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Convocar, para el curso 2024-2025, becas para la realización de estudios universitarios en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano.

Texto de la convocatoria

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2024, por la cual se convocan becas para la realización de estudios universitarios -exención de tasas- durante el curso académico 2024-2025, en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano.

Requisitos generales exigibles

Para la concesión de esta beca se habrán de cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener la nacionalidad española o la de un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de personas ciudadanas de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, no se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acreditan que son personas trabajadoras por cuenta propia o de altri. 

Tendrán la consideración de «familiares» el cónyuge o la pareja legal, así como los ascendientes directos a cargo y los descendentes directos a cargo de menos de 21 años. 

En el caso de personas extranjeras no comunitarias, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y quedarán excluidas las personas que se encuentran en situación de estancia. 

Los requisitos establecidos en este apartado tendrán que cumplirse en fecha 31 de diciembre de 2023. Excepcionalmente, en el caso de solicitantes de estatuto de refugiado o protección subsidiaria, el permiso de residencia legal podrá obtenerse hasta el 31 de agosto de 2024. 

b) Acreditar la residencia administrativa en cualquier municipio de la Comunidad Valenciana, dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante el certificado de empadronamiento. Este requisito tendrá que mantenerse durante todo el curso académico.

c) Cursar estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales a los cuales hace referencia lo resuelvo segundo, punto 1, de esta resolución, en universidades integrantes del Sistema Universitario Valenciano y sus centros adscritos, durante el cursoa cadémico 2024-25.

d) No cumplir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo nivel o superior al correspondiente al de los estudios para los cuales se solicita la beca, dentro del plazo de presentación de solicitudes. A estos efectos, no podrán ser personas beneficiarias de beca aquellas a quienes únicamente los falto, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero.

e) Reunir los requisitos económicos y académicos que se establecen en esta resolución.

Estudios comprendidos

Se podrá solicitar la beca para la realización de estudios universitarios, durante el curso académico 2023/2024, en cualquier de las enseñanzas siguientes:

  • Enseñanzas universitarias adaptadas en el Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado y de máster universitario.
  • Complementos de formación para el acceso o la obtención del título de máster y créditos complementarios para la obtención del título de grado

No se incluyen en esta convocatoria exenciones ni becas para la realización de estudios correspondientes a tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni estudios conducentes a la obtención de títulos propios de las universidades.

Naturaleza y cuantía de las becas

  • Para el alumnado matriculado en universidades públicas y sus centros públicos adscritos, la beca consistirá en la exención del pago del importe de los créditos matriculados. 
  • En todos los casos la beca solo alcanzará los créditos matriculados por el estudiante en primera y/o segunda matrícula.
  • No formarán parte de la beca de matrícula los créditos que excedan el mínimo necesario para obtener la titulación de que se trate. Tampoco formarán parte de la beca los precios especiales que se generan a consecuencia de convalidaciones, reconocimiento o adaptaciones de estudios, asignaturas o créditos
  • Se entenderán excluidas del importe de la beca las exenciones y bonificaciones del pago de las mencionadas tasas a que tengan derecho las personas beneficiarias.
  • La exención de las tasas por servicios académicos universitarios cubrirá únicamente las asignaturas o créditos de que se haya matriculado el estudiantado, en primera o segunda matrícula, en una única titulación y especialidad.

Plazo de presentación

Hasta el 27 de febrero de 2025. 

Ámbito

Comunidad Valenciana

Modelo de Solicitud

Los alumnos que soliciten beca tendrán que rellenar el siguiente formulario de solicitud.

Presentación de las solicitudes

La tramitación y presentación de la solicitud será realizada únicamente por medios electrónicos en la plataforma de tramitación de la GVA.

Una vez rellenada la solicitud telemática, será firmada por la persona interesada utilizando cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido; se considerará presentada con carácter general , obteniendo el resguardo de la solicitud que tendrá que ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulto necesario, la presentación de la solicitud en el plazo y forma establecidos.

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