|
 |
Publicaciones.
 |
Código de Jurisdição
Administrativa
Ricardo Perlingeiro Mendes
da Silva
+ INFO
A importância do presente livro
reside em diversas razões;
contém a tradução do Código
Alemão de Jurisdição
Administrativa (VwGO) para a
língua portuguesa, bem como uma
apresentação da jurisdição alemã,
sua formação e colaboração para
o direito europeu. É, ainda,
fruto da cooperação que durante
anos teve lugar entre cientistas
brasileiros e alemães, bem como
entre estudiosos das Ciências da
Administração Pública em geral e
da jurisdição administrativa em
particular; um diálogo ativo,
iniciado e fomentado pela
Universidade Federal Fluminense,
pela Universidade de Ciências da
Administração Pública de Speyer
e pela Universidade de Erfurt.
Com efeito, embora as referidas
instituições sejam importantes
no ámbito organizacional, foi
graças ao envolvimento direto de
algumas pessoas que esse diálogo
se tornou viável e enriquecido,
cabendo destacar, especialmente,
o Prof. Perlingeiro, da
Universidade Federal Fluminense,
em Niterói, o Prof. Sommermann,
da Universidade das Ciências da
Administração Pública de Speyer,
e o Prof. Blanke, da
Universidade de Erfurt, cuja
iniciativa e esforço
viabilizaram o intercâmbio de
idéias que resultou neste livro.
Não obstante, o diálogo alemão-brasileiro
aqui esboçado possui uma
importância que vai muito além
desta obra; trata-se de um
projeto de construir
normas/modelos que, frente ao
fenômeno da globalização, possam
valer como best practice para a
Administração Pública de um
Estado de Direito e para a
tutela jurisdicional do cidadão
em face do Estado. E,
considerando um diálogo bem
sucedido como aquele
caracterizado pelo proveito
intelectual que seus
participantes obtêm, sou grato
por ter sido incluído nessa
discussão periodicamente.
É fato que o sistema jurídico
alemão, de um modo geral,
funciona satisfatoriamente (embora
somente na Alemanha). Todavia,
uma transferência pouco
refletida desse sistema para
outros países e culturas seria
inviável, razão pela qual,
busca-se elaborar normas de
qualidade, considerando as
características culturais e
históricas que, num passo
seguinte, podem ser
diferenciadas para cada país.
Nós, europeus, tivemos a
oportunidade de acumular
experiências especiais, pois os
sistemas de direito dos países
membros da União Européia foram
(e continuam sendo) bem
diferentes. Não há quem deseje
uma igualdade total, sendo
necessária uma base comum que
seja aceita por todos, e essa
base pode ser resumida na
maneira como um litígio entre o
Estado e o cidadão deve ser
resolvido num processo justo.
A tutela judicial administrativa
é um tema sensível, pois envolve
o litígio entre o Estado e o
cidadão, em uma relação de
forças que parece ser muito
desigual, uma vez que, frente ao
poderoso Estado está um simples
indivíduo.
Nesse caso, para que o processo
seja bem sucedido, é mister que
a lide seja resolvida frente a
uma corte realmente independente
e que exista paridade de armas
entre as partes. Isso se torna
claro quando fazemos uma
analogía esportiva: se um time
de futebol com melhor
condicionamento físico e
psíquico ainda levasse vantagem
pelas regras do jogo e fosse
beneficiado pelo juiz, ninguém
iria chamar isso de um jogo
justo, mas de manipulação.
Nesse panorama, foram
desenvolvidos, na Europa, com a
colaboração das
ciências administrativas e da
prática judicial da Corte
Européia de Direitos Humanos, em
Estrasburgo, e do Tribunal de
Justiça da União Européia, em
Luxemburgo, os seguintes
princípios, que devem ser
cumpridos como acquis
communautaire de todos os
países-membro e candidatos à
União Européia:
- Tutela judicial abrangente:
cada ato ou omissão de ato do
Poder Executivo que possa ferir
direitos ou interesses dos
cidadãos é
passível de controle por um
tribunal independente.
- Tutela judicial efetiva: o
tribunal deve decidir sobre o
litígio em um período de tempo
razoável.
- Tutela judicial cautelar: deve
ser garantido um processo
urgente quando necessário à
garantia do direito.
