Son funciones de la junta electoral de centro:
a) Publicar el nombre de miembros que se ha de elegir por cada colegio electoral.
b) Asignar los locales, el tiempo y los recursos para las campañas electorales.
c) Resolver los conflictos que puudan haber durante las elecciones.
d) Proclamar los resultados de las elecciones.
e) Informar y trametar los recursos presentados contra sus decisiones.
(Articulo 31 del Reglament de Règim Intern de la Facultat d'Infermeria i Podologia)
Composición
Nombre | Cargo | Estamento |
Sánchez Martínez, Vanessa | Presidenta | PDI |
Aya Parelli, José Rubén | Vocal | Alumnado |
Caballero Luna, Oscar | Vocal | PDI |
Casal Angulo, María del Carmen | Vocal | PDI |
Hernández Fernández, Mar | Vocal | Alumnado |
Prósper Palomares, Javier | Secretario | PAS |
Information not available.