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Viabilidad jurídica en el uso de Redes Sociales para la innovación educativa

  • 1 marzo de 2022
Professors Ferdinando Insaguine (iz.) i Ricard Martínez (der.). (Crédito:Càtedra Microsoft)
Professors Ferdinando Insaguine (iz.) i Ricard Martínez (der.). (Crédito:Càtedra Microsoft)

El profesor Ricard Martínez M., director de la Cátedra de Privacidad y Transformación Digital Microsoft-Universitat de València, participó el martes 1º de marzo en el V Congreso Internacional Derecho a la Educación, Innovación Docente y Mejora Educativa. Planteó que las universidades deben asistir a los docentes en el cumplimiento de las normas legales cuando usan herramientas tecnológicas como las Redes Sociales.

En su ponencia “Requerimientos normativos para el uso de herramientas sociales con fines de innovación educativa”, el profesor Martínez propuso que no suelen existir en los procedimientos de innovación docente en el ámbito de las Tecnologías de la información y de la Comunicación (TIC) procedimientos internos reglados para encausar el cumplimiento normativo jurídico. Esto pese a que, como principio general, esas actividades están sometidas y sujetas al Derecho.

“Usualmente, la innovación docente universitaria se produce en el contexto del libre ejercicio de la capacidad investigadora y la libertad de cátedra”, explicó. “Sin embargo, en muchas ocasiones, sucede sin ser sujeto o sujeta a ningún tipo de procedimiento y careciendo de todo tipo de asistencia legal por parte de la organización”.
Así, por ejemplo, si un profesor monta un repositorio para la analítica de datos, la institución universitaria correspondería hacer una evaluación del impacto que tendría en la protección de datos. Adicionalmente, debería existir “un protocolo que indique el modo en que la universidad soportará el proceso de innovación docente cuando esté sometido al derecho”, añadió el académico.

Las prácticas innovadoras en educación universitaria se han centrado fundamentalmente en Redes Sociales y Aplicaciones. En ese sentido, se ha visto, por ejemplo, que los profesores suelen obligar a los estudiantes a registrarse en una red social, a veces contra su voluntad pese que para ello se requiere su consentimiento libre. “La pregunta es si una institución universitaria ponderó, o el profesor pudo preguntar a alguien, si ese esfuerzo de innovación docente tiene plena garantía jurídica”, indicó Martínez.

Con todo, el académico sugirió que no se puede reducir la innovación docente esgrimiendo como argumento el Derecho. Esto porque en el último tiempo, se ha hecho un esfuerzo de perfeccionamiento del ordenamiento jurídico en la materia. “Lo que se requiere”, concluyó el profesor, “es una inversión estratégica de las organizaciones para hacer esa innovación docente viable”.

Congreso Internacional

El V Congreso Internacional Derecho a la Educación, Innovación Docente y Mejora Educativa se realizó los días 28 de febrero y 1º de marzo y fue patrocinado por la Conselleria d'Innovació, Universitats, Ciència i Societat Digital de la Generalitat Valenciana, Facultat de Dret de la Universitat de València y el Centre de Formació i Qualitat “Manuel Sanchis Guarner”.

En el siguiente video se puede ver la ponencia del profesor Ricard Martínez M. a partir del minuto 24:43.