- Os fatos e as questões
jurídicas serão verificadas/comprovadas,
no mínimo, por uma primeira
instância, e o tribunal deverá
averiguar, de ofício, os fatos
relevantes para a decisão (regra
da Amtsermittlung);
- O tribunal deve considerar, na
decisão, somente os fatos acerca
dos quais as partes puderam se
pronunciar (direito de ser
ouvido).
- O tribunal, a princípio,
somente decide depois de uma
audiência oral e aberta ao
público.
- Uma decisão contra o Poder
Executivo deve ter a
possibilidade/oportunidade de
execução eficiente.
- O Poder Executivo atua
discricionariamente e o tribunal
verifica se os limites legais da
discricionariedade estão sendo
cumpridos.
Como conclusão do mencionado
diálogo brasileiro-alemão,
verifica-se que os referidos
princípios são o senso comum
também no Brasil e no territorio
sul-americano, reforçando,
portanto, a esperança de que no
futuro esse diálogo fértil
resulte na criação/elaboração de
um direito processual
administrativo para esse
continente.
Berlim,
Dr. h.c. Eckart Hien
Ex-Presidente do Supremo
Tribunal Federal Administrativo
|
 |
LA PRUEBA EN EL PROCESO CIVIL
José
Bonet Navarro
Difusión
Jurídica
El tema de la
prueba es uno de los clásicos
del Derecho Procesal y, sobre
todo, tiene gran trascendencia
práctica puesto que el éxito de
las pretensiones de las partes
dependerá generalmente de la
acreditación de los hechos en
los que se fundan sus
pretensiones.
En el presente
trabajo se ofrece una visión de
conjunto de los aspectos
generales de la prueba conforme
a su regulación en la LEC 1/2000
(principalmente arts. 217, 281 a
298, 429.1.II y 435). Se
reflexiona sobre algunas
cuestiones fundamentales y se
incide especialmente en los
principales problemas de
aplicación de la regulación
general probatoria, con ánimo de
contribuir a enriquecer en
alguna medida el debate
científico con aportes en la
resolución de algunos problemas
de aplicación práctica. Tras la
consulta de un copioso material
bibliográfico y jurisprudencial,
se realiza una somera referencia
a aspectos conceptuales y
dogmáticos, con especial
atención a los poderes
judiciales en
relación con la prueba y se
estudia el objeto de la misma. A
continuación se resaltan los
aspectos más relevantes del
procedimiento, sobre todo
poniendo en evidencia las
dificultades que presenta el
encaje de la regulación en el
contexto de un juicio verbal
exento de previsiones
específicas. Asimismo, en sede
de valoración, se crítica el
abuso jurisprudencial de la
valoración conjunta de la prueba
y se formulan consideraciones
sobre el control a través de los
recursos. El trabajo concluye
con un capítulo acerca de la
regulación relativa a la
anticipación y aseguramiento de
la prueba" |
 |
SANCIONES A ABOGADOS Y
PROCURADORES CON OCASIÓN DE SU
ACTUACIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA.
Ricardo Juan
Sánchez
Editorial
Tirant lo Blanch
En el caso de su actuación ante
los Tribunales de Justicia los
Abogados y Procuradores siempre
han estado sujetos al régimen
sancionador previsto en la LOPJ.
Actualmente además pesa sobre
ellos la posibilidad de incurrir
en prácticas que los Tribunales
consideren contrarias a la buena
fe procesal. En este libro se
clasifican las sanciones a que
se exponen éstos profesiones, se
contrastan sus regímenes, se
conviene que no existen
diferencias entre ellas y que
además son compatibles, en su
caso, con la responsabilidad
disciplinaria colegial. Además
se presta especial atención a su
naturaleza jurídica y el régimen
de impugnaciones de las mismas
con vistas a rebatir los
criterios de la jurisprudencia,
que no tiene presentes los
cambios legislativos
introducidos en esta materia.
Comprar |
 |
GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA.
Joaquín Ivars
Ruiz
Editorial
Tirant lo Blanch
2008
El
tiempo pasa muy deprisa y los
pronunciamientos y la doctrina
se suceden rápidamente. Con
estilo ágil y claro el autor
realiza un estudio detallado
sobre la custodia compartida y
los problemas jurídicos que la
cercan, coleccionando las voces
más autorizadas y las
resoluciones más representativas
sobre esta institución.
