El Desempleo

 

Prestación por Desempleo Renta Activa de Inserción

Subsidio por Desempleo 

Prestación por Desempleo 

Información general de prestaciones por desempleo

Se denomina prestación por desempleo, al abono que el INEM realiza a aquellos trabajadores por cuenta ajena, que han perdido su puesto de trabajo, de forma temporal o definitiva y de manera total o parcial, y que por cumplir una serie de requisitos legales tienen derecho a su percepción.

Beneficiarios de la prestación, entre otros, principalmente:

  • Trabajadores por cuenta ajena incluidos tanto en el Régimen General de la S.S.como en algunos Regímenes Especiales.

Requisitos para obtener la prestación.

  • Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la S.Social.
  • Estar en situación legal de desempleo (por finalización de contrato, expediente de regulación de empleo aprobado, acta de conciliación o resolución judicial firme, extinción por causas objetivas)
  • Haber cotizado un mínimo de 360 dias dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.

Períodos de cotización y duración de la prestación.

En función de cuales han sido los períodos de tiempo cotizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, corresponderá una duración de la prestación, según los siguientes períodos:

  • De 360 a 539 días de cotización, 120 días de prestación.
  • Por cada 180 días más de cotización , 60 días más de prestación.
  • Hasta el máximo de 2160 días de cotización, 720 días de prestación.

Es decir, según esto :

Período de ocupación cotizada en los 6 últimos años

Duración de la prestación

Desde 360 hasta 539 días

120 días

Desde 540 hasta 719 días

180 días

Desde 720 hasta 899 días

240 días

Desde 900 hasta 1.079 días

300 días

Desde 1.080 hasta 1.259 días

360 días

Desde 1.260 hasta 1.439 días

420 días

Desde 1.440 hasta 1.619 días

480 días

Desde 1.620 hasta 1.799 días

540 días

Desde 1.800 hasta 1.979 días

600 días

Desde 1.980 hasta 2.159 días

660 días

Desde 2.160 días en adelante (máximo)

720 días

 

Para determinar el período de tiempo cotizado, deberán tenerse en cuenta el total de las cotizaciones que no se hayan computado para el reconocimiento de un derecho anterior.

Cuando el derecho a la prestación se hubiera extinguido por haber realizado un trabajo superior a 12 meses, se podrá optar entre reabrir el derecho inicial por el tiempo restante o percibir la prestación que corresponda por las nuevas cotizaciones realizadas.

Cuantía de la prestación.

La cuantía de la prestación se determina aplicando a la base reguladora los siguientes porcentajes:

  • el 70 % durante los primeros 180 días.
  • el 60% a partir del día 181 y por el tiempo que reste.

La base reguladora es el resultado de dividir por 180 la suma de las cotizaciones por la contingencia de desempleo, correspondientes a los 180 días anteriores a la fecha en que se produce la situación legal de desempleo.

La prestación a percibir en ningún caso podrá ser inferior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional SMI (incluidas dos pagas anuales) o al 100% cuando el trabajador tenga al menos un hijo a su cargo, y su importe máximo será del:

  • 170 % de la base reguladora, cuando no existan hijos a cargo.
  • hasta el 195%, cuando al menos se tenga un hijo, y
  • 220% cuando el trabajador tenga dos o más hijos a su cargo.

Tramitación:

Para percibir la prestación debe solicitarlo en las dependencias del INEM situadas en la mayoría de los casos en su Centro de Empleo SERVEF que corresponda a su domicilio y presentar los siguientes documentos:

Modelo normalizado de Solicitud de prestación,
(lo facilita la Oficina de Empleo)

Documento acreditativo de la situación legal de desempleo, o de la situación considerada como tal.

Certificado o certificados de las empresas en la que ha trabajado en los últimos 6 meses

Copia de los documentos oficiales de cotización y salario, correspondientes a los 180 últimos días cotizados, en su caso

Documentos de identificación y afiliación.
(D.N.I. y Tarjeta de la Seguridad Social)

Declaración de cargas familiares y rentas, en el modelo normalizado,
( lo facilita la Oficina de Empleo).

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Plazo de Presentación

En el plazo de 15 días hábiles a partir de la situación legal de desempleo.

Pago único de la prestación por desempleo:

Existe la posibilidad de percibir el importe total de la prestación en un pago único, en el caso de que el trabajador, con derecho a percibir la prestación, pretenda constituirse en trabajador autónomo, socio de una Cooperativa de Trabajo Asociado, o en Sociedad Laboral.

Se considerará infracción grave la no entrega por parte del empresario de los documentos necesarios. 

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Subsidio por Desempleo 

Tienen derecho al subsidio por desempleo los trabajadores que se encuentren en cualquiera de las situaciones que a continuación se relacionan:

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Trabajadores que han agotado la prestación contríbutiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares.

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Trabajadores mayores de 45 años que han agotado prestación por desempleo de, al menos, 12 meses y no tuvieran responsabilidades familiares.

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Trabajadores emigrantes retornados.

nivel1.gif (523 bytes) Trabajadores que, al producirse la situación legal de desempleo, no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva.
nivel1.gif (523 bytes) Liberados de prisión
nivel1.gif (523 bytes) Trabajadores que sean declarados plenamente capaces o invalidos parciales como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual.  

Cuantía:
La cuantía varía según situación personal y cargas familiares, aunque con caracter general:

nivel1.gif (523 bytes) Percepción económica del 75 por 100 del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento. excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

nivel1.gif (523 bytes) La Entidad Gestora (INEM o ISM) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y protección a la familia.

Duración: Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.

Requisitos: Los requisitos varían dependiendo de la situación del trabajador, aunque con carácter general:

nivel1.gif (523 bytes) Estar desempleado.

nivel1.gif (523 bytes) No haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, en el plazo de un mes desde la inscripción como demandante de empleo.

nivel1.gif (523 bytes) Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 por 100 del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

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INEM PRESTACIONES

Información general de prestaciones por desempleo (SERVEF)

 

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