuerzas políticas nacionales elegidos por el congreso nacional revolucionario para la elaboración del proceso electoral dentro de cuatro meses, en esta comisión no podrá haber dos representantes de un mismo partido.

· Una vez celebradas las elecciones se procederá al gobierno transitorio de Irak, por un periodo de dos años, así elaborando las necesidades principales para la vida política democrática, una vez terminado el plazo de los dos años se procederá a la disolución del parlamento para la convocatoria de elecciones democráticas de Irak según dispone la constitución.

· Corresponde al gobierno transitorio presentar la presente constitución a referéndum público con principios de igualdad entre todos los iraquíes, así como lo dispone la constitución dentro del plazo de un año y medio, será entonces ratificada popularmente.

 

Octava;

El gobierno dentro de un año a la entrada en vigor de la presente constitución procederá a la creación del tribunal constitucional, y la elaboración de su ley orgánica dentro de los criterios que establezca la constitución.

 

 

Disposición Final:

Los derechos fundamentales garantizados en la constitución a tenor lo estipulado en el artículo octavo, quedan garantizados ante todos los poderes públicos, corresponde al orden jurisdiccional protegerlos con rapidez, agilidad y preferencia, pudiendo ser reclamados indirectamente ante el tribunal constitucional mediante el recurso de amparo.

 

DISPOSICIÓN ADICIONAL:

  La presente constitución, debido a su origen popular, debe ser ratificada por el conjunto de la nación cada cincuenta años, dicho referéndum debe ser fundado; o bien en la ratificación de la presente o bien en introducir reformas concretas, que deberán ser aprobadas por ley orgánica, el resultado del referéndum de ratificación constitucional periódica deberá resultar por mayoría absoluta de la población para tener efectos, en caso contrario, en plazo de cinco años seguidos, se celebrará nuevo referéndum para fijar los futuros indicios, sobre la misma o la reforma.

 

 


 

§ Doctor en Derecho Político, Universidad de San Pablo CEU, Alumno Posdoctoral e Investigador Universidad Católica de Bruselas- Instituto Europeo de Teoría del derecho, jurista de origen Iraquí, Apdo. de Correos 14795 Madrid 28080- E-mail: sameralnasir@hotmail.com .

 

 


 

 

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