Ofreciendo la mejor perspectiva
y analizando críticamente la
materia desde su vertiente
procesal y sustantiva, sirviendo
de instrumento útil y atrayente
para todos aquellos que se
enfrenten a tan moderno debate.
Comprar |
 |
LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
Joaquín
Ivars Ruiz y
Rafael
Manzana
Laguarda
Editorial
Tirnat lo
Blanch
El derecho
disciplinario
es un
instrumento
coercitivo y
de control
en manos de
la
Administración
frente a
conductas
ajenas a los
principios
rectores de
la función
pública, o
vulneradoras
de los
derechos
ciudadanos;
pero,
constituye
también un
conjunto de
trámites
garantistas
para el
propio
empleado
público, al
marcar los
límites de
la actividad
sancionadora
de la
Administración.
Nos hallamos
ante una
obra de
marcada
orientación
práctica, en
la que se
abordan, con
las
modificaciones
introducidas
por el
Estatuto
Básico del
Empleado
Público,
todas las
perspectivas
de la
responsabilidad
disciplinaria
funcionarial,
tanto desde
el punto de
vista
material,
analizando
las
distintas
infracciones
y sanciones,
como en sus
aspectos
procedi-mentales,
abordando
cada una de
las fases y
trámites del
expediente
disciplinario,
con amplio
aporte
doctrinal y
jurisprudencial. |

|
LA
OPOSICIÓN A
LA EJECUCIÓN
Y LA
IMPUGNACIÓN
DE ACTOS
EJECUTIVOS
CONCRETOS
José Martín
Pastor
Editorial La
Ley
I. Contenido
de la obra
El proceso de ejecución
constituye una unidad compleja en la que tienen cabida
actuaciones procesales de distinta naturaleza y eficacia. El
legislador ha previsto la circunstancia de que el proceso de
ejecución en su conjunto o alguna actividad ejecutiva
concreta puedan realizarse ilícitamente o infringiendo la
ley o el propio título ejecutivo, y ha configurado
diferentes instrumentos para que el órgano jurisdiccional o
el sujeto perjudicado o gravado puedan reaccionar contra las
ilicitudes y las infracciones que se produzcan en la
ejecución forzosa.
En el Capítulo IV del
Título III del Libro III
¾dedicado
a la oposición a la ejecución y a la impugnación de actos de
ejecución contrarios a la ley o al título ejecutivo el
legislador ha concretado determinados motivos o causas de
oposición y de impugnación, y ha establecido diversos cauces
procesales para que las partes de la ejecución puedan alegar
o denunciar la concurrencia de dichos motivos o causas que,
de ser estimados, determinarán la ilicitud de la ejecución
en su conjunto o de una actividad ejecutiva concreta.
La correlación entre los
motivos o las causas de oposición y de impugnación y los
instrumentos procesales descritos es la siguiente:
a) La ausencia de los
requisitos y de los presupuestos procesales del proceso de
ejecución
¾a
excepción de los relativos a la falta de jurisdicción y de
competencia que se deben denunciar por medio de la
declinatoria¾
puede hacerla valer el ejecutado a través del incidente de
oposición por defectos procesales (art. 559 LEC).
b) La inexistencia o la
no subsistencia del derecho y del correspondiente deber de
prestación que consta en el título ejecutivo podrá ser
denunciada por medio del incidente de oposición a la
ejecución por motivos de fondo, siempre que se invoque
alguno de los motivos de oposición taxativamente previstos
por la ley (arts. 556 a 558, 560 y 561 LEC). De esta forma,
no todo hecho o acto que fundamente la ausencia del deber de
prestación que consta en el título ejecutivo va a poder ser
alegado en el propio proceso de ejecución, sino solamente
aquéllos que se puedan subsumir en los motivos legalmente
tasados.
Ahora bien, cuando la
defensa jurídica del ejecutado esté fundada en hechos y
actos no comprendidos en las causas de oposición a la
ejecución, la eficacia jurídica de estos hechos o actos
podrá hacerse valer en el proceso declarativo que
corresponda (art. 564 LEC).
