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EL MERCADER DE VENECIA
Estipulan las leyes de Venecia
que si llegara a demostrarse que un extranjero
ha atentado de manera directa o indirecta
contra la vida de algún ciudadano,
la persona a la que se ha ofendido
podría apropiarse de la mitad de su fortuna, quedando la
[otra parte
depositada en las arcas del Estado,
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y la vida del ofensor a merced exclusiva del dux,
sin otra posibilidad de apelación,
y ésta es la situación en la que os encontráis,
pues parece de forma manifiesta
que, también directa e indirectamente,
habéis conspirado contra la propia vida
del acusado, y habéis incurrido
en el delito a que me refería. Arrodillaos
e implorad pues perdón al dux.
GRATIANO.
Sí, implorad, para que deje que vos mismo os ahorquéis,
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aunque con todas vuestras riquezas confiscadas
por el Estado, ni para la soga os quedan ya dineros.
Por cuenta del Estado, pues, se os tendrá que colgar.
Dux.
Para que puedas ver cuánto difiere tu conciencia de la
nuestra,
la vida te perdono antes que me lo pidas.
En cuanto a tus bienes, la mitad ha de ser para Antonio,
y la otra mitad, para el Estado,
aunque a simple multa se reduciría si contáramos con tu
humildad.
PORTIA.
Que así sea en lo que al Estado se refiere, pero no por lo
[que respecta a Antonio.
SHYLOCK.
Quitadme la vida y todo lo demás: no deseo el perdón.
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Tomad mi casa si tomáis los cimientos
que a mi casa soportan. Tomad también mi vida
si habéis de robarme los medios para vivirla.
PORTIA.
¿No podríais mostrar vuestra misericordia de algún modo
Antonio?
GRATIANO.
Con una soga gratis ¡ Voto a Dios ! ¡ Baste eso!

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