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Supervisión y seguimiento anual

El Reglamento Estudios de Postgrado y su posterior adaptación a la memoria de verificación del programa, establece el siguiente procedimiento de seguimiento de los/las doctorandos/as:

Artículo 15. Una vez admitido y matriculado al programa de doctorado, a todos los doctorandos y doctorandas les será asignado por parte de la correspondiente comisión académica un tutor o tutora, doctor o doctora con experiencia investigadora acreditada, ligado a la unidad o Escuela de Doctorado que organice el programa.

Artículo 16. La comisión académica responsable del programa asignará a cada doctorando o doctoranda, en el plazo máximo de seis meses desde su matrícula, un director o directora de tesis doctoral que podrá ser coincidente o no con el tutor o tutora. Esta asignación podrá recaer en cualquier doctor o doctora, con experiencia investigadora debidamente acreditada, con independencia de la Universidad, Centro o Instituto en la que preste sus servicios.

Artículo 17. Documento de compromiso doctoral:

Con posterioridad a la formalización de la primera matrícula, el doctorando o doctoranda, la Universidad, el tutor o tutora, y si procede el director o directora deberán de subscribir de forma conjunta el compromiso doctoral, relativo, entre otras cuestiones, al procedimiento de resolución de conflictos que se puedan plantear, a los aspectos relativos a la propiedad intelectual o industrial y, en general a las funciones de supervisión de la actividad investigadora del doctorando o doctoranda.

Este documento, aprobado por la Subcomisión de Doctorado de fecha 17 de octubre de 2011, en el que se definen los derechos y los deberes respectivos y los compromisos recíprocos de los y las miembros firmantes con la finalidad de asegurar la consecución de los objetivos definidos en el Programa durante el periodo de elaboración de la tesis doctoral.
Este documento incluye:

  • Compromisos recíprocos en el establecimiento de una colaboración mutua.
  • Obligaciones y dedicación del director o directora o de la Tesis: compromiso de regularidad, motivación de iniciativas autónomas, carácter original e innovador del proyecto y coherente con la Línea de investigación.
  • Obligaciones y dedicación del Doctorando o de la doctoranda: Informar al Director o a la Directora regularmente sobre la evolución del trabajo, de sus resultados y compromiso de seguir las observaciones que le haga el Director o Directora.
  • Confidencialidad con los datos e informaciones que pudieran tener tal carácter que se le proporcionen y compromiso de utilizar la información para los fines correspondientes, Régimen de Propiedad Intelectual, reconociéndosele al doctorando o doctoranda los derechos de propiedad intelectual o industrial que le correspondan de acuerdo con la legislación vigente.
  • Resolución de conflictos, en los que el Coordinador o Coordinadora del Programa de Doctorado deberá actuar de mediador.

Artículo 18. Plan de investigación y Documento de actividades de los estudiantes de doctorado:

Con anterioridad a que finalice el primer año, el doctorando o doctoranda elaborará un plan de investigación, avalado por el tutor o tutora y el director o directora, este plan deberá incluir la metodología y los objetivos, los medios y la planificación temporal, así como el informe favorable de la Comisión de Ética en Investigación Experimental de la Universitat de Valencia, en los casos señalados. Este plan se podrá mejorar a lo largo de su permanencia en el programa de doctorado y deberá ser avalado por el tutor o tutora y por el director o directora.

Serán objeto de evaluación por la Comisión de Ética los planes de investigación que incluyan la experimentación con humanos o con muestras biológicas humanas, la experimentación animal y la utilización de agentes biológicos patógenos u organismos modificados genéticamente.

Anualmente, la Comisión Académica del Programa evaluará el plan de investigación y el documento de actividades junto con los informes que deberá de emitir el tutor o tutora y el director o directora. La evaluación positiva será requisito para poder continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que deberá ser motivada, el doctorando o doctoranda deberá ser nuevamente evaluado en el plazo de seis meses, para lo que se deberá elaborar un nuevo plan de investigación. Si se produce una nueva evaluación negativa, se dará de baja definitivamente al doctorando o doctoranda. Ante estas resoluciones que no agotan la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada, que resolverá, previo informe de la Comisión de Estudios de Postgrado, el Rector o Rectora o persona en quien delega. Para la matrícula de años sucesivos será necesario un informe favorable por parte de la Comisión Académica de este documento personal de actividades y del plan de investigación. Estos documentos deberán de inscribirse y registrarse en la Unidad de Gestión de Tercer Ciclo del Centro de Postgrado. 

En cuanto al Plan de Investigación, se describe a continuación el procedimiento para la valoración anual del Plan de investigación y el documento de actividades del doctorando o doctoranda. Antes de la finalización del primer año, cuando se establezcan los plazos administrativos pertinentes, el doctorando o doctoranda elaborará un Plan de investigación que incluirá, al menos: 1) la metodología a utilizar, 2) los objetivos a alcanzar, 3) los medios materiales para su desarrollo y 4) la planificación temporal, indicando las tareas e hitos previstos en cada uno de los meses de ejecución de la tesis. Los doctorandos dispondrán de una plantilla para su cumplimentación en el aula virtual.

El plan deberá remitirse a la Comisión Académica, tras la aprobación del tutor o tutora/director o directora, en el plazo mencionado para su evaluación, quien usará el siguiente baremo:

  • Desarrollo satisfactorio de las actividades formativas incluidas en el registro de actividades del doctorando o doctoranda según el apartado 4 (35%).
  • Cumplimiento del cronograma de tareas marcada en el Plan de investigación (30%).
  • Realización de la difusión prevista para ese año en el Plan de Investigación (35%).

Además, esta propuesta de proyecto, una vez aceptada por la CAD, será remitida para su evaluación por la Comisión de Ética de investigación de la Universitat de València, si ello fuese necesario por el tipo de proyecto planteado. El plan de investigación incluirá la previsión de las estancias de los doctorandos o doctorandas en otros centros de formación nacionales e internacionales, co-tutelas y menciones europeas.