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  1. Haber superado previamente cualquiera de los másteres que constituyen el periodo de formación del doctorado o, en todo caso, 60 créditos de uno o varios de ellos.
  2. La Comisión de Coordinación Académica del programa analizará las solicitudes de aquellos alumnos que deseen acceder al doctorado a partir de otros títulos oficiales de máster, de carácter afín u obtenidos conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de su homologación, previa comprobación de que el título acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles y que faculta en el país expedidor para el acceso a estudios de doctorado.
  3. Los alumnos que hayan obtenido la suficiencia investigadora en programas de doctorado en el ámbito del Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración Pública, o Criminología tendrán acceso directo previa solicitud de admisión y justificación de la adecuación al perfil solicitado.

La Comisión de Coordinación Académica del Doctorado a la vista del currículo del alumno y de la adecuación del proyecto de tesis doctoral a las líneas de investigación del programa decidirá sobre su admisión, pudiendo condicionarla a la superación de ciertos módulos de los másteres del programa u otros complementos formativos. En todo caso, el alumno no podrá presentar la tesis doctoral hasta que no haya superado los requisitos exigidos en el momento de la admisión.


La admisión a los estudios de doctorado supondrá la aceptación del proyecto de tesis doctoral, su adscripción a una de las líneas de investigación previstas en el programa y la asignación de un director de tesis doctoral.


Los trámites relativos a la realización, presentación y lectura de la tesis doctoral se regirán por la Normativa de Estudios de Doctorado de la Universidad de València.