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              |   | Marco Normativo 
                  
                  
                   
                    El control del material particulado atmosférico 
                      (PM) en España se realizaba hasta Julio de 2001 mediante 
                      las medidas de humos negros (HN) y partículas en 
                      suspensión totales o PST (Reales Decretos 1613/1985 
                      y 1321/1992, BOE nº 219 y 289 de 12/9/85 y 2/12/92 
                      respectivamente, incorporación de las Directivas 
                      80/779/CEE y 89/427/CEE a la legislación española).
                  
                    Sin embargo, desde esta fecha se encuentra en vigor la 
                      directiva europea 1999/30/CE (que emana de la Directiva 
                      96/62/CE del Consejo, de 27 de septiembre de 1996), traspuesta 
                      a la legislación española por el Real Decreto 
                      1073/2002. Entre los principales objetivos de esta directiva 
                      figura establecer nuevos estándares de calidad del 
                      aire para el material particulado.
 En España la nueva legislación conlleva un 
                      cambio en el parámetro a medir, pasando de los HN 
                      y PST al PM10, así como una mayor restricción 
                      en los valores limites permitidos. Junto a los nuevos parámetros 
                      y niveles límite, la Comisión Europea ha propuesto 
                      planes de reducción en las emisiones de partículas 
                      así como de sus precursores gaseosos. Medidas similares 
                      han sido adoptadas en Estados Unidos a raíz de los 
                      estudios realizados por la US-EPA (Smith y Sloos, 1998). 
                      Dado que los estudios epidemiológicos apuntan a que 
                      los efectos perjudiciales de PM10 se encuentran principalmente 
                      localizados en la fracción de partículas finas 
                      (<2.5 µm), determinados países han comenzado 
                      ya a medir PM2.5 en sus redes de vigilancia de la calidad 
                      del aire (por ejemplo, Australia, Canadá o EEUU).
  
                    La nueva normativa es considerablemente más restrictiva 
                      que la anteriormente vigente. En primer lugar, el cambio 
                      del parámetro de medida supone un mayor grado de 
                      control, concretamente de las emisiones de tipo antropogénico, 
                      ya que las partículas en suspensión totales 
                      (PST) cuentan con una importante fracción natural 
                      que se reduce en PM10.
 Asimismo, la disminución de los niveles límite 
                      anual y diario es drástica: de una media de 150 µgPST/m3 
                      anuales y 300 µgPST/m3 diarios en 2001, a 40 µgPM10/m3 
                      anuales en 2005 y 20 µgPM10/m3 anuales en 2010, con 
                      un valor límite diario de 50 µgPM10/m3. El 
                      grado de cumplimiento de los valores límite (diario 
                      y anual) establecidos por la directiva 1999/30/CE puede 
                      estar sujeto en ciertas regiones europeas a la influencia 
                      de determinados fenómenos naturales. La directiva 
                      considera esta particularidad en su artículo 2.15, 
                      donde se define fenómeno natural como “las 
                      erupciones volcánicas, las actividades sísmicas, 
                      actividades geotérmicas, o los incendios de zonas 
                      silvestres, los fuertes vientos o la resuspensión 
                      atmosférica o el transporte de partículas 
                      naturales procedentes de regiones áridas”.
  
                    En lo referente al incumplimiento del valor límite 
                      diario establecido durante periodos bajo la influencia de 
                      los citados fenómenos naturales, el apartado 5.4 
                      de la Norma especifica: “cuando se superen los valores 
                      límite de PM10 a que se refiere la sección 
                      I del anexo III debido a concentraciones de PM10 en el aire 
                      ambiente producidas por fenómenos naturales, que 
                      supongan concentraciones considerablemente superiores a 
                      los niveles de fondo procedentes de fuentes naturales, los 
                      Estados miembros informarán de ello a la Comisión 
                      de conformidad con el apartado 1 del artículo 11 
                      de la Directiva 96/62/CE y facilitarán la justificación 
                      necesaria para demostrar que dichos rebasamientos se deben 
                      a fenómenos naturales. En estos casos, los Estados 
                      miembros tendrán la obligación de ejecutar 
                      planes de actuación con arreglo al apartado 3 del 
                      artículo 8 de la Directiva 96/62/CE sólo cuando 
                      se rebasen los valores límite a que se refiere la 
                      sección I del anexo III por causas que no sean tales 
                      fenómenos naturales”.
 Por tanto la investigación en este campo tiene una 
                      gran importancia para la adecuada implementación 
                      de las directivas de calidad del aire. En el caso de España, 
                      el fenómeno natural que con mayor frecuencia incide 
                      sobre los niveles de aerosoles atmosféricos es el 
                      transporte de partículas de origen africano (saharian 
                      dust), por medio de la intrusión de masas de aire 
                      procedentes del Norte de África. Otro fenómeno 
                      natural con influencia en los niveles de material particulado 
                      en España es la resuspensión de partículas 
                      minerales a escala local en zonas semi-áridas. Sin 
                      embargo, la identificación de las superaciones del 
                      valor límite diario debidas a esta causa es mucho 
                      más compleja, y en ella se precisa la colaboración 
                      entre especialistas en distintos campos.
 
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