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Programas de Doctorado RD778/1998

Lectura de Tesis

De acuerdo con el Real Decreto 99/2011 (B.O.E. 10/02/2011)

Disposición transitoria primera. Doctorandos conforme a anteriores ordenaciones. 

  1. A los doctorandos que en la fecha de entrada en vigor de este real decreto hubiesen iniciado estudios de doctorado conforme a anteriores ordenaciones, les será de aplicación las disposiciones reguladoras del doctorado y de la expedición del título de Doctor por las que hubieren iniciado dichos estudios. En todo caso, el régimen relativo a tribunal, defensa y evaluación de la tesis doctoral previsto por el presente real decreto será aplicable a dichos estudiantes a partir de un año de su entrada en vigor.
  2. En todo caso, quienes a la entrada en vigor de este real decreto se encuentren cursando estudios de doctorado disponen de 5 años para la presentación y defensa de la tesis doctoral. Transcurrido dicho plazo sin que se haya producido ésta, el doctorando causará baja definitiva en el programa.

Matrícula de Tesis Doctoral

  1.  La inscripción del proyecto de tesis se podrá realizar al largo de todo el curso académico. La aprobación del título y la tutela académica se tramita en el departamento adscrito al programa doctoral. Después de su aprobación, se deberá hacer el pago de la tasa correspondiente a esta tutela en la Unidad de Gestión de Tercer Ciclo.
  2.  A los estudiantes que tengan la tesis inscrita en cursos anteriores se les enviará de oficio el recibo de la tutela académica.