En definitiva, la ley
reserva la denominación de oposición a la ejecución a los
casos en que ésta se hace valer en un incidente para el que
es competente el mismo tribunal de la ejecución,
procedimentalmente vinculado a ésta y que puede afectar al
desarrollo de la misma (arts. 556 a 558 y 560 a 561 LEC). No
obstante, también considera la posibilidad de que el
ejecutado pueda defenderse en un proceso declarativo
procedimentalmente no vinculado a la ejecución (art. 564 LEC).
c) La infracción de las
normas procesales que regulan los actos concretos del
proceso de ejecución puede ser puesta de manifiesto por
cualquiera de las partes mediante los recursos de reposición
y de apelación
¾si
éste está legalmente previsto¾,
o por escrito dirigido al órgano jurisdiccional cuando no
haya resolución expresa frente a la que recurrir. Cuando la
infracción implique nulidad de actuaciones se estará a lo
dispuesto por los arts. 225 y ss. LEC (art. 562 de la misma
norma).
d) La infracción del
título ejecutivo puede ser controlada por la parte
perjudicada mediante los recursos de reposición y de
apelación (art. 563 LEC).
De lo expuesto, y
siguiendo la propia sistemática legal, se puede deducir que
el legislador, por una parte, ha configurado una oposición a
la ejecución considerada en su conjunto, ya sea por motivos
procesales ya sea por motivos de fondo, y, por otra parte,
ha regulado la impugnación de actos ejecutivos concretos,
bien por ser contrarios a la ley bien por ser contrarios al
título ejecutivo.
Para finalizar, el último capítulo está
dedicado a la incidencia sobre
la ejecución del proceso de rescisión y revisión de la
sentencia o del laudo arbitral firme, de otros medios de
impugnación de la cosa juzgada, del proceso de anulación del
laudo arbitral, del proceso concursal y del proceso penal
prejudicial, ya que pueden provocar
la suspensión de dicha
ejecución
El motivo de referirse a
la suspensión de la ejecución (arts. 566 a 569 LEC) en una
obra dedicada a la oposición a la ejecución y a la
impugnación de actuaciones ejecutivas concretas, se debe a
que el legislador, al regular la suspensión de la ejecución,
está atendiendo al aspecto más externo del fenómeno -la
eficacia suspensiva sobre la ejecución-, cuando en realidad
esa suspensión de la ejecución es o puede ser la primera
consecuencia de determinados procesos que pueden dar lugar
al sobreseimiento de la misma, al privar de eficacia al
título ejecutivo.
II.
Interés de la obra
Al realizar los
comentarios a los arts. 556 a 570 LEC de la obra Proceso
Civil Práctico, de la Editorial La Ley, y las sucesivas
actualizaciones de los mismos me di cuenta del interés
científico y, especialmente, práctico de la materia en
cuestión -como lo demuestra la cantidad y la riqueza de
la jurisprudencia elaborada para dar respuesta a los
múltiples problemas que se plantean-, razón por la cual
decidí tratarla monográficamente.
Dichos problemas
prácticos en muchas ocasiones son resueltos
contradictoriamente por la llamada jurisprudencia menor, a
falta de mecanismos de unificación jurisprudencial, ya que
contra las resoluciones dictadas en el proceso de ejecución
no caben los recursos de casación y extraordinario por
infracción procesal.
De estos problemas
prácticos cabe señalar, a título de ejemplo, la
admisibilidad o no de la alegación de pluspetición y de
compensación en la ejecución fundada en títulos ejecutivos
judiciales o arbitrales; la eficacia de cosa juzgada o no
del auto que resuelve la oposición por motivos de fondo; la
posibilidad de recurrir o no en apelación contra el auto que
resuelve la oposición por defectos procesales; la
contradictoria interpretación jurisprudencial sobre la
posibilidad de impugnar actos de ejecución contrarios a la
ley “mediante el recurso de apelación en los casos en que
expresamente se prevea en esta Ley”; la posibilidad de
impugnar o no actos de ejecución contrarios al título
ejecutivo acordados en el propio auto de despacho de
ejecución; la determinación de los hechos en que se puede
fundar la defensa del ejecutado articulada en un proceso
declarativo separado de la ejecución; etc.
La obra recoge el estudio
de la doctrina científica publicada sobre la materia y un
análisis detallado y exhaustivo de más de 900 resoluciones
jurisprudenciales pronunciadas durante estos cinco primeros
años de vigencia de la LEC.
