La presentación de solicitudes y la documentación correspondiente, así como la práctica de la totalidad de las notificaciones administrativas, se realizará por vía electrónica. Asimismo, la solicitud se podrá presentar por cualquier otro medio previsto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Plazo: del 17 de julio de 2012 al 25 de enero de 2013
Formalización de solicitudes
El procedimiento de admisión se iniciará a solicitud de la persona interesada con la presentación de la solicitud y un ejemplar de la documentación general requerida.
Solicitud
La solicitud se cumplimentará en el formulario accesible a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Valencia en el apartado correspondiente a “solicitudes estudiantes”
Para acceder a la solicitud telemática, el peticionario se identificará por medio de cualquiera de los sistemas de firma aceptados en la Sede Electrónica de la UV y podrá completar el proceso electrónico de registro de la solicitud acompañante la documentación preceptiva en formato electrónico. (instrucciones)
Concluido el proceso de registro electrónico, se podrá obtener una copia del impreso oficial que incluirá un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma.
De conformidad con lo que prevé el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, si se advirtieran defectos formales o la omisión en la solicitud o en la información que debe acompañarla, se comunicará al solicitante que dispondrá de 10 días hábiles la subsanación, haciéndose constar que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose la misma, previa resolución a este efecto, de acuerdo con el artículo 42.1 de la mencionada Ley. El escrito de requerimiento será enviado por medios telemáticos, dirigido al firmante de la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Todos los procedimientos de comunicación sobre el estado de la tramitación de la solicitud serán realizados en su totalidad por vía electrónica, mediante la Sede Electrónica de la Universitat de València. Los interesados, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, previa identificación con las llaves concertadas para la presentación de la solicitud, podrán consultar el estado de tramitación de los procedimientos administrativos en los que tengan interés legítimo o representación suficiente.
Documentación requerida
La solicitudes deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del NIF (españoles), NIE (residentes en España) o PASAPORTE (extranjeros).
- Certificado correspondiente a los estudios realizados en Másters Oficiales o certificado de estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados, obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o de haber alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.
- En el caso de estudiantes con Título no homologado expedido por una institución de educación superior ajena al EEES, justificante del pago de derechos correspondientes a la obtención de la resolución de acceso favorable del Rector de la Universitat de València. La tramitación de la solicitud de admisión no se iniciará hasta que haya constancia del justificante del pago
- Documentación adicional, si procede, que acredite los requisitos exigidos con carácter específico en el Programa de Doctorado cuya admisión se solicita (inscripción tesis doctoral, conocimientos de idioma...).
