Introducción
El Diccionario de la Real Academia española señala, entre otras, las siguientes acepciones para definir al Juez: 1. Persona que tiene autoridad y potestad para juzgar y sentenciar; 2. Miembro de un jurado o tribunal; y 3. Persona nombrada para resolver una duda.
Lo cierto es que el oficio de Juez tiene estas tres dimensiones. Este profesional es un mediador en el conflicto, en el sentido de que debe resolver sobre los conflictos jurídicos que surgen como consecuencia de la aplicación de las normas o su incumplimeinto.
Normativa y requisitos de acceso
- Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial.
- Acuerdo de 14 de octubre de 1998, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la modificación del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, para una nueva reordenación general de las pruebas de especialización como Juez de Menores.
Para acceder a la carrera judicial es necesario:
- Ser licenciado/grado en Derecho
- Superar una oposición libre o de un concurso-oposición (en este caso se requiere un mínimo de 6 años de experiencia en el ejercicio de la profesión jurídica).
- Superar de un curso teórico y práctico de selección realizado en la Escuela Judicial, dependiente del Consejo General del Poder Judicial. El indicado curso de selección en la Escuela Judicial incluirá un período de prácticas tuteladas de los alumnos, como Jueces adjuntos, en diferentes órganos de todos los órdenes jurisdiccionales, tanto unipersonales como colegiados.
- Una vez superado este curso se ingresa en la carrera judicial mediante el nombramiento como Juez Titular de un órgano judicial.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 301 y 311 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, también se podrá ingresar en la Carrera Judicial directamente por la categoría de Magistrado mediante concurso entre juristas de reconocida competencia y con más de diez años de ejercicio profesional.
Funciones que desempeña
Los jueces arbitran, asesoran, adjudican o administran justicia en un tribunal de justicia. Se trata de una autoridad pública investida de la potestad jurisdiccional.
Son por tanto funcionarios públicos que se caracterizan por su autonomía, independencia e inamovilidad. No pueden ser destituidos de sus cargos, excepción hecha de que se encuentren incursos en alguna de las causas que establece la ley.
Tareas
- Buscar y analizar la evidencia en un caso.
- Presidir las vistas y escuchar las alegaciones realizadas por los demandantes para establecer si la evidencia respalda los cargos.
- Interpretar y hacer cumplir las normas de procedimiento o establecer nuevas normas en situaciones donde no hayan sido ya establecidas por la ley.
- Revisar si las pruebas presentadas en el caso se han obtenido de acuerdo con la ley.
- Hacer un seguimiento de los procedimientos para garantizar que se han seguido todas las normas y los procedimientos aplicables.
- Asesorar a otras personas pertinentes, p.ej., abogados, miembros del jurado, litigantes y/o personal del tribunal en relación con la conducta, los asuntos y los procedimientos.
- Dictar sentencia basada en todas las pruebas, aplicando la ley.
- Preparar las evaluaciones de las sentencias.
- Organizar y hacer un seguimiento de la ejecución de la sentencia.
- Investigar sobre asuntos legales y escribir opiniones sobre los asuntos.