A la vista de los
resultados y del cuidado con el que la he realizado creo que
se puede convertir en una obra de referencia sobre la
materia y de evidente utilidad práctica para los operadores
del Derecho. |

|
EL
MINISTERIO
FISCAL COMO
DIRECTOR DE
LA
INVESTIGACIÓN
OFICIAL EN
EL PROCESO
PENAL
José Martín
Pastor
Publicaciones
del Real
Colegio de
España
I. Contenido
de la obra
Con espíritu
crítico y
con la mayor
objetividad
posible en
esta
aportación
se ha
estudiado el
tema de “El
Ministerio
Fiscal como
director de
la
investigación
oficial en
el proceso
penal”,
sabiendo que
se trata de
una cuestión
compleja,
pues implica
la
superación
de nuestro
actual
modelo de
Juez
instructor,
y polémica,
como se
deduce de
las
enfrentadas
posturas que
se pueden
encontrar
sobre la
misma en la
doctrina.
Esta aportación se estructura en los
siguientes capítulos:
1º) De un procedimiento preliminar
exclusivamente judicial a la posibilidad de un procedimiento
preliminar del Ministerio Fiscal.
2º) La investigación penal por el Ministerio
Fiscal en el Derecho comparado y en el Código Procesal Penal
Modelo para Iberoamérica.
3º) Posibilidad constitucional de que el
Ministerio Fiscal dirija el procedimiento preliminar.
4º) Oportunidad política de que el Ministerio
Fiscal dirija el procedimiento preliminar.
II. Interés de la obra
En gran parte de los estados europeos y
sudamericanos se está consolidando progresivamente una
tendencia legislativa conducente a la configuración del
Ministerio Público como órgano director de la investigación
oficial en el proceso penal. Y de ahí la consideración en
este trabajo de los ordenamientos procesales penales alemán,
italiano, portugués y chileno, no para proponer la
recepción, sin más, de la regulación establecida en esos
ordenamientos jurídicos extranjeros, pues ese debate se debe
efectuar con referencia a un Estado y a un contexto
histórico determinado, sino para conocer cómo se resuelven
en ellos los problemas que plantea el modelo de Fiscal
investigador y analizar críticamente, con posterioridad, si
esas soluciones son admisibles y oportunas en nuestro
ordenamiento.
En nuestro país el año 2000 se introdujo el
modelo de Fiscal investigador en el proceso penal de menores
a modo de experimento, como prueba de ensayo.
En el Libro Blanco del Ministerio Fiscal, en
el Libro Blanco de la Justicia del Consejo General del Poder
Judicial, en las Propuestas para la reforma de la Justicia
del Consejo General del Poder Judicial, en el Pacto de
Estado para la Reforma de la Justicia, y en los programas
electorales de los partidos políticos para las Elecciones
Generales de 14 de marzo de 2004, se ha propuesto la
introducción del Ministerio Fiscal como director de la
investigación oficial en el proceso penal en sustitución del
Juez de Instrucción.
En esta aportación se ha
analizado la posibilidad constitucional y la oportunidad
política de que el Ministerio Fiscal dirija el procedimiento
preliminar, siendo la conclusión afirmativa. |
 |
AUTOR JOSÉ BONET NAVARRO
En la presente obra se analizan pormenorizadamente
las especialidades procesales previstas por el legislador para los
juicios por desahucio, se plantean los problemas interpretativos y
de aplicación, y se ofrecen soluciones fundadas con una clara
vocación práctica. Se abordan primero aspectos generales como la
adecuación procedimental, la cuantificación y las posibilidades de
acumulación, así como aspectos generales y comunes para todo juicio
de desahucio como la legitimación o competencia, y, sin omitir el
estudio del desahucio arbitral o por precario, a continuación se
estudia todas las especialidades como, entre otras, la sumaridad
cuando se base por falta de pago, la posibilidad de enervación, de
condonación y hasta los instrumentos de agilización procedimental.
Se concluye con una referencia a las medidas cautelares y al proceso
de ejecución. El estudio se completa con unos anexos con la
bibliografía más actual y la última jurisprudencia |
 |
JUAN BAUTISTA LORENZO DE MEMBIELA, JOSÉ BONET NAVARRO, RICARDO JUAN
SÁNCHEZ y ALBERT ITUREN I OLIVER. LEY DE LA JURISDICCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. Concordada, con cuadros sinópticos y
resúmenes de las instituciones procesales de más uso ante los
tribunales, JM BOSCH LEX, Barcelona, 2007,
84-7698-790-0, 2007, 242 páginas.
