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¿En qué consiste la Consolidación Contable?

La consolidación contable busca como objetivo poner de relieve la situación patrimonial de una única entidad económica formada por diversas sociedades.

7 de junio de 2016

Con el objetivo de profundizar en los conocimientos que se imparten en este Máster de Contabilidad Auditoría y Control de Gestión, ofrecido por la Universitat de València, aquí te dejamos una breve explicación acerca de uno de los conceptos con los que tratarás, si te interesa cursarlo.

La consolidación contable busca como objetivo poner de relieve la situación patrimonial de una única entidad económica formada por diversas sociedades. Por tanto, el objetivo es representar una imagen fiel del patrimonio, situación financiera y resultados de un grupo de empresas, como si se tratase de una sola. Esto se consigue mediante: un Balance de Situación, una Cuenta de Resultados, un Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria consolidados, o lo que viene a ser las Cuentas Anuales Consolidadas, en las que se incluye también un Informe de Gestión también consolidado.

La normativa que regula la consolidación contable es la que recoge el Código de Comercio y el Plan General Contable. Aunque también el Real Decreto 1159/2010 desarrolla Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas. En el caso de empresas que coticen en bolsa deberán aplicar obligatoriamente las Normas Internacionales de Información Financiera (NIF), emanadas del International Accounting Standards Board (IASB) y adoptados por la Unión Europea.

En cuanto a la obligatoriedad de esta actividad contable, se divide en dos puntos:

Obligación general: desde la perspectiva económica cualquier empresa que ejerza dominio o control sobre otra incrementaría la utilidad de sus Estados Financieros si los presenta consolidados con los de la filial, proyectando de esta forma una imagen más fiel a su realidad financiera. Sin embargo, todavía quedan aspectos que precisar en cuanto a esta normativa para evitar el arbitrio por parte de las empresas. Asimismo, cualquier sociedad mercantil puede presentar de forma voluntaria cuentas consolidadas, pero estas deberán seguir las normas establecidas.

Perímetro de consolidación: no solamente los grupos de empresas pueden consolidarse, pueden darse otras circunstancias que expliquen la necesidad de un grupo de entidades a desarrollar su inclusión en las cuentas consolidadas. Por tanto, los sujetos de la consolidación incluirán:

  • Empresas dominantes y dominadas: el control puede ser económico o de órganos de gobierno.
  • Subgrupos de empresas: grupos de sociedades cuya dominante es a su vez dependiente de otra.
  • Empresas asociadas: cuando una entidad comprendida en el grupo, sin controlarla, ejerce cierta influencia en su gestión. Para ello requiere participar en su capital y crear una vinculación duradera.
  • Empresas multigrupo: son aquellas que están gestionadas por varias sociedades del grupo que participan en su capital conjuntamente con otras entidades ajenas al mismo.
  • Entidades de "propósito especial": empresas creadas con una finalidad y objetivos determinados, en las que el poder de gestión y control no queda explícito.

De todas formas, no hay que olvidar que esta obligación no exime a las empresas de presentar sus propias cuentas anuales e informe de gestión. También cabe destacar que existen excepciones a la consolidación. Los supuestos en que las empresas quedarían exentas de consolidar sus cuentas son fundamentalmente dos: por razón de tamaño y por causas de dependencia de un grupo mayor, cuya dominante está sometida a la legislatura de los Estados Miembros de la UE.

Si quieres ampliar la información pincha aquí. Además, también puedes consultar el manual de referencia: "Consolidación contable de grupos empresariales" publicado en 2011 por la editorial Pirámide, que se utiliza durante el curso. Entre sus autores destaca uno de los codirectores del Máster, Miguel Arce Gisbert.