Nueva metodología expositiva de la LJCA para solventar dudas de modo
inmediato.
En esta obra se utiliza una nueva metodología expositiva de la Ley
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ayuda a solventar
dudas de modo inmediato. La LJCA se presenta concordada, con cuadros
sinópticos y resúmenes de las instituciones procesales de más uso
ante los tribunales. Al final del texto, se incluye: índice
analítico, sistemático y de esquemas y resúmenes. |
 |
LA GUARDA Y
CUSTODIA
COMPARTIDA
TRAS LA
ACTUAL
REFORMA DEL
CÓDIGO
CIVIL.
Joaquín
Ivars Ruiz.
Editorial
Tirant lo
Blanch
Con estilo
claro y
directo el
autor
realiza un
estudio
detallado y
práctico
sobre el
nuevo
régimen
dispuesto en
el Código
Civil en
materia de
guarda y
custodia
compartida,
exponiendo
el criterio
de la
doctrina más
representativa
sobre esta
disciplina,
además del
suyo propio.
Ofreciendo
una
perspectiva
jurisprudencial
exhaustiva
de la
publicada
hasta la
fecha se
analizan los
problemas
jurídicos
más
relevantes
desde su
vertiente
procesal y
material
Comprar |
Detención e
Internamiento de Extranjeros.
Autor:
Vicente Martínez Pardo.
Esta obra, que
recoge las últimas reformas legales (Ley y Reglamento de
Extranjería) y la Jurisprudencia más reciente, pretende aproximarse
al régimen jurídico de los extranjeros en España, pero lejos de
pretender un estudio exhaustivo del mismo, se centra en dos ámbitos
específicos, cuales son la detención y el internamiento de
extranjeros con carácter previo a su expulsión del territorio
nacional. Se recogen en esta obra temas como los supuestos de
detención de extranjeros, con los condicionantes propios de su
legislación específica, el estatuto jurídico del detenido, con
especial referencia al derecho de asistencia letrada, el Habeas
Corpus del extranjero detenido, así como los extranjeros menores de
edad.
En cuanto al internamiento de extranjeros en centro no penitenciario
se trata la medida restrictiva de libertad, incardinada en el ámbito
propio de las medidas preventivas, su régimen jurídico, el
procedimiento judicial en la adopción de tal medida y el régimen
interno de los Centros de Internamiento.
La obra incluye, con carácter práctico, unos formularios
administrativos y procesales. Además incluye un anexo legislativo
con las principales disposiciones que afectan a esta materia
|
Thomson-Aranzadi
456 páginas,
1ª edición,
marzo 2006, |

|
|
LA RECLAMACIÓN JUDICIAL DE LOS GASTOS DE COMUNIDAD
José Bonet
Navarro. “La reclamación judicial de los gastos de
comunidad (Doctrina, jurisprudencia y formularios sobre
el proceso monitorio con las especialidades previstas en
la Ley de Propiedad Horizontal)”. Edisofer, S. L.,
Madrid, 1994, 504 páginas. |
|
|
En la presente obra se ofrece un estudio detallado con doctrina,
jurisprudencia y formularios sobre el instrumento procesal que
ofrece nuestro derecho para la reclamación de los gastos de
comunidad de propietarios. Con una perspectiva marcadamente práctica
a la par que con firme sustento dogmático, se analiza minuciosamente
la regulación del proceso monitorio regulado en los arts. 812 a 818
LEC y en el artículo 21 LPH, los problemas que plantea sobre todo en
los Juzgados y Tribunales y se ofrecen soluciones útiles partiendo
de la doctrina científica y jurisprudencia más actual. Todo ello
acompañado de un repertorio de formularios de los actos procesales
de parte más frecuentes.
La obra está dirigida a todos aquellos estudiosos
interesados en la reclamación judicial de los gastos de comunidad. Y
resultará especialmente útil no sólo para juzgadores, secretarios
judiciales, abogados y procuradores, sino también para
administradores de fincas y hasta incluso presidentes o miembros de
comunidades de vecinos que deseen conocer con profundidad esta
materia.
|
 |
|
JUICIO CAMBIARIO Y OPOSICIÓN DEL DEUDOR
José Bonet Navarro.
“Juicio cambiario y oposición del deudor (Doctrina,
jurisprudencia y formularios)”. La Ley, Madrid, 2004, 840
páginas.
 |
El juicio cambiario es un proceso de enorme
importancia, dada la frecuencia con que este tipo de reclamaciones
llegan a los Juzgados. En esta obra el autor analiza con rigor y
exhaustividad este procedimiento especial, pero además aporta
numerosa jurisprudencia que se ha ido dictando en aplicación de la
nueva Ley, lo que ayuda a comprender mejor todos los problemas que
se han suscitado con la actual regulación. El estudio se complementa
con 50 formularios procesales, que dan al libro un reseñable sentido
práctico.
La puesta en vigor, en el
año 2001, de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, supuso una auténtica
"revolución" en el proceso civil. La anterior normativa, con más de 130 años
de historia, era patente que ya no podía regular adecuadamente, y conforme a
las nuevas realidades, muchos de los litigios que se suscitaban ante los
Tribunales de Justicia, y ello conllevaba, entre otros inconvenientes, un
considerable retraso en la administración de la justicia, con graves
problemas para los ciudadanos.
Pero, a la vez, a los
operadores jurídicos, la entrada en vigor de dicha Ley les creó una evidente
inseguridad, pues a partir de entonces se tenían que enfrentar a una nueva
regulación que les era absolutamente desconocida, con los evidentes riesgos
que ello conllevaba. Tal necesidad de información quedó evidenciada en la
apreciable demanda de productos procesales (baste de ejemplo el éxito de
ventas del Proceso Civil Práctico).
Uno de los propósitos de la
nueva norma fue la reducción considerable de procesos especiales que
existían en la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil, hasta el punto que casi
se podía decir que para cada tipo de acción existía un procedimiento
distinto. No obstante, determinados modelos de litigios han permanecido
vigentes dadas sus propias peculiaridades. Este es el caso del juicio
cambiario, pensado para las reclamaciones sustentadas en letras, cheques o
pagarés, materia que es objeto del presente libro.
Su autor, profesor titular
de Derecho Procesal de la Universidad de Valencia y Magistrado suplente, ha
sido también el encargado de la obra titulada El proceso cambiario,
integrada dentro de la Colección LEC 2000, título del que se hizo una
reimpresión, dado que agotó su edición.
El juicio cambiario es un proceso de enorme importancia,
dada la frecuencia con que este tipo de reclamaciones llegan a los Juzgados.
El autor, en este nuevo libro, no sólo mejora y actualiza todos los
materiales de su anterior obra, sino que además la enriquece con dos
aspectos de suma trascendencia: de un lado, aporta numerosa jurisprudencia
que se ha ido dictando en aplicación de la nueva Ley, lo que ayuda a
comprender mejor todos los problemas que se han suscitado con la actual
regulación; de otro, el estudio se complementa con 50 formularios
procesales, que dan al libro un reseñable sentido práctico.

|
|
Edita: Col.lectiu per la
Investigació del Dret Pràctic.
DISTRIBUYE
EDITORIAL EDISOFER S.L. |
AUTORES.
Joaquin Ivars Ruiz.
José Bonet Navarro.
José María Llanos Pitarch |
|
COLABORACIONES.
Rafael
Manzana
Manuel J. Dolz
José M. Guillén
Fernando Alandete,
Virginia Gonzalez
Alejandro Valiño
Mariano
García
Fco. Javier Casinos
José Martín |
|
|

|
|
ABOGADO Y PROCURADOR EN LA LEY DE
ENJUICIAMIENTO CIVIL.
EDITORIAL ARANZADI. |
AUTORES:
Joaquin
Ivars Ruiz (Coordinador) , José Bonet Navarro, Ricardo
Juan Sánchez,José María Llanos Pitarch.
|
Estudio eminentemente práctico sobre los aspectos más
relevantes y problemáticos de la nueva Ley de
Enjuiciamiento Civil, dirigido a los profesionales del
Derecho, especialmente a Abogado y Procurador.
Soluciones doctrinales y jurisprudenciales que se
revelan como una herramienta útil en el desarrollo
cotidiano del derecho procesal y civil, pasados ya unos
años desde la entrada en vigor de la Ley. |
|
|
|
|